• Saltar al contenido principal
  • Skip to secondary menu
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Inicio
  • Blog
  • Suscripción
  • Contacto
  • Capacitación
  • Calculadoras
    • Calculadora Sanidad CCT 108/75
    • Calculadora de Sueldos UOCRA
    • Sueldos Empleados de Comercio
    • Sueldos Comercio Rama Turismo CCT 548/07
    • Calculadora Empleados de Comercio Rama Centros de Contacto CCT 781/22
    • Calculadora de Sueldos UTEDYC CCT 804/23 (ex 736/16)
    • Calculadora de Retenciones RG 830 “Profesiones liberales, oficios”
    • Calculadora de Sueldos SAEOEP CCT 88/90
    • Calculadora de Sueldos UATRE
    • Servicio Doméstico
    • Liquidación Final
    • Vacaciones
    • Calculadora de Plus Vacacional
    • Embargo de Sueldos
  • Aplicaciones
  • Vencimientos

Ignacio online

Es una web de información destinada a Contadores y Profesionales en Ciencias Económicas y Empleados de Comercio

Aconpy
  • Empleados de Comercio
    • Escalas Comercio 2022
    • Escala Salarial Empleados de Comercio 2020
    • Calculadora Empleados de Comercio
    • Ejemplos de Liquidaciones de Sueldo
    • Categorías Comercio
    • Régimen de Licencias y Permisos Especiales
    • Vacaciones de Empleados de Comercio
  • Asignaciones
    • Asignaciones Familiares Montos vigentes
  • Libro de sueldos Digital
  • Servicio Doméstico
    • Calculadora de sueldos Servicio Doméstico
    • Escala Salarial Servicio Doméstico
    • Aportes, contribuciones y ART
    • Formulario 102/RT
  • Monotributo
    • Monotributo Categorías 2023
  • Planillas

Sanidad: FATSA acordó un aumento del 36,1% y cerró la paritaria 2020

9 abril, 2021 Por Ignacio 43 comentarios

Índice de Contenidos

  • Acuerdos y escalas salariales
  • CCT 108/75 Establecimientos sin internación
  • CCT 122/75 Clínicas, Sanatorios, Geriátricos y Psiquiátricos;
  • CCT 459/06 Emergencias Médicas
  • CCT 107/75 Mutualidades
  • CCT 103/75 Hospitales Privados
    • Newsletter
    • ¡Gracias!

FATSA: El aumento de Sanidad será entre el 15% y el 16%, que completará el 36,1% de recomposición para 2020.

SANIDAD PARITARIA
SANIDAD

La Federación de Asociaciones de Trabajadores de la Sanidad Argentina (FATSA) y la Federación Argentina de Prestadores de Salud (FAPS), acordaron este jueves un aumento salarial del 36,1% para los trabajadores de la Sanidad, de esta manera se puso fin a la discusión paritaria del año 2020.

Acuerdos y escalas salariales


CCT 108/75 Establecimientos sin internación

Acuerdo CCT 108/75Descarga

CCT 122/75 Clínicas, Sanatorios, Geriátricos y Psiquiátricos;

Acuerdo CCT 122/75Descarga


CCT 459/06 Emergencias Médicas

Acuerdo CCT 459/06 Descarga

CCT 107/75 Mutualidades

Acuerdo CCT 107/75Descarga


CCT 103/75 Hospitales Privados

Acuerdo CCT 103/75_Descarga


Me gusta esto:

Me gusta Cargando...

Relacionado

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Publicado en: Laboral Etiquetado como: FATSA, Sanidad

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. Maria Romina dice

    3 mayo, 2021 a las 4:20 pm

    Hola, Alguna novedad con el convenio 108/75, sobre la liquidacion de este mes de abril 2021, porque no me queda claro lo del concepto no remunerativo, y si se hacen descuentos sobre esa suma?

    Responder
  3. Carlos dice

    1 mayo, 2021 a las 12:28 am

    La duda que tengo del 108/75 es tienen que pagar un retroactivo ? Por la diferencia de salarios del año pasado con este nuevo ? De ser así en que fecha lo tiene que hacer el patrono ?

    Responder
  4. Florencia dice

    30 abril, 2021 a las 2:21 pm

    hola, pertenezco a la segunda categoría de administración:
    alguien sabe cuanto es el aumento que nos va a quedar en el bolsillo? muchas gracias

    Responder
  5. Milena dice

    28 abril, 2021 a las 11:51 am

    Buenos días Ignacio! Tendrás un recibo de modelo para el convenio 108/75. Gracias!

    Responder
    • Ignacio dice

      28 abril, 2021 a las 12:12 pm

      hay alguno publicado en mi web

      Responder
      • pablo dice

        29 abril, 2021 a las 11:06 am

        Hola Ignacio, disculpa, pero no puedo ubicar el recibo de sueldo para este mes de abril/2021 del convenio 108/75 de la sanidad, que vos indicas que tienes uno publicado? Cual es el enlace así lo podemos ver, realmente hay confusión con el nuevo convenio. Muchas gracias

        Responder
        • Ignacio dice

          29 abril, 2021 a las 3:09 pm

          no tengo publicado de este mes

          Responder
        • Silvina A dice

          29 abril, 2021 a las 3:33 pm

          Yo tengo la misma duda No se que de declara en el 931 tampoco!
          Si se puede explicar un poco mas , seria grandioso! Muchas gracias

          Responder
  6. Julia dice

    26 abril, 2021 a las 4:22 pm

    Hola No me queda claro el sueldo de 1er categoría es de $60186.05 el sueldo a Junio 2020 $44221.93 Dif $15964.12 esto se abonaría como no remunerativo hasta Julio en el que pasa a estar vigente la escala?
    Pero el sueldo de primer categoría es $60186.05 y en marzo 2021 salió escala con $52974.56 por lo que la diferencia sería sólo $7211.49 (con descuentos completos). Alguien que tenga claro como hay que aplicarlo por favor que lo diga porque no me resulta lógico hacer una diferencia sobre el sueldo anterior a la escala que acaba de perder vigencia.

    Responder
    • Veronica dice

      27 abril, 2021 a las 8:50 am

      Julia, tengo la misma duda! no podemos bajar el básico

      Responder
      • Eladia dice

        30 abril, 2021 a las 6:44 am

        Tengo la misma duda!!!

        Responder
        • CECILIA dice

          3 mayo, 2021 a las 3:46 pm

          Hola! Alguien pudo saber como se liquida ? gracias!!

          Responder
  7. Juan dice

    22 abril, 2021 a las 12:52 pm

    Buen dia Ignacio. Se homologó el acuerdo en Min Trabajo? Debemos esperar a la homologación para
    obtener el aumento verdad? Lo pagarán en Mayo?

    Gracias.-

    Responder
    • Andrea dice

      29 abril, 2021 a las 9:29 am

      Buen día. Ya se encuentra homologado

      Responder
      • Leila dice

        3 mayo, 2021 a las 11:08 am

        Buen dia! Me podrias decir el numero de resolución de la homologación??

        Responder
  8. MARCELO dice

    16 abril, 2021 a las 7:59 pm

    Convenio 108/75
    Punto 5: dice ….la diferencia entre los salarios básicos acordados vigentes al 30-6-20 y los aquí acordados (08-04-21), así como los valores resultantes de la incidencia de las nuevas remuneraciones sobre los adicionales legales y conv. mantendrán la naturaleza de una gratificación extraordinaria no remunerativa (art 6 ley 24.241), con excepción de los aportes y cont Obra social y sindicato.
    Entiendo que por ejemplo:
    Primera Categoría Sueldo básico al 30-06-20 $ 44.221,93
    Primera Categoría Sueldo básico al 08-04-21 $ 60.186,05
    DIFERENCIA $ 15.964,12

    Esta diferencia es no remunerativa? no pagarias aportes y Cont de la SS, l19032, etc, y solo pagaría OS y sindicato?
    Es así, cual es su opinión?

    Responder
    • Agostina dice

      22 abril, 2021 a las 5:04 pm

      Buenas tardes, yo también tengo la misma duda.

      Responder
      • Eladia dice

        30 abril, 2021 a las 6:40 am

        Buen día, yo tengo la misma duda…… habrá alguien que pueda responder?

        Responder
    • Andrea dice

      23 abril, 2021 a las 10:58 am

      Marcelo, es asi como decis, y tal como fue el aumento anterior. dif nuevo basico y el de 06-2020 mas 36.1 % sobre adicionales pagados como no rem solo con Sindicato y OS SANIDAD

      Responder
    • silvia dice

      29 abril, 2021 a las 12:37 pm

      Hola dice con excepción de los aportes a cargo del trabajador (ahi entiendo que es todo no solo la obra social ) y las contribuciones patronales a la Obra Social , o sea es un beneficio para el empleador

      Responder
    • JOSE dice

      29 abril, 2021 a las 1:10 pm

      Convenio 108/75
      En el punto 5 de este último acuerdo dice: con excepción de los aportes a cargo del trabajador y las contribuciones patronales al Sistema Nacional de Obras Sociales.
      Lo antes mencionado difiere del anterior acuerdo en su punto 8 donde dice: con excepcion de los aportes sindicales y de obra social a cargo del trabajador y las contribuciones patronales al Sistema Nacional de Obras Sociales.
      Entiendo que se vuelve a los anteriores acuerdos donde el aumento era no remunerativo pero al empleado se le retenía sobre todo (Jubilación, ley 19032, obra social, sindicato).
      Luego en el punto 6 de este último acuerdo se prorrogan hasta el 30/06/2021 las excepcionalidades determinadas en los acuerdos homologados por Resol. 928/2019 – 268/2020 y 1111/2020, o sea que al confeccionar el F931 para las contribuciones de seguridad social por ejemplo para un personal de 1º categoria se tendría que informar el basico del acuerdo del 20/02/2019 homologado por Resol. 510/2019 $ 28752.88 mas la antigüedad que le corresponda? Alguien interpretó lo mismo?

      Responder
      • Maria Paula dice

        30 abril, 2021 a las 5:37 pm

        Hola José! Excelente tu apreciación en relacion a la redacción de ambos acuerdos por los descuentos al personal. Coincido totalmente con vos. Al estar redactado así correspondería descontar al empleado sobre el bruto (rem + no rem) todos los descuentos.
        En relacion al F 931 yo interprete que debía colocar por ejemplo hablando de un empleado de 1era categ (solo en básicos) $ 44.221.93 en todas las remuneraciones salvo en la 4 y 8,que se debía colocar $ 60.186,05 (que seria $ 44221.93 del básico 06/20 + $ 15.964,12 de la diferencia no remunerativa a la escala de abr/21)
        Me perdí cuando decís que iría la remuneración del acdo 20/02/19. Me podrás explicar tu apreciación. Muchas gracias!!

        Responder
        • JOSE GASPAR dice

          17 mayo, 2021 a las 1:47 pm

          MARÍA PAULA, AL LEER EL PUNTO 6 DEL ULTIMO ACUERDO DEL CCT 108/75, ENTIENDO QUE EL MISMO PRORROGA LA EXCEPCIONALIDAD PARA LOS DISTINTOS ACUERDOS QUE HUBO Y QUE FUERON HOMOLOGADOS POR LA RES. 928/2019, 268/2020 Y 1111/2020, ES POR ELLO QUE LLEGO A DECIR QUE PARA EL F931, SI TOMO EL SUELDO BASICO DE 1ª CATEGORIA PONDRÍA 28752.88 PARA EL CALCULO DE LAS CONTRIBUCIONES DE SEG SOCIAL. VOS SEGUN LO QUE INTERPRETAS INFORMARIAS DE BASICO 44221.93 PERO ESE BASICO CORRESPONDE AL ACUERDO HOMOLOGADO POR LA RESOLUCION 268/2020 QUE FUE TAMBIEN PRORROGADO POR EL PUNTO 6.
          LA VERDAD QUE HACEN COMPLICADO TODO. ESPERO LEAS MI OPINION Y ME DIGAS LA TUYA. QUIZAS ESTOY INTERPRETANDO MAL. MUCHAS GRACIAS Y SALUDOS.

          Responder
    • carla filippis dice

      30 abril, 2021 a las 11:44 am

      Hola Marcelo. Yo tengo la misma duda. Pero lo entiendo de igual manera que vos. Esa diferencia tiene descuentos solo de aportes obra social y sindicato. y para el empleador solo obra social

      Responder
  9. hugo restani dice

    15 abril, 2021 a las 3:11 pm

    buenas tardes, quisiera saber si es obligatorio ir a vacunarnos anuestro lugar de trabajo o podemos esperar que nos llame el estado

    Responder
  10. >Jose dice

    13 abril, 2021 a las 5:23 pm

    Estaria bueno, ya que estan abiertos los comentarios, que respondan las inquietudes

    Responder
  11. Agustina dice

    13 abril, 2021 a las 12:02 pm

    Hola Ignacio. para el convenio 42/89 de Sanidad no rige el aumento??

    Responder
  12. Luis dice

    10 abril, 2021 a las 12:16 pm

    Hola Ignacio una consulta, yo entre a trabajar en una empresa en el mes de febrero me corresponderían los aumentos pactados por FATSA de la paritaria del 2020? Y si es así cuantos aumentos solamente el febrero y marzo? Gracias por tus aportes siempre.

    Responder
    • Ignacio dice

      10 abril, 2021 a las 6:14 pm

      hola, la escala que esté vigente al momento en el que estés en la empresa

      Responder
      • Valeria romano dice

        11 abril, 2021 a las 11:29 am

        Consulta,y sala maternal también aumento y hasta cuándo la puedo cobrar?

        Responder
      • Luis dice

        11 abril, 2021 a las 8:39 pm

        Me olvidé de aclarar que estoy fuera de convenio

        Responder
  13. jose dice

    9 abril, 2021 a las 4:19 pm

    Entiendo que al ser retroactivo a abril viene (solo por la proxima liquidacion) doble el aumento?
    Gracias

    Responder
  14. Horacio dice

    9 abril, 2021 a las 12:48 pm

    El convenio 107/75 entra en el mismo arreglo

    Responder
    • Samuel dice

      13 abril, 2021 a las 8:54 pm

      Hola Ignacio buenas noches, el convenio 120/75, droguerías,entra en el aumento?
      Gracias

      Responder
    • Samuel dice

      13 abril, 2021 a las 8:55 pm

      Hola Ignacio buenas noches, el convenio 120/75, droguerías,entra en el aumento?
      Gracias

      Responder
Comentarios siguientes »

Trackbacks

  1. Ignacio Online @ignacioonline: Sanidad: FATSA acordó un aumento del 36,1% y cerró la paritaria 2020 – contalix dice:
    9 abril, 2021 a las 2:40 am

    […] entrada Sanidad: FATSA acordó un aumento del 36,1% y cerró la paritaria 2020 aparece primero en Ignacio […]

    Responder
  2. Sanidad: FATSA acordó un aumento del 36,1% y cerró la paritaria 2020 – Monotributo ?? dice:
    9 abril, 2021 a las 2:15 am

    […] entrada Sanidad: FATSA acordó un aumento del 36,1% y cerró la paritaria 2020 aparece primero en Ignacio […]

    Responder

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

SOS Contador Soft Contable en la nube
Holistor Sueldos y Jornales listo para liquidar

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Etiquetas

Acuerdos Salariales (139) AFIP (1500) AGIP (173) Aguinaldo (80) Aguinaldo - SAC (111) ANSeS (524) Aplicativos (206) ARBA (352) Asignación Universal por Hijo (251) Autónomos (124) Bienes Personales (109) bono (94) Calendario de pago (262) Casos Prácticos (223) CNTA (94) Convenio Multilateral (89) coronovirus (89) Escala Salarial (193) Factura Electrónica (78) FAECYS (418) FATSA (78) Ganancias (421) Homologación Acuerdos (128) IGJ (129) Ingresos Brutos (133) IVA (120) Jubilados y Pensionados (199) Mis Facilidades (84) Monotributistas (174) Noticias (87) Paritarias (573) Paritarias 2013 (82) Personal Casas Particulares (193) Plan de Facilidades de pago (159) Recategorización (88) Recibo de Sueldos (211) Resoluciones (508) Sanidad (95) SEC (102) Servicio Doméstico (111) SICOSS (85) SIPA (88) UOCRA (133) UOM (222) UTEDYC (150)

Copyright © 2025 Ignacio online · Creada por Hormigas en la Nube

Derechos de autor © 2025 · Magazine Pro en Genesis Framework · WordPress · Acceder

Utilizamos cookies propios y de terceros para mejorar nuestros servicios y experiencia de usuario. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Aceptar Reject Leer Más
Privacidad & Política de Cookies

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary
Siempre activado
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
Non-necessary
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.
GUARDAR Y ACEPTAR
%d