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Empleados de Comercio: Liquidación de vacaciones enero de 2012 – Ejemplo

24 enero, 2012 Por Ignacio 97 comentarios

Liquidación de vacaciones y acuerdos no remunerativos para Empleados de Comercio CCT 130/75 Enero de 2012.

Respondiendo a varias consultas sobre la liquidación de las vacaciones para empleados de comercio (CCT 130/75) y el tratamiento de la sumas no remunerativas otorgadas por el último acuerdo de junio de 2011, veremos un ejemplo muy simple de una liquidación. En este caso para el mes de enero 2012.

La manera de liquidar vacaciones en comercio, no difiere de cualquier otra liquidación, la única particularidad que genera algunas dudas, es el tratamiento de los acuerdos “no remunerativos.”

Respecto a este tema, la forma de liquidación es la misma que para liquidar las sumas remunerativas, pero con la particularidad de que debemos realizar los cálculos por separado, es decir por un lado los remunerativos y por otros los no remunerativos. Por qué? sencillamente porque llevas descuentos diferentes.

El ejemplo que veremos es muy simple, y está calculado para el mes de enero, con los mismos datos que en el ejemplo anterior (ver ejemplo enero 2012 sin vacaciones)

Datos para la liquidación
– Categoría: Administrativo A
– Básico: $ 3.044,32
– Tipo de Jornada: Completa
– Fecha de ingreso: 01/04/2011
– Día de vacaciones: 14 días *
–  Fecha de inicio: 
– Obra Social: O.S.E.C.A.C.
– Afiliado al Sindicado: No

(*) Al haber ingresado el 1º de abril del 2011, le corresponden 14 días de vacaciones, el resto son días trabajados. 

Solución propuesta


Basicamente son 4 los calculos a realizar:

Sobre Remunerativos: 
1) 16 días trabajados y 
2) 14 días de vacaciones

Sobre No remunerativos:   
3) 16 días trabajados y 
4) 14 días de vacaciones

Conceptos Remunerativos
Básico: $1.623,64
1) El básico para el mes de enero según la escala de comercio es de $3044,23, determinamos el valor día dividiendo por 30 :
3.044,32 / 30 = 101,47 valor día
101,47 x 16 = 1.623,64 sueldo básico por 16 días
Asistencia y Puntualidad: $239,89 es la doceava parte del básico más antigüedad (Art. 40 CCT 130/75).
1.623,64 / 12 = $135,30
Vacaciones
2) 3.044,32 + 253,69 = 3.298,01
3.298,01 / 25 = 131,92 valor día de vacaciones
131,92 x 14 = 1.846,89 valor vacaciones
Conceptos No Remunerativos
3) Acuerdo Colectivo Junio 2011
913,30 / 30 = 30,44
30,44 x 16 = 487,09
4) Vacaciones sobre acuerdo no remunerativos
913,30 + 76,11 = 989,41
989,41 / 25 = 39,57
39,57 x 14 = 554,07
Descuentos
Sobre las sumas Remunerativas se calcula:
  • 11% de Jubilación
  • 3% de Obra Social
  • 3% Según Ley 19.032
  • 2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75
  • 0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75
  • 2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.

Sobre las sumas no remunerativas se calcula:
  • 3% de Obra Social
  • 2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75
  • 0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75
  • 2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.

Hasta aquí el desarrollo del ejemplo, tomé un ejemplo simple, sin antigüedad, si adicionales ni items a cuenta de futuros aumentos. Tampoco

Como siempre, espero haberme explicado correctamente y no haberme equivocado ni la interpretación ni en los cálculos.

Ver también:

  • Liquidación octubre 2011
  • Liquidación septiembre 2011
  • Liquidación noviembre 2011
  • Liquidación diciembre 2011

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Publicado en: Empleados de Comercio, Sin categoría, Vacaciones Etiquetado como: Casos Prácticos, Recibo de Sueldos

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Comentarios

  1. Ignacio dice

    25 enero, 2012 a las 7:29 pm

    Federico, es lo mismo, el 3% sobre el sueldo

    Gracias Juan!!, una abrazo!

    Fernando, no, son día corridos

    Gracias Any, veré que puedo hacer

    Responder
  2. Anónimo dice

    25 enero, 2012 a las 6:34 pm

    Mil GRACIAS IGNACIO… con tu pagina despejo miles de dudas'' siempre la consulto a la hora de liquidar sueldos'

    Genioooooooooo … saludos y un muy buen año 2012

    Responder
  3. Anónimo dice

    25 enero, 2012 a las 3:23 pm

    para media jornada los descuentos de las vacaciones se hacen como si fuera de jornada completa tambien??
    gracias

    Responder
  4. Anónimo dice

    25 enero, 2012 a las 12:45 pm

    Buenos dias Ignacio: Hace poquito comenzé a liquidar sueldos de comercio,y esta página es mi favorita, por su claridad, practicidad y las permanentes actualizaciones que públicas a diario. Sin olvidar los aportes de quienes tienen más experiencia. Asi que, muchas gracias! 🙂
    Una consulta antes de irme?
    me gustaria saber un poco más de liquidaciones de sueldo segun el convenio de SMATA.
    Aca en Ushuaia, hay poca info.
    GRAX!!!
    any.-

    Responder
  5. Anónimo dice

    25 enero, 2012 a las 11:30 am

    HOLA IGNACIO. DISCULPA LA MOLESTIA.

    PARA EL COMENTARIO 6 Y 7, ESTAN INCLUIDOS DENTRO DEL GRUPO FAMILIAR, SI TIENEN OSECAC, SOLO TIENEN QUE IR A LA OBRA SOCIAL Y DARLOS DE ALTA. LEAN EL ART 8 Y 9 DE LA LEY 23660.

    PARA EL COMENTARIO 9. LAS VACIONES SON EN DIAS CORRIDOS. NO TE VAN A DAR DOS DIAS MAS POR SER FERIADO. TE RECOMIENDO QUE LA PROXIMA TE TOMES VACACIONES EN DIAS QUE NO SEAN FERIADOS, PARA QUE NO LOS PIERDAS.

    GRACIAS IGNACIO.

    SALUDOS-JUAN-VILLA MARIA.

    Responder
  6. Anónimo dice

    25 enero, 2012 a las 4:19 am

    IGNACIO HACES CONSULTAS PARTICULARES PARA ASESORAMIENTO? LO ESTOY NECESITANDO CON URGENCIA, PARA LIQUIDACION DE HABER E INGRESOS BRUTOS, TENGO TODO ATRASADO!! GRACIAS LUDMILA DE AVELLANEDA….

    Responder
  7. Anónimo dice

    25 enero, 2012 a las 12:57 am

    Hola ignacio te hago una consulta, mis vacaciones son a partir del 13 de febrero hasta el 27, la duda es sobre los feriados de carnaval que me quedan en el medio, debo tomarme 2 dias mas?
    desde ya muchas gracias
    Fernando

    Responder
    • Anónimo dice

      29 agosto, 2012 a las 4:33 pm

      Una licencia no reemplaza a la otra si te caen dos feriados dentro del periodo de vacaciones los perdes de gozarlos ya que los estas gozando como vacaciones. Solo te tomas los 14 dias y te los deben liquidar como vacaciones. Saludos

      Responder
    • Anónimo dice

      25 febrero, 2015 a las 5:46 pm

      Eso depende el convenio, en mi caso que es sanidad si te caen 2 dias feriado o 1 en el medio a mi me otorgan 2 o 1 dias mas…

      Responder
  8. Anónimo dice

    24 enero, 2012 a las 10:40 pm

    HOLA IGNACIO. COMO ANDAS. BARBARA LA EXPLICACION. CUANDO SUBIS ALGO SOBRE SUELDOS LA GENTE SE PRENDE COMO IMAN DE HELADERA.

    DALE PARA DELANTE CON LAS LIQUIDACIONES DE COMERCIO Y FIJATE SI PODES SUBIR DE OTROS GREMIOS, LA GENTE BUSCA ESO, POR QUE LOS QUE LIQUIDAMOS SUELDOS, ESTAMOS MEDIO EN BOLAS PORQUE HAY MUY POCA INFORMACION SOBRE EL TEMA.

    ESPERO QUE NO TE MOLESTE EL COMENTARIO.

    SALUDOS-JUAN-VILLA MARIA.

    Responder
  9. Anónimo dice

    24 enero, 2012 a las 9:54 pm

    cuanto aumenta el porcentaje por incorporar grupo familiar en obra social

    Responder
  10. federico dice

    24 enero, 2012 a las 9:28 pm

    hola igancio yo trabajo desde hace un mes y tengo q incorporar a mi señora y a mi nena cuanto aumenta el descuento de la obra socia

    Responder
  11. Ignacio dice

    24 enero, 2012 a las 6:01 pm

    Exacto, gracias Mercedes, el presentismo 3.044,32 / 12 = 253,69

    Responder
  12. Anónimo dice

    24 enero, 2012 a las 5:43 pm

    Y se sabe algo de las paritarias 2012 para los empleados de comercio!!!

    Responder
  13. Anónimo dice

    24 enero, 2012 a las 5:19 pm

    es el presentismo sobre el basico

    saludos
    Mercedes

    Responder
  14. Gustavo dice

    24 enero, 2012 a las 4:13 pm

    Me sumo a la pregunta de Luis… q son los $253,69 ? Gracias

    Responder
  15. Luis dice

    24 enero, 2012 a las 1:40 pm

    Hola Ignacio, que son los 253.69 que le sumas al basico para el calculo de las vacaciones?gracias

    Responder
    • Anónimo dice

      29 agosto, 2012 a las 4:30 pm

      es el presentismo, 8.33 por ciento del basico

      Responder
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