• Saltar al contenido principal
  • Skip to secondary menu
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Inicio
  • Blog
  • Suscripción
  • Contacto
  • Capacitación
  • Calculadoras
    • Calculadora Sanidad CCT 108/75
    • Calculadora de Sueldos UOCRA
    • Sueldos Empleados de Comercio
    • Sueldos Comercio Rama Turismo CCT 548/07
    • Calculadora Empleados de Comercio Rama Centros de Contacto CCT 781/22
    • Calculadora de Sueldos UTEDYC CCT 804/23 (ex 736/16)
    • Calculadora de Retenciones RG 830 “Profesiones liberales, oficios”
    • Calculadora de Sueldos SAEOEP CCT 88/90
    • Calculadora de Sueldos UATRE
    • Servicio Doméstico
    • Liquidación Final
    • Vacaciones
    • Calculadora de Plus Vacacional
    • Embargo de Sueldos
  • Aplicaciones
  • Vencimientos

Ignacio online

Es una web de información destinada a Contadores y Profesionales en Ciencias Económicas y Empleados de Comercio

Aconpy
  • Empleados de Comercio
    • Escalas Comercio 2022
    • Escala Salarial Empleados de Comercio 2020
    • Calculadora Empleados de Comercio
    • Ejemplos de Liquidaciones de Sueldo
    • Categorías Comercio
    • Régimen de Licencias y Permisos Especiales
    • Vacaciones de Empleados de Comercio
  • Asignaciones
    • Asignaciones Familiares Montos vigentes
  • Libro de sueldos Digital
  • Servicio Doméstico
    • Calculadora de sueldos Servicio Doméstico
    • Escala Salarial Servicio Doméstico
    • Aportes, contribuciones y ART
    • Formulario 102/RT
  • Monotributo
    • Monotributo Categorías 2023
  • Planillas

Empleados de Comercio: liquidación junio 2014 + Aguinaldo

30 junio, 2014 Por Ignacio 11 comentarios

Ejemplo de liquidación junio 2014 para Empleados de Comercio con aguinaldo incluido.

En la liquidación de junio tenemos como novedad el pago del 1° aguinaldo de 2014, que a diferencia de años anteriores en las liquidaciones de Empleados de Comercio, es casi seguro que no tendremos que diferenciar entre haberes remunerativos y no remunerativos. Y digo, porque pueden darse algunos casos particulares.

Recordemos que en el paso mes de abril se firmó la paritaria para el año 2014 para Empleados de Comercio rama general CCT 130/75 (ver acuerdo).

Repasando rápidamente los aspectos principales del acuerdo, podemos destacar que se pactó un incremento en un 27% de las escalas de convenio vigentes a marzo 2014, a abonarse en dos tramos no acumulativos:

  • 17% a partir del mes de abril 2014
  • 10% a partir del mes de septiembre 2014

Además, se convino el pago de una suma fija , extraordinaria, excepcional, por única vez, no habitual ni permanente, de $2400 , de carácter no remunerativo. La misma, se abonará en dos cuotas iguales de $1200 cada una en los meses de julio y noviembre. 

Para junio, al igual que en abril y mayo, sólo tenemos el incremento del primer tramo de 17%. Veamos como quedaría la liquidación con un pequeño ejemplo.

Datos para la liquidación
Categoría: Administrativo A
Básico Marzo 2014: $ 7.912,39 
Tipo de Jornada: Completa
Antigüedad: 5 años
Obra Social: O.S.E.C.A.C.
Afiliado al Sindicado: No

Solución Propuesta 


Conceptos Remunerativos

Básico  $ 7.912,39

Hasta el mes de marzo teníamos un Básico de $ 6.762,73 para un empleado de categoría Administrativo A, luego del incremento del 17%, paso a $7.912,39

6.762,73 x 17% =  1.149,66 —- > incremento abril 2014


Por lo que el básico a partir de Abril, y hasta agosto de 2014  será de $ 7.912,39 ( 6.762,73 + 1.149,66 )
Escalas salariales
Se pueden consultar las escalas salariales para cada categoría en este enlace.

Acuerdo homologado

A la fecha el acuerdo se encuentra homologado mediante la Resolución 626/14 de la secretaría de Trabajo de la Nación, por lo que no es necesario, como si estaba como opción en la liquidación de abril, exponer las sumas devengadas con la mención de “pago anticipo a cuenta del Acuerdo Colectivo abril 2014”.


Antigüedad: $ 395,62

Para este caso, la antigüedad del empleado es de 5 años, por lo que el adicional por ese concepto será del 5%. Recordemos que el adicional por antigüedad es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad. Entonces:


7.912,39 x 5 x 1%  = 395,62 
Asistencia y Puntualidad: $ 623,30


Según lo establecido en artículo 40 del CCT 130/75 el adicional por Asistencia y Puntualidad es la DOCEAVA parte de las remuneraciones del mes, en este caso las remuneraciones del mes son el Básico + Antigüedad. 
(7.912,39 + 395,62 ) / 12 =  692,33 

Determinación del Aguinaldo

Para liquidar el Sueldo Anual Complementario (SAC) o aguinaldo, la ley 23.041 establece que:


“El sueldo anual complementario en la actividad privada, Administración Pública Central y descentralizada, empresas del Estado, empresas mixtas y empresas de propiedad del Estado, será pagado sobre el cálculo del 50 % de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro de los semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año.”

Para el caso del ejemplo, tomé como “mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro” del semestre Enero-Junio 2014, la del mes de junio. Pero para cada caso particular habrá que determinar a que mes corresponde la la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto en el semestre. Es muy posible que se encuentre de abril en de adelante por la firma de aumento salarial, pero no necesariamente será así, puede haber excepciones.

De todos modos, una vez determinada la mejore remuneración del semestre, la dividimos por 2:

Para este caso, es $9.000,33 x 50% = $ 4.500,18


Este es el aguinaldo determinado para este caso, que llevará los mismos descuentos que el resto de la remuneración. 
Se puede liquidar en recibo por separado, o con el resto de la liquidación, como en este caso de ejemplo.
Descuentos
  • 11% de Jubilación
  • 3% de Obra Social
  • 3% según Ley 19.032
  • 2% de Aporte Solidario y OBLIGATORIO con destino al Sindicato de Empleados de Comercio. Esté el empleado afiliado o no al sindicato. (según el Art. 100 del CCT 130/75)
  • 0,5% de Aporte Solidario OBLIGATORIO con destino a FAECyS. Esté el empleado afiliado o no al sindicato.  (según el Art. 100 del CCT 130/75)
  • 2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.
Aporte OSECAC
  • Ya no está vigente el descuento de $50 con destino a la Obra Social de Empelados de Comercio, como lo estableció el acuerdo Mayo 2013. El nuevo acuerdo salarial, con vigencia desde el 1º de abril 2014, no establece aporte extraordinario como en acuerdos anteriores.
Hasta aquí el desarrollo del ejemplo, que si bien es para un Administrativo A, el mecanismo es el mismo para todas las categorías. 
No tuve en cuenta los feriados del mes para hacer más sencilla la explicación. 
Espero haberme explicado correctamente y no haberme equivocado en la interpretación ni en los cálculos.

Planilla excel sueldos comercio 2014

Pueden descargar la planilla excel actualizada para poder estimar los sueldos de comercio para abril 2014 AQUÍ

Me gusta esto:

Me gusta Cargando...

Relacionado

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Publicado en: Empleados de Comercio, Sin categoría Etiquetado como: Casos Prácticos, liquidación, Recibo de Sueldos

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. Anónimo dice

    15 julio, 2014 a las 5:54 pm

    hola quisiera saber, en el caso de que la mejor remuneracion haya sido la del mes de enero, se debería haber liquidado SAC sobre acuerdo no remunerativo??

    muchas gracias

    Responder
  3. Anónimo dice

    15 julio, 2014 a las 12:06 am

    quería hacer una consulta. Como afecta a la obra social y ley 19032 para una persona de tiempo parcial en el caso del sueldo anual complementario? se lo liquida como tiempo completo o solo por el tiempo parcial???

    Responder
  4. leo comodoro dice

    8 julio, 2014 a las 2:27 pm

    Buenos días consulta en relación al impuesto a las ganancias, si en el período 01/2013 a 9/2013 no supere los $ 15000 (sujetos a retención), y actualmente los supero ¿tengo que pagar el impuesto? o me cubre el decreto 9/2013 del gobierno. Gracias Leo Comodoro

    Responder
  5. Josee dice

    2 julio, 2014 a las 7:37 pm

    Una consulta en que fecha deberian pagar la suma no remunerativa de $ 1200 que corresponde a la primera cuota que es del mes de julio

    Responder
  6. Anónimo dice

    2 julio, 2014 a las 12:23 pm

    Ignacio consulta técnica los empleados que durante el período enero 2013 a septiembre 2013, no superaron los$15000 de sueldo bruto, y este año los superan ¿están obligados a pagar el impuesto a las ganancias?, gracias Leo

    Responder
  7. Daniela Lujan dice

    1 julio, 2014 a las 4:36 pm

    Ignacio soy del CCComercio. Del 2 de agosto al 2 de noviembre estoy en licencia por maternidad. A quien le corresponde pagarme los 1200 de noviembre? Gracias. Daniela

    Responder
  8. Romina Z dice

    1 julio, 2014 a las 1:54 pm

    Hola, una pregunta: el NO REMUNERATIVO que todavia estaba en el mes de enero, no se tiene en cuenta para el pago del Sac? o sea, no se calcula Sac proporcional por ese mes de no remunerativo? gracias

    Responder
  9. Juancho Talarga dice

    30 junio, 2014 a las 8:28 pm

    Genial

    Responder
  10. Leandro dice

    30 junio, 2014 a las 8:08 pm

    No se entiende bien lo del aporte de $50 pesos a osecac.. Corresponde el descuento o no? En las planillas que suben para el calculo de los sueldos aparece, pero en esta nota dice que no corresponde.. Como es?

    Responder
  11. hugo mario Rojas dice

    30 junio, 2014 a las 1:30 pm

    Q pasa con el No Remunerativo de enero? genera derecho a SAC)

    Responder
  12. mary dice

    30 junio, 2014 a las 12:14 pm

    suponiendo que mi mejor remuneracion, con las vacaciones sea la del mes de Enero, donde habia un importe no remunerativo., como seria la liquidacion. Gracias

    Responder

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

SOS Contador Soft Contable en la nube
Holistor Sueldos y Jornales listo para liquidar

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Etiquetas

Acuerdos Salariales (139) AFIP (1500) AGIP (173) Aguinaldo (81) Aguinaldo - SAC (112) ANSeS (524) Aplicativos (206) ARBA (352) Asignación Universal por Hijo (251) Autónomos (125) Bienes Personales (109) bono (94) Calendario de pago (262) Casos Prácticos (223) CNTA (94) Convenio Multilateral (89) coronovirus (89) Escala Salarial (193) Factura Electrónica (78) FAECYS (418) FATSA (78) Ganancias (421) Homologación Acuerdos (128) IGJ (129) Ingresos Brutos (133) IVA (120) Jubilados y Pensionados (199) Mis Facilidades (84) Monotributistas (174) Noticias (87) Paritarias (574) Paritarias 2013 (82) Personal Casas Particulares (193) Plan de Facilidades de pago (159) Recategorización (88) Recibo de Sueldos (211) Resoluciones (508) Sanidad (95) SEC (102) Servicio Doméstico (111) SICOSS (85) SIPA (88) UOCRA (133) UOM (222) UTEDYC (150)

Copyright © 2025 Ignacio online · Creada por Hormigas en la Nube

Derechos de autor © 2025 · Magazine Pro en Genesis Framework · WordPress · Acceder

Utilizamos cookies propios y de terceros para mejorar nuestros servicios y experiencia de usuario. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Aceptar Reject Leer Más
Privacidad & Política de Cookies

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary
Siempre activado
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
Non-necessary
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.
GUARDAR Y ACEPTAR
%d