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El ministro Federico Sturzenegger confirmó que la reglamentación establecerá un nuevo modelo que partirá del costo laboral total y reorganizará por completo la estructura del recibo de sueldos.
La reforma laboral aprobada por la Ley 27.802 introduce uno cambio relevante en materia de documentación laboral y redefine la manera en que empleadores y trabajadores van a ver, entender y leer el recibo de sueldo.
Se trata de la modificación del artículo 140 de la Ley de Contrato de Trabajo. El nuevo texto incorpora un inciso j) que obliga a incluir en el recibo de sueldo las contribuciones patronales y otros conceptos a cargo del empleador.
Lo que parecía, en un principio, una simple ampliación de información terminó abriendo un debate mucho más grande, cómo debe presentarse esa información y qué estructura tendrá el recibo a partir de ahora.
Durante los primeros días posteriores a la reforma surgieron múltiples interpretaciones y comenzaron a proponerse modelos posibles, mientras que otros esperaban una reglamentación oficial que definiera un formato único.
En una nota reciente analicé algunos de esos modelos preliminares, que intentaban responder a la pregunta central: ¿cómo se incorporan las contribuciones patronales dentro del recibo sin alterar su lógica tradicional?
Reglamentación del recibo de sueldo
Pero la respuesta llegó directamente del ministro Federico Sturzenegger, quien confirmó públicamente que el Gobierno reglamentará el artículo 140 y que esa reglamentación establecerá un nuevo orden de cálculo.
Según explicó, el recibo ya no partirá de la remuneración bruta del trabajador, sino del costo laboral total, mostrando luego las contribuciones patronales, la remuneración bruta, los aportes del trabajador y finalmente el neto a cobrar. Se trata de un cambio conceptual profundo que transforma la forma en que se confecciona el recibo y, sobre todo, la manera en que se comunica el costo laboral en Argentina.
Qué dice exactamente el nuevo inciso j) del artículo 140 LCT:
j. Adicionalmente, se incluirán en el recibo, las contribuciones y/o conceptos abonados por el empleador por disposición legal o convencional, con la concreta determinación del importe, relativas a cada trabajador. La Autoridad de Aplicación podrá disponer la inclusión de otros conceptos y datos en el recibo de pago a los fines de transparentar la totalidad de los costos asociados a la relación de trabajo y facilitar la información al trabajador.
Esto implica que el recibo ya no mostrará únicamente la remuneración del trabajador y sus aportes, sino también las contribuciones a cargo del empleador, como por ejemplo: al SIPA, PAMI, asignaciones familiares, Fondo Nacional de Empleo, ART, seguros obligatorios y contribuciones convencionales, entre otros.
¿Qué adelantó Sturzenegger sobre la reglamentación?
En declaraciones públicas —como la difundida en redes sociales y replicada por distintos medios— el ministro explicó que el Gobierno está trabajando en la reglamentación del artículo 140 y que esta incluirá modelos oficiales de recibos.
Del costo total al neto
Pero lo más relevante es la explicación conceptual que dio sobre cómo deberá presentarse la información. Según Sturzenegger, el recibo dejará de construirse desde el “bruto” hacia el “neto”, como se hace hoy, y pasará a estructurarse de la siguiente manera:
- Costo laboral total
- Menos contribuciones patronales
- = Remuneración bruta
- Menos aportes del trabajador
- = Neto a cobrar
¿Qué NO está definido todavía?
Para evitar confusiones, todavía no existe aún un decreto reglamentario y no hay norma que establezca:
- formato
- estructura
- campos obligatorios
- modelos oficiales
Un cambio que modifica la forma en que entendíamos el recibo
El nuevo artículo 140 LCT no solo amplía la información que debe contener el recibo de sueldo: redefine su estructura. La Ley 27.802 obliga a incluir las contribuciones patronales y habilita al Ministerio a exigir nuevos datos.
Sturzenegger ya adelantó que habrá modelos oficiales y que el recibo deberá partir del costo laboral total, un cambio que impactará en la confección, en los sistemas de liquidación y en la forma en que los trabajadores interpretan su remuneración.
Hasta que se publique la reglamentación, no hay formato oficial, pero habrá que prepararse para una transformación en la emisión de recibos.



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