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Las licencias para empleados de comercio incluyen días pagos por matrimonio, fallecimiento, examen, mudanza y más. En esta guía actualizada te explico cuántos días corresponden en cada caso según el CCT 130/75.
Actualizado a 2026 según CCT 130/75 vigente
El CCT 130/75 de Empleados de Comercio establece un régimen específico de licencias para empleados de comercio que amplía, en varios casos, los derechos previstos en la Ley de Contrato de Trabajo.
Estas licencias pueden ser con o sin goce de sueldo, y se aplican ante situaciones como matrimonio, fallecimiento de familiares, nacimiento de hijos, estudios o trámites personales.
En esta guía te detallo cuántos días corresponden en cada caso, con ejemplos claros y un cuadro resumen.
¿Cuántos días de licencia tiene un empleado de comercio?
Las licencias más importantes del convenio son:
- Matrimonio: 12 días
- Fallecimiento de familiar directo: 4 días
- Nacimiento de hijo: 2 días
- Examen universitario: hasta 20 días por año
- Mudanza: 2 días
A continuación, el detalle completo caso por caso.
Licencia por matrimonio (Empleados de Comercio)
✔️ Duración: 12 días corridos
✔️ Pago: con goce de sueldo
Esta licencia es superior a la prevista en la Ley de Contrato de Trabajo. El trabajador puede tomarla en la fecha que determine y, si lo desea, puede acumularla al período de vacaciones anuales.
Trámites prematrimoniales
✔️ 1 día de licencia paga para realizar trámites previos al casamiento.
Matrimonio de hijos
✔️ 1 día de licencia paga.
Licencia por fallecimiento de familiares
Familiar directo
✔️ Duración: 4 días corridos
✔️ Incluye: padres, hijos, cónyuge, hermanos
✔️ Pago: con goce de sueldo
Otros familiares
✔️ Duración: 2 días
✔️ Incluye: abuelos, suegros, hijos del cónyuge
✔️ Pago: con goce de sueldo
Fallecimiento a más de 500 kilómetros
✔️ Se agregan 2 días adicionales pagos, siempre que se justifique el viaje.
Licencia por nacimiento de hijo
✔️ Duración: 2 días hábiles
✔️ Pago: con goce de sueldo
Al menos uno de los días debe ser hábil.
Licencia por estudio (secundario y universitario)
Estudiantes secundarios
✔️ Hasta 10 días por año con goce de sueldo.
Estudiantes universitarios
✔️ Hasta 20 días por año
✔️ Máximo 4 días por examen
Cuando se rinden más de 5 exámenes sin repetirlos, se otorgan 4 días adicionales con goce de sueldo.
Licencia por enfermedad de familiar
✔️ Hasta 30 días por año
✔️ Sin goce de sueldo
Aplica para enfermedad de cónyuge, padres o hijos que requieran asistencia personal. Debe justificarse debidamente.
Licencias especiales
✔️ Donación de sangre: 1 día con goce de sueldo
✔️ Mudanza: 2 días corridos con goce de sueldo
✔️ Citaciones judiciales o carga pública: el tiempo necesario, con goce de sueldo
Licencia mensual para realizar compras
✔️ 1 hora mensual con goce de sueldo
Se otorga cuando los horarios laborales impiden al trabajador realizar compras personales.
Preguntas frecuentes sobre licencias en comercio
¿La licencia por matrimonio se puede sumar a vacaciones?
Sí, a solicitud del trabajador.
¿Todas las licencias son pagas?
No. Algunas, como la licencia por enfermedad de familiar, son sin goce de sueldo.
¿Qué norma regula estas licencias?
El Convenio Colectivo de Trabajo 130/75 de empleados de comercio.
Cuadro resumen: Licencias Empleados de Comercio CCT 130/75
| Motivo de la Licencia | Norma Legal | Días de Licencia | Pago de remuneraciones |
|---|---|---|---|
| Nacimiento de Hijo | Art. 158 – LCT | 2 días corridos – Al menos un día debe ser hábil | Si |
| Licencia por Maternidad | Art. 177 – LCT | 90 días | Asignación familiar |
| Estado de excedencia | Art. 183 – LCT | Período no inferior a 3 meses y no superior a 6. Se otorga a continuación de la Licencia por Maternidad a pedido de la trabajadora. | No |
| Matrimonio | Art. 77 – CCT | 12 días corridos | Si |
| Matrimonio de hijos | Art. 77 – CCT | Un día | Si |
| Matrimonio tramites prematrimoniales | Art. 77 – CCT | Un día | Si |
| Enfermedades de cónyuge, padres o hijos | Art. 78 – CCT | hasta 30 días por año | No |
| Fallecimiento de padres, hijos, cónyuge o hermanos/as | Art. 79 – CCT | 4 días | Si |
| Fallecimiento a más de quinientos kilómetros | Art. 79 – CCT | 2 día más | Si, justificando el viaje |
| Fallecimiento de abuelos, padres, hermanos políticos o hijos cónyuge | Art. 80 – CCT | 2 días | Si |
| Para rendir examen estudiantes secundarios | Art. 85 – CCT | Máximo 10 días por año | Si |
| Para rendir examen estudiantes universitarios | Art. 86 – CCT | 4 días por examen, Máximo 20 días por año | Si |
| Donación de sangre | Art. 82 – CCT | 1 día | Si |
| Mudanza | Ar. 83 – CCT | 2 días corridos | Si, debidamente justificado. |
| Citaciones judiciales y de organismos públicos | Ley Nº 23.691 | El tiempo que dure la citación o trámite siempre que no pueda realizarlo dentro del horario laboral | Si |
| Licencia mensual para realizar compras | Art. 90 – CCT | Una hora de licencia mensual | Si |
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Hola tendrían q evaluar que no se descuenten las faltas por enfermedad de x lo menos los hijos menores, q en mi caso no tengo con quien dejarla, y faltar dos días ya implica q nos descuenta los dos días mas el presentismo. X lo menos q nos cubra tres días o dos estaría bueno.
el nacimiento tendria que ser 3 dias en parto normal, pero si es cesarea tendrian que ser al menos de 7 a 10 dias, ya que la mujer al tener la cesarea no puede hacer nada esos dias.
Por nacimiento corresponden 2 dias habiles, que pasa si tu hijo nace el viernes a la noche y trabajo sabados y domingos ? No voy a poder estar con mi hijo hasta el lunes ? Me parece que deberian actualizar estas incoherencias.
Hola! La LCT cuantos días de mudanza tiene? Gracias!!!
Buenos dias, queria saber si por licencia de dos dias por examen, corresponde que me descuenten el presentismo!
Gracias
dos dias por mudanza?, no deberian dar nada, que se muden un sabado a la mañana como hace cualquier paisano, saludos.
Muchos empleados de comercio trabajan sabados y domingos. Lacra
Hola, en el trabajo me dicen que por los dos dias de mudanza tengo que hacer el cambio de domicilio. Lo hice hace poco y para hacer el cambio tengo que hacer todo el dni de nuevo. ¿Una copia del contrato de alquiler no es sufuciente?
Una boleta de tu nueva casa (aunque no llegue a tu nombre, sino al del dueño) es suficiente. No te pueden obligar a hacer el cambio de domicilio.
El cambio de domicilio es una obligacion civil.
el cambio de domicilio es obligatorio por la cobertura de ART.
Lo peor es que muchos empleados mienten, he otorgado los días que me han pedido y creanme que mas también, porque creo que mis colaboradores son una de las variables más valiosas dentro de mi empresa, pero he corroborado a mi pesar que inventaban sentirse mal, la enfermedad de un familiar o la realización de una mudanza. Después pagan justos x pecadores
UNA VERGUENZA QUE SE NOS DESCUENTEN LOS DIAS CUANDO SE ENFERMAN NUESTROS HIJOS YO NO DIGO QUE DEEN 30 DIAS PERO BIEN PODRIAN DAR 15 DIAS POR ENFERMEDAD DE UN HIJO
LA LACRA DE LOS MEDIOCRES QUE TENEMOS COMO GREMIALISTAS QUE NOS UNDEN Y NO NOS DEFIENDEN PERO ESTA LACRA ES LA QUE SE LLENA LOS BOLSILLOS DE DINERO DE LA PATRONAL
te pagan por trabajar… el cuidado de tu hijo e tuyo no de la empresa…..si realizas tareas se te paga por esas tareas realizada,,,por que pretender cobrar tarea no realizadas
el Dia Viernes cuando me dirigia al trabajo me asaltaron, llegue a horario pero al medio dia me retire para realizar las denuncias correspondientes. Siendo un total de 2 hs de ausencia. me estan exigiendo que recupere las horas perdidas, teniendo la denuncia policial que me respalda.
esto es legal, o me corresponde el permiso? lo mismo sucede con los tramites tipo ANSES, que se pueden realizar solo en horarios programados. en esos casos también exigen que recuperen os las horas.
que tanto "debemos" y que tanto nos corresponde como trabajadores con un sindicato que supuesta mente nos respalda??
Que loco te dan 4 días por muerte de un familiar directo y 2 por nacimiento una locura, 2 días no son nada, deberían reveerlos los padres son el aopoyo de la mujer minino necesitan 10 días. y con respecto a la enfermedad familiar, deberían ser pagos por lo menos la mitad de los 30 días. Alejandra
juajauajuaa si queres te mandan una niñera tambien…
Lo que tenes que hacer es presentar un certificado que acredite que te mudas, si es tu casa , pediles a los del flete que te hagan una factura y sino a la inmobiliaria un certificado, ojo que son dos dias de corrido, hacete una fotocopia de lo que entregues, ademas enviales un mail avisandoles a los de recursos humanos y a tu jefe
Consulta. tenes que estar afiliado al sindicato para pedir los 2 días por mudanza ?
No, yo los pedí y no estoy afiliada. Te los pagan un poco más de hecho.
Es cualquiera…soy mamá soltera, el padre de mi hija brilla por su ausencia y mi mamá trabaja, por ende, si mi hija se enferma o tiene algún problema, la única que puede acompañarla soy yo, su mamá, y me descuentan los días si no voy a trabajar…una verguenzaaaaa
Capaz que no sepas que te pagan por trabajar, ya se que es dificil entenderlo(muchos años de peronismo)
pero la empresa no es un benefactor no es un familiar te paga por trabajo, en argentina hay muchisimas licencias con goce de sueldo, esa no existe. podes faltar y te mantienen tu trabajo o capaz te lo cambian por dias de vacaciones.
si queres podemos juntos pensar porque no es bueno que exista esa licencia, perjudicaria a una madre que tuviera por ejemplo 13 hijos. ¿que empleador seria tan estupido de contratarla?
Buenos días Ignacio, en la empresa no quieren darme los 2 días de mudanza que me corresponden por Convenio de Empleados de Comercio, como debo proceder? Muchas gracias!
tenes que llevar algun papel que acredite que te tomaste los dos dias (ojo que tienen que ser corridos), por ejemplo que la mudadora te haga una factura o bien algun comprobante de pago en la inmobiliaria donde alquilas
Las lic. Por enf. Familiar deberian tener exepciones, ya que no es igual cuidar a un familiar por una gripe o fractura, que cuidarlo por tener cancer o seguir tratamientos de quimioterapia, mi hijo menor sigue un tratamiento de quimioterapia y me desc. Todos los dias que falto y creo que eso no es justo.
Los días de licencia por matrimonio pueden tomarse un año después ya que por trabajo no me las pude tomar? Gracias. German
Ignacio: Muchas preguntas y pocas respuestas de tu parte.
Respondo en la medida de mis posibilidades
es un servicio gratis! que queres que tmb vaya a tu casa? paga un contador o anda al sindicato!… demasiado con lo que publica!
Puedo tomarme de a 4 días la vacaiones o sea de lunes a jueves y asi evitar los fines de semana?
Jajajajajajajajajajajajajajaja
Este se paso..
Si creo que estaría bueno…
Ejemplo te podes tomar :
El lunes No porque quizas era finde largo.
El martes si pero de 7 am a 12 y vas a la tarde (asi no madrugas)
El miercoles igual (ya tenes 1 dia)
El jueves te tomas de 7 a 10 y de 14 en adelante para descansar y salir el Jue a la noche.
Vie sab caravana … si el Lun no es largo también lo tomas completo.
Ojooo … los feriados nacionales ahi no te tomes ese dia.
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