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Ya se pueden detraer los $10.000 y pagar solo el SIPA por el decreto 14/20

28 febrero, 2020 Por Ignacio 403 comentarios

Índice de Contenidos

  • Cómo se realiza la detracción de los $10.000
    • A partir de cuándo se aplica este beneficio
    • Cómo se calculará la detracción de los $10.000
    • Rectificativas 
    • Eximisión del SIPA sobre los 3000/4000 pesos
  • Cómo informar los $4000 del decreto 14/2020
    • Rectificativa
    • Newsletter
    • ¡Gracias!

La AFIP publicó la versión 42 de Declaración en Linea y ya se pueden aplicar los beneficios.

La AFIP actuliazó declaración en línea a la versión 42, que incorpora dos novedades, la detracción de los 10.000 pesos previstos en la ley 27541 y la eximisión del pago del SIPA sobre el decreto 14/2020.

Recordemos que el artículo 23 de la Ley 27.541 (de Solidaridad Social y Reactivación Productiva) estableció la posibilidad de una detracción especial de $10.000 mensuales para los empleadores que tengan una nómina de hasta 25 empleados.

Si bien la norma resultaba de aplicación desde el devengado de diciembre 2019, AFIP no había actualizado el aplicativo a tiempo, y recién fue actualizado ahora, por lo tanto habrá que rectificar diciembre y enero.

Cómo se realiza la detracción de los $10.000

El aplicativo resta automáticamente los $10.000 de la base de las contribuciones.
Pueden verificar con los $1800 de menos a pagar en el saldo total.

A partir de cuándo se aplica este beneficio

Recordemos que el beneficio se aplica a partir del período diciembre 2019 que se presenta en el mes de enero 2020.

Cómo se calculará la detracción de los $10.000

  • Se calculan las contribuciones sobre los $10.000
  • Empleadores con hasta 25 empleados en nómina.
  • El resultado se descuenta sobre el total de las contribuciones del período

El cálculo no generará saldo a favor.

Rectificativas 

Las declaraciones juradas correspondientes a los meses de diciembre 2019 y enero 2020 podrán ser rectificadas por nómina completa y a efectos de aplicar la detracción, hasta el 31 de marzo de 2020 inclusive, no siendo de aplicación en estos casos las disposiciones de la Resolución General 3093 (presentación de multinota).

Eximisión del SIPA sobre los 3000/4000 pesos

Mediante el decreto 14/2020, el Poder Ejecutivo estableció un “incremento solidario” para los trabajadores en relación dependencia de $3000 en enero y de $4.000 a partir de febrero.

Ahora, si bien sobre dichos montos, se deben realizar todos los aportes por parte del empleado, en caso de las contribuciones del empleador, se exime, por los meses de enero, febrero y marzo (o hasta cuando la paritaria los absorba), del pago del SIPA.

Cabe recordar, que dicho beneficio, sólo será para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas que cuenten con Certificado MiPyME vigente e igual exención gozarán las entidades civiles sin fines de lucro.

Cómo informar los $4000 del decreto 14/2020

La suma del “incremento solidario” se informa dentro de Datos complementarios:

En estos casilleros se cargan los $3000 y $4000

Desde febrero, el incremento solidario es de $4000 y se informa como se ve en la casilla que dice “Incremento salarial.” En enero fueron $3.000 y habrá que rectificar dicho mes.

La suma informada dentro de los Datos complementarios, se ve luego reflejada en la Remuneración 11:

Rectificativa

La rectificativa que hay que presentar en este caso es la de enero 2020, que es cuando entró en vigencia el decreto con el pago de $3.000

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Publicado en: AFIP Etiquetado como: Declaración en línea

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Comentarios

  1. -
  2. Nelly dice

    9 marzo, 2020 a las 4:20 pm

    como se descuentan los saldos a favor de las rectificativas de 12/2019 y enero 2020?

    Responder
  3. JESICA TORRES dice

    9 marzo, 2020 a las 3:55 pm

    Buenas tardes chicos!! tanto buscar porque no me aparecía el monto de 3000 en incremento solidario, encontre que la empresa esta encuadrada en el inc b, art 19, ley 27541, es decir, que paga cargas sociales por el 18% y es por eso que no calcula ningún saldo a favor. Verifiquen y cuentenme si es algo similar, sino ya no se!!

    Responder
    • Natalia dice

      13 marzo, 2020 a las 11:41 am

      Buenos dias, lo verifique y tengo clientes que están encuadrados en el inc b, art 19, ley 27541 a los que pude realizarles bien la rec de enero por los $3000 y hay otros con los que tengo inconvenientes aun. Saludos

      Responder
  4. Adriana F. dice

    9 marzo, 2020 a las 1:34 pm

    Ignacio: Aprovecho la oportunidad para agradecerte. Las cosas serían aún más difíciles si no tuviéramos la orientación de tu página y tu ayuda. Sos una bendición para los que liquidamos sueldos y cargas sociales.

    Responder
  5. Adriana F. dice

    9 marzo, 2020 a las 1:04 pm

    Les comento mi experiencia:
    Declaración en línea:
    Clientes con Certificado Pyme: Se carga el incremento solidario en Datos Complementarios y aparecen en la Remuneración 11, y las remuneraciones 2 y 3 aparecen iguales entre sí y restando el incremento solidario.
    Clientes sin certificado Pypme: por más que se cargue el Incremento Solidario, no figura en la Remuneración 11, y el Sistema no hace el descuento.
    Permite cargar en Incremento Solidario hasta $ 8000. En los casos de vacaciones, yo personalmente, lo resté del concepto Vacacionesy lo incluí en Incrmento Solidario,
    La detracción de los $ 10000, como ya señalara Ignacio, la hace el sistema sin necesidad de cargar nada
    adicional.
    En un caso me tiraba un error que la Remuneración 2 debía ser la suma de Sueldo + Adicionales + etc.; no había ningún error sin embargo, La única forma de solucionarlo fue abandonar el Chrome y hacerlo con Internet Explorer.

    Responder
  6. Gabriela dice

    9 marzo, 2020 a las 9:52 am

    Ignacio buenos días en el caso del decreto 14/20 la condición es tener certificado pyme únicamente o también hay que tener menos de 25 empleados? Muchas gracias

    Responder
    • Ignacio dice

      9 marzo, 2020 a las 1:16 pm

      Hasta 25 Empleados

      Responder
      • Gabriela dice

        10 marzo, 2020 a las 10:00 am

        La eximisión de SIPA sobre los $4000 es únicamente para quienes tengan certificado PYME y menos de 25 empleados? Porque a mi me lo descuenta de la base y tenemos una nómina mayor (tenemos el certificado), debería modificarlo y pagar por esos $4000?
        Muchas gracias!

        Responder
  7. juan dice

    9 marzo, 2020 a las 9:20 am

    saben si dieron prorroga en la presentación del f931 de febrero 2020

    Responder
  8. diego dice

    9 marzo, 2020 a las 1:12 am

    hola alguien ,me podria decir si el formato del archivo txt para importar en declaracion en linea se modifico?
    Porque al importar como lo venia haciendo meses atras, me dice que hay error en la longitud del registro para todos los cuiles…

    Por favor alguien me podria ayudar?

    Responder
  9. Nieves dice

    9 marzo, 2020 a las 12:08 am

    Hola! consulta, porque no se debe incluir el incremento de $3000/$4000 en la rem 3, si la rem 2 es sobre la que se calcula las contribuciones al sipa? y ademas también sobre la rem 2 se calcula contribucion a INSSJP.
    Estamos seguros que la rem 2 y 3 deben ser iguales?

    Responder
  10. DIEGUITO dice

    8 marzo, 2020 a las 4:00 pm

    En DICIEMBRE 2019 se declaro DETRACCION $ 12.000 por empleado, pero el nuevo importe correspondiente es 17.509,20 (TEXTIL). ¿Se puede incluir en la rectificativa esa modificación del importe a detraer y poner los $ 17509,2? Ademas de la modificación automática de los $ 10.000 y la exención de contribuciones al SIPA del incremento solidario.

    Responder
  11. Karina La Torre dice

    7 marzo, 2020 a las 6:24 pm

    Hola, quisiera consultarte dónde veo la detracción en la Declaración en Línea, ya que no veo que lo reste en el cálculo. Gracias

    Responder
  12. Matias dice

    7 marzo, 2020 a las 10:37 am

    Consulta, las empresas sin fines de lucro que no contribuyen por el concepto incremento solidario, al reducir la remuneración 2 y 3, también le genera una reducción en las contribuciones de tareas diferenciales? Por de la original a la rectificativa se me redujo la contribución de sipa y la de tareas diferenciales. Muchas gracias por sus respuestas

    Responder
  13. Leonardo dice

    6 marzo, 2020 a las 6:09 pm

    tengo un caso de sueldo de mas de 160.000.
    Declaración en linea aplica el tope en aportes de 159.028,80 + 4000 del incremento solidario??
    toma como base de aportes 163.028,80. Esto sabes si es así.?? el decreto no dice nada al respecto
    saludos

    Responder
  14. noelia dice

    6 marzo, 2020 a las 5:25 pm

    Modifique el .txt. manualmente y cuando lo subo todos los empleados quedan en rojo. Hay un (*) en cada empleado y al ingresar a los datos de cada uno, se actualiza y en la rem total se adicionan los $4000.
    como lo solucionaron?

    Responder
  15. Anita dice

    6 marzo, 2020 a las 5:04 pm

    Contribuyente con certificado MIPYME (vigencia Mayo 2019 a Abril 2020), 12 empleados. En Declaración en linea 02/2020 cargo $ 4000 en Incremento Salarial (Datos complementarios) pero no se reflejan en la Remuneración 11 ni son descontados en Rem 2 y Rem 3.
    En cambio, un empleador con certificado MIPYME obtenido durante el mes de Enero 2020, 1 empleado, no tuve inconvenientes.
    Alguien sabe cómo resolver este inconveniente??

    Responder
  16. NOEMI dice

    6 marzo, 2020 a las 3:09 pm

    Gente , Ignacio , no soy MyPime (32 empleados) y tampoco me deja hacer el 931 , no aplica en Remun 11 los $ 4000 que detallo en datos complementarios . Alguien le pasó esto. ?? Gracias.

    Responder
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