• Saltar al contenido principal
  • Skip to secondary menu
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Inicio
  • Blog
  • Suscripción
  • Contacto
  • Capacitación
  • Calculadoras
    • Calculadora Sanidad CCT 108/75
    • Calculadora de Sueldos UOCRA
    • Sueldos Empleados de Comercio
    • Sueldos Comercio Rama Turismo CCT 548/07
    • Calculadora Empleados de Comercio Rama Centros de Contacto CCT 781/22
    • Calculadora de Sueldos UTEDYC CCT 804/23 (ex 736/16)
    • Calculadora de Retenciones RG 830 “Profesiones liberales, oficios”
    • Calculadora de Sueldos SAEOEP CCT 88/90
    • Calculadora de Sueldos UATRE
    • Servicio Doméstico
    • Liquidación Final
    • Vacaciones
    • Calculadora de Plus Vacacional
    • Embargo de Sueldos
  • Aplicaciones
  • Vencimientos

Ignacio online

Es una web de información destinada a Contadores y Profesionales en Ciencias Económicas y Empleados de Comercio

Aconpy
  • Empleados de Comercio
    • Escalas Comercio 2022
    • Escala Salarial Empleados de Comercio 2020
    • Calculadora Empleados de Comercio
    • Ejemplos de Liquidaciones de Sueldo
    • Categorías Comercio
    • Régimen de Licencias y Permisos Especiales
    • Vacaciones de Empleados de Comercio
  • Asignaciones
    • Asignaciones Familiares Montos vigentes
  • Libro de sueldos Digital
  • Servicio Doméstico
    • Calculadora de sueldos Servicio Doméstico
    • Escala Salarial Servicio Doméstico
    • Aportes, contribuciones y ART
    • Formulario 102/RT
  • Monotributo
    • Monotributo Categorías 2023
  • Planillas

¿Qué es el Seguro de Retiro La Estrella de Empleados de Comercio?

Índice de Contenidos

  • ¿Qué es el seguro de retiro La Estrella?
  • Marco Legal
  • Desvinculación
  • Invalidez activa
  • Fallecimiento del asegurado en la etapa activa
  • Financiamiento del plan
  • Tipos de renta vitalicia
  • Renta vitalicia normal
  • Renta vitalicia con seguro de vida
  • Renta vitalicia extensiva a un tercero designado
  • CONSULTAS FRECUENTES
    • ¿ES UNA CONTRIBUCIÓN EXCLUSIVAMENTE PATRONAL?
    • ¿TRABAJADORES QUE FUERON TRASPASADOS DEL CONVENIO COLECTIVO DE EMPLEADOS DE COMERCIO A OTRO CONVENIO COLECTIVO?
    • ¿EMPLEADORES QUE NO EFECTÚAN EL APORTE OBLIGATORIO?
  • Ejemplo de intimación Seguro La Estrella
    • ¿QUÉ HACER EN CASO QUE LA RELACIÓN LABORAL NO SE ENCUENTRE VIGENTE?
    • Newsletter
    • ¡Gracias!

Preguntas frecuentes sobre el Seguro de Retiro La Estrella.

¿Qué es el seguro de retiro La Estrella?

Se trata de un seguro de retiro, complementario del sistema previsional, y obligatorio para los trabajadores comprendidos en el convenio 130/75, que el empleador paga mensualmente en beneficio del empleado, para que a su retiro, puede obtener una renta vitalicia.

Marco Legal

El 15 de octubre de 1991 se estableció – a partir de las Disposición Nº 5.883/91 y su complementaria Nº 4.701/91, ambas homologadas por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social- para todos los empleados que se desempeñen bajo la órbita del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 130/75, una renta vitalicia de por vida cuando el trabajador alcance la edad jubilatoria de sesenta y cinco (65) años para los hombre y de sesenta (60) años para las mujeres.

El trabajador puede retirar los fondos de su cuenta individual anticipadamente, de acuerdo a las siguientes contingencias:

Ver la página

Desvinculación

El asegurado podrá retirar el saldo o bien mantener los fondos en el seguro para después obtener el beneficio adicional de renta vitalicia. En caso de ingresar a otra empresa del sector dentro de los 12 meses de haberse desvinculado, siempre que no haya solicitado el reintegro. podrá computar los años de servicio acreditados anteriormente.

Invalidez activa

Obtendrá la devolución del cien por ciento (100%) del saldo en caso de invalidez total o permanente.

Fallecimiento del asegurado en la etapa activa

Los herederos legales podrán obtener la devolución del cien por ciento (100%) de la cuenta individual.

Financiamiento del plan

El plan se financia con una contribución patronal del tres con cincuenta centésimos por ciento (3.50%) sobre la remuneración imponible del trabajador contratado.

El (50%) de ese importe se destina a la cuenta individual del trabajador y el (50%) restante a la financiación del beneficio básico.

Reducción de alícuota: En 2019, se acordó reducir el aporte mensual de 3.5% a 2.5%

El pago de las contribuciones se realiza del 1º al 15 del mes inmediato posterior al devengamiento de las remuneraciones, o primer día hábil siguiente si el 15 es feriado.

Requisitos para la obtención de la Renta vitalicia

Para obtener dicho beneficio, se deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Edad de retiro 65 años los hombres y 60 años las mujeres.
  • Que el asegurado se retire prestando servicios para una empresa mercantil.
  • Que las empresas no se encuentren en mora en el pago de las contribuciones.
  • Antigüedad en el sector mercantil, computable de la siguiente forma a efectos de la obtención del beneficio básico:

a) Aquel asegurado que haya comenzado a prestar servicios con anterioridad a septiembre de 1996, deberá acreditar una antigüedad mínima en el sector superior a cinco (5) años para acceder al cien por ciento (100%) del beneficio básico.

b) Aquel asegurado que haya comenzado a prestar servicios con posterioridad a septiembre de 1996, accederá a un porcentaje del beneficio básico, determinado en función de la antigüedad que acredite en el sector.

Por ejemplo: con 10 años de antigüedad accede al 50% del beneficio y con 20 años de antigüedad al cien por ciento (100%).

Con una anticipación de dos (2) meses previos a cumplir la edad de retiro, el trabajador deberá ponerse en contacto con LA ESTRELLA para inciar los trámites correspondientes.

Tipos de renta vitalicia

El asegurado que cumpla con los requisitos para la obtención de la renta vitalicia, podrá elegir entre uno de los diferentes tipos de renta:

Renta vitalicia normal

Implica un beneficio de por vida, exclusivamente para el titular.

Renta vitalicia con seguro de vida

El trabajador percibirá un beneficio de por vida, y podrá designar un beneficiario para el cobro del seguro de vida, cuyo monto será igual a veinticinco (25) veces el valor de la última renta cobrada.

La elección de esta opción implicará una reducción de la renta mensual de alrededor de un diez por ciento (10%), dependiendo de la edad y del sexo del titular.

Renta vitalicia extensiva a un tercero designado

El trabajador recibirá una renta de por vida y podrá designar a un beneficiario para que en caso de fallecimiento, perciba una renta vitalicia equivalente al setenta por ciento (70%) de la última renta percibida por el titular.

La elección de esta opción implicará una reducción de la renta percibida por el titular de un veintiséis por ciento (26%), dependiendo de la edad y el sexo del trabajador y del beneficiario designado, por otro lado, este último no deberá tener una diferencia de edad con respecto al trabajador superior a diez (10) años.

CONSULTAS FRECUENTES

Existen diferentes consultas en torno al aporte a este seguro de retiro, resulta necesario, efectuar algunas aclaraciones para las siguientes situaciones:

¿ES UNA CONTRIBUCIÓN EXCLUSIVAMENTE PATRONAL?

El seguro de La Estrella es un aporte que el empleador realiza todos los meses en Seguros La Estrella SA, el cual no es descontado del sueldo por lo que no figura ni debe figurar en el mismo, sino que es depositado aparte.

¿TRABAJADORES QUE FUERON TRASPASADOS DEL CONVENIO COLECTIVO DE EMPLEADOS DE COMERCIO A OTRO CONVENIO COLECTIVO?

Quien sea cambiado a otro Convenio Colectivo de Trabajo también está habilitado a percibir las sumas que le hayan depositado mientras perteneció a empleados de comercio. Para ello deberá presentarse con el último recibo de sueldo en el que figure cono Convenio Colectivo aplicable el 130/75.

¿EMPLEADORES QUE NO EFECTÚAN EL APORTE OBLIGATORIO?

En primer lugar resaltamos que el 3,50% del aporte al sistema de La Estrella se destina en un 50% a la cuenta del trabajador y el otro 50% a financiar el sistema.

Dicho esto, en caso que el empleador  no efectuara los aportes correspondientes, el empleado se encuentra facultado a reclamar el ingreso de los mismos.

A continuación se brinda un ejemplo de intimación que deberá realizar el empleado que este con relación laboral vigente.

Ejemplo de intimación Seguro La Estrella

“Intímole inmediato pago de los aportes (faltantes) a su cargo, correspondientes al seguro de retiro complementario (3.5%), desde —————-a—————— inclusive, correspondientes al Convenio Colectivo de Trabajo Nº 130/75, suscripto conforme Resoluciones Nº 4.701/91 (D.N.R.T) y 5.883/91 (M.T.S.S.).
A tal efecto deberán Uds. realizar los correspondientes aportes a La Estrella Cia. de Seguros de Retiro, así como la presentación de declaraciones juradas mensuales a la misma. Caso contrario accionaré judicialmente.”

Aquí el empleado, estando vigente la relación laboral, está habilitado a intimar por la totalidad del aporte (3.5%).

¿QUÉ HACER EN CASO QUE LA RELACIÓN LABORAL NO SE ENCUENTRE VIGENTE?

El trabajador desvinculado (sea por despido directo o indirecto, o renuncia) que descubre que su ex empleador no le efectuó nunca los aportes se encuentra habilitado a intimar pero esta vez no por la totalidad del aporte sino por el 50% del mismo.

Esto guarda relación con lo antedicho respecto al destino del aporte: 50% va a la cuenta del trabajador y el restante 50% a financiar el sistema.

De este modo, el trabajador puede reclamar la integración del 1.75% de los aportes más los intereses (tasa pasiva Banco Nación, según fuero del trabajo). El otro 50% sólo lo puede reclamar a la empresa incumplidora la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios.

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. Ruben Reggiani dice

    25 enero, 2024 a las 5:57 pm

    Los días 24 y hoy le respondí a Mirian y ambos comentarios no fueron publicados. Por qué razón en este sitio hasta hoy Confiable?
    Aguardo respuesta

    Responder
  3. Mirian dice

    23 enero, 2024 a las 11:29 am

    Me pueden pasar la diré y si alguien sabe q hay q llevar

    Responder
    • Ruben Reggiani dice

      24 enero, 2024 a las 7:59 am

      Un abogado laboralista le dirá que documentos tiene que llevarle para iniciar la demanda. Por la mesa virtual puede ver mi expediente. Saludos

      Responder
    • Ruben Reggiani dice

      25 enero, 2024 a las 10:47 am

      Ayer te respondí y era que buscarás un BUEN abogado laboralista. Me extraña que no lo hayan publicado

      Responder
  4. Ruben Reggiani dice

    19 enero, 2024 a las 10:20 am

    Espero, por el bien de todos, que mi caso sea un “leading case”.
    Reclamen solo judicialmente!!!

    Responder
  5. Ruben Reggiani dice

    19 enero, 2024 a las 8:51 am

    PD también efectué una denuncia ante la Corte contra la presidencia del mencionado tribunal, también pendiente de resolución

    Responder
  6. Ruben Reggiani dice

    19 enero, 2024 a las 8:48 am

    Es una virtual estafa tanto para empleados como para empleadores.
    El o los autores intelectuales de este despojo lo han hecho de forma que todo el mundo desconozca el fondo del sistema.
    Me jubile con 288 aportes, o sea 24 años y al pedir el rescate me lo devolvieron a valor histórico!!!!
    Ante ello inicié demanda laboral ante el Tribunal del Trabajo 2 de Bahía Blanca en el año 2018.
    El desconocimiento del derecho aplicable (iura novit curia) hizo que interponga un recurso de queja ante la SCJBA, quien me dió la razón y cuyo fallo fue publicado en distintas páginas de publicaciones de jurisprudencia.
    Luego de varios años, el tribunal falló a mi favor, pero tuve que apelarlo a l Suprema Corte provincial, que desde hace casi un año se encuentra en estudio para resolver.
    Creo que debe ser atacado por el carácter de soporte patronal, pues desconocen que es una maniobra extorsiva.
    Cualquier duda, a disposición.
    Ruben

    Responder
  7. Gabriela dice

    4 enero, 2024 a las 5:28 pm

    Hola mi nombre es gabriela trabaje en la serenisima con convenio de comercio del 95 al 2000 . Podre cobrar eso? Gracias

    Responder
  8. Claudia dice

    27 diciembre, 2023 a las 9:51 pm

    Hola, yo remuncie el 31/10/2023. Nunca se.aporto a la Estrella.. una parte me tiene q pagar el.seguro? X más q nunca hayan depositado?

    Responder
  9. Pamela dice

    22 diciembre, 2023 a las 7:46 pm

    Hola. Desde el 1de enero la empresa donde trabajo deja de existir. Nos cambian la razón social. Se supone q nos mantienen todas las condiciones laborales. Somos empleados de comercio. Pero hoy nos dieron un papel para completar que corresponde a otra aseguradora llamada inst. Asegurador mercantil ARG. De seguros… A la vez nos enviaron un email dónde hacer el rescate de fondos de seguro la estrella . Mi duda.. si nos van a respetar las condiciones laborales. Q íbamos a seguir siendo comercio.. no deberíamos seguir con el seguro la estrella?

    Responder
    • Vanesa dice

      17 enero, 2024 a las 8:59 am

      Nop. Me paso. Y las condiciones laborales se mantienen pero el seguro puede cambiar. Del mismo modo que seguramente te cambien la ART. Cuesta confiar en este pais y es un salto al vacío. A mí por suerte me respetaron las condiciones.

      Responder
  10. Patricia mieres dice

    21 diciembre, 2023 a las 5:26 pm

    Hola buenas tardes necesito saber cómo figura el seguro orígenes en el recibo de sueldo, ya que trabaje por 14 años en relación de dependencia. Este fue mí último mes.. quería saber cuánto me descuentan gracias

    Responder
  11. Maciel lucia dice

    20 diciembre, 2023 a las 3:00 am

    Buenas p saber si cobro el seguro trabaje hasta el 2022 desde el 2012 en straton; DNI 329382326

    Responder
  12. Adriana C Cancino dice

    12 diciembre, 2023 a las 9:09 pm

    Hola. Trabaje desde marzo 86 a febrero 94. Me corresponde pago del seguro? Cómo averiguo? Qué sucede si no tengo documentación? Muchas gracias

    Responder
    • Patricia mieres dice

      21 diciembre, 2023 a las 5:22 pm

      Hola buenas tardes necesito saber cómo figura el seguro orígenes en el recibo de sueldo, ya que trabaje por 14 años en relación de dependencia. Este fue mí último mes.. quería saber cuánto me descuentan gracias

      Responder
  13. Cynthia dice

    12 diciembre, 2023 a las 7:53 pm

    Yo trabajé en el sindicato de empleado de comercio casi 12 años como ago para cobrarlo

    Responder
  14. Carlos dice

    6 octubre, 2023 a las 1:36 pm

    Buenas tardes, consulte en la Estrella, y me dicen que no aparezco como afiliado. Deberia realizar tramites con abogado? Saludos

    Responder
  15. Adrian dice

    28 septiembre, 2023 a las 6:58 pm

    Hola. Yo renuncie a mi trabajo con 8 años de aporte, cuando le.pregunte a mi ex empleador por el seguro la estrella me dijo q ellos no lo estaban aportando q me lo van a pagar pero ya hace 3 semanas q vengo reclamando ye siguen dando vueltas para pagarme.. alguien sabe como puedo hacer. Para q me depositen esa plata..puedo hacer algún reclamo??

    Responder
    • Daniel dice

      19 diciembre, 2023 a las 9:11 am

      Intimación al empleador por Carta Documento al pago de lo adeudado, El concepto de la intimación no lo hagas por aportes no efectuados, sino por Daños y Perjuicios

      Responder
  16. Pamela dice

    15 septiembre, 2023 a las 6:33 pm

    Buen día. por lo que vi , mi patrón ,no aporta al seguro la estrella. Como puedo hacer para que lo intimen a pagar sin ser yo quien le diga. Se puede hacer algún tipo de denuncia anónima o algo así?

    Responder
« Comentarios anteriores
Comentarios siguientes »

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

SOS Contador Soft Contable en la nube
Holistor Sueldos y Jornales listo para liquidar

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Etiquetas

Acuerdos Salariales (139) AFIP (1500) AGIP (173) Aguinaldo (80) Aguinaldo - SAC (111) ANSeS (524) Aplicativos (206) ARBA (352) Asignación Universal por Hijo (251) Autónomos (124) Bienes Personales (109) bono (94) Calendario de pago (262) Casos Prácticos (223) CNTA (94) Convenio Multilateral (89) coronovirus (89) Escala Salarial (193) Factura Electrónica (78) FAECYS (418) FATSA (78) Ganancias (421) Homologación Acuerdos (128) IGJ (129) Ingresos Brutos (133) IVA (120) Jubilados y Pensionados (199) Mis Facilidades (84) Monotributistas (174) Noticias (87) Paritarias (573) Paritarias 2013 (82) Personal Casas Particulares (193) Plan de Facilidades de pago (159) Recategorización (88) Recibo de Sueldos (211) Resoluciones (508) Sanidad (95) SEC (102) Servicio Doméstico (111) SICOSS (85) SIPA (88) UOCRA (133) UOM (222) UTEDYC (150)

Copyright © 2025 Ignacio online · Creada por Hormigas en la Nube

Derechos de autor © 2025 · Magazine Pro en Genesis Framework · WordPress · Acceder

Utilizamos cookies propios y de terceros para mejorar nuestros servicios y experiencia de usuario. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Aceptar Reject Leer Más
Privacidad & Política de Cookies

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary
Siempre activado
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
Non-necessary
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.
GUARDAR Y ACEPTAR