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Bono 24 mil: los puntos clave a tener en cuenta

17 diciembre, 2022 Por Ignacio 199 comentarios

Se publicó el decreto 841/22 que oficializa el pago del decreto de $24.000 a trabajadores privados.

El gobierno oficializó hoy el pago del bono de $24.000 para trabajadores privados, con la publicación del decreto 841/22 en el Boletín Oficial.

Puntos importantes del bono

Se trata de una asignación no remunerativa por única vez, que ascenderá a la suma de hasta $ 24.000, que será abonada por los sujetos empleadores en el mes de DICIEMBRE de 2022.

El pago de esta asignación no remunerativa (bono), estará a cargo de los Empleadores en todos los casos.

Empleados en relación de dependencia de:

  • Régimen General de Contrato de Trabajo, en convenio Colectivo o fuera del Convenio
  • Régimen de Trabajadores de la Construcción
  • Régimen de Trabajadores Agrarios
  • Régimen de Casas Particulares

Jornada Parcial

Para los trabajadores a jornada parcial el pago del bono será proporcional, teniendo en cuenta el convenio colectivo aplicable o, según el caso las reglas generales contenidas en las Leyes mencionadas que les resulten aplicables de acuerdo a su modalidad de contratación.

Requisitos

El bono se pagará a los trabajadores que perciben salarios netos, incluyendo conceptos remunerativos y no remunerativos y excluyendo el medio Salario Anual Complementario, correspondientes al devengado en el mes de diciembre de 2022, inferiores a $185.859. o el monto proporcional en el caso que la prestación de servicios del trabajador o la trabajadora fuere inferior a la jornada legal o convencional.

Monto del Bono

El monto de la asignación no remunerativa establecida será equivalente a:

a) $24.000 para los trabajadores que perciben salarios netos (devengado diciembre de 2022) menores o iguales a $161.859.

b) La diferencia entre $185.859 y los salarios netos superiores a $161.859 correspondientes al devengado de diciembre de 2022, para los trabajadores que perciben salarios netos mayores al último monto mencionado.

En el caso de jornada parcial, los montos mencionados serán expresados en forma proporcional a la jornada trabajada.

Compensación con otros bonos

El bono podrá ser absorbido hasta la concurrencia en caso de haberse acordado o estuviese previsto en los respectivos Convenios Colectivos de Trabajo el pago de asignaciones no remunerativas por única vez o beneficios equivalentes entre noviembre de 2022 y enero de 2023.”.

Beneficio empleadores PYME

Las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas Tramo 1 que cuenten con Certificado MiPyME vigente a la fecha de entrada en vigencia de este decreto, podrán reducir los anticipos del impuesto a las ganancias en un importe equivalente al 50% del monto total abonado en concepto de la asignación no remunerativa y diferir su pago para el ejercicio 2023.

Beneficio Empleadores de Servicio Doméstico

En el caso de Empleadores de Servicio Doméstico, el importe abonado en concepto de la asignación no remunerativa será deducible del impuesto a las ganancias.

Aquellos empleadores “Régimen de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares” que no se encuentren alcanzados por la posibilidad de deducción en ganancias, podrán solicitar el reintegro de hasta el 50% de lo abonado en concepto del bono.

Para ambos casos, habrá que esperar que la AFIP establezca los términos y condiciones para deducir los montos pagados en la reglamentación.

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Publicado en: Laboral Etiquetado como: bono

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. Daniel dice

    18 diciembre, 2022 a las 11:39 pm

    Hola Ignacio buenos días, pregunta que nadie puede o sabe responder, tengo un empleado que hace 4 días que ingreso a trabajar, como se liquida el.binonen estos casos? Pertenezco al rubro comercio

    Responder
    • Ignacio dice

      19 diciembre, 2022 a las 12:15 am

      proporcional

      Responder
      • JOSE FRANCISCO LOPEZ GUARI dice

        19 diciembre, 2022 a las 10:59 am

        Hola Ignacio buen dia que pasa si tengo trabajadores que cobran menos de 185.000 en diciembre pero con el pago de las vacaciones superan este monto ….les toca o no??

        Responder
      • rafael dice

        19 diciembre, 2022 a las 1:17 pm

        tenia la misma duda, es decir solo proporcional por un mes en caso de que ingreso en diciembre? gracias.

        Responder
        • Ignacio dice

          19 diciembre, 2022 a las 10:46 pm

          para mi proporcional al mes de diciembre

          Responder
      • Jorge dice

        19 diciembre, 2022 a las 6:04 pm

        Buenas tardes. Comprende el bono a los trabajadores de salud convenio 108/75

        Responder
        • Ignacio dice

          19 diciembre, 2022 a las 10:41 pm

          si

          Responder
  2. Nélida dice

    18 diciembre, 2022 a las 10:11 pm

    Buenas tardes Ignacio, soy empleada de la sanidad, trabajo en una clínica odontologica . Mme corresponde los $24000?

    Responder
    • Mariela dice

      19 diciembre, 2022 a las 5:57 am

      Te corresponde si cobras menos de 185 mil en mano. Yo también soy de Sanidad. Saludos.

      Responder
    • Carlos dice

      19 diciembre, 2022 a las 4:53 pm

      Hola que significa que el bono podrá ser absorbido hasta la concurrencia trabajo en seguridad y figura ese párrafo en el último acuerdo. Gracias

      Responder
    • romina dice

      19 diciembre, 2022 a las 4:54 pm

      si trabajas en una clínica privada te corresponde porque estas dentro del empleo en el sector privado

      Responder
  3. Belen Almiroty dice

    18 diciembre, 2022 a las 8:08 pm

    Es no remunerativo para todos las retenciones? no se tiene en cuenta para obra social ni sindicatos?
    Saludos

    Responder
    • Daniel dice

      19 diciembre, 2022 a las 12:39 pm

      Yo creo que no se tiene en cuenta para la obra social ni para sindicatos porque si te fijas la parte donde te lo limita dependiendo cuanto cobra el empleado de neto
      b) La diferencia entre $185.859 y los salarios netos superiores a $161.859 correspondientes al devengado de diciembre de 2022, para los trabajadores que perciben salarios netos mayores al último monto mencionado.
      te da a entender que la idea es que la gente que cobra entre 161859 y 185859 termine cobrando 185859 de neto, y como se paga con la diferencia eso solo se puede hacer si el no remunerativo no tiene ningún tipo de retención.
      Lo que si yo me pregunto es si hay que incluirlo en la remuneración 9 para la ART en el 931

      Responder
    • romina dice

      19 diciembre, 2022 a las 4:55 pm

      exacto te queda entero no es deducible en nada

      Responder
  4. Diego dice

    18 diciembre, 2022 a las 6:17 pm

    Yo cobro 140000 pero en diciembre cobre 169000 porq sali de vacaciones en noviembre.. se suma las vacaciones o es el sueldo por convenio?

    Responder
    • romina dice

      19 diciembre, 2022 a las 4:56 pm

      lo que cobraste en diciembre fue tu sueldo de noviembre… en este caso hay que hacer el recibo de diciembre y según lo que te dé ahí es si te tocan los 24 o el monto que te falta para llegar a los 185859

      Responder
  5. Brian Arechua dice

    18 diciembre, 2022 a las 5:46 pm

    Soy de empleado de Comercio y cobro de 135mil ..neto…Cobro el Bono?

    Responder
    • Lestra dice

      19 diciembre, 2022 a las 7:44 am

      Leelo mas despacito, tal vez lo entiendas la próxima.

      Responder
    • Gustavo dice

      19 diciembre, 2022 a las 5:24 pm

      Lee la nota.

      Responder
  6. Victoria dice

    18 diciembre, 2022 a las 4:35 pm

    Hola, a los docentes de escuelas privadas también les corresponde?

    Responder
  7. Fabricio dice

    18 diciembre, 2022 a las 11:47 am

    Hola. Osea q el empleado de comercio q nos ea de súper no lo cobra? Gracias

    Responder
    • Marcelo dice

      18 diciembre, 2022 a las 9:08 pm

      Y si tenes un HDMPta como garcia de secretario como tenemos los vigiladores!! No lo cobramos por gente corrupta de este gobierno y del ministerio de trabajo.!! . Alberto No haces nada por los tajadores de Seguridad y por muchos otros segui mirando para otro lado.

      Responder
      • Lestra dice

        19 diciembre, 2022 a las 7:45 am

        Y si mejor leen el decreto los dos ??

        Responder
  8. Jorge dice

    18 diciembre, 2022 a las 10:34 am

    Hola Ignacio
    Soy permisionarios agente de lotería se la provincia de Buenos Aires un comercio de barrio, ya pagados dos refuerzos no remunerativos. Y la verdad es económicamente imposible abonar otro complemento de esa magnitud por empleado.
    Que penalidad puedo esperar si no lo
    Abono o si no lo abono en término?
    Gracias

    Responder
    • Luciana dice

      18 diciembre, 2022 a las 11:31 am

      Si no podés.mantener a tus empleados y pagarle lo que corresponda no los tengas

      Responder
      • Julio dice

        18 diciembre, 2022 a las 6:44 pm

        coincido totalmente,cerra!!!!!

        Responder
  9. Soledad dice

    18 diciembre, 2022 a las 9:55 am

    Hola buenos días Ignacio.. es para los empleados de comercio al final? Yo trabajo medio día.. me corresponden los 24? O la mitad.. osea 12 ? Gracias

    Responder
    • Lestra dice

      19 diciembre, 2022 a las 7:48 am

      Lee el decreto y no preguntes sandeces

      Responder
  10. constanza stragiotti dice

    18 diciembre, 2022 a las 9:52 am

    Yo pertenezco a una sociedad de estado en formación , me corresponde el bono??? Gracias

    Responder
  11. Cyntia dice

    18 diciembre, 2022 a las 8:30 am

    Buenos días Ignacio, corresponde para Empleados Comercio?

    Responder
    • Mario dice

      18 diciembre, 2022 a las 10:00 am

      Buenos día para los gastronómico también? Gracias

      Responder
  12. Elizabeth dice

    18 diciembre, 2022 a las 1:24 am

    Hola , estoy registrada como empleada domestuca me tienen qe pagar el bono. Que debo hacer ?

    Responder
    • romina dice

      19 diciembre, 2022 a las 4:59 pm

      si te corresponde… si sos mensualizada te corresponde entero si sos por hora es el proporcional en cuanto a la cantidad de horas que trabajas en el mes

      Responder
  13. Rubén dice

    17 diciembre, 2022 a las 8:08 pm

    Por “salario neto” se entiende el que cobra el empleado de bolsillo, es decir, el importe neto final luego de restar las retenciones?

    Responder
    • Ignacio dice

      18 diciembre, 2022 a las 10:13 am

      si

      Responder
      • Cristian dice

        18 diciembre, 2022 a las 8:34 pm

        Remuneración y no remuneración y de hay c sacan los descuentos lo q da la suma es lo q cuenta?

        Responder
    • Mauro dice

      18 diciembre, 2022 a las 11:46 am

      Hola Ignacio, en mi caso trabajo en una pyme ,estamos en el gremio del plástico (uoyep) nos corresponde el bono? En mi caso cobro mucho menos 161mil$

      Responder
  14. Magali dice

    17 diciembre, 2022 a las 7:44 pm

    Te consulto, si yo cobro un Neto de $180000 se me estaría pagando un proporcional al bono de $24000? No es muy claro y si es así,es realmente vergonzoso. Espero me puedas sacar la duda para informar a mi empleador. Gracias

    Responder
    • Ignacio dice

      18 diciembre, 2022 a las 10:14 am

      Si tu neto es de $180.000, cobrarías la diferencia entre $180.000 y $185.829

      Responder
  15. Maria Belen Bolognia dice

    17 diciembre, 2022 a las 7:38 pm

    Hola buenas tardes! Te consulto, a los encargados de edificio corresponde este bono?

    Responder
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