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AFIP: comienza a vencer la adhesión al Plan de facilidades de pago

25 agosto, 2014 Por Ignacio 11 comentarios

Plan de facilidades de pago AFIP. Desde hoy comienza el comienza a vencer la adhesión al plan. Es por orden descendente de CUIT.

Desde hoy comienza a vencer la adhesión al Régimen de Facilidades de pago para quienes tengan deudas con el Fisco vencidas al 31 de marzo (RG 3630).

Mediante la Resolución General 3.630, AFIP implementó un nuevo plan de facilidades de pago para cancelar obligaciones impositivas, de los recursos de la seguridad social y aduaneras, vencidas al 31 de marzo de 2014.

1- Obligaciones que pueden incluirse:

  • Obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, cuyo vencimiento para la presentación de la declaración jurada y pago del saldo resultante hubiese operado hasta el 31 de marzo de 2014, sus intereses, actualizaciones y multas. 
  • Multas aplicadas o cargos suplementarios formulados por el servicio aduanero hasta el día 31 de marzo de 2014, sus intereses y actualizaciones. 
  • El impuesto que recae sobre las erogaciones no documentadas, a que se refiere el Artículo 37 de la Ley de Impuesto a las Ganancias. 
  • Intereses y demás accesorios adeudados correspondientes a: el impuesto al valor agregado por prestaciones de servicios realizadas en el exterior con utilización efectiva en el país, retenciones y percepciones y anticipos y pagos a cuenta, que se hayan cancelado hasta la fecha de adhesión al plan. 
  • Las deudas en discusión administrativa, contencioso-administrativa o judicial, así como en ejecución judicial, en tanto el demandado desista o se allane totalmente y, en su caso, asuma el pago de las costas y gastos causídicos. 
  • Los ajustes resultantes de la actividad fiscalizadora de esta Administración Federal, siempre que los mismos se encuentren conformados por el responsable y las obligaciones respectivas sean susceptibles de ser incluidas. 
  • Las cuotas mensuales del impuesto integrado y las cotizaciones previsionales fijas de los sujetos adheridos al Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes (Monotributo). 
  • Obligaciones de cualquier naturaleza que hayan sido incluidas en planes de facilidades de pago presentados a través del Sistema “MIS FACILIDADES” que se encuentren caducos con anterioridad al día 31 de marzo de 2014 y sean susceptibles de ser incluidas.

2- Condiciones del plan: 

  • La cantidad máxima de cuotas a otorgar será de 24.
  • Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas.
  • El monto de cada cuota deberá ser igual o superior a $ 150.
  • La tasa de interés mensual de financiamiento será de 1,90%.
  • Las declaraciones juradas determinativas de las obligaciones por las que se solicita la cancelación financiada, deberán estar presentadas a la fecha de adhesión al régimen.
  • No deben registrarse incumplimientos de presentación o pago de aquellas obligaciones que hayan vencido entre el 1 de abril de 2014 y la fecha máxima permitida para la adhesión al plan.
  • En el caso de tratarse de empleadores, la cantidad de empleados registrados en la declaración jurada F.931 vencida en el mes anterior a la fecha de adhesión debe ser igual o superior a los registrados en el período fiscal marzo/2014. Está última cantidad deberá mantenerse sin disminuciones durante todo el período de cumplimiento del plan.

3- Vencimiento para por adherir al plan: 

La adhesión al régimen deberá formalizarse, según la terminación C.U.I.T. por orden descendente, hasta las siguientes fechas:

Terminación de CUIT Fecha límite de presentación
9 u 8 25 de agosto de 2014
7 ó 6 26 de agosto de 2014
5 ó 4 27 de agosto de 2014
3 ó 2 28 de agosto de 2014
1 ó 0 29 de agosto de 2014
A tales fines deberá:
– Consolidar la deuda a la fecha de adhesión. Los conceptos de deuda aduanera deberán incluirse en un plan de deudas independientes.
– Realizar la adhesión a través del servicio disponible con clave fiscal, “Mis Facilidades”, opción “PLAN DE FACILIDADES DE PAGO RG 3630”

4- Vencimiento de cuotas:

Las cuotas vencerán el día 16 de cada mes, a partir del mes inmediato siguiente a aquel en que se consolide la deuda y se formalice la adhesión y se cancelarán mediante débito directo en cuenta bancaria.

En caso que a la fecha de vencimiento general fijada en el párrafo anterior no se hubiera efectivizado la cancelación de la respectiva cuota, se procederá a realizar un segundo intento de débito directo de la cuenta corriente o caja de ahorro, el día 26 del mismo mes, incluyendo los intereses resarcitorios devengados hasta esa fecha.

5. Formulación de los planes

Los adherentes deberán brindar el número de celular, nombre de la compañía proveedora y una cuenta de correo electrónico. Luego, la AFIP enviará un SMS con un código que deberá consignar el contribuyente al momento de enviar el plan.

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Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: AFIP, Plan de Facilidades de pago, RG 3630

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Comentarios

  1. -
  2. Anónimo dice

    25 agosto, 2014 a las 6:27 pm

    Prueben hoy nuevamente de reenviar el cod. Desde el día viernes no enviaron ningún código, quedo todo tildado. Hoy estaban nuevamente procesando el envio de los codigos

    Responder
  3. Anónimo dice

    25 agosto, 2014 a las 3:13 pm

    Tambien desde el viernes aguardo que afip me envie el codigo numerico para enviar el plan.

    Responder
  4. Anónimo dice

    25 agosto, 2014 a las 3:11 pm

    se refiere al codigo que debe enviar afip, el que te pide antes de enviar el plan. Esta en el ultimo parrafo de la nota
    "5. Formulación de los planes

    Los adherentes deberán brindar el número de celular, nombre de la compañía proveedora y una cuenta de correo electrónico. Luego, la AFIP enviará un SMS con un código que deberá consignar el contribuyente al momento de enviar el plan."

    Responder
  5. Anónimo dice

    25 agosto, 2014 a las 2:18 pm

    Hola!! como hago para pagar deuda monotributo, sólo me aparece ganancias! gracias

    Responder
    • Anónimo dice

      25 agosto, 2014 a las 10:54 pm

      Debes entrar donde dice Deuda previsional, no Deuda Impositiva, luego ingresar a "Nueva oblig Autónomo/Monotributo"

      Responder
  6. Anónimo dice

    25 agosto, 2014 a las 12:27 pm

    Estoy desde el jueves esperando que AFIP me envie el codigo, como hay que hacer???

    Responder
    • Ignacio dice

      25 agosto, 2014 a las 1:13 pm

      qué código?

      Responder
    • Anónimo dice

      25 agosto, 2014 a las 1:25 pm

      El código que pide AFIP en la ultima pantalla para poder enviar el Plan. Te lo envia via SMS o via mail y no está llegando de ninguna de las 2 maneras.

      Dice lo siguiente en esa pantalla :
      Si ud. recibió el código por SMS o E-MAIL ingréselo aquí

      Responder
    • Anónimo dice

      25 agosto, 2014 a las 2:04 pm

      yo tambien tengo ese problema. No recibi mail ni sms
      Flavio

      Responder
    • Anónimo dice

      25 agosto, 2014 a las 2:42 pm

      Igresas el celular en el sistema, en los datos personales de que realiza el plan. En el día te llega el código que se pide al final del proceso.
      ALguien sabe como hacerlo para monotributo? sólo me aparece para ganancias. gracias

      Responder
    • Anónimo dice

      25 agosto, 2014 a las 3:11 pm

      El codigo para poder formular el plan, AFIP te lo envia por mail, a mi me lo envio en el acto

      Responder

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