• Saltar al contenido principal
  • Skip to secondary menu
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Inicio
  • Blog
  • Suscripción
  • Contacto
  • Capacitación
  • Calculadoras
    • Calculadora Sanidad CCT 108/75
    • Calculadora de Sueldos UOCRA
    • Sueldos Empleados de Comercio
    • Sueldos Comercio Rama Turismo CCT 548/07
    • Calculadora Empleados de Comercio Rama Centros de Contacto CCT 781/22
    • Calculadora de Sueldos UTEDYC CCT 804/23 (ex 736/16)
    • Calculadora de Retenciones RG 830 “Profesiones liberales, oficios”
    • Calculadora de Sueldos SAEOEP CCT 88/90
    • Calculadora de Sueldos UATRE
    • Servicio Doméstico
    • Liquidación Final
    • Vacaciones
    • Calculadora de Plus Vacacional
    • Embargo de Sueldos
  • Aplicaciones
  • Vencimientos

Ignacio online

Es una web de información destinada a Contadores y Profesionales en Ciencias Económicas y Empleados de Comercio

Aconpy
  • Empleados de Comercio
    • Escalas Comercio 2022
    • Escala Salarial Empleados de Comercio 2020
    • Calculadora Empleados de Comercio
    • Ejemplos de Liquidaciones de Sueldo
    • Categorías Comercio
    • Régimen de Licencias y Permisos Especiales
    • Vacaciones de Empleados de Comercio
  • Asignaciones
    • Asignaciones Familiares Montos vigentes
  • Libro de sueldos Digital
  • Servicio Doméstico
    • Calculadora de sueldos Servicio Doméstico
    • Escala Salarial Servicio Doméstico
    • Aportes, contribuciones y ART
    • Formulario 102/RT
  • Monotributo
    • Monotributo Categorías 2023
  • Planillas

IGJ Res 1/2010 Instructivo y fomrulario interactivo

30 julio, 2010 Por Ignacio 16 comentarios

Cronograma de implementación a partir del próximo lunes. Instructivo. Formularios.

La Inspección General de Justicia (IGJ) implementó un procedimiento de actualización de datos a través de la presentación obligatoria de una Declaración Jurada. exige documentación a sociedades comerciales, extranjeras, binacionales, asociaciones civiles y fundaciones.

MODELO DE INSTRUCTIVO PARA PARA EL

LA INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA implementó por medio de la Resolución General N° 1/2010, la presentación obligatoria de la Declaración Jurada.

DECLARACION JURADA

Con el fin de incrementar la fiscalización de las entidades inscriptas en el organismo, la Inspección General de Justicia (IGJ) implementó un procedimiento de actualización de datos a través de la presentación obligatoria de una Declaración Jurada.

Los sujetos obligados a la presentación serán las sociedades comerciales, sociedades extranjeras, sociedades binacionales, asociaciones civiles y fundaciones.

Esta medida aportará un doble beneficio ya que, no sólo se incrementará la fiscalización sino que además posibilitará confrontar la base de datos del organismo. Se busca a través de la nueva medida que las entidades estén al día con todas sus obligaciones legales y detectar a las entidades que sólo se constituyen con el objetivo de burlar la ley o perjudicar a los terceros.

La Resolución General N° 1/2010 prevé un cronograma gradual para la implementación y frente al incumplimiento de las entidades se impondrán las sanciones legales correspondientes. Se deberán actualizar los datos de la sede social, autoridades y declarar el último estado contable presentado ante la IGJ, la ultima tasa abonada y el número de Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.).

¿EN QUE CONSISTE?

La misma consiste en la actualización de datos por Declaración Jurada efectuada por el presidente o representante legal de las entidades.

  •Se instrumenta mediante el FORMULARIO K conformado por 6 módulos equivalente a $150,00, al que deberá adjuntarse el formulario de Declaración Jurada (los cuales podrán ser descargados en la página Web). Descargar Formulario Declaración Jurada

  En caso de tratarse de Sociedades Comerciales, las mismas presentarán la DJ a través de un aplicativo.

SUJETOS COMPRENDIDOS:

  •   Sociedades Comerciales
  •   Sociedades Extranjeras
  •   Sociedades Binacionales
  •   Asociaciones Civiles
  •   Fundaciones
No están comprendidas en la resolución general 1/10 las entidades que obtengan personería jurídica con posterioridad a la vigencia de la norma (20/07/2010).

¿QUE DATOS DEBEN CONSIGNAR?

  •   SEDE SOCIAL EFECTIVA
  •   AUTORIDADES VIGENTES
  •   PRESENTACION DE EJERCICIOS CONTABLES
  •   TASAS ADEUDADAS
  •   C.U.I.T.
  •   INCLUSION EN EL ARTICULO 299 LS.

PLAZO DE LA PRESENTACION

Sujetos comprendidos Plazo Vigencia desde
Asoc. Civiles y fundaciones 60 días Lunes 2/8/2010
Soc. Extranjeras 60 días Lunes 6/9/2010
Soc. Binacionales 60 días Lunes 6/9/2010
Soc. Comerciales 60 días Lunes 4/10/2010

CONSECUENCIAS ANTE LA FALTA DE PRESENTACION:

En caso de no cumplir con la presentación de la DJ se sancionará a la entidad y/o sus autoridades. Será requisito excluyente la presentación de la misma para las posteriores tramitaciones ante en la Inspección General de Justicia.

Para evitar demoras en la presentación, Ud. puede:

• Abonar el formulario K a través de la Red Banelco.

• Presentar la declaración jurada y el formulario K de pago en:

Público General:
Mesa de entradas IGJ. Paseo Colón 285 PB.
(Unicamente en horario de 14:30 a 17:30 hs.)

Solo para Escribanos:
Mesa de entradas IGJ. Escribanos
Las Heras 1833 EP.

No están comprendidas en la RG 1/10 las entidades que obtengan personería jurídica con posterioridad a la vigencia de la norma (20/07/2010).

OBJETIVO:

El objetivo de la Declaración Jurada es optimizar las funciones de fiscalización del organismo a través de la actualización de la base de datos del mismo.

CONSULTAS: [email protected]

DIRECCION DEL REGISTRO NACIONAL DE SOCIEDADES

Telefonos: 4343-0211 / 1990
Av. Paseo Colón 285, Capital Federal

Me gusta esto:

Me gusta Cargando...

Relacionado

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: Declaración jurada resolución 1/210 IGJ, IGJ

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. Anónimo dice

    17 diciembre, 2014 a las 6:31 pm

    Buenas tardes Ignacio, me gustaria saber como se completa el formulario 01/2010 por primera vez, cuando aún no se ha presentado ninguna DDJJ anterior.

    Responder
« Comentarios anteriores

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

SOS Contador Soft Contable en la nube
Holistor Sueldos y Jornales listo para liquidar

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Etiquetas

Acuerdos Salariales (139) AFIP (1500) AGIP (173) Aguinaldo (80) Aguinaldo - SAC (111) ANSeS (524) Aplicativos (206) ARBA (352) Asignación Universal por Hijo (251) Autónomos (124) Bienes Personales (109) bono (94) Calendario de pago (262) Casos Prácticos (223) CNTA (94) Convenio Multilateral (89) coronovirus (89) Escala Salarial (193) Factura Electrónica (78) FAECYS (417) FATSA (78) Ganancias (421) Homologación Acuerdos (128) IGJ (129) Ingresos Brutos (133) IVA (120) Jubilados y Pensionados (199) Mis Facilidades (84) Monotributistas (174) Noticias (87) Paritarias (572) Paritarias 2013 (82) Personal Casas Particulares (193) Plan de Facilidades de pago (159) Recategorización (88) Recibo de Sueldos (211) Resoluciones (508) Sanidad (95) SEC (102) Servicio Doméstico (111) SICOSS (85) SIPA (88) UOCRA (133) UOM (222) UTEDYC (150)

Copyright © 2025 Ignacio online · Creada por Hormigas en la Nube

Derechos de autor © 2025 · Magazine Pro en Genesis Framework · WordPress · Acceder

Utilizamos cookies propios y de terceros para mejorar nuestros servicios y experiencia de usuario. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Aceptar Reject Leer Más
Privacidad & Política de Cookies

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary
Siempre activado
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
Non-necessary
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.
GUARDAR Y ACEPTAR
%d