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Empleados de Comercio: liquidación mayo 2014

30 mayo, 2014 Por Ignacio 44 comentarios

Ejemplo de liquidación mayo 2014 para Empleados de Comercio con incremento del 17%. 

Llegamos a la liquidación de mayo sin mayores novedades, ya que no diferirá mucho de lo realizado en la liquidación anterior. Recoredemos que en el paso mes de abril se firmó la paritaria para el año 2014 para Empleados de Comercio rama general CCT 130/75 (ver acuerdo).

Repasando rápidamente los aspectos principales del acuerdo, podemos destacar que se pactó un incremento en un 27% de las escalas de convenio vigentes a marzo 2014, a abonarse en dos tramos no acumulativos:

  • 17% a partir del mes de abril 2014
  • 10% a partir del mes de septiembre 2014

Además, se convino el pago de una suma fija , extraordinaria, excepcional, por única vez, no habitual ni permanente, de $2400 , de carácter no remunerativo. La misma, se abonará en dos cuotas iguales de $1200 cada una en los meses de julio y noviembre. 

Para mayo, al igual que en abril, sólo tenemos el incremento del primer tramo de 17%. Veamos como quedaría la liquidación con un pequeño ejemplo.

Datos para la liquidación
Categoría: Administrativo A
Básico Marzo 2014: $ 7.912,39 
Tipo de Jornada: Completa
Antigüedad: 5 años
Obra Social: O.S.E.C.A.C.
Afiliado al Sindicado: No

Solución Propuesta 

Empleados de Comercio: liquidación mayo 2014


Conceptos Remunerativos

Básico  $ 7.912,39

Hasta el mes de marzo teníamos un Básico de $ 6.762,73 para un empleado de categoría Administrativo A, luego del incremneto del 17%, paso a $7.912,39

6.762,73 x 17% =  1.149,66 —- > incremento abril 2014


Por lo que el básico a partir de Abril, y hasta agosto de 2014  será de $ 7.912,39 ( 6.762,73 + 1.149,66 )
Escalas salariales
Se pueden consultar las escalas salariales para cada categoría en este enlace.

Acuerdo homologado

A la fecha el acuerdo se encuentra homologado mediante la Resolución 626/14 de la secretaría de Trabajo de la Nación, por lo que no es necesario, como si estaba como opción en la liquidación de abril, exponer las sumas devengadas con la mención de “pago anticipo a cuenta del Acuerdo Colectivo abril 2014”.


Antigüedad: $ 395,62

Para este caso, la antigüedad del empleado es de 5 años, por lo que el adicional por ese concepto será del 5%. Recordemos que el adicional por antigüedad es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad. Entonces:


7.912,39 x 5 x 1%  = 395,62 
Asistencia y Puntualidad: $ 623,30


Según lo establecido en artículo 40 del CCT 130/75 el adicional por Asistencia y Puntualidad es la DOCEAVA parte de las remuneraciones del mes, en este caso las remuneraciones del mes son el Básico + Antigüedad. 
(7.912,39 + 395,62 ) / 12 =  692,33 
Descuentos
Para cualquier de las tres opciones los descuentos son los mismos, y como el incremento salarial es REMUNERATIVO, por lo tanto debemos realizar todos los descuentos (como siempre debió haber sido). 

Entonces calculamos:
  • 11% de Jubilación
  • 3% de Obra Social
  • 3% según Ley 19.032
  • 2% de Aporte Solidario y OBLIGATORIO con destino al Sindicato de Empleados de Comercio. Esté el empleado afiliado o no al sindicato. (según el Art. 100 del CCT 130/75)
  • 0,5% de Aporte Solidario OBLIGATORIO con destino a FAECyS. Esté el empleado afiliado o no al sindicato.  (según el Art. 100 del CCT 130/75)
  • 2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.
Aporte OSECAC
  • Ya no está vigente el descuento de $50 con destino a la Obra Social de Empelados de Comercio, como lo estableció el acuerdo Mayo 2013. El nuevo acuerdo salarial, con vigencia desde el 1º de abril 2014, no establece aporte extraordinario como en acuerdos anteriores.

Hasta aquí el desarrollo del ejemplo, que si bien es para un Administrativo A, el mecanismo es el mismo para todas las categorías.  No tuve en cuenta los feriados del mes para hacer más sencilla la explicación. Espero haberme explicado correctamente y no haberme equivocado en la interpretación ni en los cálculos.

Planilla excel sueldos comercio 2014

Pueden descargar la planilla excel actualizada para poder estimar los sueldos de comercio para abril 2014 AQUÍ

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Publicado en: Empleados de Comercio, Sin categoría Etiquetado como: Casos Prácticos, Recibo de Sueldos

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Comentarios

  1. -
  2. Anónimo dice

    29 octubre, 2014 a las 4:29 pm

    Hola trabajo en un imprenta desde hace 13años 4horas. Y actualmente estoy cobrando 3.326$,y mi recibo no es ni parecido a lo q esta aca los aumentos ni los veo.. Es mas siempre recibo descuentos x llegadas tardes y faltas,y nose de q se agarra pata descontar xq no fichamos ni de entrada ni salida.. Que tendría q hacer responder gracias . Jose

    Responder
  3. Anónimo dice

    26 septiembre, 2014 a las 1:44 pm

    Te hago una consulta…a mi siempre me pusieron los aumento por sindicato con un item aparte que dice "Compensación salarial acuerdos CCT", esto en la columna de Remunerativo. El tema es que no me lo incorporan al básico. Está bien esto?

    Responder
  4. Gisela Deposito dice

    5 agosto, 2014 a las 3:37 am

    Hola,queria consultar ya que trabajo en comercio y normalmente tomo mi franco semanal en forma fija los lunes por la mañana pero que pasa los días que me cae feriado el dia lunes? Lo pierdo?? O lo puedo recuperar otro dia de la semana? Porque yo normalmente dicho dia franco aprovecho para hacer tramites en lugares que normalmente están cerrados un dia feriado y por ende esas semanas perdería la oportunidad de hacer tramites…Vale aclarar que soy la única empleada a quien el franco le cae en día lunes…

    Responder
  5. lourdes dice

    12 junio, 2014 a las 11:30 am

    Hola Ignacio. Estoy de licencia x maternidad, a quien le correspondería pagarme el incentivo de Julio? ($1.200) A Anses o a mi empleador?

    Responder
  6. Anónimo dice

    12 junio, 2014 a las 11:00 am

    Hola Ignacio, estoy de licencia por maternidad. Quien debería pagarme el incentivo de $1.200 de Julio? Anses o mi empleador? Gracias !

    Responder
  7. Anónimo dice

    12 junio, 2014 a las 4:00 am

    Hola Ignacio. Sè que no va acà este comentario, pero no sabìa còmo hacer. Trabajo en una agencia de Loterìa, y hasta el año pasado entraba en paritarias de comercio. Desde entonces, la actividad se abriò de comercio (creo que ahora el sindicato es ALEARA, o algo asì). Pero ya en 2013 y en lo que va de 2014 no se sabe nada de paritarias del sector. Sabès algo vos..? te agradezco y valoro mucho esta tarea que te tomàs. Un abrazo. HECTOR

    Responder
  8. nayla somoza dice

    11 junio, 2014 a las 7:33 pm

    te hago una consulta, si se pierde el presentismo, se tiene en cuenta igual para el calculo de horas extras?

    Responder
  9. sopehuajo dice

    11 junio, 2014 a las 2:02 pm

    Gracias Ignacio por tu tiempo y dedicación para darnos una muy buena guía a quienes hacemos sueldos!! Cuando puedas… brindanos ejemplos de liquidación de Feriados (trabajados y no trabajados, aunque coincida en domingo) que acá en el interior de Pcia, el MT esta muy riguroso con ese tema… saludos!

    Responder
  10. sopehuajo dice

    11 junio, 2014 a las 1:58 pm

    Gracias Ignacio por tu tiempo y dedicación para darnos una muy buena guía a quienes hacemos sueldos!!! y a quienes no también… cuando puedas… explica algún ejemplo de liquidación de feriados (trabajado y no trabajado, incluso si es domingo)… que el MT aca en el interior de Pcia Bs. As. pide mucho este tema en las inspecciones. Gracias nuevamente… Sonia

    Responder
  11. ruben dice

    7 junio, 2014 a las 1:08 pm

    Igancio buen día, ayudame por favor, en marzo mi sueldo básico era y es de $ 8.386 el aumento de abril del 17% no me lo pagan por ese motivo, supero a los $ 7.912 del básico de convenio, más allá de mi locura por la injusticia, en mayo tampoco me dan aumento, el art. 4 dice que hay que negociar, la empresa dice que lo esta estudiando, cual es la verdad, me lo tendrían que haber dado de una, debo si o si negociar con la empresa o puedo enviarles un CD a intimarlos al pago sino considerarme despedido, alaro que hace 16 años trabajo y la única diferencia que tengo con un ingresante es la antiguedad, me parece algo injusto, me podés informar por otros caso que hcieron o que puede hacer. Desde ya muchas gracias.

    Responder
  12. fernando cruceño dice

    6 junio, 2014 a las 6:13 pm

    que tal Ignacio, te quería consultar, yo soy estudiante universitario y mi empleador me contrato sabiendo que yo era estudiante, resulta que tuve examenes finales y falte 2 días para rendirlos, es normal que se me descuenten esos 2 dias. muchas gracias por ayudarme.

    Responder
  13. billylared dice

    3 junio, 2014 a las 7:16 pm

    hola , desde ya gracias por la ayuda… te hago una consulta nada mas .. que vendria a ser el "aporte extraordinario. obra social" y los $50 no se descontarían mas, verdad?

    Responder
  14. Fernando dice

    2 junio, 2014 a las 8:45 pm

    Buenas Ignacio, una consulta, el feriado del domingo 25 se debe pagar como un dia extra? desde ya muchas gracias.

    Responder
  15. Anónimo dice

    2 junio, 2014 a las 12:54 pm

    En mi recibo aparece una leyenda que dice " Dif. Aporte O. Social", qué es?

    Responder
  16. Daniela Lujan dice

    31 mayo, 2014 a las 8:16 pm

    Hola ignacio. Yo en septiembre voy a estar en excedencia x maternidad sin goce d sueldo. Los 1200 me los debe pagar igual el empleador? Graciass!

    Responder
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