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UTEDYC: Liquidación sueldo para el mes de enero de 2010

2 febrero, 2010 Por Ignacio 164 comentarios

UTEDYC: Liquidación de sueldo para el mes de enero de 2010 – Caso Práctico
 En el mes de noviembre del año pasado, se otorgó un aumento salarial a los empleados de UTEDYC CCT 462/06 del 10% sobre los básicos al 31/012/2009, de manera escalonada: 5% en enero y 5% en febrero.
A manera de ejemplo, dejo esta liquidación para el mes de enero de 2010, para un empleado bajo el CCT 462/06 de UTEDYC, con la nueva escala.

Datos:
Convenio: CCT 462/06 U.T.E.D.Y.C.
Categoría: Administrativo de 3ra
Tipo de Contratación: A tiempo completo
Antigüedad: 1 año.

Liquidación:

Referencias para la liquidación
Básico
Según escala vigente a fecha, acordada en el acuerdo de noviembre de 2009. Ver
 
Adicionales (Art 20)
a) Antigüedad: 1% de la remuneración básica fijada para la 1ra. Categoría de Supervisión (1% de $ 2.827. – $ 27,27), por cada año aniversario de servicios que registre el trabajador, continuos o discontinuos, en la misma institución.
b) Presentismo: 10% de la remuneración básica de la categoría en la que revista el trabajador. Este adicional se abonará mensualmente, juntamente con la liquidación de haberes y sobre base de la reglamentación que se establece en el artículo siguiente.
c) Zona desfavorable: a los trabajadores comprendidos en este convenio cuyos lugares permanentes de trabajo se encuentren en las provincias de La Pampa, Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego se les abonará un “adicional por zona desfavorable” equivalente al cincuenta por ciento (50%) de la remuneración total que perciba y mientras permanezcan en dichos lugares.
Administrativo 3ra Categoría:
Comprende al personal que realiza tareas administrativas en general, ya sea en forma manual, mecánica, electrónica y/o computarizada, asignadas y bajo la supervisión de su superior, tales como: auxiliares administrativos en general; cajero auxiliar; recepcionista; telefonista; cadete.

Cuota y contribuciones sindicales (Art 41)

1. Cuota sindical: Las instituciones empleadoras procederán a descontar mensualmente a los trabajadores afiliados a UTEDyC la cuota sindical fijada por ésta, actualmente equivalente al dos por ciento (2%), o la que se fije en el futuro, la cual se calculará sobre todos los conceptos remunerativos mensuales que perciba el trabajador.
2. Contribución de los trabajadores para el cumplimiento y desarrollo de los fines culturales, gremiales, sociales y de capacitación de UTEDyC: las instituciones retendrán mensualmente a todos los trabajadores comprendidos en el ámbito de aplicación del presente convenio, el dos por ciento (2%) de la remuneración bruta total percibida en cada período, en concepto de contribución solidaria con destino a UTEDyC. Los fondos en cuestión serán afectados al cumplimiento de los fines culturales, gremiales, sociales y de capacitación establecidos en los estatutos sociales de la entidad firmante, conforme lo habilita el art. 9 de la Ley 14.250 (t.o.) y sus modificatorias.
3. Eximición de la contribución solidaria establecida en el artículo 41.2 del presente: Los trabajadores que a la entrada en vigencia del presente convenio colectivo se encuentren afiliados a UTEDYC o se afilien en el futuro, quedan exentos del cumplimiento de la contribución solidaria establecida en el art. 41.2 del presente. Este beneficio para los trabajadores afiliados se establece con arreglo a lo dispuesto en el art. 9 de la Ley 14.250 (t.o.) y sus modificatorias

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Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: Casos Prácticos, liquidación, Recibo de Sueldos, UTEDYC

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Comentarios

  1. Ignacio dice

    3 febrero, 2010 a las 6:41 pm

    Si, así. Pero me estás preguntando por comercio o por UTEDYC?

    Responder
  2. Cristian dice

    3 febrero, 2010 a las 5:38 pm

    Ok Ignacio, muchas gracias.
    En caso de que cumplas 2 años de antiguedad seria el 2% del sueldo bruto, 3 años de ant 3% y asi sucesivamente?

    Responder
  3. Ignacio dice

    3 febrero, 2010 a las 3:55 pm

    Hola Leo, no, no he leido ese acuerdo, buscaré información.

    Hola Cristian, se calcula sobre el básico bruto.

    Responder
  4. Cristian dice

    3 febrero, 2010 a las 2:21 pm

    Hola Ignacio, consulta respecto del aumento por antiguedad que se logro en este ultimo acuero:
    Se va a llegar al 1% ….esto como se calcula…sobre el neto el 1% de lo que se cobra en mano? asi se saca la antieguedad?
    a partir del 2do año como se calcula?

    Responder
  5. leo dice

    2 febrero, 2010 a las 11:06 pm

    hola ignacio
    tenes informacion sobre el gremio del vestido (soiva) el sueldo de un oficial cuanto seria ahora?
    gracias

    Responder
  6. mara dice

    2 febrero, 2010 a las 10:37 pm

    hola!!! muy buena informacion y muy útil. tenes idea de las contribuciones patronales?
    muchas gracias

    Responder
  7. Ignacio dice

    2 febrero, 2010 a las 10:15 pm

    Si, eso es lo que puse. Saludos

    Responder
  8. Anónimo dice

    2 febrero, 2010 a las 9:52 pm

    Ignacio
    Muy buena la información. Solo una observación, la cuota sindical de UTEDyC es del 2,5%, cuando el trabajador no esta afiliado se le retiene un 2% pero en concepto de contribucion solidaria
    Marcelo

    Responder
  9. Ignacio dice

    2 febrero, 2010 a las 2:08 pm

    Hola Cristian, en febrero vas a cobrar el sueldo completo

    Responder
  10. Cristian dice

    2 febrero, 2010 a las 1:49 pm

    Me tome una semana, del 25/01 al 1/02

    Practicamente cobre lo mismo que meses anteriores….unos $100 mas que lo común

    Responder
  11. Ignacio dice

    2 febrero, 2010 a las 1:40 pm

    No se, depende cuanto te hayas tomado los días, cuanto días, no se, necesito mas información

    Responder
  12. Cristian dice

    2 febrero, 2010 a las 1:07 pm

    Ignacio, respecto a las vacaciones te consulto lo siguiente:
    en el recibo de sueldo en vez de figurarme 30 dias trabajados me figuran 23 (yo me tome una semana) y el resto me figuran como vacaciones, mi consulta es: el mes proximo me van a hacer algun descuento o voy a cobrar el sueldo completo de Febrero?

    Responder
  13. Anónimo dice

    2 febrero, 2010 a las 12:27 pm

    Gracias Ignacio, seguiremos esperando. saludos

    Responder
  14. Ignacio dice

    2 febrero, 2010 a las 12:16 pm

    Hola Andrés, no, no tengo información sobre que se haya homologado.

    Responder
  15. Anónimo dice

    2 febrero, 2010 a las 11:44 am

    Buen día Ignacio, tenés alguna novedad sobre la homologación del convenio 462/06 de utedyc, yo estoy bajo ese convenio y no se ha hecho la homologación aún. Al menos no la encuentro, vos sabes algo?. Gracias. Andrés.

    Responder
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