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Cálculo del Aguinaldo – 3 casos prácticos

13 junio, 2016 Por Ignacio 30 comentarios

Índice de Contenidos

  • 1. Trabajador que trabajó todo el semestre
  • 2. Trabajador que trabajó parte del semestre
  • 3. Trabajador que trabajó menos de un mes en el semestre
  • Artículos relacionados:
    • Newsletter
    • ¡Gracias!

Tres casos prácticos de liquidación de aguinaldos explicados paso a paso. 1. Trabajador que trabajó parte del semestre. 2. Trabajador que trabajó parte del semestre 3. Trabajador que trabajó menos de un mes en el semestre.

 
El S.A.C. (Sueldo anual complementario), mas conocido por AGUINALDO, “será pagado sobre el cálculo del 50 % de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro de los semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año.”

Para gratificar mejor el concepto, voy a desarrollar tres ejemplos prácticos:

1. Trabajador que trabajó todo el semestre

Como vimos arriba, para determinar el aguinaldo debemos cálculo del 50 % de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto en el semestre. Para este caso es un trabajador que laboró todo el semestre, por lo que el cálculo es sencillo.

Veamos cuales fueron las remuneraciones del semestre:

Claramente vemos que la mejor remuneración devengada en el semestre es la de OCTUBRE, para calcular el SAC o aguinaldo, tomamos el 50% de esa remuneración, o lo que es lo mismos la dividimos por 2:

$6.100, es el SAC correspondiente al semestre Julio-Diciembre. Que se paga el 18 de diciembre.

Sobre el valor bruto del aguinaldo se deben realizar los mismo descuentos que sobre el resto del salario.

2. Trabajador que trabajó parte del semestre

Para el caso de un trabajador que no trabajó todo el semestre, el cálculo del aguinaldo debe realizarse de manera proporcional al tiempo trabajado en el que se devengó la remuneración. La formula a aplicar sería la siguiente:

Los períodos que no devengan aguinaldo son, entre otros:

  • licencia por maternidada,
  • período de excedencia
  • licencias sin goce de sueldo,
  • período de guarda de puesto,
  • suspensiones disciplinarias
  • faltas injustificadas,

Veamos un ejemplo, Para este caso, es una trabajadora que tomó durante el segundo semestre la licencia de 90 días por maternidad:

Para este caso, la trabajadora estuvo de licencia del 1° de agosto al 29 de octubre, por lo que debemos determinar el SAC de manera proporcional al tiempo efectivamente trabajado y en el que se devengó el salario. Recordemos que durante la licencia por maternidad no se devenga salario, sólo se cobra una asignación Familiar (Asignación por Maternidad) que es pagada por la ANSeS.

El cálculo sería

De los 184 días que tiene el segundo semestre, la trabajadora estuvo 90 de licencia, por lo tanto se devengó salario durante 94 días. (184 – 90 = 94).

Aplicamos la fórmula:

El SAC proporcional es de $ 3.116,30. Al igual que en el caso anterior, se deben realizar los descuentos.

3. Trabajador que trabajó menos de un mes en el semestre

Para el caso de un trabajador que trabajó menos de un mes en el semestre, el cálculo se realiza como la doceava parte del salario devengado.

En este caso el trabajador inició su relación laboral ya comenzado diciembre. Por lo que la remuneración devengada en el semestre no llega a un mes, en este caso el SAC proporcional se determinar de la siguiente manera:

Aplicamos la formula y quedaría:

 

Artículos relacionados:

  • Claves para liquidar el aguinaldo
  • Cálculo del aguinaldo proporcional
  • Casos prácticos de liquidación del aguinaldo
  • Calculo del Aguinaldo a Servicio Doméstico
  • Aguinaldo y licencia por maternidad

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Publicado en: Laboral Etiquetado como: Aguinaldo, Aguinaldo - SAC, Casos Prácticos

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Comentarios

  1. -
  2. Pedro dice

    7 junio, 2020 a las 3:36 pm

    Hola pregunta, las vacaciones entran en el calulo del aguinaldo? es decir en el primer semestre enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio yo tome vacaciones en febrero de los so 6 meses (aunque febrero halla sido vacaciones) tomo el mejor sueldo y divido por 2? gracias,

    Responder
  3. Fabio Sanchez Barrantes dice

    16 diciembre, 2019 a las 9:08 pm

    Buenas tardes

    en el caso que el patrono me pagara las vacaciones este monto deberá de contemplarse a la hora de pagar el aguinaldo

    Responder
  4. Natalia dice

    12 julio, 2019 a las 12:03 pm

    hola; me parecen muy útiles tus explicaciones.
    Tengo la duda para liquidar la 1ªcuota del SAC, como se toman las vacaciones?en empleados quincenales, se las toma en lugar del recibo de quincena?
    hay empleados cuyas vacaciones son mayores a 2 quincenas por ej.

    Responder
    • Ignacio dice

      12 julio, 2019 a las 4:59 pm

      Para el SAC, se toma el devengado por mes

      Responder
  5. Andres dice

    28 junio, 2019 a las 2:42 pm

    Hola, en primer lugar destaco la claridad de tus explicaciones. Son bien sencillas de entender como el caso del calculo de vacaciones. Respecto al aguinaldo, te quería consultar. En mi caso me pagan un Premio anual, el cual siempre se adelanta una parte los primeros dias de Junio y el resto a mediados de Diciembre. Al momento de calcular el SAC que se abona los primeros día de Julio, deberían tener en cuenta el premio que se abonó en Junio, no? ….y el tema es en Diciembre: en un mismo recibo nos pagan el sueldo, 2da parte del Premio y un SAC calculado con lo cobrado hasta el momento. El tema que calculan el SAC sin considerar el premio que se abona en Diciembre. Eso es correcto?

    Responder
    • Ignacio dice

      8 julio, 2019 a las 9:54 pm

      Hola Andres, deberían pagar este SAC, teniendo en cuenta lo pagado de esa suma hasta el momento, y en diciembre con el resto.
      Si lo liquidan todo en diciembre, deberían tener en cuenta la suma total.
      Yo igual tomaría la primera opción

      Responder
  6. Anonimo dice

    12 diciembre, 2018 a las 3:57 pm

    Hola, hago una consulta respecto a aguinaldo… en caso de haber trabajado todo el semestre… pero 2 meses y 1 semana jornada completa de 8 horas y el resto de los meses media jornada de 4 horas… como se tomaría en ese caso?

    Responder
    • Ignacio dice

      12 diciembre, 2018 a las 11:30 pm

      Se liquida de la misma manera, la mejor remuneración mensual del semestre

      Responder
  7. Unknown dice

    28 junio, 2017 a las 5:27 pm

    si mi mejor remuneración mensual, es en la cual me liquidaron las vacaciones, es la que deberían tomar calcular el aguinaldo?
    Gracias.

    Responder
  8. Anónimo dice

    9 junio, 2017 a las 10:45 pm

    Cual es la fecha de cobro de aguinaldo?

    Responder
  9. Anónimo dice

    23 diciembre, 2016 a las 2:27 am

    Como se calcularia el aguinaldo de una persona que cobra 250 por dia y trabajo 3 veces por semana y a partir del 28/11 comenzó a ir todos los dias de lun a sabados que es cuando abre el restoran.

    Responder
    • Diego Jaime dice

      24 junio, 2019 a las 3:10 pm

      Ignacio eso es porque dice el 50% sobre todo concepto, osea que entran los adicionales como fallo de caja kilometros (choferes) etc…?

      Responder
  10. Anónimo dice

    20 diciembre, 2016 a las 1:45 pm

    En el caso de que en el semestre este por licencia por ART, el empleador me paga el aguinaldo completo ó solo los dias que haya trabajado??

    Responder
  11. CLAUDIO RUBEN PONTI dice

    14 diciembre, 2016 a las 3:19 pm

    Hola buenos días Ignacio, yo cobro en bruto mas de 55 mil pesos por mes desde julio hasta noviembre, cuanto cobraria de aguinaldo?, saludos!!!

    Responder
  12. Virginia Moyano dice

    13 junio, 2016 a las 6:52 pm

    Buenas Tardes Ignacio, Actualmente estoy de licencia por excedencia, solo tengo trabajados el mes de Enero entero y la primer semana de Febrero. Tambien se prorratea?
    Desde ya muchas gracias.

    Responder
    • Ignacio dice

      14 junio, 2016 a las 1:33 pm

      Si, se tomaría enero y lo que trabajaste en febrero

      Responder
  13. Anónimo dice

    18 enero, 2016 a las 12:34 pm

    Estimado, comencé a trabajar el 9 de diciembre (como el tercer caso) pero me calcularon el SAC como si fuera el segundo caso. Me estan proporcinando dos veces por los dias trabajados, ya que toman toman el sueldo por dichos dias. Como puedo demostrar al empleador que la liquidacion es incorrecta? Desde ya muchas gracias.

    Responder
  14. Anónimo dice

    18 diciembre, 2015 a las 2:35 pm

    y los conceptos no remunerativos? en caso de comercio por ejemplo, se toman? gracias

    Responder
    • Ignacio dice

      20 diciembre, 2015 a las 6:03 pm

      Hola, a mi entender si, se deberían tomar. Aunque es un tema para discutrir

      Responder
  15. Flavio dice

    15 diciembre, 2015 a las 8:52 pm

    Consulta: qué pasa cuando no llegas a los 30000 bruto pero en algún mes del semestre te liquidan un bono pero te calculan aguinaldo sobre bono y te retienen ganancias? Gracias, Flavio

    Responder
    • Ignacio dice

      20 diciembre, 2015 a las 6:02 pm

      Para el aguinaldo como tomaron el bono? liquidaron el 50%?

      Responder
      • Cristina dice

        7 enero, 2021 a las 2:54 pm

        Hola buenas tardes quería saber si ahora con el covit19 ,yo no estoy trabajando ,soy mayor de 65 años,
        si me corresponde aguinaldo
        Espero respuesta muchas graciasCristina

        Responder
  16. Anónimo dice

    15 diciembre, 2015 a las 7:45 pm

    Para el tercer caso(x ej. inicio 01-12-15), ¿se debe pagar el aguinaldo también el día 18-12 en base a una estimación del sueldo? ¿O corresponde pagarlo con el sueldo de Diciembre?

    Responder
    • Ignacio dice

      20 diciembre, 2015 a las 6:01 pm

      Hola, si, en ese caso se estima y si hay diferencias se paga en enero

      Responder
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