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¿Quiénes pagan ganancias en 2026?

30 enero, 2026 Por Ignacio 15 comentarios

Índice de Contenidos

  • ¿Tu salario superará los $2,4 millones en 2026? es el umbral para pagar el Impuesto a las Ganancias, según tu situación familiar. En este artículo vermeos tablas actualizadas, ejemplos claros y todas las deducciones que podés aplicar para reducir tu carga tributaria.
  • Deducciones Ganancias en 2026
  • ¿Quiénes pagarán Ganancias en 2026?
  • Otras deducciones disponibles que pueden ayudarte
  • Actualización semestral
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¿Tu salario superará los $2,4 millones en 2026? es el umbral para pagar el Impuesto a las Ganancias, según tu situación familiar. En este artículo vermeos tablas actualizadas, ejemplos claros y todas las deducciones que podés aplicar para reducir tu carga tributaria.

Con la actualización de las escalas y deducciones del Impuesto a las Ganancias para el período 2026, miles de trabajadores se preguntan si quedarán alcanzados por el tributo. Este ajuste, que considera la inflación acumulada del último semestre de 2025, modifica los montos mínimos no imponibles y las deducciones personales.

Aquí te explico desde qué salario se paga Ganancias en 2026, con ejemplos claros y tablas comparativas.

El ajuste aplicado para el primer semestre de 2025 alcanza un 14,29%, lo que impacta directamente en los montos mínimos no imponibles y en las deducciones personales de los contribuyentes en relación de dependencia.

Deducciones Ganancias en 2026

ConceptoAnualMensual
Mínimo no imponible$ 5.151.802,50$ 429.316,88
Cónyuge:$ 4.851.964,66 $ 404.330,39
Hijo:$ 2.446.863,48$ 203.905,29
Hijo incapacitado para el trabajo$ 4.893.726,96$ 407.810,58
Deducción Especial$ 24.728.652,02 $ 2.060.721,00

¿Quiénes pagarán Ganancias en 2026?

A continuación veremos los umbrales a tener en cuenta para saber desde que monto los trabajadores en relación de dependencia pagarán ganancias. Para lo cual, se toma como parámetro un 17% de aportes, es decir no estoy tomando aportes sindicales, y el tope de aportes vigente a enero 2026.

Para los trabajadores solteros sin cargas de familia, el piso salarial para comenzar a tributar será de $3.000.046 de ingreso bruto mensual, lo que equivale a un salario neto de $2.490.038.

En el caso de los trabajadores que declaren deducciones por cónyuge, el mínimo para tributar será un salario bruto de $3.487.190, con un ingreso neto de $2.894.368.

Si un trabajador deduce a su cónyuge y un hijo menor de 18 años, el monto bruto mínimo será de $3.732.860, dejando un ingreso neto de $3.098.274.

Para quienes tienen dos hijos menores y cónyuge a cargo, el piso exento es de $3.952.152, brutos, equivalente a un salario neto de $3.302.179.

Tener en cuenta que para ser deducibles cargas de familia, no deberían haber obtenido ingresos superiores al mínimo no imponible vigente ($ 5.151.802,5 anuales).

¿Desde qué salario se paga Ganancias? Escenarios comunes 2026

De manera informativa, en esta tabla se pueden ver quienes tributarán el impuesto según las cargas de familia:

Situación FamiliarBrutoNeto
Soltero$ 2.482.796$ 2.060.721
Cónyuge deducible$ 3.487.191$ 2.894.368
Cónyuge y 1 Hijo deducibles$ 3.732.860$ 3.098.274
Cónyuge y 2 Hijos deducibles$ 3.952.152$ 3.302.179

Para calcular estos umbrales, se consideró:

  • Incluye el proporcional del aguinaldo 
  • Un 17% de aportes previsionales (jubilación, PAMI y obra social)
  • No se incluyeron aportes sindicales
  • Se tomó el tope de aportes vigente a enero 2026

Importante: Para que un familiar sea considerado “a cargo”, no debe haber obtenido ingresos superiores al mínimo no imponible anual $ 5.151.802,50.

Otras deducciones disponibles que pueden ayudarte

Además de las deducciones por cargas familiares, los contribuyentes pueden reducir su base imponible con:

  • 40% del alquiler de inmueble para casa habitación
  • Casas particulares
  • Intereses de crédito hipotecario
  • Primas de seguro para casos de muerte
  • Primas de riesgo de muerte y primas de ahorro
  • Cuota médico asistencial
  • 40% del monto facturado en gastos médicos y paramédicos
  • Donaciones

Actualización semestral

Además, cabe recordar que las deducciones serán actualizadas por IPC en julio próximo. Esta actualización responde a los cambios introducidos en la reforma fiscal del año pasado.

Importante: Los valores aquí presentados son estimaciones a título informativo, basadas en proyecciones de inflación y ajustes legales previstos. Para un cálculo preciso y situación particular, consultar siempre a un contador público matriculado.

Tanto empleados como empleadores deben recordar que la ARCA está realizando controles sistémicos cruzados de manera permanente. La correcta liquidación y pago del impuesto evita recargos, multas costosas y dolores de cabeza administrativos y legales. La responsabilidad tributaria es indelegable.

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Publicado en: AFIP, Laboral Etiquetado como: Casos Prácticos, Ganancias

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Comentarios

  1. Sánchez Daniel dice

    19 febrero, 2026 a las 1:41 pm

    de cuanto es el tope de deducción de intereses de créditos hipotecarios en 2026.
    Donde está normado? En la Ley Bases? Que artículo sería?
    Gracias

    Responder
  2. Gabriela dice

    16 febrero, 2026 a las 11:32 am

    Hola Ignacio!
    En caso de los Directores de sociedades anónimas, que se le liquida recibo de sueldo, cual sería el valor máximo a liquidar para que no los alcance el impuesto?

    Responder
  3. SABRINA dice

    14 febrero, 2026 a las 10:00 pm

    HOLA Y MADRE SOLTERA CON 3 HIJOS CAMBIA ALGO? GASTOS DE EQUIPAMIENTO, LOS CELULARES QUE USO PARA EL TRABAJO LOS PUEDO DEDUCIR? PORQUE CAMBIE DOS EQUIPOS TRABAJO CON ELLOS, EL TRABAJO NO ME LOS PAGA..

    Responder
  4. Lucero dice

    9 febrero, 2026 a las 12:07 pm

    Hola Ignacio!
    En caso de los socios gerentes de sociedades como srl que se le liquida recibo de sueldo, cual sería el valor máximo a liquidar para que no los alcance el impuesto?

    Responder
    • Ignacio dice

      9 febrero, 2026 a las 12:15 pm

      y, ahí depende el caso en particular

      Responder
  5. Tomás dice

    6 febrero, 2026 a las 1:17 am

    Hola Ignacio! Te consulto, mencionas que siendo soltero con un Bruto de $3.000.046 no se pagaria ganancias o estariamos en el limite. Pero luego en el cuadro de abajo figura Bruto $2.482.796. Cual de los dos deberia tomar?

    Mil gracias!

    Responder
    • Ignacio dice

      7 febrero, 2026 a las 2:30 pm

      es el piso

      Responder
  6. Julieta Ghislieri dice

    5 febrero, 2026 a las 11:11 pm

    Ignación te falta la doceava parte :
    Deducción Especial Doceava parte del total
    de deducciones de la suma de los incisos
    a), b), y c) apartado 2

    Según las deducciones del contribuyente es decir en un soltero sumar MNI mas deducción especial y eso dividido 12 y se suma

    Responder
    • Ignacio dice

      5 febrero, 2026 a las 11:22 pm

      Hola Julieta, buenos días, la doceava parte está contemplada en el cálculo pra determinar los topes

      Responder
      • Julieta dice

        6 febrero, 2026 a las 8:44 am

        Perdon la inistencia, pero no entiendo el calculo y el mio coincide con errepar y varios colegas. Para el mes de enero el MNI es 429.316, la deduccion especial 2.060.721, eso te da 2.490.036 neto, pero a eso le falta sumar la deduccion que mencione en el comentario anterior que seria 2.490.036 /12, da 207.503, por lo cual el neto asciende a 2.697.540

        Y me parece que el cuadro resumen en soltero solo tiene la DE, le falta el MNI

        Responder
        • Ignacio dice

          7 febrero, 2026 a las 2:29 pm

          Hola Julieta, pasame el cálculo completo, bruto menos descuentos menos deducciones y vemos. Yo la indicendia del aguinaldo la estoy teniendo en cuenta.

          Responder
  7. Claudia dice

    5 febrero, 2026 a las 2:32 pm

    Hola, soy mama divorciada y tengo una hija mayor que no trabaja y solo estudia. Se puede deducir? si la respuesta es afirmativa, como lo hago? Gracias.

    Responder
    • Ignacio dice

      5 febrero, 2026 a las 3:54 pm

      18 o más, no, no es deducible, excepto que sea incapacitada para el trabajo

      Responder
  8. Fernando Pazo dice

    2 febrero, 2026 a las 11:00 am

    Ignacio, buenos días … el neto de los $3.000.045, contemplando un 17% de aportes no sería de unos $2..490.037 ?

    Abrazo !

    Responder
    • Ignacio dice

      5 febrero, 2026 a las 9:55 am

      Gracias Fernando! ya lo actualicé

      Responder

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