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Empleados de Comercio: liquidación de sueldo Febrero de 2012

24 febrero, 2012 Por Ignacio 58 comentarios


Liquidación de haberes para el mes de Febrero de 2012 según el nuevo acuerdo de empleados de comercio.
Para la liquidación de haberes de Febrero de 2011 de Empleados de Comercio CCT 130/75, no tenemos novedades respecto a la liquidación de diciembre y enero.Ya incorporados los acuerdos anteriores al básico, hasta marzo la liquidación no tendrá variaciones, en abril recién tendremos novedades, cuando el total del acuerdo junio de 2011, se incorpore totalmente al Básico de Convenio.

Como todos los meses, a manera de ejemplo, desarrollaré un caso muy sencillo para liquidar el mes de Febrero de 2012.
Datos para la liquidación
– Categoría: Administrativo A
– Básico: $ 3.044,32
– Tipo de Jornada: Completa
– Antigüedad: 0
– Obra Social: O.S.E.C.A.C.
– Afiliado al Sindicado: No
Solución Propuesta

Conceptos Remunerativos
Básico: $3.044,32
Surge de la escala salarial publicada por FAECyS.  Ver
Antigüedad: En esta caso es cero porque no tiene antigüedad, pero es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad.
Asistencia y Puntualidad: $239,89 es la doceava parte del básico más antigüedad (Art. 40 CCT 130/75).
3.044,32 / 12 = $253,69
Conceptos No Remunerativos
Acuerdo Colectivo Junio 2011: $ 913,30
Hasta el mes pasado era de $ 700,20, e incluía los dos primero trámos de aumento, 15% de mayo/junio  y 8% en septiembre, lo que totalizaba un 23%. Ahora, en diciembre, debemos aplicarle el último tramo restante del aumento que es del 7%.
Recordemos que el aumento se aplica sobre el básico de Noviembre, por lo tanto para esta caso sería:
$ 3.044,32 x 7% = $ 213,10
Por lo tanto:
+ 213,10 + 700,20 = $ 913,30
Que es lo mismo que aplicar el 30% directamente sobre el básico:
$ 3.044,32 x 30% = $ 913,30
Asistencia y puntualidad: $76,11
Al igual que con los conceptos remunerativos, se determina calculando la doceava parte de las sumas no remunerativas.
913,30 / 12 = 76,11
Descuentos
Sobre las sumas Remunerativas se calcula:
  • 11% de Jubilación
  • 3% de Obra Social
  • 3% Según Ley 19.032
  • 2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75
  • 0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75
  • 2% con destino al sindicato para empleados afilaidos al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.
Sobre las sumas no remunerativas se calcula:
  • 3% de Obra Social
  • 2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75
  • 0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75
  • 2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.
Hasta aquí el desarrollo del ejemplo, tomé un ejemplo simple, sin antigüedad, si adicionales ni items a cuenta de futuros aumentos.  Como siempre, espero haberme explicado correctamente y no haberme equivocado ni la interpretación ni en los cálculos.
Ver también:

  • Liquidación septiembre 2011
  • Liquidación octubre 2011
  • Liquidación noviembre 2011
  • Liquidación diciembre 2011
  • Liquidación enero 2012

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Publicado en: Empleados de Comercio, Sin categoría Etiquetado como: Casos Prácticos, Recibo de Sueldos

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. Anónimo dice

    17 marzo, 2012 a las 11:22 am

    hola ignacio necesito saber cual seria el sueldo media jornada de lunes a viernes 4 horas trabajo en un estudio contable ademas como seria el recibo de sueldo con vacaciones de 21 dias. mari

    Responder
  3. Anónimo dice

    8 marzo, 2012 a las 10:10 pm

    Hola trabajando media jornada de lunes a viernes 4 horas diarias como administrativo cual es mi sueldo mensual Lucas.

    Responder
  4. Anónimo dice

    7 marzo, 2012 a las 4:58 pm

    Hola Igancio necesito hacerte una consulta una licencia por enfermedad inculpable debidamente notificada tres dias de terminar las vacaciones con certificado medico, cuando liquidan el haber del mes de febrero ingresa un importe menor al del acostumbrado y alegan que es porque no pagan los feriados al estar de licencia, esto es legal? lo dice la ley o el convenio de empleado de comercio, porque el art 208 lct no dice nada de descontar al contrario debe cobrar la misma remuneración, que debería hacer para que me liquiden correctamente.

    Mariela

    Responder
  5. Anónimo dice

    5 marzo, 2012 a las 9:43 pm

    Buenas Tardes. Mi nombre es Patricia y tengo dudas respecto a la liquidacion del presentismo en el convenio de comercio. Si un empleado se ausenta sin aviso al trabajo por 3 dias, pierde el presentismo totalmente sobre el sueldo basico y sobre los conceptos no remunerativos tambien? El sueldo sobre el que se calculan los descuentos es el resultado de dividirlo por 30 o por 20? El empleado es mensualizado.
    Desde ya muchas gracias por su tiempo y atencion. Excelente el blog…

    Responder
  6. Anónimo dice

    29 febrero, 2012 a las 11:45 pm

    buenas noches a todos… es cierto q hay un pre acuerdo para las paritarias de un 22% y un 2% de antiguedad?

    Responder
  7. Anónimo dice

    29 febrero, 2012 a las 8:05 pm

    hola! trabajo en un comercio de cba y trabajamos los dias feriado del 21 y 27 de este mes, ambos dias la empresa dispuso el horario de cierre a las 14 hs, siendo q nuestra jornada normal es hasta las 19.30… como deben liquidarme el feriado, completo o proporcional a las hs trabajadas??
    desde ya muchas gracias y aguardo tu respuesta.

    Responder
  8. Anónimo dice

    29 febrero, 2012 a las 3:20 pm

    Ignacio, buenas tardes, es medio desfasado lo mio, pero hace poco me comentaron esto…. de febrero a abril del año pasado estuve con licencia por maternidad, y anses solo me pago en neto remunerativo… me dijeron que mi empleador deberia haberme pagado tambien lo no remunerativo, pero no fue asi… esto es cierto?? como me deberian haber liquidado??? gracias!! Pamela

    Responder
  9. Anónimo dice

    29 febrero, 2012 a las 3:21 am

    Hola Ignacio! En febrero hubo 3 feriados, podrías poner un ejemplo de cómo se liquidarían los 3 feriados trabajados y un franco trabajado? Y si no es mucho pedir otro ejemplo pero con los feriados no trabajados? Gracias! Marcelo.

    Responder
  10. Anónimo dice

    28 febrero, 2012 a las 12:24 pm

    lo que importa es el medico tuyo, fijate la ley de trabajo, y anda a un abogado xq te despediran pero podras hacerle juicion y le ganar seguro o arreglaras antes, te digo xq trabaje en un call center y aprendes mucho sobre el tema era supervisor slds

    Responder
  11. daniel dice

    28 febrero, 2012 a las 11:46 am

    hola ignacio te quiero hacer dos preguntas, mi sindicato es utedyc y una pregunta es si a todos los empleados les corresponde premio, porque a casi todos nos dieron un sueldo y a algunos pocos medio sueldo, y la otra es que trabajo en la camara de cereales y somos todos peritos en granos, y estamos en el gremio utedyc porque nos dicen que la camara es sin fines de lucro, pero todos somos peritos y hacemos trabajo de peritos, la pregunta es si tenemos posibilidades de cambiarnos y q deberiamos hacer gracias

    Responder
  12. Anónimo dice

    27 febrero, 2012 a las 3:50 pm

    Alejandro anda preparandote que en cualquier momento te mandan telegrama….

    Responder
  13. marcos dice

    27 febrero, 2012 a las 3:04 pm

    A lo que hemos llegado… Esperando arreglos y acuerdos absurdos. Gente linda más halla de los aumentos que tanto nos hacen falta, veo que hay muchos trabajando en condiciones totalmente humillantes, les pagan por recibo media jornada, les sacan y les agregan acuerdos a los recibos indiscriminadamente, no les pagan las comisión o bien las dibujan. Creo que en realidad más que el aumento lo que deberíamos hacer es preocuparnos más por que nos paguen lo que corresponde por el trabajo realizado y hacer efectivo ese pago. Cavalleri es un titre, aparte de un sinverguenza, pero los patrones son peores que nos ven todos los días la cara y nos garcan sin impunidad.Lo mejor es ir a un abogado con el recibo y asesorarse.

    Responder
  14. Anónimo dice

    27 febrero, 2012 a las 5:21 am

    hola?yo estoy inscripta por 4hs.queria saber si es de lunes a viernes o de lunes a sabado??!!!!mi recibo no dice nada de eso….maria

    Responder
  15. Anónimo dice

    27 febrero, 2012 a las 5:18 am

    hola!yo estoy inscripta por 4hs.pero mi recibo no dice nada con respecto a eso…..se supone que es de lunes a viernes? o de lunes a sabados???maria

    Responder
  16. Franco dice

    27 febrero, 2012 a las 1:19 am

    Dios!!! aumento para este año, aumento para este año y que sea mas del 20%!!! Todo esta cada vez mas caro y el señor Moreno maneja todo, dice que puede aumentar y que no, es increible y lo digo con pruebas por la empresa en la que trabajo ya que a fin de mes aumenta todo menos lo que este señor no quiere que se toque.

    Saludos y les dejo esta web gratuita que esta en argentina y te regala en tu cuenta de paypal $5 por tu registro y luego por las visitas a otras web, que les sea de provecho!!!!

    Responder
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