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Empleados de Comercio: Cálculo del aguinaldo Junio 2023 | Caso práctico

26 junio, 2023 Por Ignacio 31 comentarios

Índice de Contenidos

  • El aguinaldo
  • Base de cálculo
  • Rubros incluidos
  • Rubros excluidos
  • Devengado
  • Caso práctico
  • Liquidación SAC Junio 2023
  • Determinar la mayor remuneración devengada en el semestre
  • Recibo Aguinaldo
  • Descuentos
  • Fecha de pago
  • Pago en cuotas del Aguinaldo
  • Artículos relacionados:
    • Newsletter
    • ¡Gracias!

Cálculo del aguinaldo para Empleados de Comercio Junio 2023 – Caso Práctico paso a paso.

En un artículo anterior “Sueldos de Empleados de Comercio Junio”, no incluí el aguinaldo, liquidación que abordaré detalladamente en el siguiente artículo.

Antes de entrar en detalles, sin embargo, es útil hacer un repaso rápido de los aspectos fundamentales a tener en cuenta cuando se trata de la liquidación del aguinaldo.

El aguinaldo

La ley 23.041, establece en su artículo primero, que:

“El sueldo anual complementario en la actividad privada, Administración Pública Central y descentralizada, empresas del Estado, empresas mixtas y empresas de propiedad del Estado, será pagado sobre el cálculo del 50 % de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro de los semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año.”

Por su parte, el decreto 1078/84, que reglamenta la mencionada ley 23041, establece en su artículo primero, que el aguinaldo:

“será proporcional al tiempo trabajado por los beneficiarios en cada uno de los semestres en que se devenguen las remuneraciones computables.“

Entonces, para determinar el aguinaldo de Junio, debemos determinar en primer la lugar la mejor remuneración mensual del semestre y sobre eso calcular el 50%, ese será nuestro aguinaldo.

Además, se debe tener en cuenta que el aguinaldo es proporcional al tiempo trabajado.

Por lo tanto, el aguinaldo se paga sobre tiempo trabajado remunerado. Cuando no se cumplen estás condiciones, no se se paga el aguinaldo.

Dos ejemplos clásicos serían las licencias sin goce de sueldo, como el período de excedencia y el de guarda de puesto, momentos en los que no hay prestación de servicios y tampoco remuneración.

Tampoco se devenga aguinaldo durante la licencia por maternidad, debido a que sobre es tiempo no se paga salario, sino que este se sustituye por una asignación familiar que paga la ANSES.

Base de cálculo

A diferencia de otras, la base para el SAC es amplia, se trata de la mayor remuneración por todo concepto, por lo tanto, a los efectos del cálculo del aguinaldo deben computarse tanto las remuneraciones principales, como las complementarias, sean en fijas o variables y en dinero o en especie, las que deben ser valorizadas a este fin.

Rubros incluidos

A modo enunciativo, podemos nombrar los siguientes rubros:

  • Salario básico
  • Adicionales de convenio/empresa
  • Horas extras
  • Comisiones
  • Viáticos sin comprobantes
  • Remuneraciones en especie – casa/habitación/comida-
  • Propinas habituales
  • Gratificaciones y premios habituales
  • Vacaciones y plus vacacional

Rubros excluidos

Si bien la base de cálculo para determinar el aguinaldo es amplia, existen algunos rubros que no se incluyen para el cálculo del mismo, como por ejemplos aquellos rubros de carácter “no remunerativo.”

A manera de ejemplo, se enuncian algunos de esos conceptos:

  • Asignaciones familiares
  • No se calcula el aguinaldo sobre los importes abonados en concepto de licencia por maternidad. Ya que es una asignación familiar.
  • Licencia por ART Incapacidad Laboral Temporaria (ILT)
  • Beneficios sociales otorgados por el empleador conforme al artículo 103 bis Ley de Contrato de Trabajo

Devengado

El criterio que toma la ley es del devengado, no de lo percibido, por lo tanto debemos tener en cuenta las sumas de salario en función del tiempo, independientemente de cuando se hayan pagado.

Un caso típico son las vacaciones, que se pagan de manera anticipada y puede suceder que esas vacaciones se tomen para un mes y parte en otro. En ese caso, debemos aplicar a mes en que se devengaron esas vacaciones, y no cuando fueron efectivamente pagadas

Caso práctico

Ahora, apliquemos estos conceptos en un caso práctico y veamos cómo quedaría la liquidación del SAC de junio para Empleados de Comercio con un breve caso práctico.

Liquidación SAC Junio 2023

Datos para la liquidación:

  • Categoría: Administrativo A
  • Tipo de Jornada: Completa
  • Antigüedad: 10 años
  • Obra Social: O.S.E.C.A.C.
  • Afiliado al Sindicado: No

Determinar la mayor remuneración devengada en el semestre

En el siguiente papel de trabajo tenemos el detalle de las remuneraciones devengadas en el semestre:

Empleados de Comercio: Cálculo del aguinaldo Junio 2023 | Caso práctico

Determinación de la mejor remuneración

Del papel de trabajo surge que la mejor remuneración devengada en el semestre enero-junio 2023, por todo concepto es la de Junio, entonces el cálculo del aguinaldo será:

261.865,8 x 50% = 130.932,84

En este caso, los días de vacaciones se gozaron íntegramente dentro del mismo, por lo tanto no es necesario realizar ningún ajuste.

Recibo Aguinaldo

Y el recibo de sueldo por el aguinaldo quedaría de la siguiente manera:

Descuentos

Sobre el Aguinaldo se realizan los mismos aportes que para el resto de los haberes.

Fecha de pago

La fecha de pago límite para la primera cuota del aguinaldo es el 30 de junio y la segunda el 18 de diciembre. Difiere de la fecha de pago del resto de la remuneración, que es de 4 días hábiles posterior al mes al que corresponden los salarios.

Pago en cuotas del Aguinaldo

Como vimos, el aguinaldo se paga en dos cuotas, junio y diciembre. La ley 24.467 habilita las pymes al pago del aguinaldo en hasta 3 cuotas, siempre el convenio colectivo de trabajo lo apruebe. Pero hasta la fecha, el CCT 130/75 de Empleados de Comercio ha incorporado esa opción.

Artículos relacionados:

  • Claves para liquidar el aguinaldo
  • Cálculo del aguinaldo proporcional
  • Casos práctico de liquidación del aguinaldo
  • Calculo del Aguinaldo a Servicio Doméstico
  • Aguinaldo y licencia por maternidad

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Publicado en: Empleados de Comercio Etiquetado como: Aguinaldo, Aguinaldo - SAC, Aguinaldo Junio, Casos Prácticos, Paritarias

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Comentarios

  1. -
  2. Gisela dice

    28 junio, 2023 a las 7:45 pm

    Hola mi marido cobra por quincena los 5 y los 20 como seria el aguinaldo le cuentan un solo recibo o el mes completo trabajado

    Responder
  3. Ana Lanzillotta dice

    28 junio, 2023 a las 8:41 am

    Hola Ignacio, buen día. Siempre te leo atentamente
    Muchas gracias por tu información
    Trabajo 6 hs de lunes a sábados hace 22 años, cómo tendría q ser mi recibo de junio? Y que cuota no remunerativa correspondería,
    Agradecida
    Ana

    Responder
  4. Sergio dice

    27 junio, 2023 a las 3:43 pm

    Hola Ignacio, la mitad del sueldo mas alto, se calcula sobre lo cobrado de bolsillo, o sobre el bruto?

    Responder
    • Ignacio dice

      28 junio, 2023 a las 12:29 am

      está explicado detalladamente en el artículo

      Responder
  5. Graciela dice

    27 junio, 2023 a las 1:37 pm

    Olvídate nos pagan el aguinaldo en agosto o septiembre y en 3 o 4 cuotas y el de diciembre en marzo dicen q no tienen plata y es mentira, me dijeron q si no pagan atérmino se debe pagar doble aguinaldo es verdad?

    Responder
  6. Verónica dice

    27 junio, 2023 a las 9:41 am

    Hola, a mi me pagan el aguinaldo junto a sueldo de julio, del 1 al 5 , eso es correcto ? solo en diciembre me pagan a termino, y cobro comisión,el aguinaldo lo pagan sobre el sueldo básico, a la comisión no la cuentan.

    Responder
  7. Marina dice

    27 junio, 2023 a las 9:37 am

    Buen día. Estuve de licencia por maternidad desde el 12 de Enero hasta el 12 de Abril. Como calculo mi aguinaldo?

    Responder
    • Ignacio dice

      27 junio, 2023 a las 10:41 am

      https://www.ignacioonline.com.ar/empleados-de-comercio-como-calcular-el-aguinaldo-proporcional/

      Responder
  8. Marce dice

    27 junio, 2023 a las 9:37 am

    El tema es que durante la pandemia e incluso antes se había dejado de pagar el aguinaldo como dice la ley por esos famosos aumentos no remunerativos. Entonces si eso fue ilegal y con todo el aval del gobierno de turno a través del ministerio de trabajo quien va a compensar a todos los trabajadores con toda esa plata q perdió tanto en el presente como a futuro. La pandemia no es excusa ya q muchos trabajaron igual cantidad de horas recibiendo mucha menos plata q les correspondía pero como mencioné anteriormente está “moda” del no remunerativo empezó antes de la pandemia y se adoptó como algo normal y legal…

    Responder
  9. Daniel dice

    26 junio, 2023 a las 11:41 pm

    Hola Ignacio. Veo que incluyes los no remunerativos para el cálculo del aguinaldo. Pero en lo que respecta a los descuentos en los no remunerativos no se calcula aporte jubilatorio ni ley 19032. Porque deberían tomarse esos descuentos en el aguinaldo que contiene el no remunerativo??

    Responder
    • Ignacio dice

      27 junio, 2023 a las 10:27 am

      Hola Daniel, me parece que leíste mal el artículo, no es el cálculo que hice

      Responder
      • Daniel dice

        28 junio, 2023 a las 12:01 am

        Tienes razón Ignacio. El cálculo del recibo es sobre el 50% de la remuneración de junio/23 que no incluye el no remunerativo. Ahora la pregunta del millón (jajaja), sobre los no remunerativos se calcula aguinaldo? Teóricamente corresponde, pero el acuerdo de empleados de comercio dice que no se tomaría para el SAC. Que hacer?

        Responder
        • Ignacio dice

          28 junio, 2023 a las 12:26 am

          Hola,

          depende el caso, depende lo que diga el acuerdo, y depende el criterio. Hay varios artículos que escribí en este mismo sitio.

          Responder
  10. Monica dice

    26 junio, 2023 a las 11:01 pm

    Hola ignacio ,los no remunerativos tambien se consideran, 12500 ej. ?

    Responder
    • Ignacio dice

      26 junio, 2023 a las 11:30 pm

      en principio, no

      Responder
      • Roxana dice

        27 junio, 2023 a las 4:21 am

        Ignacio. Porq en principio no se consideran los $12500 para el calculo del aguinaldo, en el cuadro los consideraste.

        Responder
        • Ignacio dice

          27 junio, 2023 a las 10:25 am

          Porque no está contemplado en el acuerdo, pero digo en principio porque también hay otras opciones, hay un puñado de artículos en ese sentido escritos por mi en esta misma web sobre ese tema.
          Saludos

          Responder
  11. Jorge dice

    26 junio, 2023 a las 7:39 pm

    Ignacio, si bien la fecha limite es el 30/06….se puede abonar junto con la segunda quincena de junio?…o hay que calcular un estimado y pagarlo con fecha 30 y luego con el cierre del mes pagar la diferencia si correspondiera?

    Responder
    • Ignacio dice

      26 junio, 2023 a las 10:35 pm

      Lo mejor sería pagarlo hasta el 30

      Responder
  12. Nancy dice

    26 junio, 2023 a las 3:12 pm

    Como siempre sos muy claro y te agradezco la información exacta que siempre nos das. Siempre te sigo. Saludos!

    Responder
  13. Pablo dice

    26 junio, 2023 a las 1:02 pm

    Hola, el cierre para el sueldo en mi empresa es de 21 a 20 de cada mes, el 20 de junio cerro y yo trabaje los 5 feriados(24, 25 de mayo, 17, 19 y 20 de junio) este sueldo se computa para el aguinaldo?

    Responder
  14. Ricardo dice

    26 junio, 2023 a las 12:31 pm

    Hola Ignacio yo no cobro eso ni empedo trabajo jornada completa estoy cobrando $160.000 al mes es imposible lo que vos desis

    Responder
    • Andy dice

      27 junio, 2023 a las 12:04 am

      Fíjate que el ejemplo que dio él es de una persona con bastante antigüedad. Eso hace la diferencia también, cobra 20mil de antigüedad pero además hay que ver en qué categoría estás

      Responder
    • Lestra dice

      27 junio, 2023 a las 10:56 am

      jajajaja no es imposible, es correcto, que vos seas un boludo que se deja pisotear no es culpa de ignacio

      Responder
    • Ignacio dice

      27 junio, 2023 a las 1:23 pm

      Hola Ricardo, no es lo que yo digo, es lo que dice el convenio colectivo de trabajo con la escala de junio

      Responder
  15. Marcela dice

    26 junio, 2023 a las 11:23 am

    Hola! Trabajo 6 horas de lunes a sábados, cuanto deberían pagarme??,sigue siendo la mitad del mejor sueldo durante los 6 meses??
    Trabajo para empleados de comercio

    Responder
    • Gabo dice

      26 junio, 2023 a las 3:27 pm

      Es el 50% de la mejor remuneración que percibiste.

      Responder
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  1. Empleados de Comercio: cálculo del aguinaldo proporcional dice:
    27 junio, 2023 a las 10:41 am

    […] el artículo “Cálculo del aguinaldo Junio 2023” analizamos cómo se liquida este concepto para un empleado que ha trabajado durante todo el […]

    Responder

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