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Gastronómicos: prorrogan las suspensiones por artículo 223 bis hasta julio

26 junio, 2020 Por Ignacio 21 comentarios

UTHGRA acordó prorrogar hasta el 31 de julio 2020 el procedimiento para la aplicación del artículo 223 bis LCT.

La Unión de Trabajadores Hoteleros y Gastronómicos de la República Argentina (Uthgra) prorrogó hasta el 31 de julio 2020 los acuerdos que contemplan el procedimiento para la aplicación del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo 20744.

La prórroga alcanza a los convenios: CCT 389/04 y el CCT 362/03.

Resumen del acuerdo

  • Los suspendidos ercibirán el 75% correspondiente a la columna identificada en los anexos del acuerdo con el título “Acuerdo 223 bis Mayo 2020”
  • Trabajadores incluidos en grupos de riesgos conforme Resolución MT 207/20 percibirán el 100% del monto establecido en la columna identificada con el título “Salario Mes Mayo 2020”.
  • Personal que presta tareas, percibirá el salario convencional normal y habitual con carácter remunerativo
  • Se incluye cláusula que garantiza la validez de comunicaciones por Whats App, correo electrónico, etc., durante el tiempo que dure la pandemia.
  • Se suspende nuevamente por 30 días la inclusión en el básico del 28 % pactada para el mes de Marzo de 2020, continuando la negociación mensual con la entidad sindical sobre cuando ingresaran al básico.

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Archivado en:Laboral Etiquetado con:Artículo 223 bis

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. Juan C dice

    26 junio, 2020 en 9:23 pm

    Y se lavaron las manos con el tema aguinaldo. Gastronómicos, cobraremos 1/4 de aguinaldo entonces.

    Responder
    • Natalia dice

      27 junio, 2020 en 12:37 am

      A mi en el sindicato me dijeron que la próxima semana emitían un comunica por este tema

      Responder
  2. Debora analia lopez dice

    27 junio, 2020 en 12:09 am

    Hola soy gastronómicos corresponde que nos pague una parte solo del aguinaldo? En mi trabajo me dijeron que solo una parte cobramos no el total eso se puede hacer? Gracias

    Responder
  3. Esteban dice

    27 junio, 2020 en 11:31 am

    Pero seguramente ellos (el sindicato) se aseguró que TOOOOOODOS sigan aportando a la obra social, a la cuota sindical y a todas esas boludeces que mantienen su nivel de vida (porque en estos momentos no usas ni el sindicato ni la obra social). Soretes de mierda…
    Pensar que después aparecen y te dicen ” compañero”…

    Responder
  4. Gabriela dice

    27 junio, 2020 en 10:27 pm

    Podes poner un salario como quedaría con lo del 223 bis ! A ver si lo están haciendo correctamente

    Responder
  5. Edith Diaz dice

    28 junio, 2020 en 11:04 am

    Nuestro empleador nos paga el 25 que le corresponde.los días 27 o en este caso aun nos depositó y quisiera saber en que queda el aguinaldo ¿? Nadie nos informa menos la empresa¿?

    Responder
  6. Lestra dice

    28 junio, 2020 en 1:37 pm

    Es sencillo, el aguinaldo se paga sobre las remuneraciones percibidas POR TRABAJAR, vos trabajaste? si no trabajaste no corresponde, es lógica pura.

    Responder
    • Juan C dice

      1 julio, 2020 en 5:16 pm

      Me refiero al sindicato; otros sindicatos en los acuerdos correspondientes se aseguraron de incluir al no remunerativo que se pagó por las suspensiones, como parte del aguinaldo, UTGHRA no.

      Responder
    • mariabc dice

      1 julio, 2020 en 8:54 pm

      y si no trabaja, le corresponde igual! porque no dejamos de trabajar porque queremos, dejamos de trabajar porque los establecimientos se cerraron por el contexto actual. LÓGICA PURA! alguien se tiene que hacer cargo. Así como se llenan los bolsillos gracias a los empleados, ahora tienen q responder. Es lógica pura, no?

      Responder
  7. Andrea dice

    28 junio, 2020 en 6:43 pm

    En mi trabajo no me están pagando el 25 % ni el aguinaldo que se puede hacer?

    Responder
  8. Lucrecia dice

    29 junio, 2020 en 6:48 pm

    Ami de la ayuda de la nacion atp me descontaron 5800 como adelanto de junio osea q aguinaldo no lo vere

    Responder
    • Lestra dice

      30 junio, 2020 en 10:25 pm

      lo cobraste antes, ya lo viste, no entiendo, hay gente que se piensa que el ATP es un regalo

      Responder
  9. EDUARDO dice

    1 julio, 2020 en 2:24 pm

    EN JUNIO Y JULIO NOS SEGUIRAN DESCONTANDO EL 25 % ?

    Responder
  10. mariabc dice

    1 julio, 2020 en 8:56 pm

    y si no trabaja, le corresponde igual! porque no dejamos de trabajar porque queremos, dejamos de trabajar porque los establecimientos se cerraron por el contexto actual. LÓGICA PURA! alguien se tiene que hacer cargo. Así como se llenan los bolsillos gracias a los empleados, ahora tienen q responder. Es lógica pura, no?

    Responder
  11. Gerardo dice

    2 julio, 2020 en 7:18 pm

    ¿La presentación por las suspensiones art 223 bis las debemos hacer a través del TAD con el enlace habilitado ADHESIÓN ACUERDO MARCO – Suspensión de la Prestación Laboral LCT – Prestación no Remunerativas?
    ¿O para gastronómicos se habilitará otro enlace? ya que no veo otra opción.

    Responder
  12. Silvia dice

    3 julio, 2020 en 10:22 am

    Estan pagando el aguinaldo por los meses trabajados.. gastronómicos arregló asi??

    Responder
  13. Ana dice

    7 julio, 2020 en 4:13 pm

    Este acuerdo de suspensión significa que no debemos concurrir a trabajar ? Por que por ejemplo, yo estoy yendo semana de por medio, la semana completa. Es decir, medio mes. Y estoy percibiendo el mismo salario que otros trabajadores de la empresa que no están prestando servicio. Esto es correcto?

    Responder
  14. Matias Nestor Carelli dice

    13 julio, 2020 en 8:48 pm

    Perdon, vengo insistiendo en varios mensajes que no fueron publicados sobre un “problema” que tiene el acuerdo del 389/04. En esta extensión dice que se prorroga integramente el acuerdo original que tenia graves errores tecnicos, Todos en contra del trabajador obviamente (conceptos omitidos, doble deduccion, etc),

    No se hace mención alguna como si hace en el 362/03 sobre el carácter de los haberes de los trabajadores que están prestando servicio efectivo.

    En tu resumen al pie decis que pasan a ser remunerativos (art 103 LCT) pero eso solo lo aclara en la extensión del 362/03 y no en el 389/04. Estamos hablando de millones de pesos en cargas sociales. Me parece un tema no menor. Hice la consulta al Ministerio de Trabajo también y no tuve respuesta.

    Que opinión tienen al respecto?

    Responder
  15. Raul Amadeo medina dice

    14 julio, 2020 en 7:59 pm

    Hola soy Raul Medina y soy gastronómico y quisiera saber si nos corresponde el pago del salario del mes de junio porque asta el momento no sabeemos nada de nadie ni de la patronal por favor que alguien me explique algo por lo menos para saber gracias

    Responder
  16. Jaquelin dice

    4 agosto, 2020 en 10:31 am

    Con un ejemplo práctico nos quedaría mejor explicado, por lo menos para mí que trabajo en un hotel hioy día doa días por semanas nos descontaron atp no nos pagaron aguinaldo nos dicen q nos seguirán descontando atp y los q no están llendo a trabajar ganan lo mismo o más q los q estamos llendo. Algún ej práctico por favor, gracias.

    Responder
  17. Lorena dice

    15 agosto, 2020 en 10:57 am

    Habrá aumento de sueldo para lo que nunca dejamos de trabajar.

    Responder

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