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Punto por punto: cómo es el aumento de $ 4000 para trabajadores privados

4 enero, 2020 Por Ignacio 113 comentarios

Índice de Contenidos

  • Análisis de los puntos del decreto
  • Incremento salarial
  • Absorción
  • No cuenta para adicionales
  • Incremento Solidario
  • Proporcionalidad a la jornada
  • Aportes y Contribuciones
  • Trabajadores Incluidos
  • Trabajadores excluidos
    • Newsletter
    • ¡Gracias!

A quienes alcanza, quienes quedan excluidos, cuando se pagará, que aportes y contribuciones se pagarán.

El Gobierno nacional oficializó hoy sábado el los alcances del aumento para trabajadores del sector privado dando, mediante la publicación en el Boletín Oficial del decreto 14/2020.

Análisis de los puntos del decreto

Incremento salarial

El incremento es de $4.000 y se paga en dos tramos:

  • $ 3.000 desde el mes de enero de 2020 (que se cobra en febrero)
  • $ 1.000 desde el mes de febrero de 2020 (que se cobra en marzo)

En febrero se pagan los 3000 + 1000 que en total suman los 4.000 pesos que por 3 meses no tendrán contribuciones para los empleadores (solo obra social). Luego formará el piso para negociaciones paritarias 2020.

Absorción

El aumento deberá ser absorbido por las negociaciones paritarias 2020.

No cuenta para adicionales

No deberá ser tenido en cuenta para el cálculo de ningún adicional salarial previsto en el convenio colectivo o en el contrato individual de trabajo. Pero se podrá optar por criterio distinto mediante negociación colectiva.

Pero si es base de cálculo para Vacaciones, Aguinaldo, horas extras y todo beneficio que esté incluido en la ley de contrato de trabajo u otras normas laborales.

También se debe pagar en caso de licencia por Maternidad

Incremento Solidario

Para facilitar el control por parte de los trabajadores y trabajadoras, deberá consignarse en el recibo de haberes, como un rubro independiente denominado:

 “Incremento Solidario”

Proporcionalidad a la jornada

Cuando la prestación de servicios fuere inferior a la jornada legal o convencional, los trabajadores y trabajadoras percibirán el incremento en forma proporcional, de acuerdo a las pautas del convenio colectivo aplicable.

Aportes y Contribuciones

Sobre el incremento solidario, las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas que cuenten con Certificado MiPyME vigente, quedarán eximidas del pago de las contribuciones patronales con destino al SIPA, por el término de 3 meses (enero, febrero y marzo 2020).

La contribución vigente al SIPA, es de 10.17%, por lo tanto los empleadores deberían pagar las alícuotas a los restantes subsistemas, Ley 19.032, FNE y AAFF:

SubsistemaAlícuota
SIPA10,77%
INSSJP Ley 19.0321,58%
AA.FF4,70%
FNES0,95%
Totales18%

Por lo tanto, para poder tomar este beneficio, habrá que esperar una modificación del aplicativo Declaración en Línea.

Ademes, que realizar el pago de contribuciones a la Obra Social y ART.

En caso de no contar con el “Certificado MiPyME” vigente, tienen 60 días corridos, desde la fecha de entrada en vigencia del presente Decreto para tramitarlo.

Las entidades sin fines de lucro tendrán la misma exención.

En cambio, los trabajadores deberán realizar todos los aportes a la seguridad y obra social.

Trabajadores Incluidos

El aumento incluye a todos los trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia del Sector Privado. Incluye a quienes están en convenio (Comercio, UOCRA, UOM, Camioneros, etc) y quienes están fueran de convenio.

Trabajadores excluidos

Quedan excluidos de la aplicación del Decreto:

  • Trabajadores y las trabajadoras del Sector Público Nacional,
  • Régimen de Trabajo Agrario
  • Servicio Doméstico

De todos modos, a través de la COMISION NACIONAL DEL TRABAJO AGRARIO y de la COMISION NACIONAL DE TRABAJO DE CASAS PARTICULARES, se evaluará la posibilidad de aplicar aumentos similares.

Tampoco están incluidos los pasantes.

En el caso de los Estatales, la próxima semana se espera por el anuncio de un incremento similar para estatales.

Más detalles Decreto 14/2020

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Publicado en: Laboral Etiquetado como: Aumento salarial

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Comentarios

  1. -
  2. Marina dice

    22 enero, 2020 a las 7:47 am

    Hola, les quería consultar si los $3000 es una suma fija o se calcula un proporcional por las horas trabajadas?
    Gracias

    Responder
  3. Nicolás dice

    17 enero, 2020 a las 1:02 pm

    Consulta y en abril cobraría cuatro mil pesos ? Y mayo también así hasta que cierren las paritarias o solamente se cobran tres mil en febrero y mil en marzo ?

    Responder
  4. Flopa dice

    17 enero, 2020 a las 12:51 am

    Buenas noches
    Que pasa con los q están fuera de convenio? Hoy nos dijeron a no nos correspondía y que el decreto no aclara y que habla de paritaria q los q están fuera de convenio no tienen sino q es un aumento q la empresa te da por qué quiere… Esto se puede reclamar en algún lado?

    Responder
    • Ignacio dice

      17 enero, 2020 a las 11:30 am

      Hola, buenos días. El decreto es claro “para todos los trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia del Sector Privado” no hace distinciones entre convenio o fuera de convenio

      Responder
  5. Angie dice

    16 enero, 2020 a las 9:20 pm

    Hola Ignacio! Queria saber (como no lo indica el acuerdo) si el incremento solidario es proporcional a los días trabajados. Por otro lado, si aplica para conceptos indemnizatorios. Si la empresa es fuera de convenio y si ya da un incremento justo este mes entiendo que hasta Febrero debemos declarar este incremento? Gracias!

    Responder
    • Ignacio dice

      17 enero, 2020 a las 11:31 am

      “para todos los trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia del Sector Privado”

      En convenio o fuera de convenio.

      Si, se aplica a conceptos indemnizatorios

      Enero, febrero, marzo, etc

      Responder
  6. Adrisch dice

    16 enero, 2020 a las 6:56 pm

    La forma proporcional, de acuerdo a las pautas del convenio colectivo aplicable. En el caso de comercio, ¿de donde puedo ver como se calculan las proporcionalidades?.

    Responder
  7. Maria dice

    15 enero, 2020 a las 3:18 pm

    Hola mi marido esta de licencia lo operaron el 13)12 de un tumor malingo. nuestra duda es que si le descuentan mucho por enfermadad. una vez que este la biopsia empieza el tratamiento de quimio y le dijeron desde su trabajo que no vuelve hasta que se termine el tratamiento. El trabaja en un súper mercado muy conocido

    Responder
  8. Melina dice

    15 enero, 2020 a las 3:11 pm

    Hola! Una consulta: un profesional con una empleada en su estudio puede obtener el certificado Mipyme?

    Responder
    • Ignacio dice

      15 enero, 2020 a las 4:10 pm

      Si

      Responder
  9. Silvia dice

    13 enero, 2020 a las 1:27 am

    Lo que no entiendo es como afecta esto al salario minimo vital y movil, cuay última actualización fue en octubre de 2019. Estos $4000 incrementan el salario mínimo vital y móvil del 2020?

    Responder
  10. jose dice

    10 enero, 2020 a las 10:08 am

    Buen día Ignacio: reitero la pregunta. Si ya se hizo el acuerdo entre la faecys y las cámaras de comercio por el pago de los $ 4000 del decreto 14/20. O no es necesario el mismo. Gracias

    Responder
    • Laryus dice

      13 enero, 2020 a las 10:29 am

      No salio nada..

      Responder
  11. Mariano dice

    9 enero, 2020 a las 10:22 am

    Hola Igancio como estas?
    Estos incrementos los tenemos que tener en cuenta para el calculo de Vacaciones???
    Muchas gracais

    Responder
  12. vanina dice

    9 enero, 2020 a las 9:46 am

    Buen dia, como hago el calculo si trabajo de lunes a sabado 5 horas
    Muchas gracias
    Vanina

    Responder
  13. MANUEL dice

    8 enero, 2020 a las 1:05 pm

    Ignacio. Pongo unos ejemplos numéricos para que me aclares algunas dudas con respecto al art 1º del decreto, principalmente. Se trata de obrero de la construcción
    un obrero que gana normalmente $ 40000 por mes NETO DE BOLSILO
    Con este decreto tendría que cobrar de bolsillo las siguientes alternativas, Cual serian las correctas?
    A) En enero/2020 pasaría a cobrar $ 43000 neto de bolsillo, es decir seria el incremento No remunerativo.
    B) En enero/2020 pasaría a cobrar $42385 neto de bolsillo , se decir seria totalmente Remunerativo. (incluye descuentos provinciales sobre remunerativo).

    Y para febrero este mismo trabajador tendría que cobrar las sig alternativas:
    A) en Febrero/2020 cobraría de bolsillo $ 41000 en caso de que sea no remunerativo.
    B) en Febrero /2020 cobraría de bolsillo $40795 en caso que sea Remunerativo.
    o tendría que ser asi
    C) en Febrero/2020 cobraría de bolsillo $ 44000 en caso que consideremos No remunerativo.
    D) en Febrero/202 cobraría de bolsillo $ 43180 en caso que consideremos Remunerativo.

    Cuales de estas alternativas serian las correctas para Enero y cuales para Febrero ?

    Responder
    • Guillermo V dice

      8 enero, 2020 a las 11:42 pm

      Enero B)
      Febrero D)

      Responder
  14. Maria dice

    8 enero, 2020 a las 1:17 am

    Hola ignacio una baja con fecha 25/01 le. Correspondería el aumento.? Quisieras saber por el. Impacto en sus rubros indemnizatorios.

    por favor. Muchas gracias

    Responder
    • Ignacio dice

      8 enero, 2020 a las 11:36 am

      si, entiendo que de manera proporcional

      Responder
      • Laryus dice

        13 enero, 2020 a las 10:24 am

        disculpa, en que te basas para suponer que el importe del decreto 14/20, debe ser tnido en cuenta para rubros indemnizatorios, sac, vacaciones y hs extras.

        No está expresado en ninguna parte, y dependerá del convenio la alcracion.

        Gracias.

        Responder
        • Ignacio dice

          15 enero, 2020 a las 10:05 am

          No!
          Justamente, como el decreto no lo quita de ninguna base, excepto de los adicionales de convenio, se toma para todo el resto.

          Responder
  15. Carolina dice

    8 enero, 2020 a las 12:00 am

    Al incremento se le descuentan los aportes sindicales?? Por ej comercio faecys sec. Gracias

    Responder
    • Ignacio dice

      8 enero, 2020 a las 11:36 am

      A mi entender, si

      Responder
  16. Lili dice

    7 enero, 2020 a las 7:44 pm

    Las empleadas del servicio doméstico siempre afuera siendo q los sueldos no llegan ni al mínimo vital móvil desastroso.
    El q no puede pagar q no la tenga simple

    Responder
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