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Bono de $2500 para Empleados de Comercio de grandes cadenas

19 diciembre, 2015 Por Ignacio 22 comentarios

El monto acordado ronda los 2.500 pesos. “la situación de las pequeñas y medianas empresas es diferente.” “no tienen la obligación de hacerlo.”

El acuerdo se selló entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y las grandes cadenas comerciales.
El monto del bono oscila en los 2500 pesos, informó a APFDigital el secretario Adjunto del Sindicato de Empleados de Comercio de Paraná, Rubén Bernabé 
El sindicalista indicó que “en las grandes cadenas nacionales e internacionales sí se negoció un bono de fin de año porque es prácticamente un derecho adquirido” y precisó que los acuerdos se sellaron entre la Federación de Empleados de Comercio e, individualmente, cada cadena comercial”.
En algunos casos el monto se incluye en los recibos de sueldo y en otros se otorgan órdenes de compra, pero “más allá de la forma en que se instrumente, lo cierto es que el trabajador tiene un valor agregado a su salario”, destacó.
Consultado por esta Agencia, Bernabé aclaró que “la situación de las pequeñas y medianas empresas es diferente”.
“La realidad es distinta, tienen menor capacidad de pago y en estos casos hoy por hoy la prioridad pasa por resguardar las fuentes de trabajo”, aseveró.
Si bien algunas empresas pequeñas pueden llegar a analizar la posibilidad de pagar un bono, “no tienen la obligación de hacerlo”, sostuvo, al tiempo que comentó a esta Agencia que muchas de estas firmas “pagan durante el año comisiones en negro por ventas y otros ítems”.
 (APFDigital)

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Publicado en: Empleados de Comercio, Sin categoría Etiquetado como: bono de fin de año, Bono Navideño

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Comentarios

  1. -
  2. Sky dice

    22 noviembre, 2018 a las 6:30 pm

    Tito; Sí lo pagan!!… Muchos de los servicios que mencionás, LO PAGAN EN SU CASA. Solo que tal vez no tengan tanto dinero como vos para poder pagarlos.

    Responder
  3. Tito dice

    16 noviembre, 2018 a las 12:04 pm

    El empleado no corre ningun riesgo. No paga Ingresos Brutos, no paga Autónomos, no paga Cargas Sociales, no paga Alquiler, no paga Edesur, no paga Gas, no paga Agua, no paga ABL, no paga nada

    Responder
    • Sky dice

      22 noviembre, 2018 a las 6:23 pm

      Tito; Sí lo pagan!!… Muchos de los servicios que mencionás, LO PAGAN EN SU CASA. Solo que tal vez no tengan tanto dinero como vos para poder pagarlos.

      Responder
  4. Milagros dice

    12 noviembre, 2018 a las 12:47 pm

    Para sacrnos aportes sindicales no umporta si venimos de pequeña empresa o grande …. para representar solo cuentan los trabajadores de las grandes …. que bastardos que son no sirven asi va el país.
    No es obligacion …. tampovondebwria ser obligacion el aporte sindical

    Responder
  5. Anónimo dice

    4 enero, 2016 a las 6:24 pm

    Sin ir más lejos, salió una nota en la que el año pasado a los pequeños comercios y a las pymes en general les fue bien, con una ganancia de alrededor del %10. Si a esto le agregamos que el año pasado iban a cerrar la paritaria en %30 y los empresarios los avalaban porque les daba el margen, para que luego cierren en %27 en cómodas cuotas, creo que les fue bastante bien.
    Agregemosle la devaluación. ¿Se dan cuenta que en las malas pagamos siempre las consecuencias y en las buenas nunca vemos un mango?
    Imaginense las multinacionales, con empleados de comercio en nómina, ahora con las nuevas medidas económicas el panorama positivo que tienen.
    A mi no me dieron un mango y vengo perdiendo 10 puntos porcentuales por año de sueldo.
    El tema es que en empleados de comercio entra todo, call center, negocios de ropa, pymes, administrativos de multinacionales, ramas de sistemas, etc.
    Sin menospreciar a nadie, los administrativos tenemos otras responsabilidades y no se nos paga como tal.
    Por supuesto que veo un año de mucho cuidado del bolsillo y disminuyendo el consumo interno, porque se viene la época de "esfuerzo de trabajadores"
    Cavallieri sigue sin aparecer y no va a aparecer, porque este dinosaurio si no transa no negocia.
    Compañeros de comercio, cuidemos el laburo pero reclamemos lo que es nuestro.

    Responder
  6. CWG dice

    28 diciembre, 2015 a las 8:22 pm

    consulta como se si me corresponde o no trabajo en una multinacional y estoy dentro de comercio… gracias

    Responder
  7. Unknown dice

    23 diciembre, 2015 a las 11:26 pm

    Trabajo en una multinacional y no lo pagan … Estos decretos tienen que hacerlos ley si le dan la opcion de no pagar a los empresarios siempre van a elegir no pagarlo … La verdad da verguenza el sindicato que nos representa

    Responder
  8. romina dice

    21 diciembre, 2015 a las 10:19 pm

    Y de las agencias de viajes no se sabe nada

    Responder
  9. Francisco Orion dice

    21 diciembre, 2015 a las 4:11 pm

    Yo trabajo para una empresa de tecnologia que da soporte tecnico a un banco.. Tengo lamentablemente CCT. Convenio colectivo de trabajo. Me corresponde el bono???
    .Gracias. Francisco.

    Responder
  10. romina dice

    21 diciembre, 2015 a las 11:44 am

    Y del de las agencias de viaje se sabe algo??salvame el año pls

    Responder
  11. Anónimo dice

    20 diciembre, 2015 a las 3:29 am

    Pregunto, la plata de los que trabajamos en pequeñas empresas y aportamos al gremio no nos sirve de nada porque nunca recibimos nada SON UNOS CHORROS BUSCAS

    Responder
  12. insoluble blues dice

    19 diciembre, 2015 a las 5:06 pm

    COMO SIEMPRE LOS PELOTUDOS QUE TRABAJAMOS NO TENEMOS DERECHO A UN BONO DE FIN DE AÑO, LA VERDAD ESTOY CANSADO Y ME DA ASCO TENER QUE AGUANTARME 6 AÑOS SIN RECIBIR UNA GRATIFICACION DE FIN DE AÑO

    Responder
    • EUGENIO dice

      27 diciembre, 2018 a las 5:15 pm

      A MI NI LAS VACACIONES ME DIERON

      Responder
  13. RXradiografias dice

    19 diciembre, 2015 a las 3:15 pm

    Siempre lo mismo …pareciera que el resto de los empleados de comercio que no trabaja en una gran cadena le alcanza y le sobra el "sueldazo" que le pagan. Discriminadores!!!!

    Responder
  14. Anónimo dice

    19 diciembre, 2015 a las 1:04 pm

    Buena noticia para mi empleador. Entre esto que no tiene que pagar y las horas extras "voluntarias" que me pidio, se ahorra bastante este mes… estoy feliz por el!

    Responder
    • Rolando dice

      19 noviembre, 2018 a las 4:31 pm

      Podés cambiar de empleo.
      O podés poner tu propio negocio, así no tendrás de que quejarte

      Responder
      • Sky dice

        22 noviembre, 2018 a las 6:12 pm

        Primero que nada… Presten atención a que; La nota en cuestión, se refiere al bono del año 2015 (es un hilo viejo).

        Respecto al bono de $ 5000.- correspondiente a corriente año 2018…

        Repito el comentario expresado por Vanina…
        Tienen que pagarlo TODAS LAS EMPRESAS, PEQUEÑAS, MEDIANAS Y GRANDES. El decreto no establece sanciones para quienes no lo paguen, pero el empleado puede reclamar por vía judicial e incluso darse por despedido si se considera agraviado por dicho incumplimiento.

        Rolando; Hay otras opciones frente a algunos “vivos” EXPLOTADORES que no quieren pagar el bono de $5000… Trabajar a reglamento p. ej. con quita de colaboración.
        Justo lo contrario a “ponerse la camiseta” cuando te sabés reconocido por tu buen desempeño como empleado. (situación algo más productiva para ambas partes).

        Responder
  15. Sergio dice

    19 diciembre, 2015 a las 11:55 am

    Son un desastre CAVALIERI CHORRO, por que no pensaron lo mismo para el aporte mensual de $70.-?? y se lo sacaban al personal de grandes cadenas y no a todos los empleados de comercios? CHORROS

    Responder
  16. Anónimo dice

    19 diciembre, 2015 a las 4:56 am

    Hola, como estan? solo para las grandes cadenas? y para los demas empleados de comercio q no trabajamos en grandes cadenas? el Sr cavalieri no piensa hacer nada????

    Responder
    • Vanina dice

      20 noviembre, 2018 a las 9:39 am

      Tienen que pagarlo TODAS LAS EMPRESAS, PEQUEÑAS, MEDIANAS Y GRANDES. El decreto no establece sanciones para quienes no lo paguen, pero el empleado puede reclamar por vía judicial e incluso darse por despedido si se considera agraviado por dicho incumplimiento.

      Responder
      • Andres dice

        4 diciembre, 2018 a las 5:43 pm

        Esta publicación de que fecha es?

        Responder
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