Ejemplo de liquidación Febrero 2015 para Empleados de Comercio. Feriados.
El otro supuesto es que el empleado no trabajó el feriado del 1° de Enero, por lo que tenemos que liquidar el feriado como no trabajados.
Veamos como quedaría la liquidación.
Categoría: Administrativo A
Básico: $ 8.588,67
Antigüedad: $858,87
Es el 1% del básico de convenio para la categoría por cada año de antigüedad.
8.588,67 x 10 x 1% = 858,86
Asistencia y Puntualidad: $787,29
(8.588,67 + 858,86 ) / 12 = $ 787,30
Liquidación Feriado no trabajados
16 y 17 de febrero feriados de Carnaval, el empleado no prestó servicios, veamos como liquidarlo:
Para el caso de ejemplo, tomamos que el trabajador no prestó servicios los días 16 y 17 de febrero, feriados de carnaval, veamos como liquidarlo:
El artículo 169 de la LCT determina la manera de determinar el salario para trabajadores que no prestan servicios durante el día feriado. Se debe liquidar según, remitiendo su tratamiento al artículo 155 de la misma ley. Recordamos que este artículo dispone la forma de calcular el salario del trabajador durante el período de vacaciones. Por consiguiente:
Como son 2 feriados lo multiplicamos por 2:
409,39 x 2 = 818,79
- 11% de Jubilación
- 3% de Obra Social
- 3% según Ley 19.032
- 2% de Aporte Solidario y OBLIGATORIO con destino al Sindicato de Empleados de Comercio. Esté el empleado afiliado o no al sindicato. (según el Art. 100 del CCT 130/75)
- 0,5% de Aporte Solidario OBLIGATORIO con destino a FAECyS. Esté el empleado afiliado o no al sindicato. (según el Art. 100 del CCT 130/75)
- 2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.
- ¿Cuántos días de vacaciones me corresponden?
- Licencia por vacaciones: Puntos importantes para su liquidación y otorgamiento
- Vacaciones: Época de otorgamiento y Comunicación.
- ¿Qué sucede si el empleador no otorga las vacaciones?
- Vacaciones y licencia por enfermedad inculpable
- La Licencia por maternidad, el período de excedencia y las vacaciones
Virginia Moyano dice
Buenos dias. como puedo hacer el calclo si trabajo jornada reducida de 6 hs?
Gracias!
Hola! En la liquidación del mes febrero, abonada en marzo de 2015, me pagaron $1000 como suma no remunerativa. A q se debe? Q acuerdo es? Gracias
Hola, alguien tiene idea de la fecha en la que estarán las paritarias y de cuanto sera el aumento? No consigo información por ningún lado. Gracias
hola soy empleada de call center y mi liquidación de febrero fue menor , según lo que me dicen es porque trabaje 28 dias y cobro el sueldo mensual por 30 , es legal eso no me deben pagar igual por 30 dias trabajados por mas que el mes sea mas corto. muchas gracias
Hola ignacio. Enq mes es el aummento para elmpleados de comercio
Buenas tardes Ignacio! esta bien que proporcionen el sueldo basico en febrero a 28 días?? porque en el mes de enero no me lo proporcionaron a 31dias por ejemplo.
Muchas gracias!