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Calculadora online para sueldos de empleados de comercio 2010 – Nueva versión

12 agosto, 2010 Por Ignacio 60 comentarios

Esta “calculadora online,” permite calcular el sueldo para empleados de comercio de manera online.

Vez pasada había publicado un artículo sobre la página del Sindicato de Empleados de Comercio del Chaco (Delegaciones de Resistencia, Quitilipi y Roque Saenz Peña), y la aplicación que online que permite calcular los sueldos para empleados de comercio de manera online.

Desde aquella publicación, la gente del Chaco ha realizado algunas modificaciones y a mejorado la herramienta, por lo que vuelvo a publicarla.

La “calculadora online,” permite calcular el sueldo a percibir según las distintas categorías y según el mes. Para lo que hay que seleccionar: Categoría y Mes de Cálculo

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Publicado en: Empleados de Comercio, Sin categoría Etiquetado como: Acuerdo Salarial junio 2010, Calculadora Online

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Comentarios

  1. -
  2. Ignacio dice

    21 septiembre, 2010 a las 10:23 pm

    Hola Jimena, si, le corresponden todos los aumentos

    Responder
  3. Anónimo dice

    21 septiembre, 2010 a las 8:24 pm

    Mi nombre es Jimena y queria consultarle si una persona que ingreso a trabajar en el mes junio, que aumentos le corresponden? Le corresponden los aumentos otorgados en el mes de Mayo?

    Responder
  4. Ignacio dice

    20 septiembre, 2010 a las 4:13 pm

    Hola, a efecto de que Alex?

    Responder
  5. Alex dice

    9 septiembre, 2010 a las 4:06 pm

    perdon por el horror ortografico!!!

    Responder
  6. Alex dice

    9 septiembre, 2010 a las 4:05 pm

    perdon por el horror ortografico

    Responder
  7. Alex dice

    9 septiembre, 2010 a las 4:05 pm

    en el caso de que nuestro basico sea muy superior al de convenio cual deveriamos tomar el de convenio o el que figura en el recibo de sueldo???
    [email protected]

    Responder
  8. Ignacio dice

    8 septiembre, 2010 a las 1:52 am

    Los 75 pesos son proporcionales a la jornada. La obra social se calcula como jornada completa.

    Hola Viviana, en el blog está publicada la formula para el acrecentamiento, solo tenés que cambiar los porcentajes según el caso. http://ignacioonline.blogspot.com/2010/07/empleados-de-comercio-calculo-del.html

    Hola Verónica, no es lo que hay.

    Responder
  9. Anónimo dice

    7 septiembre, 2010 a las 10:03 pm

    Hola Ignacio, quisiera saber si así como está la calculadora de sueldo de empleados de comercio a partir de junio de 2010,hay alguna otra anterior porque necesito calcular mi sueldo desde octubre de 2009 en adelante.gracias-Veronica

    Responder
  10. Viviana dice

    7 septiembre, 2010 a las 3:13 pm

    HOLA IGNACIO, UNA CONSULTA: Tengo un empleado Administrativo B con antiguedad de 2 años, trabaja 4 horas por día (media jornada)y ademas aporta el 2% adicional de cuota social; como calculo la tasa de acrecentamiento teniendo en cuenta que la obra social y el sindicato se pagan por jornada completa? Gracias. VIVIANA

    Responder
  11. Anónimo dice

    7 septiembre, 2010 a las 2:31 am

    HOLA IGNACIO, QUISIERA SABER SI EL ACUERDO DE JUNIO 2010 DE $ 75 (SETENTA Y CINCO PESOS)SE PAGA EN FORMA COMPLETA O ES PROPORCIONAL PARA LOS EMPLEADOS CON MEDIA JORNADA?
    Y SI EN LAS DEDUCCIONES CORRESPONDE QUE SE CALCULE EL 6% EN LUGAR DEL 3% (REFIRIENDOME SIEMPRE A LOS QUE TRABAJAN MEDIA JORNADA.
    TE AGRADECERE ME CONTESTES EN FORMA URGENTE.
    GRACIAS.

    Responder
  12. Anónimo dice

    6 septiembre, 2010 a las 4:33 pm

    Iganacio te agradesco, no tengo mas dudas. Mil gracias

    Lucia

    Responder
  13. Ignacio dice

    6 septiembre, 2010 a las 3:55 pm

    Hola Lucía, buenos días:

    no creo que los contadores tengan la intención de estafar a nadie, y te puedo asegurar que no es mi intención. Debido a la avaricia por parte de los empleadores y la pasividad de los representantes de los trabajadores, los convenios firmados son un problema a la hora de liquidar y es facil equivocarse o hacer una liquidación erronea.

    POr lo que puedo ver, la liquidación está bien, los acuerdos anteriores disminuyen por dos montivos, primero porque una parte pasa al básico, de 940,23 menos lo que pasa al básico, quedaría 854.76. Pero como se descuenta una falta, también disminuye, 854.76/30 * 29 = 826.26.

    Espero se entienda, cualquier cosa escribime nuevamente.

    saludos

    Responder
  14. Anónimo dice

    6 septiembre, 2010 a las 2:11 pm

    Ignacio gracias por la respuesta. me parece que no comparaste un recibo con otro la diferencia no es una falta, son los decretos. Creo que todos los que preguntamos en este blog nos sentimos "estafados por los empleadores o contadores" por eso esperamos tu orientacion o aclaraciom. Veras que eres unico al alcance de los trabajadores.
    lucia

    Responder
  15. Ignacio dice

    5 septiembre, 2010 a las 10:34 pm

    HOla Lucia, no entiendo bien cual es la duda. En agosto cobrás menos por la falta

    Responder
  16. Anónimo dice

    5 septiembre, 2010 a las 7:27 pm

    HOLA IGNACIO COPIE RECIBOS DE JULIO Y AGOSTO PARA QUE COMPARES Y VEAS LA DIFERENCIA.

    SECCION / MAESTRANZA
    CATEGORIA / MAESTR. B) 7a
    calificacion profecional / embalador
    fecha de ingreso / 01/04/2003
    periodo de pago / agosto 2010
    tiempo completo
    AGOSTO

    0001 sueldo basico 2.829,22
    0012 ausente 1,00 -94,31
    0019 antiguedad 148,53
    0100 presentismo 240,29
    0251 Ad. no rem acuerd. anteriores 826,27
    0259 Ad. no rem acuerd. junio 2010 639,83
    0261 presentismo s/acuerdos 122,17
    0801 jubilacion 11% 343,61
    0810 ley 19.032 93,71
    0820 obra social 127,22
    0830 A.N.S.S.A.L. 14,14
    0840 SINDICATO 94,24
    0845 FAECYS 23,56

    3.123,73 1.588,27 696,48

    TOTAL NETO 4.015,52

    recibo mes de julio.2010
    sueldo basico 2.728,88
    antiguedad 143,27
    presentismo 239,35
    0251 Ad. no rem acuerd. anteriores 940,23
    0259 Ad. no rem acuerd. junio 2010 658,11
    0261 presentismo s/acuerdos 133,19
    0801 jubilacion 11% 342,26
    0810 ley 19.032 93,34
    0820 obra social 130,76
    0830 A.N.S.S.A.L. 14,53
    0840 SINDICATO 96,86
    0845 FAECYS 24,22

    3.111,50 1.731,53 701,97

    total neto 4.141,06
    Mi consulta es por que en julio los acuerdos son superiores a agosto teniendo en cuenta los 100$ mas de basico en agosto y 1 ausente. no entiendo la diferencia. o "tengo algo que reclamar". desde ya muchas gracias por tu interes a todos.

    LUCIA

    Responder
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