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Empleados del Caucho: 30% de incremento salarial a partir de mayo CCT 375/04

30 mayo, 2011 Por Ignacio 8 comentarios

30% de incremento salarial a partir de mayo en 4 tramos
Los empleados del Caucho bajo el CCT 375/04incremento salarial del 30 porciento a partir de mayo de 2011 en 4 tramos. 15% en mayo, y 5% en agosto, noviembre y diciembre de 2011.

Con fecha 28 de Mayo de 2011, el Sindicato Empleados del Caucho y Afines (SECA) y la Federación Argentina de la Industria del Caucho (FAIC) firmaron un nuevo acuerdo salariala que beneficia a los trabajadores encuadrados bajo el CCT 375/04

Por el mencionado Acuerdo, las partes convinieron un incremento salarial equivalente al 30% a abonarse en forma progresiva y no acumulativa según el siguiente cronograma:

– 15% a partir del 1/5/2011.
– 5% a partir del 1/8/2011.
– 5% a partir del 1/11/2011.
– 5% a partir del 1/12/2011.

Bonificación por Antiguedad
Se establece un aumento de la bonificación especial por antigüedad cada cinco años y de subsidio por fallecimiento del 30% sobre los valores vigentes al 30 de Abril de 2011, a partir del 01/05/2011 conforme surge del Anexo “I”.

Asimismo y respecto al rubro “antigüedad” (1% anual por año de antigüedad), el mismo deberá ser liquidado en un item por separado y no podrá ser absorbido por el plus que se abone sobre las escalas salariales.

Vigencia
La vigencia del acuerdo será desde el 1 de Mayo de 2011 al 30 de Abril de 2012. Sin perjuicio de ello, si durante el plazo pactado se produjere una situación económica general que distorsionara irreversiblemente los valores salariales aquí pactados, las partes se comprometen a reunirse para reanalizar las condiciones aquí estipuladas.

Cláusula de Absorción
Los valores de los salarios básicos fijados en este acuerdo absorben y/o compensan hasta su concurrencia:

1. los pagos otorgados por las empresas con carácter remuneratorio o no remuneratorio con imputación a cuenta de futuros aumentos o término similar, a partir del 01/05/2011. Se exceptúan de esta absorción los incrementos otorgados como premios por contraprestaciones mensurables.

2. Los aumentos salariales u otorgamiento de prestación no remuneratoria o remuneratoria que disponga con carácter general una norma estatal en el futuro durante la vigencia del presente, en cuyo caso las partes se comprometen a reunirse para acordar la forma de aplicación del mismo.

Contribución empresaria extraodinaria
Para el cumplimiento y desarrollo de los fines sociales y culturales de la entidad gremial todas las empresas de la actividad comprendidas dentro del ámbito del convenio colectivo realizarán una contribución por cada trabajador comprendido en el CCT 375/04 de $ 70.- que se abonará en dos cuotas mensuales en los meses de Junio y Agosto de 2011. Su pago se efectuará en las mismas fechas y condiciones que las leyes 23551 y 24642 establecen para las cuotas sindicales y mediante depósito en las cuentas que al efecto tiene habilitadas el gremio en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Casa Central, sucursal N° 1000 cuenta corriente N° 70901-3

Representación Gremial y Empresarial
Las partes ratifican que los legítimos representantes legales de los trabajadores y de los empleadores de las industrias del caucho, anexos y afines en cuanto al personal encuadrado en las convenciones colectivas Nº 321/75 y 375/04, en todo el territorio nacional son: El Sindicato Empleados del Caucho y Afines (SECA) y la Federación Argentina de la Industria del Caucho (FAIC), únicos firmantes de los convenios mencionados. Conforme establece la Autorización Ministerial en relación a su ámbito, ésta ejerce la representación específica frente a las pretensiones de otras organizaciones con ámbitos mayores o genéricos.

Homologación
El acuerdo y los anexos conteniendo las nuevas escalas salariales son presentados ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social para su homologación.

Anexo 1

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CATEGORIA 15% 5% 5% 5%
ANTERIOR May-11 Ago-11 Oct-11 Dic-11
1 1.950,99 2.243,64 2.341,19 2.438,74 2.536,29
2 2.225,30 2.559,10 2.670,36 2.781,63 2.892,89
3 2.560,67 2.944,77 3.072,80 3.200,84 3.328,87
4 2.845,12 3.271,89 3.414,14 3.556,40 3.698,66
5 3.210,93 3.692,57 3.853,12 4.013,66 4.174,21
6 3.444,66 3.961,36 4.133,59 4.305,83 4.478,06
7 3.830,76 4.405,37 4.596,91 4.788,45 4.979,99
8 4.105,27 4.721,06 4.926,32 5.131,59 5.336,85
9 4.399,87 5.059,85 5.279,84 5.499,84 5.719,83
1 1.905,00 2.190,75 2.286,00 2.381,25 2.476,50
2 2.157,79 2.481,46 2.589,35 2.697,24 2.805,13
3 2.690,43 3.093,99 3.228,52 3.363,04 3.497,56
4 3.024,57 3.478,26 3.629,48 3.780,71 3.931,94
Este detalle resultara aplicable hasta que se convenga una nueva escala. Todo acuerdo posterior deberá respetar los porcentuales establecidos por categorías.

BONIFICACION ESPECIAL POR ANTIGÜEDAD CADA 5 AÑOS

15% 5% 5% 5%
Años May-11 Ago-11 Oct-11 Dic-11
5 665 695 724 752
10 1332 1390 1447 1505
15 1998 2084 2171 2258
20 2720 2838 2956 3074
25 3349 3494 3640 3786
30 4095 4273 4451 4629
35 4921 5135 5349 5563
40 5902 6158 6415 6672
45 7215 7529 7842 8156
50 8519 8890 9260 9630

ADICIONALES FIJOS Subsidio por fallecimiento

May-11 Ago-11 Oct-11 Dic-11
a) EMPLEADO 2.312,00 2.412,00 2.513,00 2.613,00
HIJOS, CONYUGES, PADRES, HERMANOS, PADRES POLITICOS. 1.369,00 1.428,00 1.488,00 1.547,00

PAGO POR ANTIGÜEDAD: A los efectos de su cómputo se tomara en cuenta a partir del primer año desde la fecha de ingreso. El valor de incremento salarial por un año de antigüedad será del 1% del salario correspondiente al primer año de su categoría según CCT Nº 375/04 vigente

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Comentarios

  1. -
  2. Anónimo dice

    7 agosto, 2012 a las 11:32 pm

    que pasa que nos no llega el aumento del 25% por zona fria y las categoria por antiguidad???ponganses las pilas o se las vamos a pinchar vagos de mer!!milla neumatico de cipolletti.(rio negro)

    Responder
  3. Anónimo dice

    1 junio, 2011 a las 5:34 pm

    Ignacio, buenas tardes.
    Tenes algun comentario sobre si, tanto SECA como SOCAYA, han homologado acuerdos por la rama Gomeria, porque los que publicaste tan amablemente son de Industria y sinceramente estoy bastante ansioso y necesitado.
    Desde ya, muchas gracias.
    Ricardo Fernandez

    Responder
  4. JUANJO DE ROSARIO dice

    31 mayo, 2011 a las 5:14 pm

    YO TENGO 10 AÑOS DE ANTIGÜEDAD Y ME PAGAN 134.89 PESOS, SOMOS UNA EL ULTIMO OREJON DEL TARRO LEJOS!!!! POR DIOS, Y ESTE VIEJO VIENE CON QUE HAY Q HABLAR, NO PUEDO VOTAR PQ SOY DE ROSARIO, PERO LO UNICO QUE QUIERO ES Q PIERDA Y QUE DESPUES TERMINE PRESO

    Responder
  5. Anónimo dice

    30 mayo, 2011 a las 9:43 pm

    GRACIAS A DIOS MAÑANA SE ACABA EL ROBO MAS GRANDE DE LA HISTORIS ,AFUERA CAVALIERI Y TODOS SUS SECUASES.

    Responder
  6. Anónimo dice

    30 mayo, 2011 a las 8:44 pm

    Ignacio, no hay novedades del comercio?

    Saludos
    Jorge

    Responder
  7. Anónimo dice

    30 mayo, 2011 a las 7:52 pm

    ignacio, esto cuando se cobra? con el sueldo a principio de mayo o recien a principio de junio? saludos!

    Responder
  8. Anónimo dice

    30 mayo, 2011 a las 6:46 pm

    Si yo no veo mal en esta escala esta descriminado la antiguedad que son hasta 5 años $665 y en dic van a se $752 igualito que comercio NO?
    Que HDP los dirigentes de comercio se rascan bien las Bo..S no consiguen nada para nosotros solo para ellos, y Cavalieri tiene el descaro de mirar el patrimonio de Moyano (que sin duda metio la mano en la lata) pero el tambien NO TIENEN CARA

    Responder
  9. Anónimo dice

    30 mayo, 2011 a las 6:13 pm

    …y el comercio?

    hasta los animales del zoológico ya tienen aumento pero nosotros nada de nada….

    Responder

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