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INACAP: Incremento según el nuevo acuerdo salarial de enero de 2010

28 enero, 2010 Por Ignacio 34 comentarios

INACAP: incremento de la Contribución patronal obligatoria con motivo del nuevo acuerdo salarial  CCT 130/1975.

Debido al nuevo acuerdo salarial celebrado el 21 de enero de 2010 por los empleados de comercio, CCT 130/75, se incrementa desde este mes de enero de 2010 la contribución patronal obligatoria al INACAP.

El nuevo acuerdo otorgó dos sumas no remunerativas a todos los empleados de comercio, desde este mes de enero de 2010, la primera es de $100,- y la segunda, una asignación por única vez, de $300, que se paga en 4 cuotas de $75, de enero a abril.

Forma de cálculo de la nueva contribución patronal obligatoria al INACAP a partir de enero de 2010:

 Conceptos Maestranza A inicial % aporte INACAP Cuota INACAP
Salario – Base de Cálculo
Maestranza A inicial
(remunerativo vigente )
$ 1.293,65 0,50% $ 6,47
No Remunerativo
Acuerdo Abril 2008 (20%+$100)
$ 358,73 0,50% $ 1,79
No remunerativo
Acuerdo Abril 2009
$ 300 0,50% $ 1,50
No remunerativo
Acuerdo Enero 2010
$ 100 0,50% $ 0,50
Asignación especial
Acuerdo Enero 2010

$ 75 0,50% $ 0,37
Cuota INACAP por empleado $ 10,63

El importe a pagar a favor del INACAP, surge de multiplicar la suma de $ 10,63 por cada empleado alcanzado por el CCT 130/1975. Dicho importe se deberá ingresar hasta el día 15 del mes siguiente en los siguientes lugares de pago:

  • Banco de la Nación Argentina,
  • Banco de la Provincia de Buenos Aires,
  • Pago Fácil
  • Bapropagos
(*) Con respecto a los $300 otorgados por única vez por el acuerdo firmando el 21 de enero pasado, se paga en 4 cuotas de $75 de enero a abril. Por lo cual, a partir de mayo 2010, estos $75 ya no se seguirán pagando, entonces, la cuota al INACAP, en principo debería bajar a $10,26.

De todos modos, en abril próximo deberá firmarse un nuevo acuerdo, por lo cual es posible que se realicen cambios que modifiquen estos cálculo.

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Publicado en: Empleados de Comercio, Sin categoría Etiquetado como: INACAP

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Comentarios

  1. -
  2. Ignacio dice

    1 febrero, 2010 a las 4:43 pm

    Cristian, el acuerdo se firmó eel 21, puede que no tuvieran conocimiento a es fecha.

    Hola Verónica, si, esa escala la ví, y también la publiqué en el blog. No es un error, porque eso se pueblicó los primeros días de enero, antes del nuevo acuerdo. En mi caso, aclaré que era hasta tanto no saliera un nuevo acuerdo. El problema, es que lo que tenían que liquidar vacaciones tenían que tomar la legislación vigente a la fecha, que hasta ese momento era esa. Luego el nuevo acuerdo cambio las cosas.

    saludos

    Ignacio

    Responder
  3. Anónimo dice

    1 febrero, 2010 a las 2:17 pm

    Hola Ignacio,
    Gracias por tu nueva respuesta. Igualmente leí el Acuerdo y efectivamente en el artículo 5º, se me despejaron las dudas. De todos modos quiero dejarte algo, más que nada porque está circulando en la WEB y cualquiera puede caer en el error que yo caí:
    http://www.laboralis.com.ar/convenios_escalas_salariales.html
    Una vez ahí, click en : Escala Salarial Enero 2010 (CCT 130/75)
    Sale la escala con el básico que yo tenía. A ver si sirve para no seguir confundiendose.
    Saludos,
    Verónica

    Responder
  4. Cristian dice

    1 febrero, 2010 a las 1:29 pm

    Hola Ignacio, te comento que yo cobre mi sueldo del mes de enero el 22.01 pero no percibí este aumento que se firmó, esto tiene que ver con que no se homologo o deberia haber cobrado esta diferencias de $ 175?
    De ser asi, cuando deberia cobrar el mismo?
    Muchas gracias

    Responder
  5. Ignacio dice

    31 enero, 2010 a las 3:10 pm

    Georgina, se debe pagar independientemente de la categoría y de la antiguedad, es un importe fijo que se paga por cada trabajador.

    Con respecto a la consulta del convenio, digamos que es al revés, si están bajo el convenio, te hacen el descuento. Según la actividad de la empresa, queda incluido en el convenio, los mismo para el trabajador. Y queda excluido del convenio, cuando realiza alguna tarea que no está especificada en el convenio.

    Si está en comecio tiene que pagar, tené en cuenta se paga una cuota sindical independientemente de si está afiliado o no, cuota solidaria le llaman.

    Le corresponden todos los acuerdos, independientemente de cuando haya entrado.

    Responder
  6. Ignacio dice

    31 enero, 2010 a las 3:04 pm

    Verónica, ese link era para las remuneraciones de abril 2009, pero eso se postergó en ese mismo mes, y ahora en enero,se postergó nuevamente, las escala vigente es esta:

    http://www.faecys.org.ar/institucionales/062008.html

    además, lo de FAECYS cuando actualizaron la página, colocaron mal el link.

    Responder
  7. Anónimo dice

    31 enero, 2010 a las 10:48 am

    Hola Ignacio,
    Ante todo quiero decirte que tu blog me es de mucha ayuda,

    Que significa que un empleado este adherido al convenio colectivo?
    Es cuando le descuentan el dos porciento para el sindicato del sueldo?

    Si no aporta sindicato el trabajador, el empleador no tiene que hacer esta contribuciòn al INACAP?

    Si no aporta sindicato el trabajador, si no le descuentan del sueldo, y empezo a trabajar en agosto 2009, le corresponde gozar los aumentos establecidos por los Acuerdos Abril 2009 y Enero 2010?

    Muchas Gracias,
    Saludos,
    Georgina

    Responder
  8. Anónimo dice

    31 enero, 2010 a las 5:31 am

    Ignacio,
    Liquido los sueldos de un monotributista empleador.
    Tiene un empleado en la categoria Maestranza pero con mas de seis años de antiguedad, del trabajador en su puesto.
    Corresponde pagar INACAP?
    mUCHAS GRACIAS
    GEORGINA

    Responder
  9. Anónimo dice

    29 enero, 2010 a las 9:40 pm

    Gracias por la respuesta Ignacio, voy a verificar las liquidaciones realizadas por el estudio. De todos modos te paso el link de dónde saque la escala de remuneraciones.
    Saludos y excelente finde!!!
    Verónica

    http://www.faecys.org.ar/institucionales/042009.html

    Responder
  10. Ignacio dice

    29 enero, 2010 a las 7:26 pm

    Hola Verónica, es lo que está en el acuerdo, $1.293,65 de básico mas los acuerdos de abril de 2008 y abril de 2009.
    Me parece que vos tomaste la escala de junio de 2008 que fue derogada.

    Responder
  11. Anónimo dice

    29 enero, 2010 a las 7:01 pm

    Que tal Ignacio,
    Tus explicaciones, clarísimas como siempre, pero al ver el cuadro explicativo para calcular INACAP para Enero 2010 me surge una consulta. Hasta Diciembre, yo liquidé para un empleado Maestranza A un básico inicial de $ 1.652,38 (monto que resulta del acuerdo Abril 2009, publicado en la página oficial de FAECyS), viendo que no coincide con el monto que vos publicas, liquidé mal? Cuál es el básico inicial actual?
    Tal vez ya lo explicaste antes y yo no lo leí, si es así…mil disculpas.
    Saludos,
    Verónica

    Responder
  12. alexis dice

    29 enero, 2010 a las 6:05 pm

    bueno muchas gracias por la rapida respuesta!
    es un ladri este cacallieri
    saludoss!

    Responder
  13. Ignacio dice

    29 enero, 2010 a las 6:02 pm

    No, no está homologado, recién se firmó, eso lleva un tiempo.

    Responder
  14. alexis dice

    29 enero, 2010 a las 5:45 pm

    me acaban de dar el recibo de sueldo del mes de enero, y no tengo ni los $100 , ni los $75
    me dijeron que no esta homologado, sabes algo de eso ignacio?
    gracias!!
    aguante tu blog

    Responder
  15. Ignacio dice

    29 enero, 2010 a las 1:26 am

    Hola Grabiel, si, es así, son millones de pesos por una web y 4 cursos locos.

    Responder
  16. Anónimo dice

    29 enero, 2010 a las 1:24 am

    Será el INACAP otro kiosko de Cavalieri?,como el seguro de retiro obligatorio de La Estrella , o este será de la CAME , sino entren a
    http://www.institutocap.org.ar .Millones de pesos x mes para sólo sostener
    una web.Qué impunes que son estos tipos!!
    Saludos , Gabriel

    Responder
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