El nuevo acuerdo entre FATSA t CAM renovó el Convenio Colectivo de Trabajo 107/75 con incrementos del 2% en junio, 2% en julio y 2,8% en agosto.
La Federación de Asociaciones de Trabajadores de la Sanidad Argentina (FATSA) y la Confederación Argentina de Mutualidades (C.A.M.) suscribieron un acuerdo salarial que renueva el Convenio Colectivo de Trabajo N° 107/75, con vigencia desde el 1 de febrero de 2026 hasta el 31 de enero de 2027.
Incrementos escalonados para los trabajadores de la sanidad
El acuerdo establece una nueva escala salarial con aumentos en tres tramos consecutivos:
| Mes | Incremento |
|---|---|
| Junio 2026 | 2,0% |
| Julio 2026 | 2,0% |
| Agosto 2026 | 2,8% |
Los nuevos salarios básicos alcanzan los siguientes valores para las principales categorías:
| Categoría | Junio 2026 | Julio 2026 | Agosto 2026 |
|---|---|---|---|
| Profesionales Bioquímicos, Nutricionistas, Farmacéuticos y Kinesiólogos | $1.383.856,37 | $1.411.533,50 | $1.451.477,64 |
| Enfermeros y Personal de Esterilización | $1.203.321,66 | $1.227.388,10 | $1.262.121,22 |
| Personal destinado a Geriatría | $1.113.072,91 | $1.135.334,36 | $1.167.462,51 |
| Mucamas/os de Piso y Consultorios Externos | $1.069.094,14 | $1.090.476,02 | $1.121.334,75 |
Día de la Sanidad: asignación especial de $68.925,70
Con motivo de la celebración del Día del Trabajador de la Sanidad (21 de septiembre de 2026), las empresas abonarán durante el mes de septiembre una asignación no remunerativa de pago único y carácter excepcional de $68.925,70 para todos los trabajadores encuadrados en el CCT 107/75, sin distinción de categoría ni antigüedad.
Adicional de Cajero actualizado
El adicional de cajero previsto en el artículo 13 del CCT 107/75 quedó fijado con los siguientes valores:
- Desde el 01/06/2026: $86.874,61
- Desde el 01/07/2026: $88.612,10
- Desde el 01/08/2026: $91.119,68
Contribución extraordinaria a OSPSA
Las empresas comprendidas en el ámbito del CCT 107/75 abonarán una contribución extraordinaria mensual de $15.000 por trabajador a favor de FATSA, destinada a sostener y mejorar los servicios de la Obra Social del Personal de la Sanidad Argentina (OSPSA) . El depósito deberá realizarse en la cuenta especial disponible en www.sanidad.org.ar, con vencimiento el día 15 de cada mes (excepto junio y diciembre 2026).
A partir del 1 de septiembre de 2026, el monto de esta contribución se revisará considerando el mismo porcentaje de ajuste de los salarios básicos.
Cuota de Solidaridad del 1%
Se estableció un aporte solidario del 1% sobre la remuneración integral mensual para todos los beneficiarios del CCT 107/75 durante la vigencia del acuerdo. Los empleadores actuarán como agentes de retención y realizarán el depósito en la cuenta especial de FATSA.
Absorción de aumentos unilaterales
El acuerdo contempla que los aumentos salariales otorgados unilateralmente por las empresas durante el año 2026 podrán ser absorbidos hasta su concurrencia con los incrementos pactados.
Vigencia y próxima revisión
El acuerdo tiene vigencia desde el 1 de febrero de 2026 hasta el 31 de enero de 2027. Las partes se facultaron mutuamente para reunirse durante el período de vigencia a solicitud de cualquiera de las signatarias con el fin de analizar la evolución de los acuerdos alcanzados.
Homologación
Las partes solicitaron al Ministerio de Capital Humano la homologación del presente acuerdo y sus escalas salariales, ratificando todas las cláusulas del Convenio Colectivo N° 107/75 y aquellas incorporadas o modificadas por acuerdos colectivos posteriores en los términos de la Ley 27.802.



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