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Empleados de Comercio: liquidación de sueldos Mayo 2022 | aumento del 6%

26 mayo, 2022 Por Ignacio 43 comentarios

Índice de Contenidos

    • Básico $ 88.135,92
    • Antigüedad: $ 8.813,59
    • Asistencia y Puntualidad: $ 8.079,13
    • Plus Feriados no trabajados: $ 1.400,38
    • Cálculo del día feriado
    • Cálculo del día normal
  • Otros temas relacionados
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Caso Práctico: en la Liquidación de sueldo mayo 2022, se aplica el 2° tramo de aumento de la paritaria 2022.

Liquidación de Sueldos de Empleados de Comercio caso práctico paso a paso
Liquidación de Sueldos de Empleados de Comercio caso práctico paso a paso.

En la liquidación de mayo 2022 de Empleados de Comercio se aplica el segundo tramo de aumento salarial, se trata de un 6% que se suma al 6% pagado en abril pasado.

Aumento salarial

Recordemos que el gremio de Empleados de Comercio y las cámaras CAC, CAME y UDECA pactaron un incremento salarial anual del 59,5% sobre las escalas de las remuneraciones básicas del CCT N° 130/75.

Base de cálculo

En cuanto a la base de cálculo, se tomará como base de cálculo los valores expresados para el mes de abril de 2022 (equivalente a marzo de 2022, con la incorporación de todos los aumentos oportunamente acordados).

7 tramos no remunerativos

Como vimos en último artículo Empleados de Comercio: Claves del acuerdo salarial 2022, el incremento del 59,5% se abonará en su valor nominal y no acumulativamente, y en siete tramos:

  • Abril 2022: 6%
  • Mayo 2022: 6%
  • Junio 2022: 6%
  • Agosto 2022: 10%
  • Septiembre 2022: 10%
  • Noviembre 2022: 11%
  • Enero 2023: 10,5%

El acumulado del 59.5% no remunerativo se incorporará a los básicos de convenio recién en abril 2023.

Ejemplo

Para este ejemplo utilizaremos los siguientes datos:

– Categoría: Administrativo A
– Tipo de Jornada: Completa
– Antigüedad: 10 años
– Obra Social: O.S.E.C.A.C.
– Afiliado al Sindicado: No
– Feriados: no trabajados

Cálculos de la liquidación

Básico $ 88.135,92

Para la categoría “Administrativo A” el básico de abril es de $ 88.135,92 y surge de incorporar al básico de marzo, que era de $71.538,90, las sumas no remunerativas (del acuerdo anterior) que se pagaron hasta ese mes:

71.538,90 + 9.156,98 + 7.440,04 = 88.135,92

Antigüedad: $ 8.813,59

Para este caso, la antigüedad del empleado es de 10 años, por lo que el adicional por ese concepto será del 10%.

Entonces: 

88.135,94 x 10 x 1% = 8.813,59 

Recordemos que el adicional por antigüedad es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad.

Asistencia y Puntualidad: $ 8.079,13

El adicional por Asistencia y Puntualidad de Empleados de Comercio se calcula, según lo indica el artículo 40 del CCT 130/75 , y es la DOCEAVA parte de las remuneraciones del mes, en este caso las remuneraciones del mes son el Básico + Antigüedad.

(88.135,94 + 8.813,59) / 12 = 8.079,13

Feriados

En mayo hubo tres feriados el 1, el 18 y 25, para el caso de ejemplo, dos son no trabajados y uno es trabajados, entonces la liquidación será la siguiente:

Plus Feriados no trabajados: $ 1.400,38

El plus a pagar por esos días sería de $1.400,38, veamos como llegamos a ese número.

Recordemos que los feriados nacionales son días pagos, preste el trabajar tareas o no. Además, el artículo 169 de la LCT establece que “Para liquidar las remuneraciones se tomará como base de su cálculo lo dispuesto en el artículo 155.”

El artículo 155 LCT se refiere a la forma de retribución de las vacaciones:

“a) Tratándose de trabajos remunerados con sueldo mensual, dividiendo por veinticinco (25) el importe del sueldo que perciba en el momento de su otorgamiento.“

Por lo tanto, los feriados no trabajados se pagan en base 25, entonces:

Primero, determinamos el valor de un día normal, para eso sumamos todos los haberes remunerativo y lo dividimos por 30:

(88.135,92 + 8.813,59 + 8.079,13) / 30 = 3.500,95

Donde 3.500,95 es el valor de un día normal, y como no lo trabajó, lo restamos. Pero, como indicamos arriba, los feriados son pagos, se hayan trabajado o no.

En este caso son días no trabajados, entonces se determinar con el plus que surge de calcular el día en base 25 en vez de base 30:

Veamos como hacer el cálculo:

Calculamos el valor del día feriado, calculado en base 25:

(88.135,92 + 8.813,59 + 8.079,13) / 25 = 4.201,15

Donde 4.201,15 es el valor del día del Feriado no trabajado.

La diferencia entre estos dos valores 4.201,15 – 3.500,95 = 700,19 es el plus por feriado y como son dos feriados lo multiplicamos por 2:

700,19 x 2 = 1.400,38

Feriados Trabajados

Ahora, en caso de trabajar en un día feriado, el artículo 166 LCT establece:

“En caso que presten servicios en tales días, cobrarán la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual.“

Entonces, cuando el trabajador prestara servicios en el día feriado cobrará la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual.

Cálculo del día feriado

(88.135,92 + 8.813,59 + 8.079,13) / 30 = 3.500,95

Cálculo del día normal

(88.135,92 + 8.813,59 + 8.079,13) / 25 = 4.201,15

Ahora sumamos  ambos valores y tenemos el total de un día feriado trabajado:

3.500,95 + 4.201,15 = 7.702,10

Otra forma en la que lo pueden ver liquidado es en base 30 por 2, es decir “remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual”, en ese caso sería 3500,95 x 2= $7.001,90

Suma no remunerativa

Incremento No Remunerativo – Acuerdo 2022

En la liquidación de abril, aplicamos el primer tramo de aumento de un total de 7, que es del 6%, con carácter no remunerativo.

Ahora, aplicamos el segundo tramo, que también es del 6% no remunerativo y se suma al porcentaje de abril, con lo cual llegamos al 12%.

La base de cálculo para todos los tramos son los básicos de Convenio vigentes a abril 2022, que ya tiene incorporado el aumento no remunerativo de la paritaria anterior.

88.135,92 x 6% = 5.288,155

Lo sumamos al 6% anterior: 5.288,16 + 5.288,16 = 10.576,32

De todos modos, en este enlace está la escala salarial para todas las categorías de Empleados de Comercio publica aquí.

En cuanto a los aportes y contribuciones, esta suma es base de cálculo para:

  • aportes y contribuciones de la OSECAC.
  • aporte del trabajador establecido por los arts. 100 y 101 del CCT 130/75, es decir sindica y FAECyS.

Por último, sobre estas sumas no remunerativas, no se aplicará ningún equivalente respecto de los adicionales previstos en el CCT 130/75, a saber, presentismo, antigüedad, cajero, armado de vidrieras, chofer, ayudante de chofer, zona desfavorable ni tampoco computarán para el cálculo del sueldo anual complementario (Aguinaldo).

Recibo de sueldos

El recibo de sueldos de mayo 2022 quedaría así:

Calculadora para simular las liquidaciones

Está disponible calculadora online para simular la liquidación de abril y mayo 2022.

Calculadora

Archivos

  • Acta acuerdo
  • Escala salarial
  • Homologación

Otros temas relacionados

  • Acta acuerdo y homologación 2022
  • Claves del acuerdo 2022

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Publicado en: Empleados de Comercio Etiquetado como: Casos Prácticos, Liquidación de Sueldos, Recibo de Sueldos

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. GERARDO RAUL dice

    31 mayo, 2022 a las 12:35 pm

    DESEO SABER SI TRABAJANDO -hace 10 años-EN UN SUPERMERCADO EN TAREA DE PANADERO, MI APORTE FUE SIEMPRE A OSECAC -obra social de comercio- ESTA BIEN REALIZADO, YA QUE
    MI APORTE VA AL SINDICATO DE PANADEROS

    Responder
  3. NEEMI dice

    31 mayo, 2022 a las 10:17 am

    Consulto, yo el mes pasado no lo cobre al aumento.. supuestamente venia junto al de este mes con retroactivo.. me podrían ayudar a cuanto es lo que debería cobrar ? administración a , antigüedad 3 años. otra obra social. sin aporte al gremio no trabaje ningun feriado.

    Responder
    • liliana dice

      31 mayo, 2022 a las 2:53 pm

      tenes que cobrar el no remunerativo de abril de 5288.16+10576.31 que es el de mayo. Suerte.

      Responder
  4. Mariana dice

    30 mayo, 2022 a las 5:03 pm

    Hola, consulta, si cobro un poco mas de lo que dice la escala. Los aumentos no remunerativos me los tienen que calcular sobre lo que dice la escala para mi categoria o sobre mi sueldo real. Muchas Gracias.

    Responder
  5. LORENA dice

    30 mayo, 2022 a las 3:14 pm

    CON SULTA SI EN ABRIL NO SE LIQUIDO EL 6 % PORQUE NO ESTABA HOMOLOGADO, EN MAYO DEBERIA COBRAR EL 6 DE ABRIL + EL 12 DE MAYO..NO?

    Responder
    • Liliana dice

      31 mayo, 2022 a las 2:53 pm

      claro

      Responder
  6. Roxana dice

    30 mayo, 2022 a las 12:18 pm

    Buen dia, mi consulta es si se paga como feriado el 1 de mayo en un local que trabaja de lunes a sabado……el dueño me dice que no porque los domingos no se trabaja …Desde ya gracias a quien me oriente

    Responder
    • Ignacio dice

      30 mayo, 2022 a las 12:26 pm

      si, se paga

      Responder
      • Roxana dice

        30 mayo, 2022 a las 12:34 pm

        Muchas gracias Ignacio

        Responder
  7. Maxi dice

    30 mayo, 2022 a las 11:21 am

    Buen dia Ignacio,queria consultarte sobre el Plus de los feriados no trabajados, adonde sale eso en el convenio?….es obligatorio para el empleador….gracias

    Responder
  8. MARIELA dice

    30 mayo, 2022 a las 9:58 am

    Buen día! Se siguen abonando los $300 a OSECAC por empleado incluido en convenio por más que estos tengan otra obra social??? Gracias.-

    Responder
    • Ornela dice

      31 mayo, 2022 a las 12:24 pm

      Si, se sigue abonando, y no solo eso sino que ahora el importe es de $ 600 por empleado tenga o no como obra social OSECAC.

      Responder
  9. Diego dice

    29 mayo, 2022 a las 9:00 am

    Hola les hago una consulta.yo trabajo de lunes a sábado de 7am a 17:30.
    Domingo no trabajo.
    Además de eso me dan dos francos mensuales el cual me descuentan 16 horas al 50% por mes por esos francos..esto es correcto?alguien que me de una mano porfavor

    Responder
  10. jOEL dice

    28 mayo, 2022 a las 2:44 pm

    100% DE INFLACION Y MIRA LA PAVADA QUE ARREGLAN ESTOS, ENCIMA LO METEN REMUNERATIVO PARA SUBIRSE LA CUOTA SINDICAL… ALGUIEN SABE CUANDO SE VOTA EN EL SINDICATO.

    Responder
  11. Grisel dice

    27 mayo, 2022 a las 4:20 pm

    Hola, en la homologación dice que los aumentos son NO ACUMULATIVOS, entonces, no entiendo porque se sumaria en mayo el 12% del acuerdo, y no el 6% unicamente.
    Gracias.

    Responder
    • Juan dice

      29 mayo, 2022 a las 9:39 am

      Hola Grisel son no acumulativos lo que sucede es que cada porcentaje de aumento El 6 el 12 y en junio el 18 (6+6+6) son sobre base en el sueldo de abril y así con el resto de los porcentajes hasta llegar en enero con el 59,5 que también lo tenés que tomar combase en el básico de abril es así lamentablemente ??‍♂️???‍♂️

      Responder
  12. Micaela dice

    27 mayo, 2022 a las 3:14 pm

    Buenas tardes. En mi trabajo, desde recursos humanos me dijeron que en realidad el depósito que nos hicieron el día 10 (después de haber cobrado el 2 de mayo ) es solo un adelanto. Y que este mes va a ser descontada esa suma y que nos van a pagar el 12% completo. Esta mal esto no ?

    Responder
  13. Alejandro dice

    26 mayo, 2022 a las 4:19 pm

    La dirección de enlace da error
    https://www.ignacioonline.com.ar/wp-content/uploads/2022/02/Empleados-de-comercio-planillas-revision-2021-Febrero22-marzo-2022-abril-2022_compressed.pdf

    26-05-2022 16:15 Hs.

    Responder
    • milva dice

      27 mayo, 2022 a las 8:56 am

      Hola ignacio ,cual es basico de un empleado de comercio vendedor?

      Responder
      • Sa dice

        30 mayo, 2022 a las 3:38 pm

        https://www.ignacioonline.com.ar/empleados-de-comercio-claves-del-acuerdo-salarial-2022/

        Responder
  14. Placido sosa dice

    26 mayo, 2022 a las 12:17 pm

    Me gustaría recibir todo los meses la liquidación de mi sueldo

    Responder
  15. Romina Carrizo dice

    26 mayo, 2022 a las 11:01 am

    Buen dia, por qué se dice que hubo 2 feriados en mayo? hubo 3… el 1, el 18 y el 25…

    Responder
  16. Susana Bianchini dice

    26 mayo, 2022 a las 9:29 am

    Buenos días Ignacio, Te hago una consulta sobre los feriados, Veo que tomaste 2 días y son 3 dias feriados en Mayo., estoy en lo cierto?

    Responder
    • Sa dice

      30 mayo, 2022 a las 3:32 pm

      En el recibo figura 2 feriados no trabajados y 1 feriado trabajado.
      Es correcto, en mayo 2022 hubo 3 feriados.

      Responder
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