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Empleados de Comercio: Liquidación de haberes para el mes de mayo

1 junio, 2010 Por Ignacio 145 comentarios

Liquidación de haberes para el mes de mayo de 2010 para empleados de comercio
Contestando a varias consultas que me han realizado varios lectores de la página en estos últimos días, les recuerdo a quienes tienen que liquidar los sueldos correspondientes al mes de mayo para empleados de comercio, que hasta le momento, el acuerdo vigente para los empleados de comercio encuadrados en el CCT 130/75, es el firmado en enero último. Por lo cual, bajo los términos de este acuerdo deberemos realizar la correspondiente liquidación del mes de mayo.

Cierto es, que ya estamos a 1ro de junio, por lo cual muchos habrán concluido con la liquidación del mes de mayo, pero de todos modos, para quienes no la hayan hecho aún o tengan alguna duda al respecto, haremos un repaso por el acuerdo de enero de 2010:

“ARTICULO DÉCIMO PRIMERO: Las partes acuerdan el otorgamiento de una asignación compensatoria especial y extraordinaria, de carácter no remunerativa y por única vez, de $300.- (trescientos pesos) para todos los trabajadores de la actividad comprendidos en el marco del Convenio Colectivo N 130/75. El monto mencionado se hará efectivo en hasta 4 cuotas de $75.- (setenta y cinco pesos) cada una, pagaderas respectivamente en oportunidad del pago de las remuneraciones correspondientes a los meses de enero, febrero, marzo, abril de 2010. Se aclara que la misma se liquidará por rubro separado y bajo la denominación “asignación acuerdo enero 2010″.”

En este artículo del acuerdo de enero de 2010, se estableció la suma no remunerativa de $300, que se podía pagar en hasta 4 cuotas de $75. Si  dicha suma  se comenzó a pagar en cuotas desde el mes de enero, la última cuota debió haber sido pagada en abril pasado, por lo cual para el mes de Mayo, ya no estará en la liquidación. Además el artículo destaca que es “por única vez.”

“ARTICULO DÉCIMO SEGUNDO: Dada la condición de suma no compensable ni remunerativa de la asignación establecida en el articulo precedente no será tenida en cuenta a ningún efecto legal y/o convencional, con la única excepción que sobre esta suma se devengarán los aportes y contribuciones de la Obra Social de Empleados de Comercio y el aporte del trabajador establecido por el arts. 100 y 101 (texto ordenado de fecha 24-6-94 del Convenio Colectivo N 130/75) sobre su monto nominal, como así también el aporte empresario con destino al Instituto Argentino de Capacitación Profesional y Tecnológica para el Comercio (INACAP) homologada por la Resolución N° 600/2008 (M.T.).”

Este otro artículo, establecía que sobre la suma no remunerativa de $300 mencionada anteriormente, se debían practicar las retenciones fijadas en los artículo 100 y 101 del CCT 130/75. El primero se refiere al aporte solidario del 2.5% (2% al SEC y 0.5% a FAECYS) obligatorio para todos los empleados, y le segundo se refiere al aporte con destino al sindicato para aquellos empleados afiliados al mismo.

Con respecto al aporte al INCAP, el aporte debería disminuir de $10,63 a $10,26 para este mes de mayo de 2010, ya que al no estar mas los $75, se disminuye la base para calcular el aporte, por lo cual la cuota baja en 37 centavos ($75 x 0.5% = 0,37).

ARTICULO DÉCIMO CUARTO: El adicional que por antigüedad establecen las escalas vigentes en virtud de lo dispuesto por el art. 5 del acuerdo del 8 de Abril de 2008 se incrementará en un valor equivalente al 100% del mismo, y con el siguiente escalonamiento: un 50% a partir del 1° de mayo de 2010 y otro 50% no acumulativo a partir del 1° de diciembre de 2010. El nuevo adicional, con base de cálculo en los salarios básicos correspondientes a cada categoría, absorberá hasta su concurrencia los conceptos adicionales por antigüedad o equivalente, voluntarios y/o convencionales, que se estuviesen abonando a la fecha.

Este artículo, lo que estable es la modificación del adicional por antigüedad establecido en el Artículo 5 del acuerdo salarial 2008, que era del 0.5% sobre el básico de cada categoría. La mencionada modificación establece un incremento de 100% del adicional por antigüedad en forma escalonada, un 50% a partir del 1° de mayo de 2010 y otro 50% no acumulativo a partir del 1° de diciembre de 2010. Por lo cual, la antigüedad para el mes de mayo será de 0.75% por cada año por sobre el básico de la categoría en la que revista el empleado.

En resumen, en la liquidación del mes de mayo, solo cambia con respecto a la del mes de abril el incremento en en la antigüedad, de 0.5% a 0,75, y que ya concluyó el pago de los $75.

Obviamente, lo expuesto tiene vigencia siempre y cuando el nuevo acuerdo salarial que se está negociando no lo modifique, estableciendo alguna suma no remunerativa con efecto retroactivo, o alguna otro tipo de modificación.

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Publicado en: Empleados de Comercio, Sin categoría Etiquetado como: liquidación

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Comentarios

  1. -
  2. Anónimo dice

    1 junio, 2010 a las 12:39 pm

    ECO me parece que esto se resuelve en julio,,

    Responder
  3. Gastón dice

    1 junio, 2010 a las 12:37 pm

    Quisiera saber si hay algún ejemplo de liq.de un recibo con la antig.incorporada para corroborar los montos y si se toma como base el inicial de cada categoría, muchas gracias, saludos.

    Responder
  4. Anónimo dice

    1 junio, 2010 a las 12:27 pm

    Ah! muchas gracias Ignacio por la aclaración, tu blog es excelente, saludos!!

    Responder
  5. Ignacio dice

    1 junio, 2010 a las 12:23 pm

    Hola Roxy, son lo mismo, es la doceava o el 8.33% si lo querés calcular así. Pero no son dos cosas, es sólo una.

    Responder
  6. Hernan dice

    1 junio, 2010 a las 12:20 pm

    empleados de comercio cortan el paso al baño en osecac sede central. este sindicato es el mas vendido de la argentina, ahora que termino la conciliacion obligatoria nadie hace nada. cavallieri jubilate

    Responder
  7. Anónimo dice

    1 junio, 2010 a las 12:18 pm

    Ignacio muchas gracias por la explicacion pero tengo una duda….la asignacion por asistencia se paga aparte del 8,33 %…son dos cosas distintas verdad? me refiero a ese concepto por el cual se le da al trabajador la doceava parte del sueldo por asistencia y puntualidad…eso sigue no? o no corresponde? y si es distinto al presentismo del 8,33…? Gracias!
    Roxy

    Responder
  8. Anónimo dice

    1 junio, 2010 a las 12:17 pm

    consulta: alguien me puede explicar x que a mi no me pagan antiguedad con 20 años que tengo?Ignacio quizás me lo puedas explicar, en la empresa me dicen que como cobro un sueldo mayor al básico la antiguedad ya está incluída dentro del sueldo.Espero que alguien me pueda ayudar a entender esto.

    Responder
  9. Anónimo dice

    1 junio, 2010 a las 12:10 pm

    Por un reclamo salarial, está cortado el Camino de Cintura en San Justo
    01/06/10 – 08:47

    Trabajadores de la ex empresa Jabón Federal bloquean el paso de vehículos a la altura del partido de La Matanza. Reclaman un aumento de sueldos del 40 por ciento.

    Etiquetas
    reclamo salarial, corte en el Camino de Cintura, demoras Trabajadores de la empresa Alicorp, ex Jabón Federal, cortan el tránsito en el Camino de Cintura, a la altura de la localidad bonaerense de San Justo. La protesta es en reclamo de un 40 por ciento de incremento salarial.

    Fuentes de Policía Vial informaron que la protesta comenzó a las 6, en Camino de Cintura al 4600. Y detalló que ambas manos se encuentran cerradas al tránsito.

    La protesta causa serios trastornos en el tránsito: ya hay colas de dos kilómetros de vehículos detenidos hacia cada lado.

    (Fuente: DyN) http://www.clarin.com/ciudades/gran_buenos_aires/reclamo_salarial-corte_en_el_Camino_de_Cintura-demoras_0_272372948.html

    Por el paro, suspenden los cambios a los camioneros
    01/06/10 Les restringían el horario de entrada y salida a la Ciudad Sólo iban a poder ingresar al macrocentro para carga y descarga entre las 20 y las 8 y debían retirarse progresivamente hasta las 11.30. Ante la presión del gremio, el Gobierno porteño accedió a negociar.
    http://www.clarin.com/ciudades/buenos_aires/paro-suspenden-cambios-camioneros_0_272372842.html

    IVAN

    CON FUERZA CARAJO, TODOS AL PARO YAAAA!!!!!!!!!!!!!

    Responder
  10. Anónimo dice

    1 junio, 2010 a las 11:47 am

    Sos un maestro, ahora voy a terminar de liquidar, Gracias por esta gran aporte !

    Responder
  11. Lourdes dice

    1 junio, 2010 a las 11:43 am

    Si hubieran firmado para "darnos algo" como dice el anónimo 4, hubieran firmado por un porcentaje irrisorio y después olvidate que reabrieran. Es preferible esperar un poco más, pero tener un aumento un poco más considerable. Y ojo, que yo gracias que llego al 15 con mi sueldo, pero tampoco para arreglar por lo mínimo indispensable.
    Saludos.

    Responder
  12. Anónimo dice

    1 junio, 2010 a las 11:31 am

    Hola Maria
    si vas a cobrar menos que en abril, siempre y cuando tu antigüedad no sea de muchos años, en ese caso cobras unos pocos pesos mas que el mes anterior

    Responder
  13. Anónimo dice

    1 junio, 2010 a las 11:23 am

    Es una vergüenza, podrían haber firmado para darnos algo y luego reabrir las paritarias como en el caso de Luz y Fuerza…

    Pero no, Mayo paso sin aumentos… total, los empleados de comercio tenemos suerte de contar con un sueldo "muy bueno" y podemos soportar con "tranquilidad" la suba de todos los precios.

    Gracias Cavalleri!!! nunca me sentí mejor representado.

    Responder
  14. Anónimo dice

    1 junio, 2010 a las 11:20 am

    Siempre lo mismo; pierden los empleados, en fin $75 menos que harán mas dificil la subsistencia!

    Responder
  15. Dani dice

    1 junio, 2010 a las 10:24 am

    Gente, desde las 8hs se cierra el local de Disco 977 ubicado en Belgrano. Comenzamos con las medidas de Fuerza!

    No tienen excusas para parar en otros lugares. Sin miedo!

    Responder
  16. Anónimo dice

    1 junio, 2010 a las 5:31 am

    Hola Ignacio,

    Gracias por tu ayuda. Soy empleada de comercio y con lo que explicaste entiendo que debemos cobrar lo mismo que mayo menos $75. Y por otro lado se estaría incrementando el tema de la antiguedad de 0.5 en abril a 0.75 en mayo.
    En definitiva, vamos a cobrar menos que en abril, no?

    Sldos, María

    Responder
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