• Saltar al contenido principal
  • Skip to secondary menu
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Inicio
  • Blog
  • Suscripción
  • Contacto
  • Capacitación
  • Calculadoras
    • Calculadora Sanidad CCT 108/75
    • Calculadora de Sueldos UOCRA
    • Sueldos Empleados de Comercio
    • Sueldos Comercio Rama Turismo CCT 548/07
    • Calculadora Empleados de Comercio Rama Centros de Contacto CCT 781/22
    • Calculadora de Sueldos UTEDYC CCT 804/23 (ex 736/16)
    • Calculadora de Retenciones RG 830 “Profesiones liberales, oficios”
    • Calculadora de Sueldos SAEOEP CCT 88/90
    • Calculadora de Sueldos UATRE
    • Servicio Doméstico
    • Liquidación Final
    • Vacaciones
    • Calculadora de Plus Vacacional
    • Embargo de Sueldos
  • Aplicaciones
  • Vencimientos

Ignacio online

Es una web de información destinada a Contadores y Profesionales en Ciencias Económicas y Empleados de Comercio

Aconpy
  • Empleados de Comercio
    • Escalas Comercio 2022
    • Escala Salarial Empleados de Comercio 2020
    • Calculadora Empleados de Comercio
    • Ejemplos de Liquidaciones de Sueldo
    • Categorías Comercio
    • Régimen de Licencias y Permisos Especiales
    • Vacaciones de Empleados de Comercio
  • Asignaciones
    • Asignaciones Familiares Montos vigentes
  • Libro de sueldos Digital
  • Servicio Doméstico
    • Calculadora de sueldos Servicio Doméstico
    • Escala Salarial Servicio Doméstico
    • Aportes, contribuciones y ART
    • Formulario 102/RT
  • Monotributo
    • Monotributo Categorías 2023
  • Planillas

Vacaciones y licencia por enfermedad inculpable

12 enero, 2013 Por Ignacio 97 comentarios

La interrupción de las Vacaciones por enfermedad inculpable. En caso de que el trabajador notifique una enfermedad inculpable durante el transcurso del período de vacaciones, se suspende inmediatamente el plazo de descanso anual.

La licencia por vacaciones es el descanso anual remunerado y obligatorio que fija la ley de contrato de trabajo (LCT ) 20.744. La misma tiene como objetivo  proteger al trabajador  y lograr la recuperación psicofísica del mismo vinculada con la fatiga que origina el trabajo.

Si bien dicho período de descanso fijado por la ley es en días corridos, en aquellos casos en que el trabajador se encuentre gozando de su licencia anual por vacaciones y padeciera una enfermedad inculpable, estas se interrumpirán, hasta tanto el trabajador se encuentre en condiciones de salud para realizar sus tareas habituales.

Licencia por vacaciones y licencia por enfermedad

Recién una vez que el trabajador obtenga el alta médica, la licencia por vacaciones se reanudarán hasta completar el tiempo restante.

La interrupción de la licencia vacacional se funda en el hecho de que la aparición de la enfermedad inculpable frustra la finalidad reparadora de las vacaciones, no pudiendo el trabajador “lograr la recuperación psicofísica del mismo vinculada con la fatiga que origina el trabajo.”

La Jurisprudencia ha sostenido al respecto que “la existencia de una enfermedad inculpable no obsta al derecho a vacaciones, en las mismas condiciones que el trabajo efectivo, debiendo postergarse el cumplimiento de la misma hasta tanto el trabajador se encuentre sano” (CNAT sala III 12/08/099 Sotelo Juan c/Limpiolux SA J.A 2000-II- 173).

Por lo tanto, en estos casos las vacaciones se interrumpen automáticamente al momento de aparecer la primera manifestación de la enfermedad inculpable.

¿Cuándo no se suspenden las vacaciones?

Ahora bien, para que se produzca la interrupción de las vacaciones, tiene que tratarse de una enfermedad que genere derecho al goce de una licencia por enfermedad inculpable, es decir que le hubiera impedido continuar prestando servicios en caso de haber estado trabajando.Así es que, no todas las enfermedades generan derecho a licencia por enfermedad, sólo aquellas que afectan el normal desenvolvimiento en las tareas laborales son las que justifican la suspensión de tareas. En caso contrario, no se interrumpirían las vacaciones.

Notificación

Para formalizar esta situación, el trabajador deberá notificar al empleador de su enfermedad indicando además el lugar en el que se encuentra a fin de que éste pueda, en caso de considerarlo necesario, ejercer sus facultades de control y constatar la enfermedad. Una vez obtenida el alta, el trabajador podrá reanudar sus vacaciones pendientes.

Sólo en el caso, que habiendo razones justificadas de carácter funcional en la empresa, el empleador podría eventualmente convocar al trabajador para que se reintegre a su puesto de trabajo una vez obtenida el alta médica.

En este caso, el plazo restante de la licencia se gozará en fecha posterior a convenir entre las partes.

Más sobre vacaciones

Calculadora de días de vacaciones online

¿Cuántos días de vacaciones me corresponden?

Lo que hay que saber antes de otorgar y liquidar la licencia anual por vacaciones.

Me gusta esto:

Me gusta Cargando...

Relacionado

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Publicado en: Laboral, Vacaciones Etiquetado como: Enfermedad Inculpable, Licencias, Licencias Laborales

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. Julia dice

    29 diciembre, 2017 a las 7:37 pm

    la licencia de vacaciones se interrumpe por paternidad ?

    Responder
  3. Julia dice

    29 diciembre, 2017 a las 7:34 pm

    hola consulata,la licencia de vacaciones se interrumpe por paternidad?

    Responder
  4. Anónimo dice

    31 enero, 2017 a las 1:48 am

    El jueves sali de vacaciones y el viernes me hicieron una cirugía en una muela, ya pasaron 4 dias y yo sigo peor con una infección. Que debo hacer?? Gracias

    Responder
  5. Anónimo dice

    31 enero, 2017 a las 1:48 am

    El jueves sali de vacaciones y el viernes me hicieron una cirugía en una muela, ya pasaron 4 dias y yo sigo peor con una infección. Que debo hacer?? Gracias

    Responder
  6. Anónimo dice

    31 enero, 2017 a las 1:21 am

    El jueves sali de vacaciones y el viernes me hicieron una cirugía en una muela, ya pasaron 4 dias y yo sigo peor con una infección. Que debo hacer?? Gracias

    Responder
  7. Anónimo dice

    22 enero, 2017 a las 6:02 pm

    mi esposo esta con una enfermedad inculpable,tiene derecho a que le abonen las vacaciones?

    Responder
  8. Anónimo dice

    22 enero, 2017 a las 5:59 pm

    mi esposo esta con una enfermedad inculpable,tiene derecho a que le abonen las vacaciones?

    Responder
  9. Unknown dice

    18 enero, 2017 a las 12:56 am

    Hola me dieron las vacaciones para el día 16 de enero de 2017 y la art me cito para una resonancia magnética para el día 17 ,la pregunta es si se me cortan las vacaciones ya que también tengo que esperar el resultado del estudio

    Responder
  10. Marcelo Alejandro Alcaraz dice

    31 diciembre, 2016 a las 3:27 am

    Hola Ignacio yo tengo 2 años en negro y tres en blanco cuanto días de vacaciones me Corresponden?,me llamo Marcelo

    Responder
  11. Marcelo Alejandro Alcaraz dice

    30 diciembre, 2016 a las 6:53 pm

    Necesito saber cuantos días de vacaciones me corresponde con dos años en negro y tres en efectivo;necesito una respuesta ?,además me dieron la fecha ayer y salgo él 4de enero,son menos de 45 días las puedo rechazar también?q puedo hacer???

    Responder
  12. Marcelo Alejandro Alcaraz dice

    30 diciembre, 2016 a las 6:23 pm

    Yo trabajo hace 5 años en la empresa pero tengo los dos primeros años en negro ;cuantos días de vacaciones me corresponden??

    Responder
  13. Patasucia dice

    27 diciembre, 2016 a las 12:16 am

    Gracias por la información. Lo publicaste en 2013 y hoy, casi 2017 me sigue sirviendo. Muchas gracias otra vez

    Responder
  14. Anónimo dice

    17 diciembre, 2016 a las 2:31 pm

    vagos; TODOS VAGOS, LABUREN Y QUEJENSE MENOS

    Responder
  15. Esteban dice

    15 diciembre, 2016 a las 1:40 pm

    Buenos días, me sumo a las consultas anteriores. Se le deben liquidar vacaciones a un empleado que se encuentra con licencia por enfermedad inculpable (remunerada) y se espera que siga en esa condición por algunos periodos mas? o se liquidan una vez que el mismo obtenga el alta y retome sus actividades?

    Responder
  16. mariana irrazabal dice

    15 diciembre, 2016 a las 11:36 am

    Hola una consulta el año pasado no me tome las vacaciones porque tuve licencia por maternidad y a continuación estoy con licencia por hernia de disco me corresponden las dos vacaciones o no

    Responder
« Comentarios anteriores
Comentarios siguientes »

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

SOS Contador Soft Contable en la nube
Holistor Sueldos y Jornales listo para liquidar

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Etiquetas

Acuerdos Salariales (139) AFIP (1500) AGIP (173) Aguinaldo (80) Aguinaldo - SAC (111) ANSeS (524) Aplicativos (206) ARBA (352) Asignación Universal por Hijo (251) Autónomos (124) Bienes Personales (109) bono (94) Calendario de pago (262) Casos Prácticos (223) CNTA (94) Convenio Multilateral (89) coronovirus (89) Escala Salarial (193) Factura Electrónica (78) FAECYS (418) FATSA (78) Ganancias (421) Homologación Acuerdos (128) IGJ (129) Ingresos Brutos (133) IVA (120) Jubilados y Pensionados (199) Mis Facilidades (84) Monotributistas (174) Noticias (87) Paritarias (573) Paritarias 2013 (82) Personal Casas Particulares (193) Plan de Facilidades de pago (159) Recategorización (88) Recibo de Sueldos (211) Resoluciones (508) Sanidad (95) SEC (102) Servicio Doméstico (111) SICOSS (85) SIPA (88) UOCRA (133) UOM (222) UTEDYC (150)

Copyright © 2025 Ignacio online · Creada por Hormigas en la Nube

Derechos de autor © 2025 · Magazine Pro en Genesis Framework · WordPress · Acceder

Utilizamos cookies propios y de terceros para mejorar nuestros servicios y experiencia de usuario. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Aceptar Reject Leer Más
Privacidad & Política de Cookies

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary
Siempre activado
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
Non-necessary
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.
GUARDAR Y ACEPTAR
%d