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Instructivo: Cómo adherir al acuerdo del 223 bis de la UOM

6 mayo, 2020 Por Ignacio 17 comentarios

CÓMO ADHERIR AL ACUERDO MARCO ADIMRA-UOMRA ART. 223 BIS LCT

En el marco del art. 223 bis de la LCT, ADIMRA y UOMRA suscribieron un acuerdo que habilita la suspensión de los trabajadores que no sean convocados a prestar servicios, abonándoles un equivalente al 70% del salario bruto.

¿Quiénes pueden acceder?

Podrán acceder la totalidad de las empresas metalúrgicas con personal bajo convenio CCT 260/75.

Para adherir al Acuerdo suscripto entre ADIMRA y UOMRA el 28/4/2020 en el marco del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo, tramitado bajo expediente MTEySS Nº EX202029032971-APN-MT y homologado el 5/5/2020 por Resolución del Secretario de Trabajo de la Nación Nº 491/2020.

Los pasos para adherir al acuerdo por el 223 bis:


1.  Puntos del acuerdo: Para conocer los puntos más importantes del acuerdo ingrese aquí.

2.   Descargue la nota modelo de adhesión Nota de adhesión empresa metalurgica EX-2020-29032971-APN-M haciendo clic aquí, complete los campos del formulario: 

  • Lugar y fecha 
  • Razón Social y CUIT de la empresa
  • Domicilio legal de la empresa
  • Correo electrónico del apoderado
  • Teléfono celular del apoderado 
  • Seccional UOMRA que le corresponda a la empresa (Ver listado de seccionales)
  • Nombre y apellido del apoderado
  • Firma del apoderado
  • Tipo y nro. de documento del apoderado de la empresa

3.    Descargue la Planilla Modelo para informar nómina de personal afectado por el acuerdo haciendo clic aquí y complete:

  • Listado del personal que podrá estar afectado por las suspensiones durante la vigencia del acuerdo detallando CUIL y Apellido y Nombre.
  • A continuación, los domicilios donde habitualmente prestan el personal listado más arriba.
  • La planilla también debe estar firmada por quien esté habilitado a hacerlo por la empresa.

4.    El paso siguiente es hacer la presentación a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) del gobierno nacional. Si necesita instrucciones para operar en TAD haga click aquí (dentro de TAD seleccionando el Organismo Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social deberá aparecer, cuando el Ministerio lo habilite, un tipo de trámite para la Adhesión al Acuerdo art. 223 bis LCT).

5.   La operatoria se completa informando vía correo electrónico mensualmente a la seccional UOMRA perteneciente a la localidad de su empresa (acceda aquí al listado de seccionales con su correspondiente correo electrónico) el detalle de las suspensiones de personal correspondientes al mes en curso, según Planilla Modelo que puede descargar haciendo click aquí.

El mismo detalle de suspensiones deberá ser remitido mensualmente al MTEySS vía TAD. (dentro de TAD seleccionando el Organismo Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social deberá aparecer, cuando el Ministerio lo habilite, un tipo de trámite para la Adhesión al Acuerdo art. 223 bis LCT

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Comentarios

  1. ERICA dice

    6 mayo, 2020 en 10:10 pm

    Hola, si el empleado es persona de riezgo, tambien se puede adherir al acuerdo? o en ese caso no iria?

    Responder
  2. Natalia dice

    6 mayo, 2020 en 10:51 pm

    Hola! Muy útil la información como siempre! Mi consulta es porque soy de Alta Gracia, provincia de Córdoba y quería saber si puedo presentar la adhesión al acuerdo de suspensión en el ministerio de trabajo de Córdoba (el 27/04/2020 salió por Resolución 157/2020 MT Córdoba las formalidades para hacer la presentación virtual) o debo hacerlo por tramites a distancia! Muchas gracias

    Responder
  3. Lucio dice

    7 mayo, 2020 en 9:22 am

    Hola Ignacio, para comercio también re realiza el trámite en TAD?
    Muchas gracias!

    Responder
    • NELIDA dice

      7 mayo, 2020 en 11:14 am

      BUEN DIA
      CREO QUE DEPENDE DE QUIEN ES LA AUTORIDAD DE APLICACION EN CADA PROVINCIA.
      EN TUCUMAN, TENEMOS LA SECRETARIA DE TRABAJO.

      Responder
  4. Andrea dice

    7 mayo, 2020 en 10:26 am

    Para liquidacion periodo del 1 al 20 de abril (primera etapa aislamiento preventivo ogliatorio) debo hacerlo con procedimiento art 223 bis y debo tambien informar y mandar al ministerio? o hay un procedimiento reducido

    Responder
  5. Antonio dice

    7 mayo, 2020 en 1:09 pm

    PUEDE SER QUE NO ESTÉ HABILITADO EL TAD PARA ESTE TRAMITE??? NO ENCUENTRO EL LINK PARA ENVIAR EL FORMULARIO. ALGUIEN QUE RESPONDA PORFA. Gracias

    Responder
    • IVANA dice

      7 mayo, 2020 en 2:35 pm

      NO está todavía yo también lo busque

      Responder
      • Luisa dice

        7 mayo, 2020 en 10:39 pm

        ADIMRA envio nota diciendo que se presenta por mail a [email protected]
        En la pag de ADIMRA en ventanilla unica hay un instructivo con un modelo de carta para hacer la presentacion en el Ministerio
        Cambio de planes no es por TAD como habian dicho anteriormente

        Responder
  6. JAVIER dice

    8 mayo, 2020 en 10:53 am

    si, hay cambio de planes no es por TAD, es por e-mail:
    Estimados industriales metalúrgicos:

    Hemos sido informados por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social que la adhesión de las empresas metalúrgicas al acuerdo marco ADIMRA-UOMRA por el art. 223 bis de la LCT podrá ingresarse por Mesa General de Entradas de ese organismo.

    Para ello deberán enviar un correo electrónico a [email protected] adjuntando la “Nota de adhesión empresa metalúrgica EX-2020-29032971-APN-MT” y la “Planilla Modelo para informar nómina de personal afectado” completas y firmadas por el apoderado/representante de la empresa.

    Responder
    • Gladys dice

      11 mayo, 2020 en 1:22 pm

      Mil gracias la mando a mesa de entradas, y la seccional de la UOM San Miguel no me lo acepta su mail que figura en el listado de seccionales cómo hago?

      Responder
  7. Veronica dice

    8 mayo, 2020 en 5:39 pm

    Ignacio como siempre muchas gracias por tu ayuda!!!!

    Responder
  8. ezequiel dice

    12 mayo, 2020 en 11:08 am

    Desde el dia 1 hasta el 15 de abril como se liquida? con el descuento del 30%? si los trabajadores fueron a la fabrica a trabajar fisicamente entre los dias 16 y 30 de abril la mitad de los dias osea un dia si un dia no (intercalando), se puede descontar el 30% de los dias que no fueron a trabajar y pagar normalmente los dias que si fueron a trabajar? o se le paga todos los dias (16 al 30) enteramente normal?

    Responder
  9. Mariela dice

    16 mayo, 2020 en 2:40 pm

    Necesito que me ayuden ! De que forma se abonan los $2.400 de contribucion solidaria? en el F931 ? O Uom va a subir una boleta aparte para abonarlo?

    Responder
  10. VALERIA dice

    17 mayo, 2020 en 12:35 am

    Que pasa en el caso de los supervisores (asimra) tienen idea? y como se abonan los $2400

    Responder
  11. Mariela dice

    18 mayo, 2020 en 10:46 am

    http://uomboletas.com.ar/

    Aplicativo para pago de aporte solidario 2020, Ingresar

    Ahi podran descargar la boleta !!

    Responder
  12. Florencia dice

    19 mayo, 2020 en 11:09 pm

    Alguien sabe si hay que informar a los empleados y cómo?
    Gracias

    Responder
  13. daniel dice

    20 mayo, 2020 en 12:16 pm

    alguien sabe si ya se habilito el tramite a distancia para poder informar el acuerdo, No lo puedo encontrar

    Responder

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