• Saltar al contenido principal
  • Skip to secondary menu
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Inicio
  • Blog
  • Suscripción
  • Contacto
  • Capacitación
  • Calculadoras
    • Calculadora Sanidad CCT 108/75
    • Calculadora de Sueldos UOCRA
    • Sueldos Empleados de Comercio
    • Sueldos Comercio Rama Turismo CCT 548/07
    • Calculadora Empleados de Comercio Rama Centros de Contacto CCT 781/22
    • Calculadora de Sueldos UTEDYC CCT 804/23 (ex 736/16)
    • Calculadora de Retenciones RG 830 “Profesiones liberales, oficios”
    • Calculadora de Sueldos SAEOEP CCT 88/90
    • Calculadora de Sueldos UATRE
    • Servicio Doméstico
    • Liquidación Final
    • Vacaciones
    • Calculadora de Plus Vacacional
    • Embargo de Sueldos
  • Aplicaciones
  • Vencimientos

Ignacio online

Es una web de información destinada a Contadores y Profesionales en Ciencias Económicas y Empleados de Comercio

Aconpy
  • Empleados de Comercio
    • Escalas Comercio 2022
    • Escala Salarial Empleados de Comercio 2020
    • Calculadora Empleados de Comercio
    • Ejemplos de Liquidaciones de Sueldo
    • Categorías Comercio
    • Régimen de Licencias y Permisos Especiales
    • Vacaciones de Empleados de Comercio
  • Asignaciones
    • Asignaciones Familiares Montos vigentes
  • Libro de sueldos Digital
  • Servicio Doméstico
    • Calculadora de sueldos Servicio Doméstico
    • Escala Salarial Servicio Doméstico
    • Aportes, contribuciones y ART
    • Formulario 102/RT
  • Monotributo
    • Monotributo Categorías 2023
  • Planillas

Resolución 3/2010 Consejo Gremial de Enseñanza Privada – Sueldos no docentes

30 marzo, 2010 Por Ignacio 120 comentarios

Resolución 3/2010 (Consejo Gremial de Enseñanza Privada) – SALARIOS – Establécense los sueldos básicos para el personal no docente que se desempeña en establecimientos de enseñanza privada.
 

Bs. As., 23/3/2010
Publicación en B.O.: 30/03/2010

VISTO las atribuciones conferidas por los Artículos 18º inc. b y 31 Inciso 2º de la Ley 13.047 y;

CONSIDERANDO;

Que los distintos representantes gremiales del personal no docente han solicitado por ante este Consejo se apruebe una recomposición salarial del sector (Sindicato Argentino de Empleados y Obreros de la Enseñanza Privada – S.A.E.O.E.P.) mediante Actuación Interna Nº 79/2010 y Sindicato de Obreros y Empleados de la Educación y de la Minoridad (S.O.E.M.E.) por Actuación Interna 80/2010); Que este Consejo Gremial de Enseñanza Privada ha considerado oportuno hacer extensivo dichos beneficios al personal no docente comprendido en los incisos b) y c) del Art. 18 de la Ley 13.047; Que, por sesión de fecha 23 de marzo de 2010, se aprobó por unanimidad el dictado del presente acto administrativo, conforme lo determina la Ley 13.047 en sus Artículos 18 inciso b) y 31;

Por ello,
en uso de facultades propias EL CONSEJO GREMIAL DE ENSEÑANZA PRIVADA Reunido en sesión ordinaria
RESUELVE:

Artículo 1º — Establecer a partir del 1º de marzo de 2010 para todo el personal no docente incluido en el Artículo 18 inciso b) de la Ley 13.047, que se desempeña en los establecimientos privados de enseñanza comprendidos en el Art. 2º inciso a) de la referida normativa, los siguientes sueldos básicos:

a) Personal de Maestranza y Servicios, por 48 hs. semanales: $ 2.070,00
b) Personal Administrativo, por hora semanal de 60 minutos $ 55,79

Art. 2º — Establecer a partir del 1º de Marzo de 2010 para todo el personal no docente incluido en el Artículo 18 inciso b) de la Ley 13.047, que se desempeña en los establecimientos privados de enseñanza comprendidos en el Art. 2º incisos b) y c) de la referida normativa, los siguientes sueldos básicos:

a) Personal de Maestranza y Servicios, por 48 hs. semanales: $ 2.070,00
b) Personal Administrativo, por 48 hs, semanales: $ 2.070,00

Art. 3º — Cuando el personal a que se refieren los artículos 1º y 2º cumpla tareas en tiempo inferior a 48 horas semanales, el sueldo mínimo se establecerá en forma proporcional.

Art. 4º — Las remuneraciones previstas en los artículos precedentes podrán ser compensadas hasta su concurrencia con los montos que, cualquiera sea su naturaleza o denominación, los empleadores se encontrarán abonando a su personal con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente resolución. El cumplimiento de esta Resolución no podrá importar en ningún caso disminución alguna de la retribución que el personal percibe en la actualidad.

Art. 5º — Desglosar la presente Resolución para su registro y archivo previa sustitución por copia autenticada en estos actuados remitiendo copia a los Ministerios de Educación de las Provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Notifíquese a la Dirección Nacional de Comercio Interior y a la Administración Federal de Ingresos Públicos a sus efectos.

Art. 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

— Erica V. Covalschi. — Norberto Baloira. — Elena Otaola. — Guillermo Marconi. — Enrique Martín. — Edgardo Rodríguez. — Silvia Squire. — Horacio Ferrari. — Daniel Di Bartolo. — Pablo Olocco. — Manuel Gómez. — Alicia Velich.

Me gusta esto:

Me gusta Cargando...

Relacionado

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: Acuerdos Salariales, Docentes, Pesonal no docente, Resoluciones, SADOP

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. Pato dice

    21 febrero, 2016 a las 10:07 am

    Hola soy docente en inicial y me ofrecieron un cargo en el q estaría en blanco por Dipregep 20, pero con un sueldo de 4000. Es muy poco, si estoy por Dipregep no se supone q me paga el Estado ? Entnces el sueldo debiera ser otro . Por favor necesito una respuesta…

    Responder
  3. Unknown dice

    28 enero, 2016 a las 6:50 pm

    Hola, soy Maria Ines, queria consultar como encuadro a los docentes que trabajan en un instituto de clases particulares, si pueden ser monotributistas y facturarme o entran dentro del estatuto de docentes privados, ley 13047.

    Responder
  4. Anónimo dice

    25 enero, 2016 a las 4:06 pm

    Hola buenas tardes mi consulta es la siguiente trabajo en un coleguio privado hace 14 años de los cuales 10 son en blanco y mi sueldo es de 4900 pesos al bolsillo y mis horas janales son de 25 hos.semanales y no tenemos sindicato donde averiguar por que el mas sercano es en capital y nos dicen que no corresponde por que estamos como maestranza y no figura en nuestros recibió la categoría que nos corresponde que podemos hacer??

    Responder
  5. Anónimo dice

    1 octubre, 2015 a las 3:16 am

    si

    Responder
  6. Anónimo dice

    1 octubre, 2015 a las 3:15 am

    hola soy Sonia.hace 3 años q trabajo en un colegio privado como portera, pero sólo 4 hrs (media jornada) y necesito jornada completa tengo derecho a exigir (ya q ellos se niegan) la jornada completa?

    Responder
  7. Anónimo dice

    10 septiembre, 2015 a las 7:42 pm

    Convenio 88-90 ¿debo trabajar en asuetos? Ej. Dia del maestro. Me corresponde trabajar?.

    Responder
  8. marisaaguirre dice

    7 agosto, 2015 a las 11:44 am

    hola mi esposo trabaja hace 7 años en una escuela privada categoria m5 convenio 88/90 de saeoep. quisiera saber si le corresponde asignacion por conyuge y familia numerosa -tenemos 3 hijos- y si puede pedir que le suban la categoria. desde ya gracias

    Responder
  9. Anónimo dice

    29 junio, 2015 a las 9:58 pm

    Hola trabajo en un jardin maternal hace un mes y medio…qeria saber si me corresponde algo del aguinaldo….muchas gracias

    Responder
  10. Anónimo dice

    11 junio, 2015 a las 10:38 pm

    Me ofrecieron dar ingles en una escuela privada 1h 45 minutos dos veces por semana y me dicen que es extraprogramatica y me ofrecen alrededor de 1000$ con 11% jub en Anses y 3% en obra social

    Responder
  11. Anónimo dice

    2 marzo, 2015 a las 4:36 am

    hola soy otra mas,,auxiliar en colegio privado,trabajo de 7.30 a 13.30 kon una carga diaria de trabajo de jardin ..4 salones ,direccion,baños niños ..docentes patio,y 4 salones mas de primaria del mismo establecimiento..gano 3.950$ con antiguedad de 8 años..esta bien..no tengo recibo de sueldo ni seguro medico…x favor respondanme…gracias

    Responder
  12. Anónimo dice

    17 diciembre, 2014 a las 10:59 pm

    hola trabajo en un colegio privado en caba estoy de administrativo estab, trabajo 7 horas semanales. cuanto debería cobrar. mi recibo de sueldo es de 5289,16 menos los descuentos 889,15 me quedan 4390 es esto correcto??

    Responder
  13. Anónimo dice

    27 septiembre, 2014 a las 12:48 am

    jaja esto es una mierda!! creo q este convenio fue creado por un par de empresarios negreros hijos de puta!!! la obra socil de ospep de once es malisima y encina te dicen q te van a hechar si contactas a los del sindicato es un derecho hacelo!!! y haceles juicio…

    Responder
  14. Anónimo dice

    12 septiembre, 2014 a las 9:48 pm

    yo trabajo en una univrsidad frente a canal 13 hago 54 hs semanales de las cuales 4 no me las pagan y nadie del sindicato me dieron respuestas , fui a la calle jujuy donde figura el sindicato y me respondieron que no haga nada xq seguro me despiden , que puedo hacer donde me dirijo que alguien me de una idea.

    Responder
« Comentarios anteriores

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

SOS Contador Soft Contable en la nube
Holistor Sueldos y Jornales listo para liquidar

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Etiquetas

Acuerdos Salariales (139) AFIP (1500) AGIP (173) Aguinaldo (80) Aguinaldo - SAC (111) ANSeS (524) Aplicativos (206) ARBA (352) Asignación Universal por Hijo (251) Autónomos (124) Bienes Personales (109) bono (94) Calendario de pago (262) Casos Prácticos (223) CNTA (94) Convenio Multilateral (89) coronovirus (89) Escala Salarial (193) Factura Electrónica (78) FAECYS (417) FATSA (78) Ganancias (421) Homologación Acuerdos (128) IGJ (129) Ingresos Brutos (133) IVA (120) Jubilados y Pensionados (199) Mis Facilidades (84) Monotributistas (174) Noticias (87) Paritarias (572) Paritarias 2013 (82) Personal Casas Particulares (193) Plan de Facilidades de pago (159) Recategorización (88) Recibo de Sueldos (211) Resoluciones (508) Sanidad (95) SEC (102) Servicio Doméstico (111) SICOSS (85) SIPA (88) UOCRA (133) UOM (222) UTEDYC (150)

Copyright © 2025 Ignacio online · Creada por Hormigas en la Nube

Derechos de autor © 2025 · Magazine Pro en Genesis Framework · WordPress · Acceder

Utilizamos cookies propios y de terceros para mejorar nuestros servicios y experiencia de usuario. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Aceptar Reject Leer Más
Privacidad & Política de Cookies

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary
Siempre activado
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
Non-necessary
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.
GUARDAR Y ACEPTAR
%d