NUEVAS ESCALAS SALARIALES DESDE 2017 PARA TRABAJADORES DE SANIDAD CCT 103/75 DE HOSPITALES PARTICULARES.
La Federación de Asociaciones de Trabajadores de la Sanidad Argentina (FATSA), acordó con la Confederación Argentina de Mutualidades (CAM), un nuevo incremento salarial en el marco de las negociaciones paritarias 2017 para el CCT 103/75.
Comprende Al Personal Técnico, Administrativo Y De Maestranza De Los Hospitales particulares, De Beneficencia Y Mutualidades De La Ciudad De Buenos Aires (Hospitales Alemán, Británico, Centro Gallego, Español, Francés, Israelita, Italiano, San Martín, Sirio Libanés Y ALPI)
En el mencionado acuerdo, se determinó un incremento salarial con vigencia escalonada a partir de julio y octubre de 2017, previéndose una cláusula de ajuste.
Se aclara que la diferencia entre los salarios vigentes al 30/6/2017 y los convenidos en el Acuerdo salarial, así como los valores resultantes de la incidencia de las nuevas remuneraciones sobre los adicionales legales y convencionales, serán no remunerativos, con excepción de los aportes y contribuciones con destino al Sistema Nacional de Obras Sociales. A partir de julio de 2018, los incrementos tendrán carácter remunerativo a todos los efectos legales y convencionales.
Básicos Convencionales
Las partes acuerdan incrementar los salarios básicos de todas las categorías profesionales del CCT 103/75 en forma progresiva durante la vigencia del convenio, en tres tramos. Las nuevas escalas de salarios básicos tendrán vigencia a partir del 01/06/2017 la primera, la segunda a partir del 01/07/2017 y la última a partir del 01/10/2017, conforme se explicitan a continuación:
Día de la Sanidad signación de carácter excepcional No Remunerativa de pago único
Llas partes acuerdan que con motivo de la celebración del día del Trabajador de la Sanidad el 21 de septiembre, las instituciones abonarán durante el mes de septiembre y antes del día 20 de dicho mes una asignación no remunerativa de pago único y carácter excepcional, de $ 1.000 para todos los trabajadores encuadrados en el Convenio Colectivo de Trabajo 103/75, con independencia de la categoría y/o antigüedad que posean.
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