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Servicio Doméstico: cómo calcular el aguinaldo

24 junio, 2024 Por Ignacio 5 comentarios

Índice de Contenidos

  • ¿Cómo se calcula el aguinaldo?
  • ¿Cuándo se paga el aguinaldo al Servicio Doméstico?
    • Veamos algunos ejemplos
  • ¿Cómo calculamos el aguinaldo para el personal de Casas Particulares?
  • Casos prácticos
  • Cálculo del aguinaldo proporcional
    • Caso 1: trabajó sólo parte del semestre
    • Caso 2: trabajó menos de un mes
    • Pago proporcional en el caso de Extinción del contrato.
    • ¿Cómo se calcula el aguinaldo para el personal doméstico que trabaja por hora?
    • Newsletter
    • ¡Gracias!

¿Cómo se calcula y cuándo hay que pagar el aguinaldo de servicio doméstico? Fecha de pago, calculo del aguinaldo proporcional.

Las empleadas domésticas percibirán en junio el cobro del aguinaldo de la 1° cuota del Salario Anual Complementario (SAC), y en este artículo veremos como calcularlo y hasta cuando hay tiempo para pagarlo.

¿Cómo se calcula el aguinaldo?

El régimen para el personal de casas particulares sancionado mediante la Ley 26.844 dispone que:

El cálculo del Aguinaldo será el 50% de la mayor remuneración mensual devengada, por todo concepto, dentro de los semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año.

Por lo tanto, para calcular el monto del aguinaldo, se debe hacer una revisión de todos los sueldos cobrados en el último semestre, tomar el mayor y dividirlo por dos.

¿Cuándo se paga el aguinaldo al Servicio Doméstico?

Para el caso de los los empleados bajo el Régimen de Casas Particulares, la fecha de pago del Aguinaldo difiere un poco de la establecida para trabajadores bajo la ley de contrato de trabajo, que cobran el aguinaldo el 30 de junio y 18 de diciembre de cada año.

En el caso de servicio doméstico, la fecha de pago del aguinaldo es la última jornada laboral de cada semestre,  Junio y Diciembre. Por lo tanto, la fecha puede difiere según cada caso en particular.

Veamos algunos ejemplos

Si una empleada de servicio doméstico prestara servicio de lunes a viernes, la fecha de pago sería el 28 de junio.

Ahora, si trabaja 2 veces por semana, martes y jueves, el pago del Aguinaldo deberá realizar el jueves 2 de Junio.

¿Cómo calculamos el aguinaldo para el personal de Casas Particulares?

Como vimos más arriba, el artículo 26 de la ley 26.844 establece que:

«El sueldo anual complementario consiste en el cincuenta por ciento (50%) de la mayor remuneración mensual devengada, por todo concepto, dentro de los semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año.»

Entonces, la base de cálculo para el SAC será la mejor remuneración devengada en un semestre en forma mensual, teniendo en cuenta todos los conceptos, es decir tanto en dinero como en especie.

Como por ejemplo:

  • Salario básico.
  • Horas extras.
  • Adicionales (Zona, Antigüedad, etc)
  • Remuneración en especie (por ejemplo, prestaciones por habitación).
  • Gratificaciones o adicionales.

Esto significa que los conceptos a tener en cuenta para la determinación de la base de cálculo del aguinaldo es amplia.

Sin embargo, hay algunos conceptos que no integran la base de cálculo, como Asignaciones familiares, sumas no remunerativas. 

Casos prácticos

Para este primer ejemplo, tomaremos el caso de una empleada que prestó servicios el semestre completo.

Los salarios devengados en el semestre son los siguientes:

MesSueldo
Enero $173.758,00
Febrero $208.510,00
Marzo $239.789,00
Abril $266.163,50
Mayo $284.794,50
Junio $284.794,50

Como se puede apreciar, la mejor remuneración devengada es la de Junio, por lo tanto el aguinaldo será el 50% de esa remuneración, veamos:

 $284.794,50 x 50% =  $ 142.397,25

Donde $ 142.397,25 es el aguinaldo del mes de junio.

Cálculo del aguinaldo proporcional

Cuando la trabajadora no preste servicios el semestre completo, se deberá realizar la determinación del Aguinaldo, teniendo en cuenta aquellos períodos del semestre que devengaron remuneración, por ejemplo:

  • Días trabajados
  • Licencia por vacaciones,
  • Licencias por enfermedad 
  • Otras licencias legales pagas.

En cambio, cuando la prestación de tareas sufrió suspensiones no merecedoras de remuneración, como por ejemplo:  

  • Licencia por maternidad
  • Licencias sin goce de sueldo
  • Ausencias sin justificación

Estos períodos no se computarán como trabajados para el cálculo del aguinaldo y el mismo se deberá calcular de manera proporcional al tiempo efectivamente trabajado.

Se pueden dar dos casos, que preste servicios por tiempo mayor a un mes o por un tiempo menor a un mes. 

Veamos ambos casos:

Caso 1: trabajó sólo parte del semestre

Para este caso, se trata de una empleada que comenzó a trabajar en octubre, por lo que no trabajó todo el semestre.

Los salarios devengados son los siguientes:

En este caso, debemos proporcionar el aguinaldo al tiempo trabajado en el semestre:

MesSueldo
Enero–
Febrero–
Marzo–
Abril $266.163,50
Mayo $284.794,50
Junio $284.794,50

284.794,50 x 50% x 91/182 = $ 71.198,63

Donde 71.198,63 sería el aguinaldo por semestre completo, pero como sólo trabajó 3, se debe proporcionar a los días trabajados. Dónde 91 son los días trabajados en el semestre, 182 los días del semestre.

El mismo cálculo deberíamos hacer si la empleada, por ejemplo, estuvo de licencia por maternidad o licencia sin goce de sueldo.

Caso 2: trabajó menos de un mes

Para el segundo caso, se trata de una empleada que prestó servicios menos de un mes en el semestre. Supongamos el caso de una empleada que trabajó solo 15 días de diciembre:

MesSueldo
Enero–
Febrero–
Marzo–
Abril–
Mayo–
Junio $284.794,50

En este caso, el el cálculo es más simple, se divide por 12 el total pagado en el mes:

284.794,50 / 12 = $23.732,875

Donde 23.732,875  es el total del aguinaldo a pagar por esa fracción de mes trabajado.

Pago proporcional en el caso de Extinción del contrato.

También se debe proporcional el pago del Aguinaldo, en el caso de extinción del contrato de trabajo por cualquier causa, ya sea despido o renuncia.

En estos casos, la empleada tendrá derecho a percibir la parte proporcional del mismo devengada en el respectivo semestre. Es decir, que se hará una liquidación final, con el sueldo devengado en el mes, las vacaciones no gozadas, y el aguinaldo proporcional.

¿Cómo se calcula el aguinaldo para el personal doméstico que trabaja por hora?

Para el caso de una empleada doméstica que trabaja y cobra por hora, el cálculo se lleva a cabo de la misma forma que para quienes trabajan mensualmente. No hay diferencia en la metodología para el cálculo.

Entonces:

Se suman las horas trabajadas en cada mes, y el que resulte el de mayor remuneración se divide por dos para determinar el aguinaldo del semestre.

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Publicado en: Servicio Doméstico Etiquetado como: Aguinaldo, Aguinaldo - SAC

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Comentarios

  1. -
  2. Paula alonso dice

    3 noviembre, 2024 a las 6:37 am

    Quiero trabajar con cama tengo 55 años

    Responder
  3. Macarena dice

    26 junio, 2024 a las 12:00 pm

    Buenos días. Hay novedades con la escala de Junio 2024 por hora y mes?

    Responder
  4. Edgadro LOSTIA dice

    26 junio, 2024 a las 8:42 am

    La antiguedad, se tiene en cuenta para el cálculo del SAC?

    Responder
    • Nicolas dice

      11 diciembre, 2024 a las 11:44 am

      quería preguntar justo eso… yo entiendo que sí porque son todas las sumas remunerativas. El tema es si en diciembre se paga antigüedad sobre el aguinaldo también…..esa es mi otra pregunta… es decir, la antig*uedad está en la base de calculo y la aumentaría pero luego además hay que pagar antiguedad sobre el SAC también?

      Responder
      • SANDRA dice

        16 diciembre, 2024 a las 4:23 pm

        hola Nicolas tengo la misma pregunta.

        Habras tenido alguna respuesta ??

        Responder

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