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Empleados de Comercio liquidación de sueldos Octubre 2022

23 octubre, 2022 Por Ignacio 55 comentarios

Índice de Contenidos

    • Básico $ 88.135,92
    • Antigüedad: $ 8.813,59
    • Asistencia y Puntualidad: $ 8.079,13
  • Plus Feriados no trabajados: $1.400,38
    • Cálculo del día feriado
    • Cálculo del día normal
  • Otros temas relacionados
    • Newsletter
    • ¡Gracias!

Caso Práctico: Liquidación de sueldos Empleados de Comercio octubre 2022. Feriados trabajados y no trabajados.

Para la liquidación de octubre 2022 de Empleados de Comercio no tenemos muchas novedades respecto a la última liquidación salarial de Septiembre 2022.

Sólo tenemos dos feriados del fin de semana largo de octubre, así que veamos como liquidarlos.

Ejemplo

Para este ejemplo utilizaremos los siguientes datos:

– Categoría: Administrativo A
– Tipo de Jornada: Completa
– Antigüedad: 10 años
– Obra Social: O.S.E.C.A.C.
– Afiliado al Sindicado: No
– Feriados: no trabajados

Cálculos de la liquidación

Básico $ 88.135,92

Para la categoría “Administrativo A” seguimos aplicando el mismo básico de convenio vigente desde abril que es de $88.135,92

Antigüedad: $ 8.813,59

Para este caso, la antigüedad del empleado es de 10 años, por lo que el adicional por ese concepto será del 10%.

Entonces: 

88.135,94 x 10 x 1% = 8.813,59 

Recordemos que el adicional por antigüedad es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad.

Asistencia y Puntualidad: $ 8.079,13

El adicional por Asistencia y Puntualidad de Empleados de Comercio se calcula, según lo indica el artículo 40 del CCT 130/75 , y es la DOCEAVA parte de las remuneraciones del mes, en este caso las remuneraciones del mes son el Básico + Antigüedad.

(88.135,94 + 8.813,59) / 12 = 8.079,13

Feriados

En octubre tuvimos dos feriados, el viernes 7, como feriado con fines turísticos, y el lunes 10 que correspondía al día por la diversidad cultura del 12 de octubre.

Para el caso de ejemplo tomamos que no fue trabajado, entonces la liquidación será la siguiente:

Plus Feriados no trabajados: $1.400,38

El plus a pagar el feriado sería de 1.400,38, veamos como llegamos a ese número.

Recordemos que los feriados nacionales son días pagos, preste el trabajar tareas o no. Además, el artículo 169 de la LCT establece que “Para liquidar las remuneraciones se tomará como base de su cálculo lo dispuesto en el artículo 155.”

El artículo 155 LCT se refiere a la forma de retribución de las vacaciones:

“a) Tratándose de trabajos remunerados con sueldo mensual, dividiendo por veinticinco (25) el importe del sueldo que perciba en el momento de su otorgamiento.“

Por lo tanto, los feriados no trabajados se pagan en base 25, entonces:

Primero, determinamos el valor de un día normal, para eso sumamos todos los haberes remunerativo y lo dividimos por 30:

(88.135,92 + 8.813,59 + 8.079,13) / 30 = 3.500,95

Donde 3.500,95 es el valor de un día normal, y como no lo trabajó, lo restamos. Pero, como indicamos arriba, los feriados son pagos, se hayan trabajado o no.

En este caso son días no trabajados, entonces se determinar con el plus que surge de calcular el día en base 25 en vez de base 30:

Veamos como hacer el cálculo:

Calculamos el valor del día feriado, calculado en base 25:

(88.135,92 + 8.813,59 + 8.079,13) / 25 = 4.201,15

Donde 4.201,15 es el valor del día del Feriado no trabajado.

La diferencia entre estos dos valores 4.201,15 – 3.500,95 = 700,19 es el plus por feriado. Como son dos feriados lo multiplicamos por dos:

700,19 x 2= $1.400,38

Feriado Trabajado

Ahora, en caso de trabajar en un día feriado, el artículo 166 LCT establece:

“En caso que presten servicios en tales días, cobrarán la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual.“

Entonces, cuando el trabajador prestara servicios en el día feriado cobrará la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual.

Cálculo del día feriado

(88.135,92 + 8.813,59 + 8.079,13) / 30 = 3.500,95

Cálculo del día normal

(88.135,92 + 8.813,59 + 8.079,13) / 25 = 4.201,15

Ahora sumamos  ambos valores y tenemos el total de un día feriado trabajado:

3.500,95 + 4.201,15 = 7.702,10

Otra forma en la que lo pueden ver liquidado es en base 30 por 2, es decir “remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual”, en ese caso sería 3500,95 x 2= $7.001,90

Si los dos feriados son trabajados lo multiplicamos por 2 con cualquier de los dos métodos.

Suma no remunerativa

Incremento No Remunerativo – Acuerdo 2022

En cuento al “Incremento No Remunerativo – Acuerdo 2022”, no tenemos novedades respecto al mes mes pasado, donde aplicamos el 5° tramo de aumento salarial del 10% no remunerativo.

Con este quinto tramo de aumento, llegamos al 48.5% acumulado no remunerativo, el cálculo es el siguiente:

88.135,92 x 48.5% = 42.745,92

De todos modos, en este enlace está la escala salarial para todas las categorías de Empleados de Comercio publica aquí.

En cuanto a los aportes y contribuciones, esta suma es base de cálculo para:

  • aportes y contribuciones de la OSECAC.
  • aporte del trabajador establecido por los arts. 100 y 101 del CCT 130/75, es decir sindica y FAECyS.

Por último, sobre estas sumas no remunerativas, no se aplicará ningún equivalente respecto de los adicionales previstos en el CCT 130/75, a saber, presentismo, antigüedad, cajero, armado de vidrieras, chofer, ayudante de chofer, zona desfavorable ni tampoco computarán para el cálculo del sueldo anual complementario (Aguinaldo).

Recibo de sueldos octubre 2022

El recibo de sueldos de octubre 2022 quedaría así:

Caso Práctico: Liquidación de sueldo octubre 2022. Recibo de sueldos digital AFIP Empleados de Comercio

¿Cuándo se aplican los próximos aumentos en comercio?

En noviembre se aplicará el próximo y último aumento, tal y como lo acordaron el gremio de Empleados de Comercio y las cámaras CAC, CAME y UDECA cuando pactaron un incremento salarial anual del 59,5% sobre las escalas de las remuneraciones básicas del CCT N° 130/75:

  • Abril 2022: 6% aplicado
  • Mayo 2022: 6% aplicado
  • Junio 2022: 6% aplicado
  • Agosto 2022: 20.5% aplicado (se adelantó 10.5% de enero 2023).
  • Septiembre 2022: 10% aplicado
  • Noviembre 2022: 11%

Base de cálculo

En cuanto a la base de cálculo, se toman los valores expresados para el mes de abril de 2022 (equivalente a marzo de 2022, con la incorporación de todos los aumentos oportunamente acordados).

Calculadora

Por último, ya está actualizada la calculadora con las nuevas sumas no remunerativas para agosto.

Calculadora

Otros temas relacionados

  • Acta acuerdo y homologación 2022
  • Recibo de sueldos Septiembre 2022
  • Claves del acuerdo 2022
  • Homologación

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Publicado en: Empleados de Comercio, Laboral Etiquetado como: FAECYS, Liquidación de Sueldos, Paritarias, Recibo de Sueldos

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Comentarios

  1. -
  2. julio dice

    27 octubre, 2022 a las 11:32 am

    HAY QUE EMPEZAR A MANDAR MAIL AL MINISTERIO DE TRABAJO
    PARA QUE INTERCEDA HAY QUE TAPARLOS DE MAIL
    DICIENDO, A QUE NOS ESTA SOMETIENDO ESTE SEÑOR CAVALLIERI
    NO PUEDE SER QUE TODOS CIERREN PARITARIAS ARRIBA DE 100%
    Y NOSOSTROS EL 59
    Y NO SE SI ES LEGAL COBRAR EL MISMO AGUINALDO EN JULIO QUE EN DICIEMBRE!!
    YA QUE NO NOS MOVILIZAMOS AL MINISTERIO !!!!
    YO YA ENVIE EL MIO

    Responder
    • maciel dice

      28 octubre, 2022 a las 6:18 pm

      Alguien más envió?

      Responder
  3. julio dice

    27 octubre, 2022 a las 10:50 am

    YA DA PENA COBRAR
    TODOS ESTAN CERRANDO 110%
    Y ESTE VIEJO DELINCUENTE NOS TIENE CON UN 59
    NO ENTIENDO ,TENDRIA QUE INTERVENIR EL MINISTERIO DE TRABAJO
    NO SE SI ES LEGAL

    Responder
  4. Marina dice

    25 octubre, 2022 a las 1:47 am

    Y para los que trabajamos en negro 8 hs y 30 . Cuánto tendríamos que cobrar?

    Responder
    • Alberto dice

      26 octubre, 2022 a las 7:10 am

      Hola yo Estoy por art quería saber cómo sería la liquidación 12 años de antigüedad tengo. Y para el aguinaldo como sería también ? Cobro el aguinaldo? Son algunas dudas que tengo gracias

      Responder
  5. Marta dice

    24 octubre, 2022 a las 11:31 pm

    No cobramos ningún aumento. Nunca cumplieron con los pagos

    Responder
  6. Walter parra dice

    24 octubre, 2022 a las 7:49 pm

    Sumando el bruto del sueldo q no es lo q cobramos en mano se llega a 158000 pesos xq te cuentan los adicionales y la suma no remunerativa ya no puedo cobrar asignaciones por hijo..Ya no conviene trabajar??

    Responder
    • Eduardo dice

      28 octubre, 2022 a las 9:49 am

      Somos dos

      Responder
  7. Martín dice

    24 octubre, 2022 a las 7:22 pm

    Hola. Pregunta, ahora, en los primeros días de Noviembre cobramos algún aumento?…

    Responder
    • Carlos dice

      25 octubre, 2022 a las 1:11 pm

      No , recién noviembre y cobramos en diciembre , una vergüenza llevamos el 80 % de inflación y 49% de aumento

      Responder
  8. Santiago dice

    24 octubre, 2022 a las 2:22 pm

    Que vergüenza el arreglo que hicieron recién en febrero vamos a terminar un aumento del 69 % cuando la inflación ya supera el 100 %

    Responder
    • maciel dice

      28 octubre, 2022 a las 6:14 pm

      69? ni si quiera

      Responder
  9. Daniel dice

    24 octubre, 2022 a las 1:03 pm

    Hola Buenos Días Que Sueldo Me Corresponde octubre? Soy Empleado de Comercio Auxiliar Caregoria A

    Responder
  10. Claudio dice

    24 octubre, 2022 a las 12:44 pm

    Perdón, veo que en Octubre no hay aumento de la ANR. Gracias

    Responder
  11. Claudio dice

    24 octubre, 2022 a las 12:38 pm

    El recibo del ejembpo es el mismo que Septiembre 2022, Falta el aumento del 10% de la ANR. Saludos

    Responder
    • Guadalupe dice

      27 octubre, 2022 a las 1:46 pm

      No hay aumento este mes, corresponde en noviembre…
      Abril 2022: 6% aplicado
      Mayo 2022: 6% aplicado
      Junio 2022: 6% aplicado
      Agosto 2022: 20.5% aplicado (se adelantó 10.5% de enero 2023).
      Septiembre 2022: 10% aplicado
      Noviembre 2022: 11%

      Responder
  12. Vanesa dice

    24 octubre, 2022 a las 12:25 pm

    Hola quisiera saber cuánto tendría que cobrar si trabajo de lunes a viernes 4 horas a la mañana?

    Responder
  13. Pipi dice

    24 octubre, 2022 a las 11:54 am

    Por qué a cada aumento descuentan un 3 o 4 %? Osea el mes pasado del 10 % que venía de aumento me aumentaron el 7% nomás , una vez que este el 59;50 % que se había establecido te los agregan a esos que te vienen descontando?

    Responder
  14. Daniela Franco dice

    24 octubre, 2022 a las 9:59 am

    Hola! Quería saber cuanto me corresponde de básico, ya que trabajo 6 horas a la semana y 5 horas los sábados. Hice el proporcional en base al básico y me quieren pagar mucho menos. Quería saber si mi cálculo fue correcto, aunque tengo entendido que me pasó de las 2/3 de la jornada y me corresponde cobrar el básico que figura en la escala salarial de comercio.
    Gracias!

    Responder
  15. Pedro dice

    24 octubre, 2022 a las 9:50 am

    la inlfacion abril 2021 a septiembre 2022 ya esta en 80% es decir que ya estamos 20 puntos abajo y quedan 6 meses hasta abril y se habla de congelamiento de salarios desde enero. Hay que hacer bosta el sindicato

    Responder
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Trackbacks

  1. Empleados de Comercio liquidación de sueldos Octubre 2022 dice:
    25 octubre, 2022 a las 4:21 pm

    […] entrada Empleados de Comercio liquidación de sueldos Octubre 2022 aparece primero en Ignacio […]

    Responder

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