• Saltar al contenido principal
  • Skip to secondary menu
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Inicio
  • Blog
  • Suscripción
  • Contacto
  • Capacitación
  • Calculadoras
    • Calculadora Sanidad CCT 108/75
    • Calculadora de Sueldos UOCRA
    • Sueldos Empleados de Comercio
    • Sueldos Comercio Rama Turismo CCT 548/07
    • Calculadora Empleados de Comercio Rama Centros de Contacto CCT 781/22
    • Calculadora de Sueldos UTEDYC CCT 804/23 (ex 736/16)
    • Calculadora de Retenciones RG 830 “Profesiones liberales, oficios”
    • Calculadora de Sueldos SAEOEP CCT 88/90
    • Calculadora de Sueldos UATRE
    • Servicio Doméstico
    • Liquidación Final
    • Vacaciones
    • Calculadora de Plus Vacacional
    • Embargo de Sueldos
  • Aplicaciones
  • Vencimientos

Ignacio online

Es una web de información destinada a Contadores y Profesionales en Ciencias Económicas y Empleados de Comercio

Aconpy
  • Empleados de Comercio
    • Escalas Comercio 2022
    • Escala Salarial Empleados de Comercio 2020
    • Calculadora Empleados de Comercio
    • Ejemplos de Liquidaciones de Sueldo
    • Categorías Comercio
    • Régimen de Licencias y Permisos Especiales
    • Vacaciones de Empleados de Comercio
  • Asignaciones
    • Asignaciones Familiares Montos vigentes
  • Libro de sueldos Digital
  • Servicio Doméstico
    • Calculadora de sueldos Servicio Doméstico
    • Escala Salarial Servicio Doméstico
    • Aportes, contribuciones y ART
    • Formulario 102/RT
  • Monotributo
    • Monotributo Categorías 2023
  • Planillas

Proporcionalidad del bono de $5000 Decreto 1043/18

4 diciembre, 2018 Por Ignacio 90 comentarios

¿Se proporciona la suma no remunerativa de $5000 del decreto 1043/18?

Respecto a si se debe proporcionar el “bono” de $5000 del decreto 1043/18, hay que decir que la misma normal lo establece en su artículo 2:

ARTÍCULO 2°.– Cuando la prestación de servicios fuere inferior a la jornada legal o convencional, los trabajadores percibirán la asignación en forma proporcional, de acuerdo a los mecanismos de liquidación previstos en el convenio colectivo aplicable o, supletoriamente, según las reglas generales contenidas en la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Por lo tanto, los trabajadores que realicen jornada parcial, percibirán la asignación no remunerativa de manera proporcional a la jornada que realicen.

Por ejemplo, si el empleado trabaja media jornada, la suma no remunerativa se divide por 2, pasando a ser de $2.500 y a abonarse en dos pagos, de $1.250 en noviembre 2018 y enero 2019.

Es decir que, en la misma proporción que se realiza la jornada, se debe pagar el bono.

Ingresos y egreso durante Noviembre

Ahora, respecto a la proporcionalidad para empleados que ingresaron con posterioridad al 1° de noviembre, el decreto no aclara si se el pago es proporcional. El mismo problema se presenta si se produjo la extensión del contrato de trabajo antes del 30 de noviembre.

A mi entender, a falta de aclaración debería pagarse la suma en su totalidad. De todos, entiendo que se presentarían algunas sitauciones injustas.

Por lo que seria razonable, que el Ministerio de Producción y Trabajo se pronunciara en este sentido, y así evitar futuros reclamos o situaciones polémicas.

De hecho, el decreto en su artículo 10 establece que el Ministerio “en su carácter de Autoridad de Aplicación, queda facultado para dictar las normas complementarias y aclaratorias del presente.” Lamentablemente, hasta el momento esto no ha sucedido.


Me gusta esto:

Me gusta Cargando...

Relacionado

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Publicado en: Laboral Etiquetado como: bono de fin de año, Decreto 1043/18

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. PAtricia dice

    7 diciembre, 2018 a las 12:21 pm

    Hola Buen dia, la empresa en la que me encuentro de entidad privada nos dicen que no nos corresponde el bono porque no es obligatorio, podrian confirmarme si es asi?

    Responder
    • Ignacio dice

      7 diciembre, 2018 a las 7:08 pm

      El bono es obligatorio

      Responder
  3. Cecilia dice

    7 diciembre, 2018 a las 10:35 am

    El Decreto 1043/2018 aplica para empleados encuadrados en CCT Construcción 76/75?

    Responder
    • Ignacio dice

      7 diciembre, 2018 a las 7:17 pm

      Si, aplica para todos los trabajadores en relación de dependencia del sector privado.

      Para el caso de UOCRA es en tres pagos –>> UOCRA: nuevos acuerdos revisión paritaria 2018

      Responder
      • Pablo dice

        12 diciembre, 2018 a las 3:28 pm

        Y en este caso, se tiene en cuenta para cont. y aportes de OS siempre y cuando sea la OSPECON, no? Tengo que liquidar empleados de UOCRA que tienen otra OS

        Responder
  4. CLAUDIA dice

    6 diciembre, 2018 a las 6:22 pm

    SE PUEDE PAGAR EN CUOTAS EL BONO ?

    Responder
  5. javier dice

    6 diciembre, 2018 a las 6:04 pm

    yo soy del rubro del plastico cobro el bono

    Responder
  6. leonardo dice

    6 diciembre, 2018 a las 4:38 pm

    Hola Ignacio, necesito consultarte lo siguiente. Trabajo en un negocio y “figuro” como Monotributista . O sea hice un arreglo con mi jefe para no quedarme sin laburo y deje de ser empleado en blanco digamos. Espero q me hayas entendido. Cobro ese famoso bono ???

    Responder
    • Ignacio dice

      7 diciembre, 2018 a las 7:46 pm

      No

      Responder
  7. Fernando dice

    6 diciembre, 2018 a las 3:37 pm

    Hola, no entiendo a que se refiere con “proporcional”, Es decir, con la 2da de noviembre pago la primera cuota que debe ser proporcional a que? a los trabajados en noviembre o a que? Tampoco entiendo si la persona se va en diciembre (es decir antes de liquidar la 2da cuota de enero) que debo pagarle?

    Responder
    • Claudia dice

      14 febrero, 2019 a las 9:38 am

      Misma consulta tengo yo. Porque si se entiende la proporcionalidad en la habitualidad, es decir, tantas hora fijas por mes. Pero en el caso de horas variables,
      Por ejemplo, tengo un caso que en enero, mes de liquidación de segunda cuota, trabajó 10 días solamente. Debo tomar la proporcionalidad de horas de enero?… o se interpreta que el bono se hace en proporción a algún promedio del año o del semestre en estos casos?.

      Responder
  8. javier dice

    6 diciembre, 2018 a las 2:31 pm

    Hola Ignacio!, que sucede en liquidacion de FATSA, No encontre nada que dijera como lo tomaban ellos, va por la general en dos cuotas no?

    Responder
  9. David Calderon dice

    6 diciembre, 2018 a las 12:34 pm

    Hola no estoy sujeto a ningún convenio ni sindicato, me corresponde el bono? en caso de que si me correspondiera como y donde realizo el reclamo.

    Gracias
    Saludos

    Responder
  10. Alberto Martinez dice

    6 diciembre, 2018 a las 11:18 am

    Hola , Una consulta : para empleados de comercio que trabajan por hora y hay que liquidar el Bono proporcional a las horas trabajadas , se toma con base de calculo 200 hs mensuales ? es decir si trabajo por ejemplo 13o hs por mes se pagaria : $ 5000/200×130 = $ 3250 . Desde ya muchas gracias .

    Responder
  11. Ale dice

    6 diciembre, 2018 a las 9:13 am

    Hola Ignacio, Que es lo que mas le conviene al trabajador? que se pague como no remunerativo o que la empresa lo compense con aumentos salariales?

    Responder
  12. Gonzalo dice

    6 diciembre, 2018 a las 8:51 am

    Buen día,
    Quería consultar cual seria el importe para un empleado de comercio que hace jornada par time de 6 horas? Se toma la jornada completa de 8hs y de ahí saco el proporcional por 6?

    Desde ya gracias por la respuesta.

    Responder
  13. Paola dice

    5 diciembre, 2018 a las 6:37 pm

    Hola!! en mi caso me despiden a fin de mes, después de muchos años de trabajo. Me corresponde en la liquidación que me abone los otros $2500 que se pagan en febrero? gracias

    Responder
    • Ignacio dice

      5 diciembre, 2018 a las 10:56 pm

      si

      Responder
  14. Agustina dice

    5 diciembre, 2018 a las 4:34 pm

    Hola! Estoy de licencia por maternidad desde el 16 de noviembre hasta el 16 de febrero. Hoy depositaron a todos los empleados la primer cuota del bono de $2500, pero a mi solo $1250. Es correcto esto? Significa que directamente no voy a cobrar tampoco la segunda cuota, no si quiera en proporcion? Gracias

    Responder
  15. Héctor dice

    5 diciembre, 2018 a las 4:26 pm

    En el caso delos empleados con licencias por enfermedad y/o accidente, el Bono se debe pagar igual??
    Muchas gracias

    Responder
    • Ignacio dice

      5 diciembre, 2018 a las 11:06 pm

      SI

      Responder
  16. Irene dice

    5 diciembre, 2018 a las 4:25 pm

    Hola!. Una consulta. En mi convenio dice que la jornada completa es de 6 hs diarias y es lo que yo trabajo. Hay compañeros que trabajan 8 hs y las dos horas se lo pagan como extra. Pero al momento de pagar el bono, sólo le pagaron completo a quienes trabajan 8 hs, a quienes trabajamos 6 nos pagaron un proporcional, aunque en el convenio aclara: “La jornada normal para el personal de laboratorio será de seis horas diarias y treinta y seis semanales. Si se le abonare el 33% sobre su salario básico tendrá una jornada mensual de 8 horas diarias y 48 horas semanales. “. Puedo pelear la diferencia?

    Responder
« Comentarios anteriores
Comentarios siguientes »

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

SOS Contador Soft Contable en la nube
Holistor Sueldos y Jornales listo para liquidar

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Etiquetas

Acuerdos Salariales (139) AFIP (1500) AGIP (173) Aguinaldo (80) Aguinaldo - SAC (111) ANSeS (524) Aplicativos (206) ARBA (352) Asignación Universal por Hijo (251) Autónomos (124) Bienes Personales (109) bono (94) Calendario de pago (262) Casos Prácticos (223) CNTA (94) Convenio Multilateral (89) coronovirus (89) Escala Salarial (193) Factura Electrónica (78) FAECYS (417) FATSA (78) Ganancias (421) Homologación Acuerdos (128) IGJ (129) Ingresos Brutos (133) IVA (120) Jubilados y Pensionados (199) Mis Facilidades (84) Monotributistas (174) Noticias (87) Paritarias (572) Paritarias 2013 (82) Personal Casas Particulares (193) Plan de Facilidades de pago (159) Recategorización (88) Recibo de Sueldos (211) Resoluciones (508) Sanidad (95) SEC (102) Servicio Doméstico (111) SICOSS (85) SIPA (88) UOCRA (133) UOM (222) UTEDYC (150)

Copyright © 2025 Ignacio online · Creada por Hormigas en la Nube

Derechos de autor © 2025 · Magazine Pro en Genesis Framework · WordPress · Acceder

Utilizamos cookies propios y de terceros para mejorar nuestros servicios y experiencia de usuario. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Aceptar Reject Leer Más
Privacidad & Política de Cookies

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary
Siempre activado
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
Non-necessary
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.
GUARDAR Y ACEPTAR
%d