• Saltar al contenido principal
  • Skip to secondary menu
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Inicio
  • Blog
  • Suscripción
  • Contacto
  • Capacitación
  • Calculadoras
    • Calculadora Sanidad CCT 108/75
    • Calculadora de Sueldos UOCRA
    • Sueldos Empleados de Comercio
    • Sueldos Comercio Rama Turismo CCT 548/07
    • Calculadora Empleados de Comercio Rama Centros de Contacto CCT 781/22
    • Calculadora de Sueldos UTEDYC CCT 804/23 (ex 736/16)
    • Calculadora de Retenciones RG 830 “Profesiones liberales, oficios”
    • Calculadora de Sueldos SAEOEP CCT 88/90
    • Calculadora de Sueldos UATRE
    • Servicio Doméstico
    • Liquidación Final
    • Vacaciones
    • Calculadora de Plus Vacacional
    • Embargo de Sueldos
  • Aplicaciones
  • Vencimientos

Ignacio online

Es una web de información destinada a Contadores y Profesionales en Ciencias Económicas y Empleados de Comercio

Aconpy
  • Empleados de Comercio
    • Escalas Comercio 2022
    • Escala Salarial Empleados de Comercio 2020
    • Calculadora Empleados de Comercio
    • Ejemplos de Liquidaciones de Sueldo
    • Categorías Comercio
    • Régimen de Licencias y Permisos Especiales
    • Vacaciones de Empleados de Comercio
  • Asignaciones
    • Asignaciones Familiares Montos vigentes
  • Libro de sueldos Digital
  • Servicio Doméstico
    • Calculadora de sueldos Servicio Doméstico
    • Escala Salarial Servicio Doméstico
    • Aportes, contribuciones y ART
    • Formulario 102/RT
  • Monotributo
    • Monotributo Categorías 2023
  • Planillas

Empleados de comercio: Escala salarial enero de 2010 – inclusión sumas del acuerdo abril 2008

14 enero, 2010 Por Ignacio 749 comentarios

Según el artículo 1 del Acuerdo de abril de 2009 de empleados de comercio, las sumas otorgadas en el acuerdo de abril de 2008, (20% + $100) pasan a ser remunerativas a partir del mes de enero de 2009.


Art. 1 – En virtud de lo dispuesto en el articulo sétimo del acuerdo anterior de fecha 8 de abril de 2008, las partes convienen en otorgarle vigencia, en forma exclusiva a los artículos tercero y cuarto, del dicho acuerdo hasta el día 31 de diciembre de 2009, por ello lo dispuesto en su artículo cuarto se aplicará recién a partir del 1 de enero de 2010, fecha en que se incorporará íntegramente la asignación no remunerativa referida en este artículo a la remuneración mensual de cada trabajador, en su valor nominal y con carácter salarial y sin computar para ese único fin, la equivalencia del presentismo no remunerativo.

Por lo cual, las sumas otorgadas en abril de 2008, el 20% mas la suma fija de $100 dejan de ser  No remunerativas y pasan a formar parte del básico, debiéndose practicar todas las retenciones correspondientes. Hasta el momento solo se deducía el aporte  del 3%  la obra social (para quienes estaban afiliados a OSECAC) y del 2.5 por el aporte sindical “solidario” (2% SEC y 0.5% FAECYS). Pero desde ahora, se deberá retener además, el 11% de jubilación y el 3% por la ley 19.032.

Esto trae como consecuencia, primero que el neto a cobrar por los empleados se vea disminuido. Aproximadamente entre 50 y 60 pesos según la categoría y la carga horaria.

Segundo, quienes tomen sus vacaciones en este mes de enero recibirán un mayor pago por dicha licencia que los que se tomaron vacaciones en octubre, noviembre o diciembre, ya que al incrementarse la parte remunerativa de los haberes, se incrementa la base a tomar para realizar el cálculo de la licencia.

Ahora, quienes se tomen vacaciones en el mes de febrero, recibirán una mayor paga por la licencia que gozaron de la licencia en enero, ya que en el mes de febrero se suma básico la suma de $300 otorgada por el acuerdo abril de 2009, así lo estipula el mismo acuerdo en el artículo 8:

Art. 8 – El incremento acordado en el artículo cuarto del presente acuerdo mantendrá su carácter no remunerativo hasta el 31 de enero de 2010, fecha a partir de la cual se incorporará a la remuneración que por todo concepto perciba cada trabajador con carácter salarial sobre su monto nominal, y sin computar para ese único fin el presentismo no remunerativo mencionado en el último párrafo del artículo cuarto…

Ejemplo: Liquidación para un empleado de comercio Categoría Administrativo A, con una año de antigüedad.

A) Liquidación con la escala vigente hasta el 31/12/2009:

B) Liquidación con la escala vigente desde el 1º de enero de 2010:
 

 

IMPORTANTE:
Todo lo comentado en el artículo tiene vigencia hasta la fecha, pero es posible que en los próximos días se llegue a un nuevo acuerdo entre el gremio mercantil y las cámaras empresarias, por lo cual es muy posible que los caso antes planteados pierdan su vigencia. Yo lo he realizado a la fecha con la información disponible, es decir el último acuerdo firmado y homologado, el acuerdo abril 2009.

  • Escala Salarial hasta el 31/12/09
  • Escala Salarial enero 2010

Me gusta esto:

Me gusta Cargando...

Relacionado

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Publicado en: Empleados de Comercio, Sin categoría Etiquetado como: Casos Prácticos, liquidación, SEC, SEOCA

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. Anónimo dice

    23 septiembre, 2011 a las 4:49 am

    Buenas noches Ignacio te hago una consulta, yo trabajo en un call center, 8 hs por dia (+ 1 hs de almuerzo) 5 dias a la semana, total 40 hs semanales, existe algun convenio, articulo o ley donde diga que debo cobrar como 48 hs semanales??? a mis compañeros de media jornada (jornada de 6 hs) les estan liquidando $$$ por exceso de hs trabajadas desde enero 2009, con retroactivo hasta el corriente, varios de ellos se llevan entre 8 y 20 mil pesos….esto es cierto??
    Desde ya agradecere tu respuesta. Gaston

    Responder
  3. matias dice

    18 septiembre, 2011 a las 12:51 am

    Hola ignacio, mi consulta es la siguiente…Yo trabajo en una distribuidora de ropa en deposito, estoy como empleado de maestranza y cobro la remuneración de ese rubro. Yo estoy encargado del reparto de la mercaderia y por ende soy chofer del camion de la empresa.
    La pregunta es, tengo q estar en otro rubro? Y si es asi, cual tendría que ser mi remuneración. Desde ya muchas gracias, saludos coordiales.

    Responder
  4. Anónimo dice

    16 agosto, 2011 a las 10:36 pm

    me ofrecieron un trabajo de telemarketer en una empresa de turismo para hoteleria de tiempo compartido. quisiera saber por media jornada (de 4 horas) cuanto me corresponde cobrar, no me ofrecen obra social y creo que por 3 meses de contrato debe ser en negro. De todas formas quisiera tener una idea de lo que me corresponde por esas horas. gracias Lucho_rosario

    Responder
  5. Ignacio dice

    15 agosto, 2011 a las 1:34 pm

    Calculadora de Sueldos Online: http://ignacioonline.blogspot.com/2011/07/calculadora-online-de-sueldos-comercio.html

    Responder
  6. Anónimo dice

    15 agosto, 2011 a las 12:49 am

    Buenas noches,era empleada de comercio cat.B,vendedor trabajaba 8 hrs de lunes a lunes.2 años de antigüedad aprox. inicie 14/8/2008 hasta 12/05/2010 cuanto me corresponde en la liquidación? mi sueldo era de $1.250 robo total!los feriados,sábados,y domingos se pagarón como días hábiles.espero su respuesta,muchas gracias.

    Responder
  7. monica dice

    31 julio, 2011 a las 1:57 am

    hola!! estoy trabajando en atencion al cliente en una inmobiliaria 6 horas por dia 6 dias a la semana. mi tarea es atender a los clientes ocuparme de la parte administrativa. de cuanto seria mi sueldo. desde ya muchas gracias por la informacion me va a servir de mucho.

    Responder
  8. Ignacio dice

    29 julio, 2011 a las 2:55 pm

    Aproximadamente unos 1200 pesos

    Responder
  9. Anónimo dice

    29 julio, 2011 a las 11:47 am

    hola innacio soy barbara, yo trabajo en un lokal de ropa juv vier y sab 7hs x dia osea 21 hs semanales, antiguedad 1 año y qiero saber cuanto me tendrian q pagar.. xq me pagan 720

    Responder
  10. Ignacio dice

    27 julio, 2011 a las 1:16 pm

    Matías, buenos días.
    Con respecto al delegado, se supone que fue elegido por ustedes, por lo tanto, si no los prepresenta, cambien por otro.
    Con respecto al aumento, si no cumplen, el primer camino es ir al sindicato, pero en caso de no ser confiable como me decís, deberían ir al Ministerio de Trabajo.

    Responder
  11. matias dice

    26 julio, 2011 a las 2:18 am

    hola soy empleado de interieur forma estamos en un gran problema con la empresa no quieren pagarnos el ultimo aumento de empleados de comercio que se dio ahora el ultimo mes de junio del 2011 , alegan que liquidaron mal el aumento del 2010 y que ya estarian hecho con eso !!¿?¿¿? no tenemos delegado por que ninca esta , en realidad nunca viene y cada ves que hacemos un reclamo ante empleados de comercio ellos mismo se encargan de hacercelo saber a nuestra empresa , bueno no sabemos que hacer por que somo la gran mayoria ignorantes a la liquidacion de sueldo ….. queria saber como hago para hacerte llegar varios recibos de sulsdo del 2010 para verificar que esto que ellos dicen es correcto ¿?¿ o que se hace en estos casos de "supuestos errores " por favor agradeceria tu opinion o sugerencia por que estamos en la nada .
    desde ya muchas gracias me parece barbaro lo que haces !!

    Responder
  12. Ignacio dice

    25 julio, 2011 a las 2:31 pm

    Matias: Categorías empleados de comercio:

    http://ignacioonline.blogspot.com/2011/02/categorias-empleados-de-comercio-del.html

    Responder
  13. Anónimo dice

    23 julio, 2011 a las 1:11 pm

    hola qisiera saber cuanto pagan la hs alos empleados de comercio? xq soy vendedora me pagan x hs

    Responder
  14. Matias dice

    22 julio, 2011 a las 6:07 pm

    Hola Ignacio. bueno mi consulta es la siguiente existe una categoría llamada "Caj/rep B" por que según mi recibo de sueldo esta es la categoría en la que estoy cobrando… en las escalas salariales publicadas por vos y por la pagina oficial del gremio no aparece esta categoría y con el tema del pago de sábados a la tarde y domingos en negro que puedo hacer donde lo puedo denunciar espero con ansias tu respuesta Gracias!

    Responder
  15. Ignacio dice

    20 julio, 2011 a las 2:26 pm

    DANIEL y Val .! : Categorias emplados de comercio: http://ignacioonline.blogspot.com/2011/02/categorias-empleados-de-comercio-del.html
    Calculadora online de sueldos comercio: http://ignacioonline.blogspot.com/2011/07/calculadora-online-de-sueldos-comercio.html

    Call Center por lo general es Vendedor B.

    Responder
  16. Val .! dice

    20 julio, 2011 a las 1:29 am

    Hola! llegue a tu blog buscando respuestas, voy a empezar mi primer trabajo y me piden remuneracion pero no se si debo excederme o no, tampoco se en cuanto anda. Es para un call center, 6 horas l a v y los sabados tambien, 4 horas. El minimo creo que anda por los 1840 y subiria a 2100 en septiembre, pero para las cond que mencione, cuanto debo pedir? Desde ya muchas gracias!

    Responder
« Comentarios anteriores
Comentarios siguientes »

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

SOS Contador Soft Contable en la nube
Holistor Sueldos y Jornales listo para liquidar

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Etiquetas

Acuerdos Salariales (139) AFIP (1500) AGIP (173) Aguinaldo (80) Aguinaldo - SAC (111) ANSeS (524) Aplicativos (206) ARBA (352) Asignación Universal por Hijo (251) Autónomos (124) Bienes Personales (109) bono (94) Calendario de pago (262) Casos Prácticos (223) CNTA (94) Convenio Multilateral (89) coronovirus (89) Escala Salarial (193) Factura Electrónica (78) FAECYS (417) FATSA (78) Ganancias (421) Homologación Acuerdos (128) IGJ (129) Ingresos Brutos (133) IVA (120) Jubilados y Pensionados (199) Mis Facilidades (84) Monotributistas (174) Noticias (87) Paritarias (572) Paritarias 2013 (82) Personal Casas Particulares (193) Plan de Facilidades de pago (159) Recategorización (88) Recibo de Sueldos (211) Resoluciones (508) Sanidad (95) SEC (102) Servicio Doméstico (111) SICOSS (85) SIPA (88) UOCRA (133) UOM (222) UTEDYC (150)

Copyright © 2025 Ignacio online · Creada por Hormigas en la Nube

Derechos de autor © 2025 · Magazine Pro en Genesis Framework · WordPress · Acceder

Utilizamos cookies propios y de terceros para mejorar nuestros servicios y experiencia de usuario. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Aceptar Reject Leer Más
Privacidad & Política de Cookies

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary
Siempre activado
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
Non-necessary
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.
GUARDAR Y ACEPTAR
%d