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Empleados de Comercio: liquidación sueldo Enero 2013

21 enero, 2013 Por Ignacio 111 comentarios

Liquidación de haberes para el mes de Enero 2013 según el último acuerdo de empleados de comercio.

La liquidación del mes de Enero, no tiene mayores diferencias a la liquidación de Noviembre y Diciembre.

Recordemos que el último cambio importante fue en el mes de noviembre se incorporó al básico, el acuerdo no remunerativo del 15% que se pagó de mayo a octubre, acrecentando la suma, de manera tal que el neto a pagar sea el mismo. En el mes de abril se incorporará el saldo del acuerdo al básico, quedando de esa manera totalmente remunerativo.


Por lo tanto, la liquidación del mes de Enero 2013 será la siguiente:
Datos para la liquidación
Categoría: Administrativo A
Básico: $ 4.841,30
Tipo de Jornada: Completa
Antigüedad: 0
Obra Social: O.S.E.C.A.C.
Afiliado al Sindicado: No

Solución Propuesta

Recibo enero comercio

Conceptos Remunerativos

Básico:  $ 4.841,30

Es el mismo básico noviembre, que se puede buscar en la escala salarial 2012-2013 publicada por FAECYS. 
La otra, es determinar nosotros mismo el nuevo valor, partiendo del básico del mes anterior e incorporarle el acuerdo mayo 2012 del 15% de manera acrecentada como lo vimos en la liquidación de noviembre 2012. VER LIQUIDACIÓN DE NOVIEMBRE 2012.

Resumidamente, el procedimiento es el siguente:

BÁSICO NOVIEMBRE = BÁSICO OCTUBRE + ACUERDO MAYO 15% ACRECENTADO

El BÁSICO OCTUBRE ya lo tenemos es de $4.116,45 y el ACUERDO MAYO 15% también $617,47, pero nos falta acrecentarlo de manera tal que el neto a pagar sea el mismo. Para ello debemos utilizar la formula de acrecentamiento (grossing up) que siempre usamos para incorporar los acuerdos en comercio::



100 – porcentaje de aportes No Remunerativos
_____________________________________ = tasa acredentamiento (grossin up)
100 – porcentaje de aportes Remunerativos


Reemplazamos las variables para este caso:

100 –  5,50          94,50
___________ =  ______ =  17,3913 (tasa de acrecentamiento)
100 –  19,5          80,50

Entonces, 17,3913 es el porcentaje a incrementar del importe del acuerdo no remunerativo que pasa al básico:

4.116,45  + 617,47   x 1.173913 = 4.841,30

Listo, y lo mismo tenemos que hacer para cualquier otra categoría. Es importante tener en cuenta reemplazar en la fórmula con los porcentajes correspondientes a cada tipo de liquidación, por ejemplo para el caso de empleados afiliados al sindicato el porcentaje de no remunerativos es del 7.5% y de remunerativos del 21.%. También encontraremos diferencias en el caso de que los empleados estén a jornada parcial o sean jubilados.

Antigüedad: En este caso es cero porque no tiene antigüedad, pero es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad.

Asistencia y Puntualidad: $403,44

Según lo establecido en el  Artículo 40 del CCT 130/75, es la doceava de las remuneraciones del mes, para este caso
4.841,30  / 12 = 403,44
Conceptos No Remunerativos

Acuerdo mayo 2012: $370,48

Como vimos al comienzo, desde noviembre se aplica el aumento del 9% del acuerdo mayo con carácter no remunerativo, que al igual que el 15% otorgado de mayo a octubre, se debe calcular sobre el básico de  la categoría del mes de Abril de 2012 .

Base de cálculo  para el mes de Abril de 2012 Administrativo A : $ 4.116,45  

4.116,45  x 9% = 370,48

Asistencia y puntualidad: $30,87

Al igual que con los conceptos remunerativos, se determina calculando la doceava parte de las sumas no remunerativas.

370,48  / 12 = 30,87

Descuentos
Sobre las sumas Remunerativas se calcula:
  • 11% de Jubilación
  • 3% de Obra Social
  • 3% Según Ley 19.032
  • 2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75
  • 0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75
  • 2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para
    este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el
    cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este
    porcentaje puede cambiar.

Sobre las sumas no remunerativas se calcula:

  • 3% de Obra Social
  • 2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75
  • 0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75
  • 2% con destino al
    sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo
    consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que
    tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede
    cambiar.
Hasta
aquí el desarrollo del ejemplo, tomé un caso simple, sin antigüedad,
si adicionales ni items a cuenta de futuros aumentos, tampoco
tuve en cuenta los feriados que en enero dos: 1º y 31.

Espero haberme explicado correctamente y no haberme equivocado en la interpretación ni en los cálculos.


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Publicado en: Empleados de Comercio, Sin categoría Etiquetado como: Casos Prácticos, Recibo de Sueldos

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Comentarios

  1. -
  2. Anónimo dice

    15 marzo, 2013 a las 2:49 am

    soy de maestranza y cobro 3.403 pesos kiero saber si eso es correcto ya q todos tuvieron un aumento y nosotros no kiero saber cual es el sueldo basico.

    Responder
  3. Anónimo dice

    15 marzo, 2013 a las 12:02 am

    Hola Ignacio,como estas?
    Trabajo en empresa de acopio de cereales y estoy como auxiliar B,tengo una antiguedad de 23 años,en recibo de sueldo me figura en un solo item SUELDO mas PRESENTISMO mas ANTIGUEDAD,esta bien eso? o tiene q estar por separado,pq pregunte y no me dan una respuesta q a mi me conforma,es por eso q recurro a vos.Tambien me gustaria si podes es saber mi basico pq al detallarme todo junto no se cuanto cobro de sueldo basico ni antiguedad ni presentismo.Te lo agradecere mucho me des una respuesta,abrazo fuerte.

    Responder
  4. Anónimo dice

    14 marzo, 2013 a las 1:46 pm

    Hola buen día!
    Quería saber cuanto tiene que ganar un empleado de comercio que trabaja 9 horas de Lunes a Viernes con 2 años de antigüedad.
    Espero tu pronta respuesta.
    saludos!

    Responder
  5. diego batallan dice

    14 marzo, 2013 a las 1:42 pm

    Cuanto tiene que cobrar un administrativo con 2 años de antiguedad (por mas que tiempo atrás haya pertenecido a otro gremio , pero manteniéndose en la misma empresa) que trabaja 9 horas de lunes a viernes. Espero si pronta respuesta.
    Diego

    Responder
  6. Anónimo dice

    12 marzo, 2013 a las 11:07 pm

    Hola trabajo como empleada de comercio bajo convenio como responsable de marketing y sistemas en una inmobiliaria hace 3 años ¿cuál debería ser mi salario neto?

    Responder
  7. Anónimo dice

    8 marzo, 2013 a las 12:19 pm

    tradajo en fravega soy vendedor hace 20 años categoria 33 nunca me pagaron la antiguedad, deberian pagarla, otra pregunta en el recibo no figura ningun basico solamente un asegurado, el porsupuesto nunca cobramos esta bien que sea asi. espero una respuesta gracias IGNACIO

    Responder
  8. Anónimo dice

    7 marzo, 2013 a las 2:58 am

    figuro en blanco pero estoy cobrando en negro es eso posible ?? desde ya muchas gracias

    Responder
  9. Valeria Romero dice

    6 marzo, 2013 a las 5:25 pm

    hola quisiera saber cual seria el sueldo soy empleada administrativa en un estudio de arquitectura trabajo 5 hs de lunes a viernes tengo a cargo a una administrativa la sra de limpieza la de publicidad d volantes el dibujante etc…recepciono al cliente le tomo los datos le hago el presupuesto y comenzamos la tramitacion donde corresponda.coordino la agenda del arq. llamadas mails, cobranzas y pago de servicios a desicion mia es decir a medida q ingresa dinero se van pagando cosas, resolucion de todo tipo de conflictos para que la ofi funcione. Hace 12 años que trabajo aqui. Cual seria el sueldo en mano de acuerdo a las tareas, hs y toda la responsabilidad.??

    gracias!!!!!
    Valeria

    Responder
  10. Anónimo dice

    4 marzo, 2013 a las 12:03 pm

    hola , queria saber cuantos tendria q cobrar por empleada administrativa facturacion?

    Responder
  11. Anónimo dice

    3 marzo, 2013 a las 12:19 am

    hola yo trabajo de lunes a sabados 5.30 hs me dirian cuanto tengo que cobrar por favor

    Responder
    • Anónimo dice

      12 marzo, 2013 a las 8:53 pm

      Omiti decir que trabajo de empleada de comercio hace 3 años y medios cobro una parte en blanco y otra en negro.

      Responder
  12. Jose Ayala dice

    27 febrero, 2013 a las 11:57 pm

    como puede ser la distribera s.r.l. pague el basico $ 2954.oi y esta el basico $ 4.841.30. quien rova a quien ?

    Responder
  13. Anónimo dice

    26 febrero, 2013 a las 5:00 am

    hola ignacio, mi nombre es julio, queria saber cuanto me corresponde de indemnizacion por despido, llevo 3 años y 5 meses como empleado de comercio en linea de cajas, cumplo jornadas de 8hs mi mejor sueldo en los ultimos meses fue de $5800 en neto.. espero tu respuesta ya que me propusieron ir a un arreglo y en estos dias nos reunimos para evaluar la cifra.. muchas gracias

    Responder
  14. Anónimo dice

    22 febrero, 2013 a las 2:57 pm

    Hola ignacio queria sabr hasta cdo m pagan el sueldo accidntado llevo 4 mses

    Responder
  15. Jenny Mora dice

    19 febrero, 2013 a las 7:26 pm

    Hola ignacio, me acaban de entregar mi recibo con la remuneracion correspondiente al mes de enero y me fijo que no aparece lo que discriminas como Asistencia y puntualidad (403,44) a que se debe esto?, mi remuneración básica figura en 4841.95. Gracias

    Responder
  16. Jenny Mora dice

    19 febrero, 2013 a las 7:23 pm

    Hola ignacio, me acaban de entregar mi recibo con la remuneracion correspondiente al mes de enero y me fijo que no aparece lo que discriminas como Asistencia y puntualidad (403,44) a que se debe esto?, mi remuneración básica figura en 4841.95. Gracias

    Responder
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