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Servicio doméstico: en junio y en diciembre se cobra el medio aguinaldo. Guía paso a paso para calcular el aguinaldo de empleados de casas particulares.
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Al igual que los empleados en relación de dependencia bajo la ley de contrato de trabajo, los trabajadores de Casas Particulares también tienen derecho a cobrar el Sueldo Anual Complementario (SAC), también llamado Aguinaldo.
Si sos personal de casas particulares en junio te corresponde el cobro del sueldo anual complementario.
Por lo tanto, este mes los empleadores de trabajadores de casas particulares deberán liquidar el primer medio aguinaldo correspondiente al mes de junio.
El nuevo régimen para el personal de casas particulares sancionado mediante la ley Ley 26.844 dispone que el cálculo del SAC será equivalente el 50% de la mayor remuneración mensual devengada, por todo concepto, dentro de los semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año.
¿Cuándo se paga el aguinaldo al Servicio Doméstico?
La fecha de pago difiere de los trabajadores bajo la ley de contrato de trabajo que cobran el aguinaldo el 30 de junio y 18 de diciembre de cada año.Para el caso de los los empleados bajo el Régimen de Casas Particulares, el Aguinaldo lo deben cobrar en la última jornada laboral de cada semestre, Junio y Diciembre. Por lo tanto la fecha puede diferir en cada caso en particular.
Veamos un ejemplo:
Una empleada presta servicios 3 veces por semana, lunes y miércoles. Para este 1° semestre de 2017, deberá cobrar el aguinaldo el 28 de junio.En cambio, si prestara servicio de lunes a viernes, la fecha de pago sería el 30 de junio.El mismo procedimiento se debe seguir para el segundo semestre cuando se abone en diciembre el 2° SAC.
¿Cómo calculamos el aguinaldo para el personal de Casas Particulares?
Como vimos, el artículo 26 de la ley 26.844 establece que:
“El sueldo anual complementario consiste en el cincuenta por ciento (50%) de la mayor remuneración mensual devengada, por todo concepto, dentro de los semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año.”
Por lo tanto, la base de cálculo para el SAC será la mejor remuneración devengada en un semestre en forma mensual, teniendo en cuenta todos los conceptos, es decir tanto en dinero como en especie.
Como por ejemplo:
- Salario básico.
- Horas extras.
- Adicionales
- Remuneración en especie (por ejemplo, prestaciones por habitación).
- Gratificaciones o adicionales.
No integran la base de cálculo los siguientes conceptos no remuneratorios:
Asignaciones familiares. Ya que son pagadas por el ANSES, y no por el empleador. Recordemos que la nueva ley incorpora como novedad la modificación de la ley de asignaciones familiares (Ley 24.714), otorgando al trabajador los beneficios de las prestaciones por la asignación por embarazo para protección social, la asignación universal por hijo para protección social y la asignación por maternidad.
Casos de ejemplo
Caso 1 Empleado que trabajó todo el semestre
Para el primer ejemplo, tomaremos el caso de un empleado que prestó servicios el semestre completo. El detalle de los salarios del 1° semestre de 2017 es el siguiente:
Como se puede apreciar, la mejor remuneración es la de febrero, por lo tanto el aguinaldo será el 50% de esa remuneración, veamos:
7.126,50 x 50% = 3.895,82
Por lo tanto, $ 3.895,825 será el medio aguinaldo
Pago proporcional del aguinaldo
- licencia por vacaciones,
- licencias por enfermedad
- otras licencias legales pagas.
En cambio, cuando la prestación de tareas sufrió suspensiones no merecedoras de remuneración, como por ejemplo:
- licencia por maternidad
- licencias sin goce de sueldo
Estos períodos no se computarán como trabajados para el cálculo del aguinaldo y el mismo se deberá calcular de manera proporcional al tiempo efectivamente trabajado. Se pueden dar dos casos, que preste servicios por tiempo mayor a un mes o por un tiempo menor a un mes.
Veamos ambos casos:
Caso 2 tiempo mayor a un mes pero menos al semestre
Para este caso, se trata de una empleada que comenzó a trabajar en marzo, por lo que no trabajó todo el semestre. Los salarios devengados son los siguientes:
En este caso la empleada no trabajó todo el semestre, entonces debemos calcular el 50% dela mejor remuneración y proporcionarla al tiempo trabajado en dicho semestre, veamos:
7.126,50 x 50% x 122 / 181 = 2.401,75
Donde:
- $ 7.126,50 es la mejor remuneración del semestre
- 122 son los días trabajados en el semestre
- 181 son los días del semestre
- $ 2.401,75 el medio aguinaldo
Caso 3 tiempo menor a un mes
Para el segundo caso, se trata de un empleado que prestó servicios menos de un mes en el semestre.
4751 / 12 = 395,92
Pago proporcional por Extinción del contrato
Por último, cuando se opere la extinción del contrato de trabajo por cualquier causa,se pagará la parte proporcional del sueldo anual complementario devengada en el respectivo semestre.
Paula dice
Bajo la modalidad de prestación de servicio por hora, corresponde SAC?
Silvina dice
Buenos dias, queria saber si en el calculo de SAC deben tomarse los viaticos como parte del salario.
O sea supongamos que la persona cobra x horas y de los 6 meses su maximo salario fue $ 8000 en el mes de marzo y los viaticos cambian y en junio corresponden 2000, en el recibo van discriminados como viaticos.
El concepto viatico debe tomarse como parte del salario para el calculo de SAC?
La misma duda me surge con el tema vacaciones, los dias de vacaciones se calculan por salario y entiendo que esos viaticos no se pagan porque la persona no los gasto, pero quisiera que me lo confirme.
Gracias
Tomas dice
Hola Ignacio, como es el caso de aguinaldo en aquella empleadas domesticas que trabajan 1 vez por semana 3 hs.
Gracias.-
Isidoro dice
Como se pagan los aportes y contribuciones del aguinaldo mediante la emision de volantes VEP a traves del Servicio AFIP Banco Nacion o mediante el ingreso de la pagina AFIP..Gracias. Sdos
Roxana dice
Buenas tardes me podrían informar trabajo 3 veces x semana son 60 ha al mes me corresponde aguinaldo ?
Ignacio dice
No importa la carga horaria, siempre corresponde SAC
mirta graciela ruiz diaz dice
buen dia,trabajo,’3 veces a veces 4 veces por semana,cuido una persona mayor que no esta imposibilitada en su andar ,y hago tareas de servicios domesticos.mi sueldo acordado es de 17.500 pesos,pero me pagan los dias que trabajo.para el medio aguinaldo como lo calculo.gracias
Rosa Matilde dice
Muy clara la información que dan a conocer.
Espero si por favor me pueden informar siempre por servicio domestico .
anonimo dice
Hola Ignacio! gracias por toda tu info! en el caso 1 la mejor remuneración detallada es incorrecto … no serian $7791.64
Unknown dice
HOLA BUENAS TARDES, QUIERO CONFIRMAR QUE LO QUE ESTOY HACIENDO ES CORRECTO POR FVAOR: EMPLEADA C LICENCIA POR MATERNIDAD DESDE 15/12 , EL PAGO DEL SAC DEBERIA SER PROPORCIONAL…
TOMO COMO MEJOR SUELDO 3991 (7982/48*24) YA QUE EL DE DICIEMBRE TIENE AUMENTO PERO LO COBRA SOLO POR 15 DIAS, ENTONCES SERIA (3991/2)/181*168. ES CORRECTO?
Hola buen día…!! Habrá aumento para empleadas domésticas en 2017??
Buen día…!! Va a haber aumento en 2017 para empleadas domésticas??
Buen día. consulta, en junio aumenta el sueldo??
Buenas tardes.. consulta.. si empezo a trabajar en Marzo.. pero solo tres veces por semana..(15 hs semanales) como debo realizar el calculo? Muchas Gracias,
Muy bueno, como siempre.
Muy didáctico, como siempre.