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Servicio Doméstico: Licencia por Maternidad y el pago de Aportes y Contribuciones

5 septiembre, 2018 Por Ignacio 57 comentarios

Durante el periodo de licencia por maternidad, en el caso de Trabajadoras de Casas Particulares (Servicio Doméstico), ¿se deben pagar los Aportes y Contribuciones con el F 102 RT?

Durante el periodo de licencia por maternidad, en el caso de Trabajadoras de Casas Particulares (Servicio Doméstico), ¿se deben pagar los Aportes y Contribuciones con el F 102 RT?

Si el trámite de licencia por maternidad fue efectuado correctamente ante ANSES, el empleador/a, no paga sueldos ni Aportes y Contribuciones (F 102 RT) durante el período de la misma.

Durante la licencia por maternidad, no se devengan ni pagan haberes, por lo tanto tampoco se devengan aportes ni contribuciones.

Es la ANSeS quien paga, no un salario, sino una Asignación por Maternidad.

La empleada deberá comunicarte el embarazo con presentación de certificado médico en el que conste la fecha presunta del parto.

Durante la licencia conservará el empleo y el no debe seguir abonando sueldos ni aportes y contribuciones en ese período, la empleada gozará de la asignación por maternidad que le otorgará ANSES.

La ANSES pagará un asignación por embarazo durante el período de licencia.

Para tramitar la asignación, la trabajadora debe presentarse en las oficinas de ANSES, previo a sacar un turno a través del sitio.

¿Qué sucede con la deuda que figura en AFIP?

Con respecto a la deuda que le figura en el servicio “Personal de Casas Particulares” en la web de AFIP, el fisco informó que está en etapa de definición, una solución respecto a este tema.

La solución a este problema no solo depende de AFIP, sino  que también interviene la ANSES para la modificación del servicio, ni bien se defina y se implemente un procedimiento consensuado entre los 2 organismos, se tomará en cuenta un barrido histórico para solucionar este tipo de inconvenientes.

¿Hay que hacer el recibo de sueldos?

Si, debe dar cero a pagar e indicar que la situación de la licencia por maternidad y el pago de la misma por la ANSeS.

¿Hay que presentar Multinota en AFIP?

Si, hasta que AFIP no establezca un procedimiento más automático, es conveniente presentar una Multinota en la Agencia explicando la situación y solicitando que no figure la deuda por esos períodos.

Mas sobre Servicio Doméstico y Licencia por maternidad aquí

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Publicado en: Servicio Doméstico Etiquetado como: Aportes y Contribuciones, F 102 RT, Personal Casas Particulares

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Comentarios

  1. -
  2. Noelia dice

    6 enero, 2020 a las 3:33 pm

    Hola, buenos días.
    Quisiera saber si sigue sin poder reflejarse en el portal de Casas Particulares el período de Licencia por Maternidad. Corresponde presentar Multinota notificando dicha situación?

    Responder
  3. joaquin dice

    6 enero, 2020 a las 1:03 pm

    Estimado Ignacio, tengo una empleada domestica que entro en licencia a mitad de diciembre. Le dijeron desde anses y de la obra social. que el empleador debe seguir pagando siempre los aportes. Por lo que leo, eso no es asi. Que te parece que tengo q hacer?

    gracias

    Responder
  4. Jorge dice

    5 diciembre, 2019 a las 7:22 pm

    Hola Ignacio, mi empleada estuvo de licencia por maternidad en 2015. Hizo los tramites en Anses y cobro la asignación. Yo no pagué sueldo durante esos meses. Pero en AFIP tengo la deuda todavía de ese periodo por aportes y contribuciones. Debo pagarlo? Mil gracias por tu respuesta. Jirge

    Responder
  5. Yesica dice

    29 noviembre, 2019 a las 5:23 pm

    Hola soy empleada domestica salgo de licencia el 16 de diciembre puedo cobrar aguinaldo ??? Me corresponde ???

    Responder
    • Ignacio dice

      1 diciembre, 2019 a las 11:19 pm

      en ese caso corresponde proporcional hasta el 15/12

      Responder
      • Silvana dice

        20 diciembre, 2019 a las 2:38 pm

        Tambien se le debe abonar el proporcional de vacaciones hasta la fecha de licencia?

        Responder
  6. Soledad dice

    19 septiembre, 2019 a las 5:31 pm

    Hola. ¿Si una empleada doméstica debe estar en reposo durante su embarazo por tratarse de un embarazo de riesgo, debo pagarle todos los meses sin que trabaje? ¿Anses pagara solo su licencia de 90 días llegada la fecha de la licencia? El trámite ya está hecho pero no se si tengo que pagarle yo el resto de los meses sin que trabaje

    Responder
  7. Micaela dice

    19 septiembre, 2019 a las 8:12 am

    Hola! Una consulta. Mi empleada tiene fecha de parto para diciembre pero hace una semana que no está viniendo porque tiene un embarazo de riesgo. Quería saber si tengo que abonar estos meses que quedan hasta la licencia x maternidad o lo cubre ART o ANSES. Y si tengo que tener en cuenta alguna otra cuestión.
    Gracias

    Responder
    • Ignacio dice

      19 septiembre, 2019 a las 9:51 am

      Hola Micaela, hasta el comienzo de la licencia, es una licencia enfermedad inculpable, por lo tanto está a cargo del empleador

      Responder
  8. Corina dice

    10 septiembre, 2019 a las 10:46 am

    Buenos días Ignacio, quería consultarte ya que tengo el caso de una empleada doméstica que estuvo de Licencia y Anses no le abonó la misma ya que dicen que los aportes y contribuciones deben ser abonados durante esos meses por el empleador y como no los abonó no se la pagan la licencia. Esto es correcto? ya que como aclaras vos acá no corresponde abonarlos.

    Responder
    • Emilia dice

      23 septiembre, 2019 a las 9:39 am

      Hola Corina! Como lo resolvieron? tengo el mismo caso! Ella está por terminar su licencia y no cobró nada de Anses y a mi me figura la deuda en Afip. Le dijeron que debo pagar para que ella cobre. No entiendo nada.

      Responder
  9. Paola dice

    25 agosto, 2019 a las 9:59 pm

    Ignacio la consulta que tengo es que la empleada comienzo su licencia el 21/8, yo debería abonarle los 20 dias de agosto…los aportes y contribuciones van por el total no?, o se pueden proporcionar?…..Otra consulta es como hacer el recibo en cero desde afip y que no quede la deuda?

    Responder
  10. Paola Malmoria dice

    25 agosto, 2019 a las 9:58 pm

    Ignacio la consulta que tengo es que la empleada comienzo su licencia el 21/8, yo debería abonarle los 20 dias de agosto…los aportes y contribuciones van por el total no?, o se pueden proporcionar?…..Otra consulta es como hacer el recibo en cero desde afip y que no quede la deuda?

    Responder
    • Ignacio dice

      26 agosto, 2019 a las 1:02 pm

      Hola Paola
      Los aportes van según las horas trabajadas

      Responder
  11. Carolina dice

    23 agosto, 2019 a las 2:09 pm

    Ignacio buenas tardes, presentando la multinota en AFIP explicando la situación y solicitando que no figure la deuda por esos períodos,.el empleador queda cubierto por la deuda? alguien encontró una solución a la generación del recibo de sueldo en CERO desde Afip?

    gracias!!

    Responder
    • Carolina dice

      23 agosto, 2019 a las 2:10 pm

      con respecto al pago de ART que no se hace en ese periodo, cómo se maneja?

      Responder
  12. sebastian dice

    12 julio, 2019 a las 12:01 pm

    Hola Ignacio, perdon las molestias pero donde se encuentra establecido que el empleador no debe pagar aportes ni art de la empleada mientras usufructa la lic. x maternidad. Gracias

    Responder
    • Ignacio dice

      12 julio, 2019 a las 6:55 pm

      Es una asignación por maternidad es una asignación familiar, no es salario, por lo tanto no hay aportes ni contribuciones

      Responder
  13. Sonia dice

    10 julio, 2019 a las 4:31 pm

    Hola , yo entré el 7 de junio de licencia por maternidad , el tema que tengo turno con la obstetra mañana 11 de julio y no tengo ni el recibo de sueldo ni el cupón de pago de aportes para la obra social que me piden como requisitos para ser atendida en la clinica ya que mi empleador medio el ultimo recibo de sueldo y aportes del mes de 03/06/2019 .Como hago para tener un comprobante de pago y aportes y que me puedan atender el medico

    Responder
  14. Lisandro dice

    10 julio, 2019 a las 11:51 am

    Buen día estimado… mi empleada doméstica tiene fecha probable de parto 7/9/2019 y eligió una licencia desde el 7/8/2019 hasta el 7/11/2019… mi pregunta es si debo abonar el proporcional de los días entre el 1 y el 7 de julio??? y los aportes de Julio se pagan completos ó proporcionales por los 7 días, ó no se pagan??? Muchas gracias!!!

    Responder
    • VANESA dice

      1 septiembre, 2019 a las 6:27 pm

      Lo resolviste? mi empleada empieza la licencia el 23/9 y desde consultas web de afip me dicen que no puedo pagar aportes proporcionales… tengo que pagar todo septiembre y todo diciembre, es decir que si contrato reemplazo, tengo que pagar DOBLE….

      Responder
  15. Susana dice

    8 julio, 2019 a las 7:23 pm

    Que pasa con los salarios abonados por el empleador durante la licencia por maternidad, si la asignación por maternidad que paga el andes se efectiviza sólo después de que culmina la licencia?

    Responder
    • Ignacio dice

      8 julio, 2019 a las 9:57 pm

      no entendí la pregunta Susana

      Responder
  16. Susana dice

    8 julio, 2019 a las 7:19 pm

    Hola. Como se entera el empleador que la asignación por maternidad se hizo efectiva?

    Responder
    • Ignacio dice

      8 julio, 2019 a las 9:58 pm

      El empleador no tiene forma, es la empleada quien percibe la asignación

      Responder
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