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Empleados de Comercio: Liquidación de vacaciones enero de 2012 – Ejemplo

24 enero, 2012 Por Ignacio 97 comentarios

Liquidación de vacaciones y acuerdos no remunerativos para Empleados de Comercio CCT 130/75 Enero de 2012.

Respondiendo a varias consultas sobre la liquidación de las vacaciones para empleados de comercio (CCT 130/75) y el tratamiento de la sumas no remunerativas otorgadas por el último acuerdo de junio de 2011, veremos un ejemplo muy simple de una liquidación. En este caso para el mes de enero 2012.

La manera de liquidar vacaciones en comercio, no difiere de cualquier otra liquidación, la única particularidad que genera algunas dudas, es el tratamiento de los acuerdos “no remunerativos.”

Respecto a este tema, la forma de liquidación es la misma que para liquidar las sumas remunerativas, pero con la particularidad de que debemos realizar los cálculos por separado, es decir por un lado los remunerativos y por otros los no remunerativos. Por qué? sencillamente porque llevas descuentos diferentes.

El ejemplo que veremos es muy simple, y está calculado para el mes de enero, con los mismos datos que en el ejemplo anterior (ver ejemplo enero 2012 sin vacaciones)

Datos para la liquidación
– Categoría: Administrativo A
– Básico: $ 3.044,32
– Tipo de Jornada: Completa
– Fecha de ingreso: 01/04/2011
– Día de vacaciones: 14 días *
–  Fecha de inicio: 
– Obra Social: O.S.E.C.A.C.
– Afiliado al Sindicado: No

(*) Al haber ingresado el 1º de abril del 2011, le corresponden 14 días de vacaciones, el resto son días trabajados. 

Solución propuesta


Basicamente son 4 los calculos a realizar:

Sobre Remunerativos: 
1) 16 días trabajados y 
2) 14 días de vacaciones

Sobre No remunerativos:   
3) 16 días trabajados y 
4) 14 días de vacaciones

Conceptos Remunerativos
Básico: $1.623,64
1) El básico para el mes de enero según la escala de comercio es de $3044,23, determinamos el valor día dividiendo por 30 :
3.044,32 / 30 = 101,47 valor día
101,47 x 16 = 1.623,64 sueldo básico por 16 días
Asistencia y Puntualidad: $239,89 es la doceava parte del básico más antigüedad (Art. 40 CCT 130/75).
1.623,64 / 12 = $135,30
Vacaciones
2) 3.044,32 + 253,69 = 3.298,01
3.298,01 / 25 = 131,92 valor día de vacaciones
131,92 x 14 = 1.846,89 valor vacaciones
Conceptos No Remunerativos
3) Acuerdo Colectivo Junio 2011
913,30 / 30 = 30,44
30,44 x 16 = 487,09
4) Vacaciones sobre acuerdo no remunerativos
913,30 + 76,11 = 989,41
989,41 / 25 = 39,57
39,57 x 14 = 554,07
Descuentos
Sobre las sumas Remunerativas se calcula:
  • 11% de Jubilación
  • 3% de Obra Social
  • 3% Según Ley 19.032
  • 2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75
  • 0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75
  • 2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.

Sobre las sumas no remunerativas se calcula:
  • 3% de Obra Social
  • 2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75
  • 0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75
  • 2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.

Hasta aquí el desarrollo del ejemplo, tomé un ejemplo simple, sin antigüedad, si adicionales ni items a cuenta de futuros aumentos. Tampoco

Como siempre, espero haberme explicado correctamente y no haberme equivocado ni la interpretación ni en los cálculos.

Ver también:

  • Liquidación octubre 2011
  • Liquidación septiembre 2011
  • Liquidación noviembre 2011
  • Liquidación diciembre 2011

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Publicado en: Empleados de Comercio, Sin categoría, Vacaciones Etiquetado como: Casos Prácticos, Recibo de Sueldos

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Comentarios

  1. Jenny Fonseca dice

    10 diciembre, 2012 a las 4:44 pm

    mi sueldo es de 2400 basico y presentismo es 250 cuanto sacaria de vacaciones? te agradesco si me contas porfa

    Responder
  2. Jenny Fonseca dice

    10 diciembre, 2012 a las 4:34 pm

    HOLA IGNACIO NECESITO QUE SAQUES EL PORCENTAJE DE MIS VACACIONES MI SUELDO ES 2400 BASICO Y PRESENTISMO ES DE 250, TENGO 14 DIAS DE VACACIONES CUANTO SERIA?

    Responder
  3. CARMIÑA dice

    22 septiembre, 2012 a las 5:54 pm

    HOLA IGNACIO, NECESITO ASESORAMIENTO PARA REALIZAR UNA LIQUIDACION FINAL SIN JUSTA CAUSA(INDEMNIZACION).
    -TUVO PREAVISO
    -LA FECHA DE EGRESO ES EL PRÓXIMO 30/09/2012. LA FECHA DE INGRESO 12/06/2004.
    -NO SE TOMÓ LAS VACACIONES DE 2011
    NO ME QUEDA CLARO EL TEMA DE LOS CONCEPTOS NO REMUNERATIVOS QUE SE DEBEN SUMAR AL REMUNERATIVO PARA EL CÁLCULO DE LA INDEMNIZACIÓN, VACACIONES Y SAC.
    ESPERO PUEDAS AYUDARME. GRACIAS
    CARMIÑA

    Responder
  4. Anónimo dice

    10 septiembre, 2012 a las 3:37 am

    Hola queria consultar cuanto es el sueldo básico de un empleado de comercio en ushuaia quiero saber si estoy cobrando de menos…espero tu respuesta muchas gracias

    Responder
  5. Deskrado dice

    7 agosto, 2012 a las 10:56 pm

    si el sueldo basado en 26 dias (tiene 4 dias menos por licencia):

    Basico 3642.44
    CTA Fut Aum 1411.40
    Antiguedad 182.12
    Presentismo 316.69
    Premio 2667.60

    cuanto serian 7 dias de vacaciones?

    Responder
  6. Deskrado dice

    7 agosto, 2012 a las 10:53 pm

    si el sueldo basado en 26 dias (tiene 4 dias menos por licencia):

    Basico 3642.44
    CTA Fut Aum 1411.40
    Antiguedad 182.12
    Presentismo 316.69
    Premio 2667.60

    cuanto serian 7 dias de vacaciones?

    Responder
  7. Anónimo dice

    19 julio, 2012 a las 11:00 pm

    Quisiera saber como se liquida una indemnización por despido sin justa causa. Como tomo los no remunerativos.
    Agradeceré que me informen.-

    Responder
  8. Luis dice

    13 junio, 2012 a las 7:24 pm

    Ignacio, si las vacaciones se tomaran en el mes en que se devenga el aguinaldo, se suma también el aguinaldo a la remuneracion del mes o sólo se toma la remuneracion habitual? si hubieses bonos / premios en el período se incluyen en la base de cálculo?
    gracias

    Responder
  9. Luis dice

    13 junio, 2012 a las 7:19 pm

    una consulta…..si hubiera sido liquidado en el mes de devengamiento del aguinaldo , se suma el aguinaldo a la remuneracion del mes?

    Responder
  10. Anónimo dice

    4 junio, 2012 a las 7:04 pm

    Hola Ignasio, una consulta…quisiera saber como es la formula para el adelanto de vacaciones para empleados jornalizados

    Responder
  11. Anónimo dice

    1 junio, 2012 a las 4:02 pm

    Hola ignacio,una consulta..para los empleados que trabajan 4hs en vez de 8hs,es decir,media jornada. los aportes a la obra social van como si fuesen de jornada completa, para el caso del sindicato y faecys tambien tienen que aportar como si fuesen de jornada completa?

    Responder
  12. Anónimo dice

    28 mayo, 2012 a las 11:47 am

    estimado ,yo cobro una comision fija hace 4 años y casi no se movio ,corresponde aumentar como lo hace con el basico ?? por ejm el aumento de ocmercio del 15% en mayo y 9% noviembre?

    saludos

    Responder
  13. Anónimo dice

    3 mayo, 2012 a las 3:34 pm

    Hola ignacio como estas? mi consulta es la siguiente, queria saber cual seria mi basico de administrativo A pero de media jornada (6hs – 5 dias a la semana) podrias subir un recibo? porque mi jefe me quiere pagar mucho menos de lo que me corresponde me parece. Aclaracion: me esta por poner en blanco.

    Responder
  14. Anónimo dice

    18 abril, 2012 a las 7:48 pm

    BUENAS GENTE, SE SABE ALGO DE LAS PARITARIAS 2012??? PARA CUANDO EL AUMENTO PARA EMPLEADOS DE COMERCIO? GRACIAS Y SALUDOS!

    Responder
  15. maribel dice

    16 abril, 2012 a las 11:28 pm

    si yo egrese atrabajar efectivo el 7 9 2007 este año cumplo 5 años me corresponde 21 dias de vacaciones muchas gracias

    Responder
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