Caso práctico de liquidación Marzo 2017 para Empleados de Comercio. Feriados de carnaval. Planilla excel.
Resumen de lo acordado en octubre
ACTUALIZACIÓN
El jueves pasado se firmó la paritaria 2017, que prevé un incremento salarial del 20% en dos tramos, 10% en abril y 10% en julio. Para mas detalles hacer ir al siguiente link.
De todos modos, veamos un ejemplo de la liquidación de febrero con los feriados de Carnaval. Los datos para la liquidación son los siguientes:
Obra Social: O.S.E.C.A.C.
Conceptos Remunerativos
Antigüedad: $ 1.385,24
Para este caso, la antigüedad del empleado es de 10 años, por lo que el adicional por ese concepto será del 10%. Recordemos que el adicional por antigüedad es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad. Entonces:
13.852,35 x 10 x 1% = 1385,24
Liquidación Feriados trabajados y no trabajados
En marzo tenemos un feriado, el 24 de marzo 4, Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia. Para el caso de ejemplo, tomamos que el trabajador no prestó servicios en día feriado.
Por lo tanto, tenemos que liquidar los dos días como no trabajado.
Veamos como:
(13.852,35 + 1.385,24 + 1.269,80) / 25 = 660,2956
La diferencia entre 550,25 y 660,30 ($110,05), es el plus por el feriado. Que es equivalente al 20%.
550.25 + 20% = 660.30
(13.852,35 + 1.385,24 + 1.269,80) / 25 = 660,2956
(13.852,35 + 1.385,24 + 1.269,80) / 30 = 550,2463
El cálculo será el siguiente:
Ahora, ¿qué pasa con la antigüedad y el presentismo? ¿ forman parte de la base cálculo? Si, forman parte de la base de cálculo, o lo que es lo mismo, calculamos antigüedad y presentismo sobre el incremento no remunerativo.
Entonces, el cálculo sería el siguiente:
Antigüedad
1308,91 x 1% x 10 = 130,89
1308,91 + 130,09 + 119,98 = 1.559,78
- 11% de Jubilación
- 3% de Obra Social
- 3% según Ley 19.032
- 2% de Aporte Solidario y OBLIGATORIO con destino al Sindicato de Empleados de Comercio. Esté el empleado afiliado o no al sindicato. (según el Art. 100 del CCT 130/75)
- 0,5% de Aporte Solidario OBLIGATORIO con destino a FAECyS. Esté el empleado afiliado o no al sindicato. (según el Art. 100 del CCT 130/75)
- 2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.
Sobre lo NO REMUNERATIVO, calculamos:
- 3% de Obra Social. El texto del acta es algo ambiguo, pero lo aplicaría para todas las obras sociales.
- 2% de Aporte Solidario y OBLIGATORIO con destino al Sindicato de Empleados de Comercio. Esté el empleado afiliado o no al sindicato. (según el Art. 100 del CCT 130/75)
- 0,5% de Aporte Solidario OBLIGATORIO con destino a FAECyS. Esté el empleado afiliado o no al sindicato. (según el Art. 100 del CCT 130/75)
- 2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.
Planilla Excel
El caso planteado sirve de guía para cualquier otra categoría. Les dejo una planilla excel para donde se pueden estimar los cálculos para cada categoría.
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– Empleados de Comercio: Liquidación Febrero 2017
Anónimo dice
y si pierdes el trabajo porque tu empleador se fundió, grossing up!!!!!
si no se aplica grossing up en el pasaje del NR al basico, entonces el porcentaje de aumento es menor a un 10%, ya que de antemano se está perdiendo…
eso es en abril
no era que a partir de este mes el acuerdo de octubre pasaba a remunerativo?