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Empleados de Comercio: liquidación de sueldo Julio de 2011

3 agosto, 2011 Por Ignacio 64 comentarios

Liquidación de haberes para el mes de Julio de 2011 según el nuevo acuerdo de empleados de comercio.

Para la liquidación del mes de Julio de 2011 en los salarios de Empleados de Comercio CCT 130/75, tenemos como novedad que se comienzan a incorporar al básico, por lo tanto pasan a ser remunerativos, el item “acuerdo junio 2010.” Dicho item se irá incorporando en 5 cuotas iguales (de Julio a Noviembre).

A manera de ejemplo, desarrollaré un ejemplo muy sencillo para liquidar el mes de Julio2011.

Datos para la liquidación

Categoría: Administrativo A
Básico: $ 2.381,93
Tipo de Jornada: Completa
Antigüedad: 0
Obra Social: O.S.E.C.A.C.
Afiliado al Sindicado: No

Solución Propuesta
Conceptos Remunerativos

Básico: $2.381,93
Surge de la escala salarial publicada por FAECyS.  Ver escala

Antigüedad: En esta caso es cero porque no tiene antigüedad, pero es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad.

Asistencia y Puntualidad: $198,49 es la doceava parte del básico más antigüedad (Art. 40 CCT 130/75).

2.381,93 / 12 = 198,49

Conceptos No Remunerativos

Adicional no rem acuerdos anteriores: fueron incorporados totalmente al básico

Adicional no remunerativo Acuerdo Junio 2010: $564,26
Hasta el mes pasado el importe era de $705,33, pero a partir de este mes se comenienzan a incoporar al básico. Esto se realizará en 5 cuotas iguales. Y debemos tener en cuenta que se deben incoporar de manera acrecentada para que el sueldo de bolsillo del empleado sea le mismo. Para lo cual usamos la formula de acrecentamiento determinada el año pasado para los acuerdos anteriores. (VER)

Acuerdo Colectivo Junio 2011: $456,65

Es el 15% sobre el básico de la categoría “Administrativo A” para el mes de noviembre de 2011 (Base de cálculo). Pueden tomarlo de la escala publicada por FAECYS (Ver escala) o ver como lo determinamos en la liquidaicón anterior (VER).

Asistencia y puntualidad: $85,08
Al igual que con los conceptos remunerativos, se determina calculando la doceava parte de las sumas no remunerativas.

(705,33 + 456,65 + 456,65 ) / 12 = 134,89

Descuentos

Sobre las sumas Remunerativas se calcula:

  • 11% de Jubilación
  • 3% de Obra Social
  • 3% Según Ley 19.032
  • 2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75
  • 0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75
  • 2% con destino al sindicato para empleados afilaidos al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.

Sobre las sumas no remunerativas se calcula:

  • 3% de Obra Social
  • $50 correspondientes a la segunda y última cuota con destino a la obra social de comercio, establecido por el acuerdo junio 2011 (1)
  • 2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75
  • 0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75
  • 2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.

Hasta aquí el desarrollo del ejemplo, tomé un ejemplo simple, sin antigüedad, si adicionales ni items a cuenta de futuros aumentos, tampoco tuve en cuenta el feriado de junio en la liquidación, pero es al solo efecto de explicar de la manera mas sencilla este nuevo acuerdo.

Espero me haya explicado correctamente y no haberme equivocado en la interpretación ni en los cálculos.

(1) Respecto a si corresponde realizar el aporte a la obra social de empleados de comercio (OSECAC) para aquellos empleados que hayan optado por otra obra social, lo que puedo decir es que es un punto polémico, hay quienes sostienen que deben realizar el aporte todos los empleados, estén afiliados a OSECAC o no. Y hay quienes sostienen que se sólo deben hacer el aporte quienes estén afiliados a esa obra social.
Consultados el sindicato y la obra social afirman que solo deben realizarlo quienes estén en OSECAC, pero nunguna de esas afirmaciones se ha realizado de manera oficial. Dejo a interpretación y decisión de quien deba realizar la liquidación en cada caso.

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Publicado en: Empleados de Comercio, Sin categoría Etiquetado como: Casos Prácticos, liquidación, Recibo de Sueldos

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Comentarios

  1. Ignacio dice

    30 noviembre, 2011 a las 10:33 pm

    Hola Luciana:

    1)La única diferencia es que la obra social se calcula por jornada completa

    2)Si, se tienen en cuenta

    Hola Romina, no, es un derecho adquirido

    Responder
  2. Anónimo dice

    29 noviembre, 2011 a las 10:06 pm

    hola me cambian de categoria de vendedor b a cajero inicial funcion que ya cumplo hace 2 años y voy a cobrar menos se puede hacer esto no es contra la ley pagar menos

    Romina

    Responder
  3. Anónimo dice

    17 noviembre, 2011 a las 6:07 am

    Hola que buen blog, estoy haciendo ejrecicios de practica laboral y me viene de 10!, te hago una pregunta, siguiendo los mismos datos del ejemplo que diste:
    1)si el trabajador es por media jornada, q se concepto se tiene en cuenta para la base de calculo de los aportes? Y
    2)LAS HRS EXTRAS, se tienen en cuenta para aportes de los art 100 y 101?, gracias! LUCIANA

    Responder
  4. Anónimo dice

    12 octubre, 2011 a las 2:43 am

    Hola Ignacio,quiesiera que colocaras un ejemplo de liquidacion de sueldo de una cajera A de 7 y 7 meses de antiguedad,por el mes de julio de 2011.Gracias y tu blog me parece re bueno!! saludos cordiales

    Responder
  5. Ignacio dice

    7 septiembre, 2011 a las 5:40 pm

    Muchas gracias Patricia, me alegra saberlo. Seguramente esta noche la suba, igual no hay muchos cambios, recién para septiembre hay modificaciones importantes

    Responder
  6. Anónimo dice

    6 septiembre, 2011 a las 8:55 pm

    Hola Ignacio!!
    Genial está tu blog!!
    Soy Contadora y siempre te sigo para controlar mis liquidaciones!!!
    Gracias por todas tus actualizaciones y por dedicar tu tiempo para ayudarnos!!
    y en cuanto a la liquidación de agosto, cuándo vas a publicar??..desde ya muy agradecida!!! =D
    saludos..

    Patricia…

    Responder
  7. Anónimo dice

    6 septiembre, 2011 a las 5:40 pm

    la verdad es muy buena la informacion que dan ,podemos saber si nuestros recibos estas bien liquidados,me gustaria ver el de agosto 2011,muchas gracias

    Responder
  8. Anónimo dice

    2 septiembre, 2011 a las 3:05 pm

    HOLA IGNACIO, POR FAVOR NECESITO ME INFORMES SI ESTOY LIQUIDANDO BIEN A UN PASANTE, CAJERO. LA LIQUIDACION ES EN BASE A 4 HS.DIARIAS DE LUNES A VIERNES, POR LO TANTO EL CALCULO ME DA 0.45. TOMO COMO BASE PARA AGOSTO 2011 LA CATEGORIA MAS BAJA DE CAJERO, $ 2559.60 X 0.45 = $ 1151.82
    MI SEGUNDA CONSULTA ES, DEBO TAMBIEN CALCULAR SOBRE LOS MONTOS NO REMUNERATIVOS?, Y DEBO CALCULAR SOBRE RIESGO DE CAJA?. TU RESPUESTA ME AYUDARA CON LAS DUDAS QUE TENGO Y CON LA URGENCIA CON QUE DEBO LIQUIDAR.
    ATTE. ROXI SYS

    Responder
  9. moda dice

    31 agosto, 2011 a las 11:11 pm

    hola ignacio muy bueno es tu blog
    mi consulta es esta cuanto tendria que ser mi sueldo este mes de agosto como vendedora con 4 años de antiguedad
    trabajo 8 hs de lunes a viernes y 6 hs los sabados
    por favor espero tu pronta respuesta.(intente con la calculadora online pero no la entiendo 🙁 perdon) me podrias ayudar…..gracias

    Responder
  10. Anónimo dice

    31 agosto, 2011 a las 12:49 pm

    3000 pesos no alcanzan, me voy a otro laburo mejor…

    Responder
  11. ale dice

    31 agosto, 2011 a las 4:11 am

    hola como estas me gustaria ke me digas ke es Ap. Adic. O Soc. JorRed me aparece en la parte de descuentos y me saca 106 a 108 pesos tengo obra social ($35) osecac y mi rem basica es de 990 pesos cajero a part time

    Responder
  12. Anónimo dice

    31 agosto, 2011 a las 3:23 am

    Holaa me dirias el sueldo a cobrar por 6 hs lunes a viernes y ocho hs sabados y domingos ,con el martes franco . soy vendedora a en un shooping.. SALUDOSS
    VERONICA

    Responder
  13. Anónimo dice

    31 agosto, 2011 a las 2:06 am

    Hola Ignacio , ES BUENO CONTAR CON VOS , TE AGRADESCO LA BUENA PREDISPOSICION QUE SIEMPRE TENES PARA CONTESTAR NUESTRAS PREGUNTAS . Y ESTA VEZ queria preguntarte cual es el sueldo por 6 hs de lunes a viernes y 8 sabados y domingos en un shooping , con los martes franco . Saludos
    VERONICA..

    Responder
  14. Anónimo dice

    30 agosto, 2011 a las 6:05 pm

    Ignacio el 7% del aumento de Septiembre se cobra con este sueldo o el de Octubre? gracias muy buena tu pagina, un abrazo Maxi

    Responder
  15. Anónimo dice

    30 agosto, 2011 a las 3:52 am

    Hola Ignacio, soy Adrián, un poco pesado con mis preguntas, me olvidé aclararte que trabajo 5 horas por dia, 6 DIAS A LA SEMANA y luego vienen los 2 francos pegados, GRACIAS aguardo tu pronta respuesta. Adrián

    Responder
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