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Empleados de Comercio: Cómo informar los $1200 en la DJNR

4 agosto, 2014 Por Ignacio 17 comentarios

COMO INFORMAR LA “ASIGNACIÓN NO REMUNERATIVA DE $1200” DE EMPLEADOS DE COMERCIO EN LA DJNR RG 3279.

El acuerdo salarial de fecha 11 de abril de 2014,  firmado por la la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS), y las cámaras empresariales del sector, establece en el artículo segundo, otorgar por única vez, con carácter extraordinario y excepcional, una asignación no remunerativa de $2.400, a pagarse en dos cuotas iguales en los meses de julio y noviembre de 2014.
La primera de ellas se liquidará con los haberes de julio 2014, y la segunda con los haberes de noviembre de 2014, que se cobra los primeros días de diciembre.
Cómo informar en la DJNR
A efectos de informar el pago de los $1200 del mes de Julio en la Declaración Jurada de No remunerativos (DJNR) de AFIP, se deberá tener en cuenta que el mencionado acuerdo salarial fue homologado mediante la RESOLUCIÓN 626/14 de la Secretaría de Trabajo.
Por lo tanto, para confeccionar la DJNR para el período Julio se hará de la siguiente manera:
  • Tipo de Norma: Convenio Colectivo de Trabajo
  • Tipo de Convenio: Otros
  • Otros Tipos de Convenio: 0130/75: CONFEDERACION GENERAL EMPLEADOS DE COMERCIO DE LA REPUBLICA ARGENTINA c/ COMISION COORDINADORA PATRONAL DE ACTIVIDADES MERCANTILES Y OTRAS.
  • Jurisdicción: Nacional
  • Norma Homologante: Resolución
  • Organismo que emitió la norma: Secretaria de Trabajo
  • Nro. de Norma: 626
  • Año de emisión de la norma: 2014

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Publicado en: Empleados de Comercio, Sin categoría Etiquetado como: 1200 pesos, DJNR, RG 3279

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. Anónimo dice

    3 septiembre, 2014 a las 11:08 pm

    Hola, declare el no remunerativo de comercio el mes pasado, pero como en el 931 no lo agregue (porque no se calculan aportes y contrib sobre el mismo) me sale una ventana que dice que rectifique mi ddjj. Cual seria la forma correcta de informar ?? Gracias

    Responder
  3. Anónimo dice

    14 agosto, 2014 a las 1:31 am

    Hola mi nombre es Ana yo trabajo de lunes a viernes 1/2 dia 4 hs x dia y me pagaron $400, quisiera saber si esta correcto o me están tomando el pelo… Gracias

    Responder
  4. Anónimo dice

    11 agosto, 2014 a las 12:19 pm

    Es absurdo … mientras a las empresas la cargan con estos detalles absurdo…. el dinero se gasta en x para todos…

    Responder
  5. Anónimo dice

    7 agosto, 2014 a las 8:34 pm

    Trabajo seis hr, me corresponden los 1200?

    Responder
  6. Anónimo dice

    6 agosto, 2014 a las 5:29 pm

    te hago una consulta si trabajo 4 horas me corresponde la mitad

    Responder
  7. Brenda Pietrella dice

    6 agosto, 2014 a las 11:52 am

    consulta: trabajo jornada reducida, ¿corresponde que cobre esta "asignacion no remunerativa"? Gracias.

    Responder
    • Anónimo dice

      7 agosto, 2014 a las 1:31 pm

      Yo trabajo 5 hs diarias de lunes a viernes y me pagaron la mitad ($600)

      Responder
  8. Javier M. dice

    6 agosto, 2014 a las 1:57 am

    Gracias Ignacio justo la info que estaba buscando..!! Te agradezco..!!

    Responder
  9. Anónimo dice

    5 agosto, 2014 a las 1:38 pm

    Que pasa si al empleado le pagan proporcional? Y se ampara en lo que dice la camara de comercio? Hay forma de reclamar los 1200?

    Responder
  10. sandyv dice

    5 agosto, 2014 a las 1:09 pm

    Martín, el convenio sale por el desplegable, es el 130/75, como siempre; luego va la REsolución (q es el nuevo acuerdo) de la Secretaría de Trabajo que es la numero 626 año 2014. Así lo presentas sin problemas.
    Sdos
    Sandra

    Responder
  11. Anónimo dice

    5 agosto, 2014 a las 11:59 am

    en el caso de la zona sur, que se vienen abonando $250 mensuales, pero es otro acuerdo, como se presenta? gracias

    Responder
    • Martin Morano dice

      6 agosto, 2014 a las 12:25 am

      Los 250 pueden ser conceptos no remunerativos adicional por tarea específica?
      Fijate si te sirve esto:
      http://infoleg.mecon.gov.ar/infolegInternet/anexos/135000-139999/136695/norma.htm

      Responder
  12. Martin Morano dice

    4 agosto, 2014 a las 2:58 pm

    Buen día Ignacio. Te comento que yo he presentado varias DJNR respecto a esta asignación no remunerativa de $2400 y no he encontrado el Acuerdo 626/2014 que mencionas en el buscador oficial de convenios de trabajo (convenios.trabajo.gob.ar) Si he encontrado en el convenio 130/75 bajo "Documentos Vinculados" y en la sección "El documento es modificado por" ACU-537-2014-A donde en "Contenidos discutidos hace mensión "ASIGNACION NO REMUNERATIVA CON CARACTER EXTRAORDINARIO POR UNICA VEZ". También dentro de dicho acuerdo está el link al Convenio, Acuerdo o Laudo
    ACU-537-2014-A dónde está escaneada la documentación y hace referencia en la PARTE SEGUNDA, lo siguiente: Asimismo se pacta otorgar por unica vez, con caracter extraordinario y
    excepcional (art.6 Ley 24241) una asignacion no remunerativa de pesos dos mil
    cuatrocientos ($ 2.400.-) a pagarse en dos cuotas iguales de pesos un mil doscientos ($
    1.200.-) cada una, en los meses de julio de 2014 y noviembre de 2014.
    Espero como aporte y si estoy equivocado me sepas aclarar. Saludos!!

    Responder
    • Anónimo dice

      5 agosto, 2014 a las 2:03 pm

      Martín, el acuerdo es del mes de Abril 2014 y el Nº 626 corresponde a la homologación de dicho acuerdo, lo podes encontrar en la pagina de Faecys.-

      Responder
    • Anónimo dice

      5 agosto, 2014 a las 2:12 pm

      626/2014 Es el numero de la resolución que hace el ministerio para homologar el acuerdo. Y es el que corresponde en la DJNR como señala Ignacio.

      Responder
    • Anónimo dice

      5 agosto, 2014 a las 7:57 pm

      Martin Morano:
      El número 626 no es el número de ningún acuerdo.
      El número 626 es el número de resolución que homologo dicho acuerdo.

      Por lo tanto es ese el número que corresponde colocar.
      Nro de norma: 626
      Año de emisión de norma: 2014

      Saludos

      Responder
    • Anónimo dice

      5 agosto, 2014 a las 8:27 pm

      Martín:
      626/2014 no es del Acuerdo sino son el número de Resolución y el año de publicación de la Homologación del último Acuerdo, que es la información que hay que colocar en la DJNR.

      Responder

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