• Saltar al contenido principal
  • Skip to secondary menu
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Inicio
  • Blog
  • Suscripción
  • Contacto
  • Capacitación
  • Calculadoras
    • Calculadora Sanidad CCT 108/75
    • Calculadora de Sueldos UOCRA
    • Sueldos Empleados de Comercio
    • Sueldos Comercio Rama Turismo CCT 548/07
    • Calculadora Empleados de Comercio Rama Centros de Contacto CCT 781/22
    • Calculadora de Sueldos UTEDYC CCT 804/23 (ex 736/16)
    • Calculadora de Retenciones RG 830 “Profesiones liberales, oficios”
    • Calculadora de Sueldos SAEOEP CCT 88/90
    • Calculadora de Sueldos UATRE
    • Servicio Doméstico
    • Liquidación Final
    • Vacaciones
    • Calculadora de Plus Vacacional
    • Embargo de Sueldos
  • Aplicaciones
  • Vencimientos

Ignacio online

Es una web de información destinada a Contadores y Profesionales en Ciencias Económicas y Empleados de Comercio

Aconpy
  • Empleados de Comercio
    • Escalas Comercio 2022
    • Escala Salarial Empleados de Comercio 2020
    • Calculadora Empleados de Comercio
    • Ejemplos de Liquidaciones de Sueldo
    • Categorías Comercio
    • Régimen de Licencias y Permisos Especiales
    • Vacaciones de Empleados de Comercio
  • Asignaciones
    • Asignaciones Familiares Montos vigentes
  • Libro de sueldos Digital
  • Servicio Doméstico
    • Calculadora de sueldos Servicio Doméstico
    • Escala Salarial Servicio Doméstico
    • Aportes, contribuciones y ART
    • Formulario 102/RT
  • Monotributo
    • Monotributo Categorías 2023
  • Planillas

Empleados de Comercio: liquidación de sueldo Febrero de 2012

24 febrero, 2012 Por Ignacio 58 comentarios


Liquidación de haberes para el mes de Febrero de 2012 según el nuevo acuerdo de empleados de comercio.
Para la liquidación de haberes de Febrero de 2011 de Empleados de Comercio CCT 130/75, no tenemos novedades respecto a la liquidación de diciembre y enero.Ya incorporados los acuerdos anteriores al básico, hasta marzo la liquidación no tendrá variaciones, en abril recién tendremos novedades, cuando el total del acuerdo junio de 2011, se incorpore totalmente al Básico de Convenio.

Como todos los meses, a manera de ejemplo, desarrollaré un caso muy sencillo para liquidar el mes de Febrero de 2012.
Datos para la liquidación
– Categoría: Administrativo A
– Básico: $ 3.044,32
– Tipo de Jornada: Completa
– Antigüedad: 0
– Obra Social: O.S.E.C.A.C.
– Afiliado al Sindicado: No
Solución Propuesta

Conceptos Remunerativos
Básico: $3.044,32
Surge de la escala salarial publicada por FAECyS.  Ver
Antigüedad: En esta caso es cero porque no tiene antigüedad, pero es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad.
Asistencia y Puntualidad: $239,89 es la doceava parte del básico más antigüedad (Art. 40 CCT 130/75).
3.044,32 / 12 = $253,69
Conceptos No Remunerativos
Acuerdo Colectivo Junio 2011: $ 913,30
Hasta el mes pasado era de $ 700,20, e incluía los dos primero trámos de aumento, 15% de mayo/junio  y 8% en septiembre, lo que totalizaba un 23%. Ahora, en diciembre, debemos aplicarle el último tramo restante del aumento que es del 7%.
Recordemos que el aumento se aplica sobre el básico de Noviembre, por lo tanto para esta caso sería:
$ 3.044,32 x 7% = $ 213,10
Por lo tanto:
+ 213,10 + 700,20 = $ 913,30
Que es lo mismo que aplicar el 30% directamente sobre el básico:
$ 3.044,32 x 30% = $ 913,30
Asistencia y puntualidad: $76,11
Al igual que con los conceptos remunerativos, se determina calculando la doceava parte de las sumas no remunerativas.
913,30 / 12 = 76,11
Descuentos
Sobre las sumas Remunerativas se calcula:
  • 11% de Jubilación
  • 3% de Obra Social
  • 3% Según Ley 19.032
  • 2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75
  • 0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75
  • 2% con destino al sindicato para empleados afilaidos al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.
Sobre las sumas no remunerativas se calcula:
  • 3% de Obra Social
  • 2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75
  • 0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75
  • 2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.
Hasta aquí el desarrollo del ejemplo, tomé un ejemplo simple, sin antigüedad, si adicionales ni items a cuenta de futuros aumentos.  Como siempre, espero haberme explicado correctamente y no haberme equivocado ni la interpretación ni en los cálculos.
Ver también:

  • Liquidación septiembre 2011
  • Liquidación octubre 2011
  • Liquidación noviembre 2011
  • Liquidación diciembre 2011
  • Liquidación enero 2012

Me gusta esto:

Me gusta Cargando...

Relacionado

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Publicado en: Empleados de Comercio, Sin categoría Etiquetado como: Casos Prácticos, Recibo de Sueldos

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. ALEJANDRO dice

    27 febrero, 2012 a las 1:07 am

    IGNACIO TENGO EL ALTA DE MI PSIQUIATRA,PERO LA PSICOLOGA LABORAL DICE QUE NO ESTA FUNDAMENTADA,POR FAVOR DECIME QUIEN TIENE MAS AUTORIDAD Y QUE TENDRIA QUE HACER????????????? 28 si soy un atorrante,ja,pero mis jefes son flor de hijodeputas !!!!!!!!!!!y ahora que quiero laburar para que no me descuenten el sueldo no me dejan!!!!!!!!!!!

    Responder
  3. Anónimo dice

    26 febrero, 2012 a las 6:59 pm

    Ignacio si podes sacarme de una duda, si el empleado de comercio aporta a otra obra social distinta de OSECAC? se debe retener para obra social sobre los conceptos no remunerativos?

    Responder
  4. Anónimo dice

    26 febrero, 2012 a las 4:06 am

    ALEJANDRO SOS UN ATORRANTE, ATAQUE DE PANICO???JAJA DEJATE DE JODER Y ANDA A LABURAR…

    Responder
    • Anónimo dice

      25 junio, 2013 a las 5:38 pm

      ojala nunca pases por esto en tu vida…….mejor infórmate y no sigas en ignorancia sobre el tema.

      Responder
    • Anónimo dice

      25 junio, 2013 a las 5:42 pm

      que nunca tengas que pasar por esta enfermedad….mejor infórmate sobre el tema antes de opinar. Que indignación me da ver un comentario de esta categoría de ignorancia.

      Responder
  5. Anónimo dice

    25 febrero, 2012 a las 7:47 pm

    Como nos roban,

    Responder
  6. ALEJANDRO dice

    25 febrero, 2012 a las 2:07 am

    HOLA IGNACIO,TE HAGO ESTA CONSULTA .YO ESTUVE CON LICENCIA PSIQUIATRICA POR ATAQUES DE PANICO DURANTE 11 MESES,AHORA ME ATENDIO UNA NUEVA PSIQUIATRA Y ME DIO EL ALTA PORQUE YA ESTOY BIEN ,INCLUSIVE ME DABAN JORNADAS REDUCIDAS,PERO EN EL TRABAJO ME MANDABAN A LA PSICOLOGA LABORAL Y NO ME DEJABA TRABAJAR AHORA QUE ME DIERON EL ALTA TAMPOCO,¿QUE TENGO QUE HACER ,YA QUE ESTOY BIEN?YA QUIERO REINTEGRARME PERO NO ME DEJAN¿QUE HAGO EN ESTE CASO?GRACIAS ESPERO TU RESPUESTA

    Responder
  7. Nestor Andres Font Oliver dice

    25 febrero, 2012 a las 1:03 am

    Hola ignacio… soy estudiante de cs económicas 3er año… con mi viejo queremos poner una micro empresa(panadería) pero para hacerlo vamos a necesitar un/a vendedor/ por que yo no voy a poder ayudarlo mucho y el solo no va a poder… la realidad es que no creo que podamos pagar aprox. $4000 (vend.B)… hay alguna regulación de salarios y liquidaciones para micro-empresas o pymes que me recomiendes leer? o simplemente hay que pagar eso?… te agradezco, desde san juan…

    Responder
  8. Anónimo dice

    19 febrero, 2012 a las 12:35 am

    Hola Ignacio! Podrías poner un ejemplo de cómo liquidarías un feriado y un franco trabajado y otro ejemplo no trabajado? Gracias! Marcelo.

    Responder
  9. martyn dice

    16 febrero, 2012 a las 11:17 am

    Hola ignacio, necesitaria saber si te puedo pasar un recibo de sueldo y ver las irregularidades, si es asi me podrias decir como lo hago' muchas gracias.
    saludos. Martin

    Responder
  10. Anónimo dice

    15 febrero, 2012 a las 6:18 pm

    Hola queria consultar respecto de como es la liquidacion para un vendedor que esta por comision..cuanto es el basico minimo que debe tener o donde accedo a esa informacion..gracias

    Responder
  11. Anónimo dice

    13 febrero, 2012 a las 12:48 am

    nskkad

    Responder
  12. Anónimo dice

    12 febrero, 2012 a las 2:21 pm

    es verdad lo del 22%?otra vez mas nos van a robar!!!!!!!

    Responder
  13. dante dice

    12 febrero, 2012 a las 2:15 pm

    paritarias 2012 22% para comercio cavallieri ya acordo con el gobierno

    Responder
  14. Anónimo dice

    12 febrero, 2012 a las 2:13 pm

    22%para comercio para este año ayyyyyy cavallieri!!!!!!!!!!!!!!!!sino preguntenle a ledesma ya esta todo arreglado!en las otras paritarias tire el porcentaje exacto el tiempo dira

    Responder
  15. Anónimo dice

    12 febrero, 2012 a las 2:03 pm

    cavallieri acordo con el gobierno por un 22% es un secreto a voces y es para ir marcando tendencia

    Responder
  16. Ignacio dice

    10 febrero, 2012 a las 4:42 pm

    Gracias Daniel, saludos!

    Javier, no lo se, habría que ver la liquidición

    Valeria, según lo que dice el acuerdo, si. Pero las ART no lo reintegran.

    Lola , no que yo sepa, no veo por qué tendría que haberlo?

    Silvio, contesto en la medida que puedo, son muchos los comentarios y no me alcanza el tiempo.

    Anabela, el sueldo hasta el 6 de febrero, vacaciones y SAC proporcionales

    Responder
« Comentarios anteriores
Comentarios siguientes »

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

SOS Contador Soft Contable en la nube
Holistor Sueldos y Jornales listo para liquidar

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Etiquetas

Acuerdos Salariales (139) AFIP (1500) AGIP (173) Aguinaldo (80) Aguinaldo - SAC (111) ANSeS (524) Aplicativos (206) ARBA (352) Asignación Universal por Hijo (251) Autónomos (124) Bienes Personales (109) bono (94) Calendario de pago (262) Casos Prácticos (223) CNTA (94) Convenio Multilateral (89) coronovirus (89) Escala Salarial (193) Factura Electrónica (78) FAECYS (418) FATSA (78) Ganancias (421) Homologación Acuerdos (128) IGJ (129) Ingresos Brutos (133) IVA (120) Jubilados y Pensionados (199) Mis Facilidades (84) Monotributistas (174) Noticias (87) Paritarias (573) Paritarias 2013 (82) Personal Casas Particulares (193) Plan de Facilidades de pago (159) Recategorización (88) Recibo de Sueldos (211) Resoluciones (508) Sanidad (95) SEC (102) Servicio Doméstico (111) SICOSS (85) SIPA (88) UOCRA (133) UOM (222) UTEDYC (150)

Copyright © 2025 Ignacio online · Creada por Hormigas en la Nube

Derechos de autor © 2025 · Magazine Pro en Genesis Framework · WordPress · Acceder

Utilizamos cookies propios y de terceros para mejorar nuestros servicios y experiencia de usuario. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Aceptar Reject Leer Más
Privacidad & Política de Cookies

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary
Siempre activado
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
Non-necessary
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.
GUARDAR Y ACEPTAR
%d