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Plásticos: liquidación de sueldos Abril UOYEP CCT 419/05

27 abril, 2022 Por Ignacio 17 comentarios

Liquidación de sueldos Abril CCT UOYEP CCT 419/05 según el acuerdo salarial 2022.

La Unión Obreros y Empleados Plásticos (UOYEP), acordó la nueva escala salarial para el CCT 419/05 de la Industrial Plástica para el período abril a septiembre 2022 del 40,89%.

El incremento acordado se trata de una serie de sumas fijas no remunerativa de 66.000 pesos a pagarse en cuatro tramos:

  • Abril 2022: $14.000
  • Mayo 2022: $17.000
  • Junio 2022: $20.000 .
  • Agosto 2022: $15.000 .

Liquidación de sueldos abril 2022

A continuación, un breve ejercicio práctico para ver las particularidades de liquidación de este convenio que comprende a los trabajadores de la Industria Plástica:

Datos

  • Categoría: Administrativo Nivel 1
  • Modalidad liquidación: mensual
  • Jornada: Completa
  • Trabajó un feriado y otro no
  • Antigüedad: 5 años
  • CCT: 419/05

Básico

El básico de surge de la escala salariala publicada por el Sindicato, en indica que para el personal Administrativo Nivel 1 es de $72.861

Pueden ver la escala salarial UOYEP 2022 para todas las categorías aquí.

Administrativo NIVEL 1: Desempeña funciones de orden primario, sin necesidad de instrucción o práctica previa.

Adicional por antigüedad

El Artículo 6º del CCT 419/05 establece como se paga la “Bonificación por antigüedad”:

Todos los trabajadores comprendidos en el presente Convenio, se beneficiarán con una bonificación por antigüedad por cada año adquirido en la empresa y que será equivalente al 1% del sueldo o jornal básico de la categoría en la que revista el trabajador. Al cumplir diez (10) años de antigüedad en la empresa la bonificación se elevará al 2% y continuará con el 1% en los años subsiguientes.

Por lo tanto, el cálculo es el siguiente:

72.861 x 1% x 5 = $3.643,05

Feriados

Feriados trabajado

En abril tuvimos 2 feriados, por lo tanto el cálculo es el siguiente:

(72.861 + 3.643,05) / 30 = 2.550,14 valor día normal

(72.861 + 3.643,05) / 30 = 3.060,16 valor día feriado

La diferencia $510,03 es el plus por el feriado

Feriado Trabajado

Para el feriado trabajado, el cálculo es la suma de los dos importes, día normal por trabajar el feriado más pago del feriado:

2.550,14 + 3.060,16 = 5.610,30

Suma no remunerativa

Según lo informado por el Unión Obreros y Empleados Plásticos (UOYEP) las sumas acordadas tienen carácter no remunerativa y son fijas para todas las categorías del convenio.

Por lo tanto, en abril tenemos que liquidar $14.000

Descuentos

Sobre las sumas remunerativas:

  • 11% jubilación
  • 3% Ley 19.032
  • 3% Obra Social
  • 1.4% aporte solidario (*)

Sobre las sumas NO remunerativas:

  • 3% Obra Social
  • 1.4% aporte solidario (*)

(*) El artículo 4 inciso 4 del CCT 419/05 indica:

Aporte Solidario. Se establece a cargo de los trabajadores/as beneficiarios del referido Convenio Colectivo incluidos en las respectivas categorías del mismo NO afiliados y en los términos del artículo 9º de la Ley Nº 14.250, un aporte solidario del 70% de la cuota sindical que esté vigente, homologada y correspondan en cada caso al personal afiliado.

Siendo la cuota sindical del 2% para los afiliados, el aporte solidario es del 1.4%. En caso de estar afiliado al sindicato, el porcentaje a retener es del 2%.

Recibo de sueldos

El recibo de sueldos para el caso propuesto sería el siguiente:

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Publicado en: Laboral Etiquetado como: Casos Prácticos, Empleados del Plástico, Liquidación de Sueldos, UOyEP

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. luis moyano dice

    30 marzo, 2023 a las 9:23 pm

    Pregunta si en una 100 hora la antiguedad sube y cuando 90 hora no es mismo con antiguedad 15 años seria valor hora o valor quinsenal

    Responder
  3. Hector Esteban dice

    10 noviembre, 2022 a las 10:55 am

    Hola, Tengo un empleado que se jubilo, aparte de pagarle SAC Proporcional, Vacaciones Proporcional, me piden por convenio que le abone tres meses de sueldo (mas de 20 años antiguedad) la pregunta es ese subsidio es Remunerativo o no Remunerativo

    Responder
    • Francisco dice

      12 enero, 2023 a las 3:49 pm

      No remunerativo

      Responder
  4. Paula dice

    23 mayo, 2022 a las 10:35 am

    En que acuerdo figura lo del aporte solidario del 1.4%?

    Responder
  5. Paola dice

    19 mayo, 2022 a las 2:46 pm

    Hola! Quería saber si es legal o correcto en el caso del monto por antiguedad. Se paga proporcional en periodo de vacaciones o se paga el porcentaje completo en un sólo recibo de sueldo?

    Responder
    • Ignacio dice

      21 mayo, 2022 a las 11:59 am

      se paga sobre los días trabajados

      Responder
  6. MIGUEL dice

    29 abril, 2022 a las 8:40 am

    hola que tal cumpli mi diez años, para liquidar la antiguedad seria 72861×2%x10
    lo mismo seria para el que cobra por quincena?
    esto seria por todo el año completo a partir de cumplir los diez años?

    Responder
  7. MIGUEL dice

    29 abril, 2022 a las 7:19 am

    que tal tengo cumplido los diez años de antiguedad el calculo seria 72861×2%X10 .esto seria durante todo el año completo? para el que cobra por quincena es la misma formula? alguien que me diga si es asi?

    Responder
  8. MIGUEL dice

    29 abril, 2022 a las 7:01 am

    que tal tengo cumplido diez años de antiguedad la formula para el calculo seria 72861×2%x10 y luego al año siguiente cual seria la formula? lo mismo seria para el que cobra por quincena?

    Responder
    • Walter dice

      2 mayo, 2022 a las 1:29 am

      El quincenal es por ejemplo si tenés 9 años de antigüedad es el 9% y al cumplir 10años sería 10%+1% sería un 11% más y así le sumas 1% los años que siguen . Cuando tenés 11 años sería un 12% más. Con 12 años 13%mas y así sigue hasta cumplir los 20 años dónde se vuelve a sumar 1% y con 20 años tendrías 22%mas de antigüedad

      Responder
      • Miguel dice

        2 mayo, 2022 a las 6:47 pm

        Entonces la fórmula sería supongamos
        72841×2%x11
        Por qué el artículo que Abla de antigüedad dise se elevará al dos porciento?

        Responder
  9. martin dice

    28 abril, 2022 a las 4:26 pm

    Hola, como es la indemnizacion por despido en este gremio?

    Responder
    • gonzalo dice

      5 mayo, 2022 a las 11:47 am

      Hola yo tambien quiero saber esto por favor si alguien me puede informar

      Responder
    • maria dice

      7 julio, 2022 a las 1:24 am

      Hola a mi también me interesa saber, el despido para los que cobramos por hora no administrativo, si alguien sabe por favor que pase el dato, saludos

      Responder
  10. alejandro Rodolfo dice

    28 abril, 2022 a las 9:37 am

    Esta calculado mal dia normal y dia feriado, las mismas cifras dan numeros distintos

    Responder
  11. martin dice

    27 abril, 2022 a las 10:56 am

    Hola Ignacio, te hago una consulta, estas sumas no remunerativas que venimos percibiendo desde hace unos meses son a parte del sueldo bruto que venimos cobrando? O ya deberia estar incluido como parte del sueldo normal. Te pregunto por que las sumas de 4500 pesos de septiembre a noviembre/diciembre me las pagaron como ya parte del sueldo (no cobre un adicional sino que con esta suma me pagaron el mismo sueldo que venia cobrando

    Responder
    • luis moyano dice

      30 marzo, 2023 a las 9:23 pm

      Pregunta si en una 100 hora la antiguedad sube y cuando 90 hora no es mismo con antiguedad 15 años seria valor hora o valor quinsenal

      Responder

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