• Saltar al contenido principal
  • Skip to secondary menu
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Inicio
  • Blog
  • Suscripción
  • Contacto
  • Capacitación
  • Calculadoras
    • Calculadora Sanidad CCT 108/75
    • Calculadora de Sueldos UOCRA
    • Sueldos Empleados de Comercio
    • Sueldos Comercio Rama Turismo CCT 548/07
    • Calculadora Empleados de Comercio Rama Centros de Contacto CCT 781/22
    • Calculadora de Sueldos UTEDYC CCT 804/23 (ex 736/16)
    • Calculadora de Retenciones RG 830 “Profesiones liberales, oficios”
    • Calculadora de Sueldos SAEOEP CCT 88/90
    • Calculadora de Sueldos UATRE
    • Servicio Doméstico
    • Liquidación Final
    • Vacaciones
    • Calculadora de Plus Vacacional
    • Embargo de Sueldos
  • Aplicaciones
  • Vencimientos

Ignacio online

Es una web de información destinada a Contadores y Profesionales en Ciencias Económicas y Empleados de Comercio

Aconpy
  • Empleados de Comercio
    • Escalas Comercio 2022
    • Escala Salarial Empleados de Comercio 2020
    • Calculadora Empleados de Comercio
    • Ejemplos de Liquidaciones de Sueldo
    • Categorías Comercio
    • Régimen de Licencias y Permisos Especiales
    • Vacaciones de Empleados de Comercio
  • Asignaciones
    • Asignaciones Familiares Montos vigentes
  • Libro de sueldos Digital
  • Servicio Doméstico
    • Calculadora de sueldos Servicio Doméstico
    • Escala Salarial Servicio Doméstico
    • Aportes, contribuciones y ART
    • Formulario 102/RT
  • Monotributo
    • Monotributo Categorías 2023
  • Planillas

Empleados de Comercio: liquidación sueldo marzo 2013

26 marzo, 2013 Por Ignacio 92 comentarios

Liquidación de haberes para el mes de Marzo 2013.

La liquidación del mes de Marzo, no tiene mayores diferencias a la liquidación del mes de febrero, recién en mayo el acuerdo no remunerativo pasará a formar parte del básico de convenio y tendrá carácter remunerativo.

Recordemos que el último cambio importante fue en el mes de noviembre se incorporó al básico, el acuerdo no remunerativo del 15% que se pagó de mayo a octubre, acrecentando la suma, de manera tal que el neto a pagar sea el mismo. En el mes de mayo se incorporará el saldo del acuerdo al básico, quedando de esa manera totalmente remunerativo.

Respecto  a  las negociaciones del nuevo acuerdo, las versiones hablan de un incremento salarial del 25 al 30%. 

Pero volviendo al caso de este artículo, para la liquidación del mes de marzo 2013, tomaremos como caso los siguientes datos:

Datos para la liquidación
Categoría: Administrativo A
Básico: $ 4.841,30
Tipo de Jornada: Completa
Antigüedad: 0
Obra Social: O.S.E.C.A.C.
Afiliado al Sindicado: No

Solución Propuesta

 Empleados de Comercio: liquidación sueldo marzo 2013

Conceptos Remunerativos

Básico:  $ 4.841,30

Es el mismo básico noviembre, que se puede buscar en la escala salarial 2012-2013 publicada por FAECYS. 
La otra, es determinar nosotros mismo el nuevo valor, partiendo del básico del mes anterior e incorporarle el acuerdo mayo 2012 del 15% de manera acrecentada como lo vimos en la liquidación de noviembre 2012. VER LIQUIDACIÓN DE NOVIEMBRE 2012. 

Antigüedad: En este caso es cero porque no tiene antigüedad, pero es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad.

Asistencia y Puntualidad: $403,44

Según lo establecido en el  Artículo 40 del CCT 130/75, es la doceava de las remuneraciones del mes, para este caso
4.841,30  / 12 = 403,44
Conceptos No Remunerativos

Acuerdo mayo 2012: $370,48

Como vimos al comienzo, desde noviembre se aplica el aumento del 9% del acuerdo mayo con carácter no remunerativo, que al igual que el 15% otorgado de mayo a octubre, se debe calcular sobre el básico de  la categoría del mes de Abril de 2012 .

Base de cálculo  para el mes de Abril de 2012 Administrativo A : $ 4.116,45  

4.116,45  x 9% = 370,48

Asistencia y puntualidad: $30,87

Al igual que con los conceptos remunerativos, se determina calculando la doceava parte de las sumas no remunerativas.

370,48  / 12 = 30,87

Descuentos
Sobre las sumas Remunerativas se calcula:
  • 11% de Jubilación
  • 3% de Obra Social
  • 3% Según Ley 19.032
  • 2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75
  • 0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75
  • 2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para
    este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el
    cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este
    porcentaje puede cambiar.

Sobre las sumas no remunerativas se calcula:

  • 3% de Obra Social
  • 2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75
  • 0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75
  • 2% con destino al
    sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo
    consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que
    tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede
    cambiar.
Hasta
aquí el desarrollo del ejemplo, tomé un caso simple, sin antigüedad,
si adicionales ni items a cuenta de futuros aumentos, tampoco
tuve en cuenta los feriados  del 24 de marzo y Viernes Santo.

Espero haberme explicado correctamente y no haberme equivocado en la interpretación ni en los cálculos.

Me gusta esto:

Me gusta Cargando...

Relacionado

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Publicado en: Empleados de Comercio, Sin categoría Etiquetado como: Casos Prácticos, Recibo de Sueldos

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. celeste dice

    18 mayo, 2013 a las 11:56 pm

    Hola quiero hacer una consulta, trabajo como empleada de comercio 10.30hs por dia (diez horas y media) cobro 3700 mas comisiones. En rwealidad cuanto tendria que cobrar?. Gracias

    Responder
  3. Emanuel dice

    15 mayo, 2013 a las 8:13 pm

    Consulta Nacho.!
    La Antiguedad, se debe cobrar si o si!?? Gracias!!!

    Responder
  4. Emanuel dice

    15 mayo, 2013 a las 8:11 pm

    Hola!! Buenas tardes…!
    Antiguedad, se cobra si o si o es optativo para el empleador!??
    Muchas gracias, saludos!
    Emanuel

    Responder
    • Anónimo dice

      18 mayo, 2013 a las 12:29 am

      La antiguedad esta dentro del convenio 130/75, o sea se cobra si o si es el 1% por año del basico

      Responder
  5. Gaby Cleñan dice

    14 mayo, 2013 a las 2:51 pm

    Buenos días Ignacio,

    Mi recibo de suedo dice que soy Auxiliar A
    Trabajo 8 horas de lunes a viernes, y me descuentan según el recibo $1900 por "jornada reducida"
    Termino cobrando en mano $3200

    Qué opinas?

    Responder
  6. Anónimo dice

    13 mayo, 2013 a las 6:42 pm

    Hola yo trabajo 5 horas de lunes a viernes y los sabados 3 hs. Como Administrativo tecnico. Cobro $2500, trabajo 37 horas semanales, entonces se considera trabajo de jornada completa? Ahora el aumento era para este mes? o para el siguiente? Gracias

    Responder
  7. Anónimo dice

    13 mayo, 2013 a las 6:35 am

    Alguie sabe cuand es el proxim aument de maestranza?

    Responder
  8. Anónimo dice

    10 mayo, 2013 a las 12:48 am

    hola nacho yo tengo un item adicional x funcion ,tambien va el 15 mas el 9 ?

    Responder
  9. Anónimo dice

    8 mayo, 2013 a las 11:10 pm

    hola gente una quiero hacer varias consultas estoy indignadisimo, la primera es hoy estamos a 8 y todavia no cobre, tengo cuentas que pagar y cosas que se me vencen y no tengo un peso, me deben pagar del 1 al 5 o del 1 al 10?? quiero saber si mi empleador se me esta riendo en la cara y como defenderme……despues trebajo 7 hs diarias de lunes a viernes y sabados 6hs…cuanto deberia ganar?? estoy blanqueado medio jornal como empleado con categoria vendedor y estoy cobrando en blanco aprox 2200 con 2 años de antiguedad esta bien o me estan currando?? pido por favor que me responda alguien que sepa estoy indignadisimo!!!

    Responder
    • Anónimo dice

      18 mayo, 2013 a las 12:26 am

      El pago debe hacerse hasta el cuarto día HÄBIL, puede que un mes elcuarto día no te toque presisamente el día 4 puede que te toque por ej el día 6 . En cuanto al sueldo por las horas de trabajo te pasasde los 2/3 asi que deberías cobrar jornada completa. Consultar con el sindicato de tu zona

      Responder
  10. Anónimo dice

    8 mayo, 2013 a las 5:52 pm

    hola Ignacio, quisiera saber cuanto tendría que cobrar. Trabajo en un local de ropa de lunes a lunes con un franco semanal los días martes, trabajando los días lunes, miércoles y sábados 8 horas y los jueves, viernes y domingos 4 horas y media, un total de 36 horas semanales.
    Realizo las tareas de vendedora, cobro, realizo la caja del dia, dispongo de llaves propias del comercio, encargandome de abrir y cerrar en mis turnos. MUCHAS GRACIAS

    Responder
  11. Damián dice

    8 mayo, 2013 a las 4:04 pm

    Ignacio, hice el comentario número 32, te pediría si podés responderme aunque sea la primera parte. Gracias.

    Responder
  12. stefania vanina gomez dice

    8 mayo, 2013 a las 2:31 am

    hola mi marido trabaja en una muebleria y en su recibo figura como AUXILIAR A"… a que se refiere?,tiene algun cambio el basico?

    Responder
    • Ignacio dice

      8 mayo, 2013 a las 2:52 am

      Es una de las categorías de comercio

      Responder
    • Gaby Cleñan dice

      14 mayo, 2013 a las 2:47 pm

      En mi Recibo de sueldo me figura como Auxiliar A, trabajo 8 horas diarias de Lunes a Viernes, que tipo de jornada se considera?
      Me descuentan 1900 pesos por j"ornada reducida".
      Termino cobrando en mano $3200
      Siento q me están estafando =(

      Responder
    • Anónimo dice

      18 mayo, 2013 a las 12:20 am

      Gaby sin antiguedad un empleado de comercio no puede ganar a Abril 2013 menos de $4600 en mano por 8 hs, sin horas extras(ojo empezar a revisar)

      Responder
  13. stefania vanina gomez dice

    8 mayo, 2013 a las 2:25 am

    hola soy empleado de comercio y queria saber saber a que se refiere AUXILIAR A"…y si eso varia el sueldo como un vendedor?muchas gracias

    Responder
  14. Anónimo dice

    7 mayo, 2013 a las 2:55 pm

    hola soy empleado en un mayorista mi recibo de sueldo figura como maestranza A y yo trabajo como chofer estoy en el reparto queria saber que categoria me corresponde y el sueldo ya q por 8 hs me estan pagando 4300 pesos y hace 4 años que estoy ahi queria sabes cuanto me corresponde para poder reclamar

    Responder
    • Anónimo dice

      18 mayo, 2013 a las 12:16 am

      Esa categoría NO corresponde,Auxiliar de corta con mas kilometraje

      Responder
  15. Damián dice

    7 mayo, 2013 a las 2:28 pm

    Buenas, Ignacio te hago unas consultas que entiendo puede servir a muchos también: El Presentismo se pierde únicamente a partir de la 2da falta injustificada en el mes, no? porque veo que me pretenden descontar una inasistencia pero además sacarme el presentismo y según la Ley de Contrato de Trabajo no corresponde.
    No se firma planilla de asistencias, las vacaciones son comunicadas sin la debida antelación y fraccionadas, y encima ahora me comunican que las próximas podrán ser otorgadas entre el 1 de octubre y el 30 de abril, somos solo 2 empleados, me pueden dar vacaciones cuando a la empresa se le antoja o sea, no puedo exigir tener vacaciones en Enero o Febrero?

    Responder
    • Ignacio dice

      8 mayo, 2013 a las 5:54 pm

      Si, para perder el presentismo hay que tener más de una falta

      Responder
  16. Anónimo dice

    5 mayo, 2013 a las 2:16 pm

    hola soy empleado de coto hasta cuando el sindicato va permitir , que en el recibo de sueldo no figure la antiguedad separada no como basico+antigueda que significa esa jugada

    Responder
« Comentarios anteriores
Comentarios siguientes »

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

SOS Contador Soft Contable en la nube
Holistor Sueldos y Jornales listo para liquidar

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Etiquetas

Acuerdos Salariales (139) AFIP (1500) AGIP (173) Aguinaldo (80) Aguinaldo - SAC (111) ANSeS (524) Aplicativos (206) ARBA (352) Asignación Universal por Hijo (251) Autónomos (124) Bienes Personales (109) bono (94) Calendario de pago (262) Casos Prácticos (223) CNTA (94) Convenio Multilateral (89) coronovirus (89) Escala Salarial (193) Factura Electrónica (78) FAECYS (418) FATSA (78) Ganancias (421) Homologación Acuerdos (128) IGJ (129) Ingresos Brutos (133) IVA (120) Jubilados y Pensionados (199) Mis Facilidades (84) Monotributistas (174) Noticias (87) Paritarias (573) Paritarias 2013 (82) Personal Casas Particulares (193) Plan de Facilidades de pago (159) Recategorización (88) Recibo de Sueldos (211) Resoluciones (508) Sanidad (95) SEC (102) Servicio Doméstico (111) SICOSS (85) SIPA (88) UOCRA (133) UOM (222) UTEDYC (150)

Copyright © 2025 Ignacio online · Creada por Hormigas en la Nube

Derechos de autor © 2025 · Magazine Pro en Genesis Framework · WordPress · Acceder

Utilizamos cookies propios y de terceros para mejorar nuestros servicios y experiencia de usuario. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Aceptar Reject Leer Más
Privacidad & Política de Cookies

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary
Siempre activado
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
Non-necessary
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.
GUARDAR Y ACEPTAR
%d