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Empleados de Comercio: liquidación de haberes mayo 2012

28 mayo, 2012 Por Ignacio 170 comentarios

Liquidación de haberes para el mes de mayo de 2012 según el nuevo acuerdo de empleados de comercio.

El pasado jueves 24 de mayo, la FAECYS y las cámaras de empresariales de comercio lograron un acuerdo y se rubricó el nuevo acuerdo salarial para empleados de comercio 2012. El mismo establece un incremento salarial del 24% no remunerativo sobre las escalas de abril, en dos tramos no acumulativos según el siguiente cronograma:

a) Un 15 % del total acordado, a partir del mes de mayo de 2012 
b) Un 9 % del total acordado, a partir del mes de noviembre de 2012

Se tomará como base de cálculo las sumas establecidas en las escalas salariales correspondientes para cada categoría para el mes de abril de 2012.

El incremento acordado se abonará como suma no remunerativa y se liquidará en el recibo de sueldo por rubro separado bajo la denominación “acuerdo mayo 2012”. 

Presentismo. Sobre las sumas que resulten del incremento previsto en el presente artículo, como suma no remunerativa, se aplicará también el equivalente al presentismo del artículo 40 del CCT 130/75.
El incremento acordado mantendrá su carácter no remunerativo de la forma que a continuación se detalla:
  • el 15% hasta el mes de octubre de 2012 inclusive.
  • el 9% hasta el mes de abril de 2013 inclusive.

A manera de ejemplo, desarrollaré un caso muy sencillo para liquidar el mes de junio junto con el retroactivo del mes de mayo.

Datos para la liquidación
Categoría: Administrativo A
Básico: $ 4.116,45
Tipo de Jornada: Completa
Antigüedad: 0
Obra Social: O.S.E.C.A.C.
Afiliado al Sindicado: No
Solución Propuesta

recibo sueldos comercio ejemplo

Conceptos Remunerativos

Básico: 
$ 4.116,45
Surge de la escala salarial establecida en el acuerdo 2011, publicada por FAECyS.

Antigüedad: En esta caso es cero porque no tiene antigüedad, pero es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad.

Asistencia y Puntualidad: $343,04

Es la doceava parte del básico más antigüedad (Art. 40 CCT 130/75).

4.116,45  / 12 =
343,04 

Conceptos No Remunerativos



Acuerdo mayo  2012:
 $617,47
Es el 15% sobre el básico de  la categoría “Administrativo A” para el mes de Abril de 2012 (Base de cálculo) 

Base de cálculo  para el mes de Abril de 2012 Administrativo A : $ 4.116,45  según la escala:

4.116,45   x 15% =  $617,47


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Empleados de Comercio CCT 130/75 Base de Cálculo 15 % No rem.
Categorías Abril 2012 Mayo 2012
Maestranza A 4.058,78 608,82
Maestranza B 4.074,15 611,12
Maestranza C 4.127,98 619,20
Administración A 4.116,45 617,47
Administración B 4.139,52 620,93
Administración C 4.162,56 624,38
Administración D 4.231,78 634,77
Administración F 4.289,45 643,42
Administración E 4.374,03 656,10
Cajeros A 4.135,66 620,35
Cajeros B 4.162,56 624,38
Cajeros C 4.197,18 629,58
Personal Auxiliar A 4.135,67 620,35
Personal Auxiliar B 4.174,11 626,12
Personal Auxiliar C 4.300,98 645,15
Auxiliar Especializado A 4.181,80 627,27
Auxiliar Especializado A 4.251,00 637,65
Vendedor A 4.135,66 620,35
Vendedor B 4.251,00 637,65
Vendedor C 4.289,45 643,42
Vendedor D 4.374,03 656,10



Asistencia y puntualidad: $51,46
Al igual que con los conceptos remunerativos, se determina calculando la doceava parte de las sumas no remunerativas.
4.116,45  / 12 = 51,46
Descuentos
Sobre las sumas Remunerativas se calcula:
  • 11% de Jubilación
  • 3% de Obra Social
  • 3% Según Ley 19.032
  • 2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75
  • 0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75
  • 2% con destino al sindicato para empleados afilaidos al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.
Sobre las sumas no remunerativas se calcula:
  • 3% de Obra Social
  • $100 como aporte especial a la obra social de empleados de comercio (OSECAC) (1) ver como ingresar el aporte
  • 2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75
  • 0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75
  • 2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.
Hasta aquí el desarrollo del ejemplo, tomé un ejemplo simple, sin antigüedad, si adicionales ni items a cuenta de futuros aumentos, tampoco tuve en cuenta el feriado del 25 de mayo en la liquidación, pero es al solo efecto de explicar de la manera mas sencilla este nuevo acuerdo.
Espero me haya explicado correctamente y no haberme equivocado en la interpretación ni en los cálculos.


Aporte de 100 pesos a OSECAC

Respecto a si corresponde realizar el aporte a la obra social de empleados de comercio (OSECAC) para aquellos empleados que hayan optado por otra obra social, lo que puedo decir es que es un punto polémico, hay quienes sostienen que deben realizar el aporte todos los empleados, estén afiliados a o no a OSECAC. Y hay quienes sostienen que se sólo deben hacer el aporte quienes estén afiliados a esa obra social. ver como ingresar el aporte

Consultados el sindicato y la obra social afirman que solo deben realizarlo quienes estén en OSECAC, pero ninguna de esas afirmaciones se ha realizado de manera oficial. 
En mi opinión, el pago no corresponde para empleados no afiliados a OSECAC y tampoco para los afiliados, ya que el aporte por parte del empleado a la obra social está regulado por una ley nacional, la ley 23.660, sindicatos y cámaras de comercio no tienen la potestad para obligar a los empleados a realizar ningún aporte adicional de manera obligatoria. Pero, como dije más arriba, es una opinión personal, cada profesional aplicará su criterio para tomar la mejor decisión. A los empleadores, como siempre, consulten con su contador, el sabrá asesorarlos.

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Publicado en: Empleados de Comercio, Sin categoría Etiquetado como: Casos Prácticos, Recibo de Sueldos

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Comentarios

  1. -
  2. Anónimo dice

    23 junio, 2012 a las 4:41 pm

    Ignacio, me olvidé de descontar el aporte solidario en mayo y los sueldos se abonaron, vía deposito, sin ese concepto. Nuestro contador se dió cuenta a los pocos días, y la empresa efectuó el pago en término.Ahora la duda es cómo descontarlo. Te consulto si puedo hacer figurar ese aporte en el sueldo de junio, de lo contrario deberíamos hacer que todos los empledos no abonaran los $ 100. Gracias.

    Mario

    Responder
  3. Anónimo dice

    18 junio, 2012 a las 4:59 pm

    Hola Ignacio, muchas gracias por compartir tu gran experiencia! un consulta, en que CCT encuadrarias vos a una empleada que trabaja en una forrajeria (venta de comida para mascotas, algunas semillas, pero basicamente alimento para perros). gracias!!!

    [email protected]

    Responder
  4. Federico dice

    12 junio, 2012 a las 1:27 pm

    Estimados, quisiera saber si es correcto en la liquidacion del mes de mayo 2012 que me figure el sueldo basico por lo que fija el convenio (4251,00) y adicionalmente me figure el concepto de feriados nacionales ($340), siendo que no trabaje, es decir, es correcto que los meses que existan feriados aunque no los trabaje me paguen mas? Gracias

    Responder
  5. Anónimo dice

    10 junio, 2012 a las 10:52 pm

    club de veterano : si tenés el recibo de mayo, andá urgente al sindicato y asesorate bien, te tienen que liquidar como corresponde y con el 15% correspondiente al nuevo acuerdo. En el recibo tiene que decir acuerdo 15% o algo parecido. Te están jorobando , por más que cobres más que el básico , lo mismo tienes que percibir el aumento, así cobres $10.000 lo mismo te corresponde el aumento. No lo dudes.

    Responder
  6. Anónimo dice

    10 junio, 2012 a las 10:42 pm

    El aumento es sobre el básico que cobran todos, por más que cobren más del básico les corresponde lo mismo el 15%, no se dejen estafar por el empleador ni por los contadores. Ambos estan unidos para jorobarlos.

    Oscar de Ramos Mejía.

    Responder
  7. Anónimo dice

    10 junio, 2012 a las 10:41 pm

    club de veterano : si tenés el recibo de mayo, andá urgente al sindicato y asesorate bien, te tienen que liquidar como corresponde y con el 15% correspondiente al nuevo acuerdo. En el recibo tiene que decir acuerdo 15% o algo parecido. Te están jorobando , por más que cobres más que el básico , lo mismo tienes que percibir el aumento, así cobres $10.000 lo mismo te corresponde el aumento. No lo dudes.

    Responder
  8. Anónimo dice

    10 junio, 2012 a las 10:29 pm

    al anónimo 14 o María le quiero decir que sí le corresponde dicho aumento, así trabajes una hora por día , estés en blanco y tus aportes sean para el sindicato, te corresponde cualquier aumento que haya. Todos los aumento te corresponden. Lo tuyo es media jornada y te corresponde el mismo aumento de comercio. No les crea lo que te digan los patrones. Igual asesorate al sindicato más cercano que tengas. fijate en la pagina de comercio y ahí tienes los teléfonos. Un gran Saludo , Sergio de bs.as.

    Responder
  9. Anónimo dice

    7 junio, 2012 a las 11:20 am

    Ignacio q c puede hacer en el kaso d q el empleador sobrepase el punto 6 y absorva el adicional a cta excusandose en la sit. Economica?? Privando a 250 empleados dl incremento stablecido x el gremio y cn el q el trabajador contaba. Aguardo comentarios sobre sta violación al akuerdo 2012. Mil Grax x tu blog. Abrazo

    Responder
  10. Anónimo dice

    7 junio, 2012 a las 11:16 am

    Buen dia ignacio, mi consulta es sobre el item "acuerdo de futuros aumentos" y "viaticos" esos son entran en el aumento? en caso de acuerdo de futuros aumentos la empresa no va a absorverlos pero quiero saber si entran en el aumento? muchas gracias

    Responder
  11. Gabriela dice

    7 junio, 2012 a las 12:41 am

    Hola la misma pregunta, hoy recibi la planilla de sueldo y no hay ningun aumento. A quien reclamo????

    Responder
  12. fernando dice

    6 junio, 2012 a las 10:21 pm

    consulta, si mi sueldo es mayor a 4.374,03 el aumento q me corresponde es igual a ese? es decir que no hay mayor aumento a los 656.10

    gracias!

    Responder
  13. Anónimo dice

    6 junio, 2012 a las 3:46 am

    hola buenos días, quería saber si esto del aumento ya está resuelto para cobrarlo este mes puesto que hoy me depositaron y cobre exactamente lo mismo que el mes pasado, o tengo que hacer algún tipo de reclamo

    Responder
  14. CLUB VETERANOS DE CORREOS dice

    6 junio, 2012 a las 3:42 am

    hola buen día para todos menos para mi jajajaja ya que hoy me depositaron y cobré igual que el mes pasado o sea esto del aumento fue verso o alguien sabe que pasó.

    Responder
  15. Anónimo dice

    5 junio, 2012 a las 11:09 pm

    el aumento va para todos yo gano 5000 me corresponde …podes contestar x favor.lopeaz

    Responder
  16. Luciano dice

    5 junio, 2012 a las 5:03 pm

    Buenos Días Ignacio te hago una consulta, no hay novedad sobre la Homoloación del aumento? EL acuerdo se firmo el Jueves 24/05 y estamso a 05/06 y no hay novedades, en mi empresa APEX AMERICA, NO PAGAN EL AUMENTO Si no esta Homologad.

    Responder
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