Como hemos visto en la liquidación del diciembre 2010, se implementó el último tramo de aumento previsto por el último acuerdo de junio de 2010 y se llevó al 1% sobre el básico el adicional por antigüedad como se preveía en el acuerdo de enero de 2010.
Por lo dicho la liquidación de Marzo 2011 no trae mas novedad que la de seguir incorporando al básico los acuerdos, se incorpora la cuota 9 de las 12 previstas en el enero de 2010 y ratificado por el acuerdo junio 2010.
Datos para liquidación:
- Liquidación Marzo de 2011
- C.C.T. 130/75
- Categoría Administrativo A
- Sin antigüedad
- Obra Social O.S.E.C.A.C.
- No afiliado al sindicato
Los valores del recibo expuesto arriba se se determinaron de la siguiente forma:
1. SALARIO BÁSICO $ 1.992,13
Que surge de la escala publicada por FAECYS, y se determina tomando el básico según la escala 2008 y sumándole las 9 cuotas acrecentadas (julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre, diciembre, enero, febrero). Veamos:
El básico un “Administrativo A” según la escala FAECYS 2008 era de $1.319.56
La suma de “acuerdos anteriores” $763,91
763,91 / 12 = 63,66
Cuota acrecentada: 63,66 x 1,17391 = 74,73
74,73 x 9 = 672,57 + 1319,56 = 1.992,13
2. Asistencia y Puntualidad según Art. 40 130/75= $ 159,78
Es la doceava parte del básico: 1.992,13 / 12 = 166,01
3. ADICIONAL NO REMUNERATIVOS ACUERDOS ANTERIORES: $ 190,98
Es la suma de las acuerdos abril 2008, abril 2009 y enero 2010, menos las 9 cuotas que se ya incorporaron al básico.
Como vimos, originalmente eran de 763,91, al que le debemos restarles las 9 cuotas de julio, agosto, septiembre octubre, noviembre , diciembre , enero febrero y marzo que pasaron al básico:
763,91 – (63,66 x 9) = 190,98
4. ADICIONAL NO REMUNERATIVO ACUERDO JUNIO: $630,33 y $75
Se compone de 4 items $75 + 15% de mayo + 7% de septiembre + 5% de diciembre, y también lo podemos buscar en la escala publicada por FAECYS.
a) Con los $75 no hay problema, ya que son fijos.
b) El 15% + 7% + 5% acumulativos que suman un 29,2025% ya lo habíamos determinado en el ” “recibo de Diciembree de 2010,” y era de $630,33.
5.-Asistencia y puntualidad según Art. 40 130/75= $ 74,69
Es la doceava parte de los acuerdos (190,98 + 75 + 630,33) / 12 = $74,69
DESCUENTOS:
Los descuentos son los mismos que en los meses anteriores, para:
Sumas remunerativas 19;50%:
- 11% Jubilación,
- 3% Ley 19.032,
- 3% Obra Social,
- 2% SEC y
- 0,5% FAECYS.
Sumas no remunerativas 5,50%:
- 3% Obra Social,
- 2% SEC y
- FAECYS 0,5%
Liquidación para las demás categorías o a tiempo parcial:
Para quienes quienes tienen otra categoría, antigüedad, jornada parcial o algún otro item que no se encuentra en la liquidación del ejemplo, les recomiendo como siempre utilizar la Calculadora online:





Hola Aineg, sindicato de comericio, te dejo el link con las categorías:
http://ignacioonline.blogspot.com/2011/02/categorias-empleados-de-comercio-del.html
Anónimo 29: vos cómo los liquidás?
hola hago liquidaciones de sueldos para administrativo te pregunto algo porque no lo veo los pagos de los feriados y en marzo hay cuatro feriados o ya estan incluidos en el basico la verdad no lo se porque hasta donde yo sabia es q se pagaba a parte gracias y disculpame las molestias .-
hola. hago reparto de mercaderia para un supermercado,en una camioneta.a que rubro, categoria o sindicato pertenesco?. los sabados trabajo 10 hs, me compensan dandome 2 hs menos un dia a la semana, esta bien? gracias mil. aineg
José, las categorías de empleados de comercio podés consultarlas en este link:
http://ignacioonline.blogspot.com/2011/02/categorias-empleados-de-comercio-del.html?showComment=1301969446275#uds-search-results
Buen día Paola, no entiendo bien la pregunta, a que te referís con "deben ir separados lo remunerativo de los acuerdos?"
Tanto remunerativos como no remunerativos se toman en cuenta para la liquidación final.
Todo lo que es concepto indemnizatorio no lleva descuentos.
saludos
Hola Luis Luchessi, supongo que es lo que se resta de los acuerdos y pasa al básico. En total son 12 cuotas para los acuerdos anteriores y 6 para los acuerdos de junio que comenzarán a pasar al básico en julio.
Hola Jorge, hasta el momento no hay ningún aumento.
Hola Angélica, casi seguro a empleados de comercio. Que tipo de promoción hacés? Qué es lo que hace la empresa?
Hola Alberto, si las horas son extras, se pagan al 100% cuando se realizan después de las 13 horas del sábado.
Hola José, si, son empleados de comercio. La categoría depende las tareas que realicen.
Hola Leticia, no hay ningún detalle que hacer, la asignación por maternidad debería ser lo que te pagan mensualmente, pero en bruto, ya que al ser una asignación no lleva descuentos de ningún tipo. No se en tu caso cual es la diferencia.
hola, mi consulta es la siguiente, yo estoy de licencia por maternidad estoy en comercio desde dic-09 como administrativa A y me difiere lo que me liquida el anses con lo que declara el estudio, me podrias detallar como es mi liquidacion? muchas gracias, la obra social mia no es osecac. Leticia
Hola Ignacio, para un lavadero de ropa tipo Laverap, los empleados encuadran en comercio?, De ser así, en que categoría?. Mil gracias por tu respuesta. Jose.
Esta el sindicato de lavaderos y tintoreros!!!
http://uoetsylra.org/
Hola Ignacio,una consulta, soy de LA PAMPA tengo una duda con el tema de los sabado a la tarde se deben pagar al 100% las horas mas el franco compensatorio.Te agradeceria tu respuesta.Alberto
Hola Ignacio, una consulta, yo estoy trabajando de promotora en la via publica, pertenece al sindicato de osecac o publicidad? como puedo encontrar el convenio a partir de las horas trabajadas. Nos pagan por dia trabajado 10$ pesos la hora. te agradeceria me contestes. Muchas Gracias-Angelica.
muy buena la info!!.. realmente me sirve un monton para poder preparar y corregir las liquidaciones de cada mes ya que en mi empresa se liquida con tango y a veces las formulas son un lio y como los ultimos aumentos son poco significativos pero muy engorrosos a la hora de aplicarlos este blog resulta buenisimo!!.. feicitaciones!!
hola quisiera saber como se liquidan las vacaciones ya que en diciembre 2010 hice 4 años trabajando y en febrero me tome 8 dias y ahora en marzo 6 que calculo tengo que hacer.
ya que solo tube una diferencia de once pesos con el recibo de enero.
gracias espero tu respuesta
hola ignacio.quisiera saber cuanto se cobra a partir del aumento.yo estoy en 2600
Consulta!!! En mi recibo me aparece un descuento en los NO Remunerativos de $536!!! El item aparece como 297__Aj-Ac. Ctas 12 inc.Rem
Y ya me robaron en taaanto que no me extrañaría que asi me estén sacando más!!! Me lo sacan todos los meses y con el paso de los meses va aumentando el descuento
Tenés idea de que puede ser???
Mil gracias desde ya!!
Buen dia Ignacio, soy Paola.
Queria consultarte sobre una liquidación por despido. Mi duda es si todos los conceptos( preaviso, indemnización por antiguedad, vacaciones, sac,etc) deben ir separados lo remunerativo de los acuerdos?
También quisiera saber si los descuentos se realizan como en cualquier recibo mensual o si hay conceptos que no este sujetos a algún descuento?
Muchas gracias por la ayuda que siempre nos brindas.
Saludos
los empleados de comercio estamos al horno si se quejan de cavalieri mejor ni conozcan a nievas, de guatemala a guatepeor… lo digo con conocimiento de causa fui delegado varios años y son altos garcas cavalieri/nievas