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Es oficial el reintegro de Ganancias al medio aguinaldo

18 diciembre, 2015 Por Ignacio 2 comentarios

La eximición de Ganancias a aguinaldos es para sueldos de hasta $30 mil brutos.

El Gobierno oficializó la decisión de reintegrar el impuesto a las Ganancias aplicado al medio aguinaldo de diciembre. La medida había sido anunciada por que el presidente Mauricio Macri antes de asumir, a través de la red social Facebook.
La medida fue formalizada a través del decreto 152/15, publicado hoy en el Boletín Oficial. En los considerandos se establece que la eximición del cobro del gravamen sobre la segunda cuota del sueldo anual.
Además, se precisa que “tendrá efectos exclusivamente para los sujetos cuya mayor remuneración bruta mensual devengada entre los meses de Julio a Diciembre de 2015, no supere la suma de $30000”.

El beneficio derivado de lo dispuesto deberá exteriorizarse en el recibo de haberes del mes de diciembre del año 2015. A tal efecto los sujetos que deban actuar como agentes de retención identificarán el importe respectivo bajo el concepto “Beneficio Decreto Nº 152/2015”.

De acuerdo a una ley que comenzó a regir este año, las empresas están obligadas a liquidar la segunda cuota del Salario Anual Complementario hasta el 18 de diciembre. Las compañías que ya hayan depositado el medio aguinaldo de diciembre sin el beneficio oficializado hoy, deberán hacer los ajustes correspondientes en los próximos días.


El decreto expresa además que  oportunamente se ha instruido a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP),  para que proceda a la adecuación del régimen de retención del gravamen “habilitando un procedimiento especial para el cálculo de las retenciones, que implique la reducción progresiva del Impuesto a las Ganancias para los asalariados y jubilados”.

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Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: Aguinaldo, Aguinaldo - SAC, Ganancias, Ganancias 4ta Categoría

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Comentarios

  1. -
  2. Martin Varela dice

    21 diciembre, 2015 a las 2:59 pm

    Hola soy Martin, necesito saber si este beneficio rige unicamente para los empleados que se le retenia el impuesto a las ganancias. Porque no me queda claro si el decreto del 2013 se derogó (hasta el momento no vi que se haya derogado), porque de ser asi, solamente hay que analizar al personal que se le venia reteniendo y ver si entre Junio a Diciembre del 2015, supero los $30.000. Es asi??

    Responder
  3. Anónimo dice

    18 diciembre, 2015 a las 9:07 pm

    Consulta los que cobraron 30330 bruto con el sueldo de noviembre en diciembre. Cuanto le descuentan de ganancias en el aguinaldo?

    Responder

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