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Vacaciones y licencia por enfermedad inculpable

12 enero, 2013 Por Ignacio 97 comentarios

La interrupción de las Vacaciones por enfermedad inculpable. En caso de que el trabajador notifique una enfermedad inculpable durante el transcurso del período de vacaciones, se suspende inmediatamente el plazo de descanso anual.

La licencia por vacaciones es el descanso anual remunerado y obligatorio que fija la ley de contrato de trabajo (LCT ) 20.744. La misma tiene como objetivo  proteger al trabajador  y lograr la recuperación psicofísica del mismo vinculada con la fatiga que origina el trabajo.

Si bien dicho período de descanso fijado por la ley es en días corridos, en aquellos casos en que el trabajador se encuentre gozando de su licencia anual por vacaciones y padeciera una enfermedad inculpable, estas se interrumpirán, hasta tanto el trabajador se encuentre en condiciones de salud para realizar sus tareas habituales.

Licencia por vacaciones y licencia por enfermedad

Recién una vez que el trabajador obtenga el alta médica, la licencia por vacaciones se reanudarán hasta completar el tiempo restante.

La interrupción de la licencia vacacional se funda en el hecho de que la aparición de la enfermedad inculpable frustra la finalidad reparadora de las vacaciones, no pudiendo el trabajador “lograr la recuperación psicofísica del mismo vinculada con la fatiga que origina el trabajo.”

La Jurisprudencia ha sostenido al respecto que “la existencia de una enfermedad inculpable no obsta al derecho a vacaciones, en las mismas condiciones que el trabajo efectivo, debiendo postergarse el cumplimiento de la misma hasta tanto el trabajador se encuentre sano” (CNAT sala III 12/08/099 Sotelo Juan c/Limpiolux SA J.A 2000-II- 173).

Por lo tanto, en estos casos las vacaciones se interrumpen automáticamente al momento de aparecer la primera manifestación de la enfermedad inculpable.

¿Cuándo no se suspenden las vacaciones?

Ahora bien, para que se produzca la interrupción de las vacaciones, tiene que tratarse de una enfermedad que genere derecho al goce de una licencia por enfermedad inculpable, es decir que le hubiera impedido continuar prestando servicios en caso de haber estado trabajando.Así es que, no todas las enfermedades generan derecho a licencia por enfermedad, sólo aquellas que afectan el normal desenvolvimiento en las tareas laborales son las que justifican la suspensión de tareas. En caso contrario, no se interrumpirían las vacaciones.

Notificación

Para formalizar esta situación, el trabajador deberá notificar al empleador de su enfermedad indicando además el lugar en el que se encuentra a fin de que éste pueda, en caso de considerarlo necesario, ejercer sus facultades de control y constatar la enfermedad. Una vez obtenida el alta, el trabajador podrá reanudar sus vacaciones pendientes.

Sólo en el caso, que habiendo razones justificadas de carácter funcional en la empresa, el empleador podría eventualmente convocar al trabajador para que se reintegre a su puesto de trabajo una vez obtenida el alta médica.

En este caso, el plazo restante de la licencia se gozará en fecha posterior a convenir entre las partes.

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Publicado en: Laboral, Vacaciones Etiquetado como: Enfermedad Inculpable, Licencias, Licencias Laborales

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. Juan dice

    5 abril, 2022 a las 8:48 pm

    Desde enero 2022 estoy con reposo por hernia inguinal recidivada con reposo hasta cirugía fecha 10 marzo2022
    Mis vacaciones comenzaban el 07 de febrero.tengo 21 días.
    Consulta ,las vacaciones se cortan hasta que me den el alta?. gracias

    Responder
  3. Analía dice

    23 febrero, 2022 a las 10:55 am

    Hola!!! Tuve un esguince en el tobillo y un mes de licencia el cual tuve que pedir el alta para volver porque mi jefe me jodia todo el tiempo para que vuelva. Y aun mi tobillo sigue con dolor fui al traumatólogo y me dijo que me tienen que operar y la recuperación tarda 2 meses. Y la verdad me da miedo perder el trabajo. Y encima vacaciones tampoco me dieron. Hace 8 años que trabajo 5 en negro y 3 en blanco. No sé que hacer!!!

    Responder
  4. Marcelo dice

    23 febrero, 2022 a las 2:48 am

    Hola! Me enfermé de covid en mis vacaciones , avise en ese momento y ahora que tengo el alta mi empleador me dice que no me corresponde tomarme los días que estuve enfermo Esto es ilegal? Saludos desde Bahía Blanca.

    Responder
  5. Pablo dice

    21 febrero, 2022 a las 2:43 pm

    Hola, en mi caso me enferme de COVID durante mis vacaciones y no me reconocieron los días, que se puede hacer?
    Gracias!

    Responder
  6. matias dice

    29 enero, 2022 a las 1:43 pm

    yo me enferme de covid me dieron una semana mas para cumplir mi siclo de vacasiones me pagan esos dias q me dieron de comprnsacion o los pierdo

    Responder
  7. gisela dice

    17 enero, 2022 a las 9:46 am

    Hola me gustaría saber que ley o reglamentación se encuentra lo de la interrupción de las vacaciones, cuando Tenes una licencia por enfermedad inculpable o covid.

    Responder
    • Ignacio dice

      17 enero, 2022 a las 2:43 pm

      Hola Gisela, es lo que se explica en la nota

      Responder
    • Sergio dice

      19 enero, 2022 a las 10:53 am

      Gisela así es, el Covid 19 imposibilita al trabajador de concurrir a trabajar tanto como de gozar del derecho al descanso (vacaciones).

      Responder
  8. maria eugenia diaz dice

    27 septiembre, 2021 a las 1:42 pm

    hola,estoy con art, por porblemas de mi voz.trabajo de docente y me he quedado disfónica. tengo nódulos.
    pero recién desde hace una semana
    el tema esque yotengo pasaje paraespañael18 de diciembe.y no lo puedo cambiar…….por que me sale casi igual de car…y perdería dicho pasaje
    alser sacado antes del accidente laboral…..hay alguna menera de noperder pasaje…

    Responder
  9. Diego dice

    31 agosto, 2021 a las 1:34 pm

    Si estuve con art, las vacaciones.las pierdo o me corresponde?

    Responder
  10. carlos dice

    13 noviembre, 2020 a las 5:06 pm

    que pasa si el certificado medico por estress se presenta y luego a los 2 meses se vuelve a presentar, como se computa el tiempo de la enfermedad, desde el primer certificado ??

    Responder
  11. marcos dice

    9 octubre, 2020 a las 1:36 pm

    por causa de la pandemia .la cuarentena obligatoria .estando de vacaciones y se interrumpe la.misma por causa de la cuarentena social y obligatoria. se puede reclamar los días que faltaban para gozar de forma completa de la licencia de vacaciones se considera como causa o no de interrupciones de vacaciones ? se puede hacer algún reclamo para recuperar los días cantantes?

    Responder
    • Ignacio dice

      10 octubre, 2020 a las 10:55 pm

      Si, en principio al final de la cuarentena

      Responder
    • Silvana dice

      15 enero, 2022 a las 12:44 am

      Hola empece mis vacaciones el 10/1 y tengo coviid se cortan las vacaciones? Y se retoma cuando tenga el alta? Desde ya muchas gracias

      Responder
  12. Santiago dice

    30 marzo, 2020 a las 12:16 am

    Buenas, mi cuñada trabaja en el area de salud (radiologa) y salía de vacaciones el 6 de Abril, pero actualmente goza de licencia por cuidado de su hijo hasta el 12 minimo. Seguramente su empleador va a buscar que empiece las mismas, en que ley se puede apoyar para que las arranque luego de que termine la licencia en curso.

    Responder
  13. Juan Jose dice

    18 marzo, 2020 a las 9:59 am

    Hola buen día
    Mi caso es el siguiente,estoy de vacaciones desde el día 10 de marzo del 2020 (14 días de vacaciones),y el dia 17 de marzo me comunican desde el trabajo que por estar dentro de la edad de riesgo ( 61 años ) por el coronavirus estoy hasta el 31 de marzo sin presentarme al trabajo.
    Mi pregunta es la siguiente. Si tengo que estar confinado en mi casa por el virus,mis vacaciones ya no son vacaciones?
    Se me cortan ? después los 7 días que faltan los tomare después que pase esto de la Pandemia ?
    o las pierdo?
    gracias

    Responder
    • Jessica dice

      23 marzo, 2020 a las 5:29 pm

      Tengo la misma duda, por que yo salgo de vacaciones el 6 de abril, si esto se posterga más días se corren mis vacaciones.?

      Responder
  14. anonimo gs dice

    27 febrero, 2020 a las 5:29 pm

    Buenas tardes!
    Perdón que moleste!
    Les consulto sobre un caso… acá les cuento… que pasa si el ultimo día hábil laboral me accidento en el trabajo, justo antes de que empiecen las vacaciones a la semana siguiente, pero no hicieron la denuncia de trabajo a la art. Cuando se cortan las vacaciones??? el día que se hizo la denuncia a la art…. ( por ejemplo martes de la semana siguiente cuando estaba de vacaciones) o el mismo día del accidente laboral, es decir el ultimo sábado que fue el ultimo día hábil laboral antes de empezar las vacaciones.
    Les consulto esto porque se que al tener un accidente laboral, se cortan las vacaciones pero nose bien desde cuando… si desde el día que se denuncio a la art o desde el día que sucedió el hecho, es decir el accidente. De ser así…. el lunes siguientes entonces ya no estaba de vacaciones y te cubre la art el no presentarte al trabajo hasta que ellos del el alta medico.
    Gracias!
    Saludos!

    Responder
  15. Camila dice

    17 noviembre, 2019 a las 6:59 am

    Hola y en mi caso ? Tuve licencia por enfermedad durante 6 meses de mi embarazo en ese lapso de tiempo tendría que haberme tomado vacaciones solo 2 semanas… Me corresponde , o por tanto tiempo de licencia lo perdi?

    Responder
  16. Jose dice

    9 septiembre, 2019 a las 6:47 pm

    En el caso de fallecimiento de un familiar (suegro/a) que esta reconocido en el convenio colectivo de trabajo de la actividad con 3 dias de licencia, opera la interrupción de las vacaciones?. A mi entender si estando trabajando se me reconocen 3 dias de licencia por duelo, estando de vacaciones corresponde que se interrumpan para poder gozar de la licencia vacacional de forma plena, pero queria consultarlos a ustedes

    Responder
    • Lelo dice

      16 diciembre, 2021 a las 11:57 pm

      Me operaron de urgencia días antes de mis vacaciones, mi empleador me dice por ley las vacaciones deberan ser trasladadas a otro mes por lo que por ley no puede terminar con la licencia y seguir con las vacaciones.tengo 20 años en la empresa y nunca escuche esto, mi pregunta es saber si es así como lo plantea mi empleador, gracias

      Responder
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