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SICOSS marzo 2020: SIPA o No SIPA, esa es la cuestión

16 abril, 2020 Por Ignacio 159 comentarios

Índice de Contenidos

  • El beneficio
  • “SIPA o No SIPA, esa es la cuestión”
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Finalmente llegó el día de presentar el 931 de marzo 2020, lejos quedó la derogada resolución 219/20 con sus diferencias entre esenciales y encuarentenados.

AFIP habilitó en Declaración En Linea el beneficio de postergación del pago de las contribuciones patronales al SIPA, establecidos por el Decreto 332/20 y RG 4693.

Para gozar de este beneficio, los empleadores deben inscribirse en el programa “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP)”.

Cabe aclarar que “al inscribirse los empleadores no renuncian a ningún beneficio previsto en el programa.” La registración, en cambio, facilitará el acceso a futuras herramientas que se creen en el marco de la emergencia sanitaria.

El plazo en principio era hasta el 15 de abril, pero AFIP lo extendió un día más, por lo que el plazo vence hoy.

El sistema solicitará a los empleadores inscriptos información sobre la facturación por ventas para determinar cuáles son los beneficios a los que podrán acceder.

El beneficio

Respecto al beneficio de postergación de las contribuciones al SIPA del devengado marzo 2020, el vencimiento se traslada a Junio 2020. Pero solo contribuciones SIPA, el resto vence desde hoy por N° de CUIT.

Una vez presentada la Declaración juradas del las ventas en el ATP, si el empleador fu aprobado para obtener el beneficio, aparecerá en simplificación la siguiente caracterización:

Código:
460 Beneficio Dto. 332/2020 03/2020

Respecto a la carga del 931, es como siempre, la diferencia está al momento de hacer el VEP.

“SIPA o No SIPA, esa es la cuestión”

Una vez confeccionado el 931, aparece la diferencia entre los declarado y lo que hay que pagar:

El total a pagar es el correcto, el total declarado menos el SIPA: 189.796,25 – 34.919,56 = 154.876,69

Como dijimos arriba, el beneficio es postergar el pago del SIPA a junio.

Pero el problema es que al general el VEP, quita el total de contribuciones, SIPA + No SIPA.

Al presentar el 931, AFIP nos informa:

Deberá generar el VEP desde esta aplicación normalmente para todos los impuestos salvo el 351 (Contribuciones de Seguridad Social). Luego generar un VEP adicional dentro del servicio ‘Presentación de DDJJ y Pagos’ – Grupo de Tipos de Pagos ‘OTROS PAGOS (Seleccionando Impuesto)’ – Tipo de Pago ‘AFIP – OTROS PAGOS’. De esta forma podrá seleccionar el Impuesto-Concepto-Subconcepto ‘351-369-019’ con el importe calculado por el aplicativo correspondiente a las Contribuciones NO SIPA (quedando pendiente de ingreso las del SIPA según la prórroga del Dcto. 332).

Por lo tanto, en abril hay que hacer dos VEP:

  • Uno sin contribuciones de Seguridad Social
  • Y otro con las contribuciones No SIPA

Y el resto (SIPA)se pagará en Junio, con un tercer VEP.

Resumen de la situación

VEP 1 en Abril     125.011,18
VEP 2 En Abril      29.865,51
Total Abril     154.876,69
VEP 3 Junio      34.919,56
Total 931     189.796,25

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Publicado en: AFIP

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Comentarios

  1. -
  2. JOSE dice

    21 abril, 2020 a las 8:59 am

    Tengo caracterización en Sistema Regitral : 460 Beneficio Dto. 332/2020 periodo : 03/2020.
    NUNCA recibi comunicacion del beneficio x domicilio fiscal electronico.
    Se genero vep y se pago cargas sociales salvo CCSS Sipa . Se liquido con el sistema actualizado de afip y ya hacia distincion.
    Voy a deuda de cuentas tributarias y me figura la 351 – CONTRIBUCIONES SEG. SOCIAL (1) como pendiente por el capital vencido el sipa. Lo otro se pago y obviamente no figura impago.
    Voy a querer generar el vep de lo vencido y no me aparece nada vencido.

    Tan difícil es actualizar los sistemas ? Les pasa igual? No van a intimarlo desde AFIP?

    Responder
  3. Guille dice

    20 abril, 2020 a las 4:09 pm

    Buenas Tardes, alguien sabe como pudo hacer sino me inscribi en el “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP)”.? No sabia que habia que hacerlo y ahora que ingreso esta vencido el plazo =(

    Responder
    • Diego dice

      21 abril, 2020 a las 1:02 pm

      Se volvió a abrir. Recomiendo que lo hagas hoy mismo. Suerte!

      Responder
  4. Beatriz dice

    20 abril, 2020 a las 12:01 pm

    Buenos días, las retenciones del SUSS se descuentan de las contribuciones de seguridad social SIPA o NO SIPA?
    Gracias

    Responder
  5. zabalegui dice

    20 abril, 2020 a las 10:35 am

    una consulta, se pueden rectificar los datos ya cargados ?

    Responder
    • Analía dice

      21 abril, 2020 a las 2:06 pm

      Dijeron que si, pero entras y solo te aparece la opcion de descargar el comprobante… o sea, no…

      Responder
  6. Nora dice

    20 abril, 2020 a las 10:19 am

    Hola buen día, les consulto por el acceso a Cuentas Tributarias donde tengo un saldo a favor por los 1800 no reimputado, de las rectificativas de dic 19 y ene 20, me cuesta mucho acceder al sitio, debo tener algún acceso no permitido, alguien me puede ayudar?

    Responder
    • Ignacio dice

      20 abril, 2020 a las 11:20 am

      no está funcionado bien, algo lento

      Responder
  7. Florencia dice

    19 abril, 2020 a las 9:49 pm

    Ignacio, una consulta. El día 16/04 presente unas cargas sociales que vencían ese mismo día. En el f931 me aparece diferenciado ente sipa y no sipa pero cuando ingreso a sistema de cuentas tributarias tengo un solo concepto de 351 y si quiero emitir el vep por lo que debería vencer en junio me dice que venció el 16/04 y debo pagar intereded. Habran hecho algún cambio después de la presentación y debo rectificar?

    Responder
    • Flavia dice

      20 abril, 2020 a las 5:36 pm

      Me pasa lo mismo. Presenté el 931 también el 16/04 y en cuentas tributarias no discrimina entre SIPA y NO SIPA: figura la deuda vencida al 16/04.
      Hay que hacer algo o lo va a corregir AFIP?

      Responder
      • Ignacio dice

        20 abril, 2020 a las 10:40 pm

        pero le dieron el beneficio?

        Responder
        • martin dice

          21 abril, 2020 a las 7:40 pm

          Buenas tardes Ignacio. Me pasa lo mismo, en el sistema de cuentas tributarias me esta calculando los intereses sobre el total de las contribuciones de la seguridad social, yo pague el vep por la parte de cont. seg. s. NO SIPA. Entiendo que fui aceptado en el beneficio porque en caracterizaciones me aparece el beneficio.

          Responder
        • Flavia dice

          22 abril, 2020 a las 9:34 am

          Buenos días. Si, si. Afip nos dió el beneficio. Pero en el Sistema de cuentas tributarias está la deuda vencida, sin discriminar entre SIPA y NO SIPA.
          Tendríamos que hacer algo? Envié un mail a AFIP pero aún no me respondieron.

          Responder
          • Melisa dice

            23 abril, 2020 a las 1:20 am

            Ami me sucede lo mismo, tenemos el beneficio, abonamos por separado el no sipa mediante vep, y en sistema de cuentas tributarias me trae todo el codigo 351, e intereses por el vencimiento del 16-04, no se que pasa…

          • Belen dice

            23 abril, 2020 a las 9:26 pm

            Me pasa lo mismo. Y si tengo el beneficio… alguien sabe que se hace?

        • Ana dice

          23 abril, 2020 a las 1:02 pm

          Hola, yo estoy igual, tengo el beneficio, realice el f931 en línea y me tiro sólo el vep sin el código 351 y ahora en ctas tributarias me sale q lo debo y con intereses…..
          consulta hay q generar el vep en ctas tributarias y poner vep sin intereses y saldrá el vep con vto junio….sera ? eso alguno sabe?
          afip no responde y los intereses van subiendo
          (en ctas tributarias debajo del monto sale para hacer el vep…..)

          Responder
        • Diego dice

          27 abril, 2020 a las 10:00 am

          Tenemos el beneficio porque estamos caracterizados en el sistema registral con el beneficio 332/2020. El 931 salió diferenciado con sipa y no sipa. Se presentó el 16/4. Se pago con un VEP todo el 931 sin el 351 y la parte no sipa con otro VEP. En cuentas tributarias figura todo el 351 y van corriendo intereses.
          Hoy llegó una comunicacion de aduana al domiclio fiscal electrónico para que regularicemos la situación.
          Veo que a muchos más les esta pasando. ¿Alguien lo pudo solucionar?

          Responder
          • Flavia dice

            28 abril, 2020 a las 11:55 am

            Envié mail a AFIP consultando este tema, pero por ahora no respondieron nada. Y en Cuentas Tributarias cada vez más intereses…

  8. Caroll dice

    18 abril, 2020 a las 1:05 am

    Otro excelente aporte de Ignacio. Como siempre tomándose el tiempo de ayudarnos a hacer el laburo más llevadero y de la forma correcta. No se qué haría sin este foro. Saludos y salud a todos!

    Responder
    • Ignacio dice

      18 abril, 2020 a las 7:34 pm

      Muchísimas gracias Caroll!

      Responder
      • Andrea dice

        19 abril, 2020 a las 8:53 pm

        Si! Muchisimas gracias por este sitio!

        Responder
  9. PATRICIA YOHANA dice

    17 abril, 2020 a las 8:38 pm

    Hola una consulta si tengo el el beneficio dé pagar en junio y el 931 me discrimina el pagó no sipa ahora el empleador decide como es un monto chico lo quiere pagar todo como lo informamos en el 931 ??????

    Responder
    • Ignacio dice

      18 abril, 2020 a las 7:34 pm

      Si, lo pude pagar

      Responder
  10. Marisa dice

    17 abril, 2020 a las 8:07 pm

    Tengo una pregunta, por qué en dos empresas que rectifiqué me aparece en cod. 351 en blanco, abajo donde aparecen importes a pagar y no hace ninguna división en Sipa y NO Sipa. En otras empresas salió perfecto.
    Gracias

    Responder
    • Leanrock dice

      17 abril, 2020 a las 10:28 pm

      fijate si figura la actividad en el el listado de actividades criticas de afip, tal vez no tiene el beneficio.

      Responder
      • Marisa dice

        20 abril, 2020 a las 4:39 pm

        Gracias

        Responder
  11. Maria Romina Farinello dice

    17 abril, 2020 a las 6:31 pm

    Una consulta inscribirse en la ATP, tenia como beneficio tambien la reduccion del 30% del sueldo de los empleados? O sea como que se hacia cargoel estado de ese porcentaje en los sueldos???

    Responder
  12. Celia dice

    17 abril, 2020 a las 4:57 pm

    Hola Ignacio, mi duda es si debo presentar la rectificativa del 931 o solo con ver como quedan los importes a pagar y realizar el pago con los códigos correspondientes es suficiente.

    Responder
    • Ignacio dice

      18 abril, 2020 a las 7:35 pm

      Hola, rectificativa por qué? presentaste antes sin beneficio?

      Responder
      • CORINA LUCIA dice

        20 abril, 2020 a las 4:25 pm

        Buenas tardes, correspondería rectificar si presentamos antes del 16/04/2020? ya que yo presente el F.931 antes del vencimiento y ahora veo que en sistema de cuentas tributarias las contribuciones se dividen en SIPA y no SIPA y los 931 presentados anteriores al 16/04/2020 no, figura la deuda sin discriminar. Mi duda es por si genera intereses hasta Junio.

        Gracias

        Responder
        • Belen dice

          23 abril, 2020 a las 9:23 pm

          Hola,
          Yo
          Presente el 931 el 16-4 y en la dj me
          Figura perfecto la diferencia de las sipa y no sipa, pero en cuentas tributarias no me las discrimina y me figura el total de ambas sin discriminar con el
          Vto de abril original. Y si está caracterizada la empresa con el beneficio… que tengo que hacer? Porque sino me
          Van a correr los intereses de ambas desde ahora ?

          Responder
          • Marcela dice

            29 abril, 2020 a las 5:43 pm

            Me pasa lo mismo! como tomar el beneficio sin complicar las cosas?
            Ya que tiene reimputacion de los saldos a favor de dic y enero y encima un plan de facilidades sobre el no sipa calculado a mano!
            Como le explicas al cliente q no tiene el beneficio real de la prorroga?

  13. Javier dice

    17 abril, 2020 a las 4:45 pm

    Sigue quedando esta duda: si yo no quiero diferir marzo y quiero la reducción del 95% en abril como hago??

    Responder
  14. Adriana dice

    17 abril, 2020 a las 4:44 pm

    Buenas tardes Ignacio, presente ayer varias empresas de transporte que estaban sin beneficio y hoy SI ESTAN CON BENEFICIO DE POST 60 DIAS, todas tienen el codigo 460 en caract, Al querer rectificar no me hace el calculo de SIPA y NO SIPA, que podra ser?

    Responder
    • Lina dice

      17 abril, 2020 a las 8:32 pm

      me pasa lo mismo.. y no logre resolverlo…alguien sabe que puede ser..

      Responder
  15. Silene dice

    17 abril, 2020 a las 3:06 pm

    Hola, te hago una consulta.. no me esta coincidiendo los totales de SIPA con el borrador donde dice provisional. Sabes porque puede ser?

    Gracias!

    Responder
  16. Gabriel García dice

    17 abril, 2020 a las 2:58 pm

    Tengo exactamente la misma duda que vos. Que se puede hacer con esos empleadores?
    Que no tengan la caracterización, implica que solamente no van a contar con la postergación del pago al SIPA? O también pierden los demás beneficios (reducción SIPA abril/2020 y asignación de ANSES)?

    Responder
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