La eximición de Ganancias a aguinaldos es para sueldos de hasta $ 55 mil brutos.
El Gobierno oficializó que quedará eximido del impuesto a las Ganancias el medio aguinaldo de diciembre de los salarios por hasta 55.000 pesos brutos, a través del decreto 1.253/2016, publicado en el Boletín Oficial.
A los fines de la determinación del impuesto a las ganancias correspondiente a la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario del año 2016, se incrementa en $ 15.000 el importe de la deducción especial calculada conforme lo dispuesto por el tercer párrafo del inciso c) del Artículo 23 de la Ley de Impuesto a las Ganancias.
Lo dispuesto en el artículo 1° tendrá efectos exclusivamente para aquellos sujetos que obtengan rentas mencionadas en los incisos a), b) y c) del Artículo 79 de la referida norma, cuando la mayor remuneración y/o haber bruto mensual, devengada entre los meses de julio y diciembre del año 2016, no supere la suma de $ 55.000.
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